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El Decreto 117/1985, de 5 de junio, por el que se crea la Medalla de Andalucía, establece que tal distinción se concederá en reconocimiento a las acciones, servicios y méritos excepcionales o extraordinarios realizados por personas o entidades que sean manifestación del trabajo y la solidaridad en beneficio de los demás ciudadanos.
D. Diego Mora Fernández, Maestro en el Instituto del Mar del Puerto de Santa María, su esposa Dª Vicenta Perles Giner y sus hijos desarrollan una importante labor en los proyectos emprendidos por el Servicio Andaluz de Salud, como donantes desde hace nueve años. El día 7 de enero de 1992, su hijo Diego, periodista, falleció en accidente de tráfico. Todos sus órganos fueron donados por su familia, lo que supuso que unos ciudadanos pudieran mejorar su vida y otros salvarla. La donación de sangre y órganos vitales, especialmente en estas dolorosas circunstancias, constituye un ejemplo de generosidad y solidaridad que merecen el reconocimiento de todos.
Es manifiesto, por tanto, que en la Familia Mora-Perles, concurren méritos suficientes para hacerse acreedora a la referida distinción. En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Salud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de febrero de 1992,
D I S P O N G O:
Artículo Unico. Se concede a la Familia Mora-Perles la Medalla de Andalucía, en su categoría de plata, con todos los honores previstos en el Decreto
117/1985, de 5 de junio.
Sevilla, 25 de febrero de 1992
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO
Consejera de la Presidencia
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