Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 11/11/2008

1. Disposiciones generales

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Acuerdo de 14 de octubre de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Las mujeres con discapacidad, por razón de su rol de género y de su discapacidad afrontan desigualdades en relación al acceso y control de los recursos, el disfrute de sus derechos y su situación y posición social con respecto al empleo, la educación formal, las relaciones afectivas, así como su auto-percepción y la imagen que de ellas presentan los medios de comunicación y la sociedad en general.

El diagnóstico de la situación de las mujeres con discapacidad en Andalucía reafirma la necesidad de que la Administración Pública adopte una estrategia activa para eliminar los factores estructurales que devienen en desigualdades sociales manifiestas. Por este motivo el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha venido trabajando, junto con el movimiento asociativo de personas con discapacidad, en la incorporación de la perspectiva de género en sus intervenciones. De hecho, en la sesión constitutiva del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad, celebrada el día 11 de diciembre de 2000, se creó la Comisión especial sobre «Mujeres con discapacidad».

Finalizado el Plan de Acción integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía (2003-2006), se sigue haciendo evidente la múltiple discriminación de las mujeres con discapacidad, suponiendo éstas el 58% de la población con discapacidad andaluza.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su artículo 10.3.16.º, incluye como objetivo básico de la Comunidad Autónoma «la integración social, económica, y laboral de las personas con discapacidad». Por su parte, en su artículo 14, prohibe toda discriminación en el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de los deberes y la prestación de los servicios contemplados en su Título I, y además, recoge una mención expresa a la prohibición de discriminación ejercida por sexo o discapacidad.

Además, el Estatuto de Autonomía, en el artículo 37.1.5.º, recoge, entre sus principios rectores, «La autonomía y la integración social y profesional de las personas con discapacidad, de acuerdo con los principios de no discriminación, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, incluyendo la utilización de los lenguajes que les permitan la comunicación y la plena eliminación de las barreras». En cuanto a políticas de empleo, en el artículo 169 manifiesta que «Los poderes públicos establecerán políticas específicas para la inserción laboral de las personas con discapacidad y velarán por el cumplimiento de las reservas previstas en la legislación aplicable».

El I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía (2008-2013), pivota sobre la necesaria transversalidad de las actuaciones de las instituciones públicas, así como sobre la necesidad de un plan específicamente dirigido a las niñas y mujeres con discapacidad, un plan que no sólo obligue a la Administración, sino también al tejido asociativo y que tenga como destinataria a la sociedad en su conjunto.

Este Plan tiene como punto de partida el análisis de la situación diferencial que, por razón de género, ocupan las mujeres y los hombres en la sociedad. El objetivo de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se constituye en objetivo transversal de todas las medidas contenidas en el Plan. Además, considera las necesidades y demandas específicas de las mujeres con discapacidad, otorgándoles prioridad y estableciendo medidas concretas, acciones positivas, que contribuyan a compensar las desigualdades de género que se suman a las que devienen por razón de discapacidad.

El Plan de Acción Integral para las Mujeres con discapacidad en Andalucía 2008-2013 se complementa con el Plan de empleabilidad para las personas con discapacidad, de ahí que en el área de igualdad en el empleo se remita a este otro Plan, coincidentes en el período de ejecución.

En su virtud, previo informe del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad y de conformidad con lo establecido en el artículo 27.10 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 14 de octubre de 2008,

ACUERDA

Primero. Aprobación y ámbito de aplicación.

Se aprueba el Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013, que se incorpora como Anexo al presente Acuerdo, siendo su ámbito de aplicación la totalidad del territorio de la Comunidad Autónoma.

Segundo. Habilitación normativa.

Se faculta a la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

Tercero. Entrada en vigor.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de octubre de 2008

MANUEL CHAVES GONZÁLEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MICAELA NAVARRO GARZÓN

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

PLAN DE ACCIÓN INTEGRAL PARA LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA

