Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 114 de 7/11/1992

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Medio Ambiente

DECRETO 147/1992, de 4 de agosto, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de monumento, la iglesia y hospital de la Santa Caridad, en Sevilla, así como diversos bienes muebles esenciales a su historia.

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El art. 13.27 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de Patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico...., y el art. 6 a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de la Ley "Los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico". El inmueble que alberga la Iglesia y Hospital de la Santa Caridad, está situado en el antiguo arrabal de la Carretería, a extramuros de la Sevilla histórica, limitando su parte trasera con la línea por donde corría la muralla que cercaba la ciudad.

La planta del citado inmueble presenta forma rectangular, está determinada por su adaptación a la ordenación de cinco de las naves de las antiguas Atarazanas reales, sobre las que se asientan, mandadas construir por Alfonso X el Sabio en 1252.

La institución de la Hermandad de la Santa Caridad remonta sus orígenes al siglo XV. Con el nombramiento de D. Miguel de Mañara como hermano Mayor en

1663, se llevó a cabo la terminación de la iglesia y la construcción del hospital.

El templo ocupa el costado izquierdo del edificio, en el mismo lugar donde anteriormente existía una capilla bajo la advocación de San Jorge. Comienza su construcción sobre 1645, siguiendo los planos del arquitecto Pedro Sánchez Falconete.

La Iglesia presenta en su interior plante de cajón, con una nave dividida en tres tramos cubiertos con bóveda de cañón con arcos fajones y lunetos, así como una pequeña cúpula que cubre el espacio anterior al prebisterio. Los muros se articulan con pilastras corintias que sostienen una cornisa de saliente alero.

El coro situado a los pies del templo, se eleva sobre triple arcada, siendo el arco central escarzano y de medio punto los laterales, éstos descansan sobre columnas toscanas. Trás la capilla mayor se encuentra la sacristía, la cual se cubre con cúpula gallonada sobre pechinas. Una rica decoración realizada en yesería decora el interior del templo, las del prebisterio más recientes, presentan formas naturalistas: cintas, roleos carnosos de aspecto vegetal, así como grandes veneras y cartelas con inscripciones en su interior. En la nave central las decoraciones presentan formas abstractas, a base de cartones recortados y cintas planas. La fachada principal, de estilo manierista, se estructura en tres cuerpos, tres calles y ático.

Se accede al templo mediante un vano adintelado enmarcado con baquetón quebrado que da paso a una cartela de forma rectangular ubicada en el centro del dintel. Dicha entrada está flanqueada por columnas pareadas toscanas sobre plinto, entre ellas se sitúan hornacinas con frontones curvos que albergan las imágenes de San Luís y San Fernando. En este planteamiento sustentante descansa un entablamento y frontón partido terminado en volutas. En el centro y ya dentro del segundo cuerpo, se abre un vano adintelado y abalconado enmarcado con pilastras corintias que sostienen asimismo un frontón partido y en cuyo dintel se centra una cartela de forma oval. En ambos lados de este segundo cuerpo se encuentran situados dos paneles de azulejos: En el de la izquierda se representa a San Jorge y en el de la derecha a Santiago Matamoros, estando encuadrados con pilastras que sostienen frontones curvos partidos. En la parte superior de los paneles mencionados se encuentra cartelas de forma oval.

El tercer cuerpo contienen en su calle central un arcosolio que cobija un panel de azulejos representando a la Caridad, en ambos lados otros dos paneles de cerámica con la Fe y la Esperanza, enmarcados con baquetón quebrado y sobre éste frontones triangulares. Termina la fachada una cornisa que da paso al ático, el cual se encuentra mediante un vano adintelado enmarcado con columnas adosadas corintias que sostienen cornisas rectilineas quebradas.

En el costado izquierdo del templo se levanta la torre, que por sus características se le puede atribuir, así como el ático citado, a Leonardo de Figueroa. De estilo barroco y planta cuadrangular, se estructura la zona de campanario mediante arcos semicirculares encuadrados con pilastras decoradas con bolas de cerámica. Se cubre con chapitel mixtilínea rematado por una cruz.

El Hospital presente planta rectangular, se accede a su interior mediante una puerta de ingreso que da paso al patio principal, éste de planta también rectangular está dividido por una galería columnada, dando lugar a dos patios de forma cuadrada, rodeados ambos por una arcada de medio punto sostenida por columnas toscanas excepto en el lado del fondo en el que aparece el testero de las enfermerías. El segundo cuerpo de estos patios se articula mediante balcones y ventanas adintelados y enmarcados con pilastras. En el centro de cada patio se encuentra una fuente cuyo remate se hace mediante una escultura barroca de procedencia italiana que representa la Fe y la Caridad, asimismo una serie de grandes paneles de azulejos con escenas del Antiguo Testamento decoran los muros. La escalera parte de su lado derecho, consta de tres tramos y está cubierta con una artesonado de estilo mudéjar en forma de artesa de ejecución reciente.

