Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 208 de 22/10/2007

1. Disposiciones generales

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Orden de 1 de octubre de 2007, por la que se aprueban los modelos de informe social, trámite de consulta y propuesta de programa individual de atención del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Andalucía.

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El proceso de adaptación y adecuación de la normativa autonómica para la puesta en funcionamiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia se inició con la aprobación y publicación del Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración. Asimismo, por Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 3 de agosto de 2007 se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.

Procede ahora aprobar los modelos de propuesta de programa individual de atención, informe social y trámite de consulta establecidos en el citado Decreto 168/2007, de 12 de junio, facilitando la aplicación de esta disposición en cuanto a la elaboración por los Servicios Sociales Comunitarios del Programa Individual de Atención.

En su virtud, en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en los artículos 21 y 46 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía

DISPONGO

Artículo único. Aprobación.

Se aprueban los modelos de informe social, trámite de consulta y propuesta de Programa Individual de Atención regulados en el artículo 17 Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración, que se adjuntan como Anexos I, II y III de la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 1 de octubre de 2007

MICAELA NAVARRO GARZÓN

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

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