Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 02/04/2004

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

ORDEN de 30 de marzo de 2004, por la que se aprueban los modelos de declaración-liquidación trimestral de los impuestos sobre depósito de residuos radiactivos y sobre depósito de residuos peligrosos, y se determina el lugar de pago.

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El Capítulo I del Título II de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas, crea y regula los impuestos ecológicos, entre ellos, el impuesto sobre depósito de residuos radiactivos y el impuesto sobre depósito de residuos peligrosos, con la finalidad de la protección y defensa del medio ambiente.

Los artículos 64 y 76 de dicha Ley, referidos, respectivamente, al impuesto sobre depósito de residuos radiactivos y al impuesto sobre depósito de residuos peligrosos, regulan la declaración trimestral que deben formular los sustitutos del contribuyente estableciendo que, al tiempo de presentar la declaración, deberán determinar el importe de la deuda tributaria e ingresarla en el lugar y forma establecidos por la Consejería de Economía y Hacienda.

Finalmente, el artículo 18.1 de la referida Ley dispone que la citada Consejería aprobará los modelos de declaración y declaración-liquidación de los impuestos referidos y determinará el lugar y la forma de pago.

En cumplimiento de las determinaciones legales mencionadas, la presente Orden aprueba los modelos que deberán utilizar los sujetos pasivos para el cumplimiento de las obligaciones referidas y determina el lugar de presentación de las declaraciones y el lugar de pago posibilitando que éste pueda efectuarse en la entidad de crédito y ahorro que preste el servicio de caja en la respectiva Delegación Provincial u oficina tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda o en cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Artículo 1. Modelo 711 de declaración-liquidación trimestral del impuesto sobre depósito de residuos radiactivos.

1. Se aprueba el modelo 711 de declaración-liquidación trimestral correspondiente al impuesto sobre depósito de residuos radiactivos, que figura como Anexo de la presente Orden, cuya utilización será obligatoria para los sujetos pasivos del impuesto.

El impreso constará de tres ejemplares: "Ejemplar para el interesado", "ejemplar para la Administración" y "talón de cargo".

2. El impreso, ajustado al modelo referido en el apartado anterior, deberá cumplimentarse de forma individual por cada vertedero y presentarse en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda en cuyo ámbito territorial radique el mismo.

El ingreso podrá realizarse en la entidad de crédito y ahorro que preste el servicio de caja en la respectiva Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda u Oficina Tributaria de Jerez de la Frontera (Cádiz) así como en cualquiera de las entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma.

3. Realizado el ingreso, la entidad financiera validará el mismo con la certificación mecánica o firma autorizada, reteniendo el ejemplar "talón de cargo" y entregará a la persona que realice el ingreso el "ejemplar para la Administración" así como el "ejemplar para el interesado" como justificante del ingreso.

Efectuada dicha validación por la entidad financiera, el impreso deberá presentarse en la Delegación Provincial

competente de la Consejería de Economía y Hacienda referida en el apartado anterior, que retendrá el "ejemplar para la Administración" y devolverá al presentador el "ejemplar para el interesado" debidamente diligenciado.

En el supuesto de que no procediera realizar el ingreso deberá cumplimentarse el impreso correspondiente y presentarse en la respectiva Delegación Provincial que procederá conforme se señala en el párrafo anterior.

Artículo 2. Modelo 721 de declaración-liquidación trimestral del impuesto sobre depósito de residuos peligrosos.

1. Se aprueba el modelo 721 de declaración-liquidación

trimestral correspondiente al impuesto sobre depósito de residuos peligrosos, que figura como Anexo de la presente Orden, cuya utilización será obligatoria para los sujetos pasivos del impuesto.

El impreso constará de tres ejemplares: "Ejemplar para el interesado", "ejemplar para la Administración" y "talón de cargo".

2. El impreso, ajustado al modelo referido en el apartado anterior, deberá cumplimentarse de forma individual por cada vertedero o lugar donde se realice el hecho imponible y presentarse en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda en cuyo ámbito territorial radiquen los mismos aplicándose, en lo demás, lo dispuesto en los apartados

2 y 3 del artículo 1 de la presente Orden.

Disposición adicional primera. Obtención de los impresos.

Los impresos ajustados a los modelos que se aprueban mediante la presente Orden se podrán obtener y confeccionar en la página web de la Consejería de Economía y Hacienda

(http:/www.juntadeandalucia.es/economiayhacienda).

Igualmente estarán a disposición de los interesados en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda.

Disposición adicional segunda. Habilitación para la ejecución.

Se autoriza a las Direcciones Generales de Tributos e

Inspección Tributaria y de Tesorería y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda, en el ámbito de sus respectivas competencias, para cuantas actuaciones sean necesarias en ejecución de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su

publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de marzo de 2004

JOSE SALGUEIRO CARMONA

Consejero de Economía y Hacienda

en funciones

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