Desde el citado patio, en sentido longitudinal parten las salas para enfermos "principales" denominadas: sala del Cristo y sala de la Virgen. Ambas de traza rectangular, aprovechando la disposición de los de las naves de las antiguas Atarazanas que, aunque respetaron su estructura, cegaron las arcadas laterales y se levantaron columnas toscanas sobre pedestales a lo largo del eje central de las salas. Sobre dichas columnas y en sentido longitudinal descansan arcos de medio punto, siendo en sentido transversal arcos rebajados. Estos tramos se cubren con bóvedas de arista. En el lado izquierdo de estas salas se ubican varios patios que dan acceso a otras dependencias, y que van rodeando las salas de enfermos llegando a la parte posterior del inmueble. En este sector dividido en dos por una galería columnada. Estos dos patios rectangulares se articulan por medio de columnas toscanas sobre pedestales que soportan arquerías de medio punto. Desde éstos se accede a otra sala observa de forma más clara la estructura de las naves de las antiguas Atarazanas, manteniendo el abovedado primitivo de medio cañón apuntado.

Una cuarta sala para enfermos se construyó a mediado del siglo XIX, siguiendo la misma disposición que la sala anterior.

Otras dependencias más modernas se ubican en la zona posterior del edificio, así como dos patios que rodean las salas de enfermos por su costado derecho y que van a comunicar con el patio doble principal descrito. La fachada del hospital presente un alzado de dos pisos. Se accede al inmueble mediante un vano adintelado enmarcado con dos pilastras dóricas que dan paso a un entablemento y que sostienen el balcón del segundo piso. Tanto la zona baja como el primer piso presentan en sus laterales ventanas de forma adintelada cubiertas con rejería, portando las de la zona alta al igual que el balcón central alero metálico en su parte superior.

La Dirección General de Bellas Artes, de la Junta de Andalucía, por Resolución de 3 de junio de 1985, incoó expediente de declaración de Monumentos Histórico-Artístico a favor de la Iglesia y Hospital de la Santa Caridad y su Jardín, en Sevilla, según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico Artístico Nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley y el Decreto de 16 de abril de 1936 y el Decreto de 22 de julio de 1958, de acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria sexta.- 1 de la Ley

16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. En la tramitación del expediente emitió informe la Universidad de Sevilla señalando que el inmueble es " uno de los más representativos de la arquitectura barroca sevillana". En dicho informe se considera que el jardín frontero al inmueble data desde finales del siglo XIX y actualmente casi ha desaparecido. Asimismo emitió informe favorable a la declaración de la Real Academia de Bellas Artes de Santa Isabel de Hungría de Sevilla, manifestando que "El citado conjunto constituye, en efecto una conjunción de valores artísticos de la más alta calidad estética en la perfecta armonización de arquitectura, escultura, pintura, retablos, artes suntuarias y valores urbanísticos, integrados en la más acabada síntesis del barroco hispalense de la segunda mitad del siglo XVII".

Conforme al Decreto 22 de julio de 1958, los artículos 81 y 93 de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958 y el artículo 18 de la Ley de 16/85 de Patrimonio Histórico Español, se realizó la delimitación del entorno afectado por la declaración de Monumento atendiendo a las relaciones que éste mantiene con el lugar en que se ubica. Los tipos de relaciones que se consideraron tiene diversa naturaleza, y se incidió principalmente en la identificación de aquéllas de carácter físico, tales como edificios o parcelas colindantes con el B.I.C., así como aquéllas de carácter histórico, urbano o visual vinculadas muy estrechamente al monumento tales como: espacios públicos, edificios y parcelas sobre los que ejerce una función dominante; ámbitos urbanos de interés por la calidad de la escena urbana y que supone una aportación a la percepción, contemplación o lectura del Monumento.

Identificados los ámbitos de relación, el trazado de la línea de delimitación del entorno se realizó afectando salvo casos excepcionales a parcelas completas, aunque el motivo de su inclusión obedezca a aspectos limitados del inmueble.

Abierto período de información pública por resolución de la Dirección General de Bienes Culturales de 20 de julio de 1990 (BOJA nº 69 de 14 de agosto), se presentaron alegaciones por parte de la Hermandad de la Santa Caridad, sobre la no afectación de las dependencias de construcción moderna de la parte posterior del templo. Dichas alegaciones fueron aceptadas. Sobre el jardín de la Caridad, opiniones de distintos profesionales avalan su exclusión de esta declaración al carecer de vinculación histórica con los edificios de su mismo nombre y no poseer interés artístico en cuanto a la jardinería por lo cual sólo quedaría el monumento a Miguel de Mañara, obra de Antonio Susillo como único elemento digno de protección que de acuerdo con la legislación vigente deberá serlo mediante su inclusión en una de las dos categorías legales de protección de bienes muebles. Terminada la instrucción del expediente la Consejería de Cultura y Medio Ambiente considera que procede declarar Bien de Interés Cultural la Iglesia y el Hospital de la Santa Caridad, de Sevilla con categoría de Monumento, de acuerdo con lo previsto en el art. 14.2 de la citada Ley del Patrimonio Histórico Español.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los arts. 6 y 9.1 y 2 de la Ley de Patrimonio Histórico Español -según interpretación del Tribunal Constitucional en sentencia 17/91, de 31 de enero, en relación con el art. 26.15 y Disposición Final Segunda de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Cultura y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de agosto de 1992.

DISPONGO

Artículo 1º Se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, la Iglesia y Hospital de la Santa Caridad, en Sevilla, no incluyéndose en esta declaración las dependencias modernas de la parte posterior del templo. Artículo 2º. Tienen la consideración de Bienes de Interés Cultural por constituir parte esencial a la histórica del edificio, los bienes muebles cuyos datos históricos artísticos son los siguientes:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

DELIMITACION GRAFICA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

Sevilla, 4 de agosto de 1992

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JUAN MANUEL SUAREZ JAPON

Consejero de Cultura y Medio Ambiente

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