ÍNDICE

I. Presentación

II. El proceso de elaboración del plan: aspectos metodológicos

 II.1. El análisis documental

 II.2. La producción grupal

 II.3. La asunción de medidas por las Consejerías de la Junta de Andalucía

III. El I Plan de Acción Integral para Mujeres con Discapacidad en Andalucía

 III.1. Marco político-normativo

  III.1.1. Internacional, Europeo y Estatal

  III.1.2. Autonómico

 III.2. Diagnóstico

  III.2.1. Perfil sociodemográfico

  III.2.2. Nivel educativo

  III.2.3. Empleo

  III.2.4. Percepción de pensiones no contributivas

  III.2.5. Autonomía

  III.2.6. Conclusiones

 III.3. Justificación

 III.4. Principios rectores

 III.5. Finalidad del plan, prioridades y objetivos

 III.6. Estructura del plan

  Organizador 1. Estereotipos de género y discapacidad

  Organizador 2. Derechos de ciudadanía

  Organizador 3. Autonomía económica y participación en la toma de decisiones

 III.7. Estructura de coordinación, seguimiento y evaluación del plan

 III.8. Metodología del proceso de seguimiento y evaluación

 III.9. Programa anual de trabajo en 2008

 III.10. Presupuesto

IV. Anexo. Programa anual de trabajo 2008

I. PRESENTACIÓN

Desde hace unos años se ha venido trabajando, en el seno del Gobierno andaluz, junto con el movimiento asociativo de personas con discapacidad, en la incorporación de la perspectiva de género en sus intervenciones. De hecho, en la sesión constitutiva del Consejo Andaluz de Atención a las Personas con Discapacidad, el día 11 de diciembre de 2000, se creó la Comisión especial sobre «Mujeres con discapacidad».

Asimismo, dependiendo de la Unidad de Igualdad y Género de la Junta de Andalucía, en el seno de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, en la Dirección General de Personas con Discapacidad, se creó la «Unidad experimental de observación» con la que se trató de analizar cómo incorporar en los contenidos cotidianos de un departamento de la administración el enfoque integrado de género, para posteriormente extrapolar resultados. Se ha aprendido a presentar los datos de población desagregados por sexo, al uso de un lenguaje no sexista, a analizar la información sobre los distintos programas de intervención en cuanto a cómo repercuten en hombres y mujeres, a cómo utilizar medidas de acción positiva y medidas de discriminación positiva,…

Se ha venido desarrollando una estrategia formativa, necesaria para incorporar el enfoque de género a nuestro proceder, porque sin una formación sobre la materia difícilmente se puede analizar las cuestiones con perspectiva de género.

Ya desde el año 2005 los presupuestos de la Junta de Andalucía se presentan con enfoque de género, fijándose en los objetivos de las distintas actuaciones su repercusión en hombres y mujeres.

Finalizado el Plan de Acción integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía (2003-2006), se sigue haciendo evidente la discriminación de las mujeres con discapacidad, suponiendo éstas el 58% de la población con discapacidad andaluza según los datos que nos aportó la Encuesta de Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud de 1999, del Instituto Nacional de Estadística. Esta misma encuesta nos informa del menor nivel de formación de las mujeres así como también de su menor tasa de actividad. Y, por otra parte, de las menores oportunidades que éstas tienen de vivir acompañadas. Estos datos se confirman con la información extraída de la población que tiene reconocido un 33% o más de grado de minusvalía en la red de Centros de Valoración y Orientación de personas con discapacidad dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por otro lado, sabemos que hay más mujeres en situación de dependencia que hombres y que el 83% de las cuidadoras familiares son mujeres.

En el área de servicios sociales del Plan de Acción integral para las Personas con Discapacidad en Andalucía (2003-2006) se ha desarrollado el programa de prevención y sensibilización contra la violencia de género, con el liderazgo del Instituto Andaluz de la Mujer.

Además, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó, el pasado día 20 de noviembre, el Plan de Empleabilidad para Personas con Discapacidad, a desarrollar en el período 2007-2013. Una de las prioridades de este Plan es la necesidad de incidir sobre todo en las jóvenes y mujeres con discapacidad.

Por otro lado, el Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a impulsar acciones positivas dirigidas a mujeres con discapacidad aprobando el primer Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad, de carácter transversal, en colaboración con el movimiento asociativo, lo que ha venido a subrayar la línea de trabajo que se venía desarrollando.

También hay que destacar que en el nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía, las personas con discapacidad adquieren visibilidad. El artículo 10.3.16.º incluye como objetivo básico de la Comunidad Autónoma «la integración social, económica, y laboral de las personas con discapacidad», y en su artículo 14 prohíbe toda discriminación en el ejercicio de los derechos, el cumplimiento de los deberes y la prestación de los servicios recogidos en su Título I (Derechos sociales, Deberes y Políticas públicas), particularmente la ejercida por razón de sexo, (…..), discapacidad (…...). La prohibición de discriminación no impedirá acciones positivas en beneficio de sectores, grupos o personas desfavorecidas. El Estatuto de Autonomía para Andalucía dedica un artículo expresamente a la igualdad de género, el artículo 15, que garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos. Asimismo, el artículo 37.1.5.º recoge entre sus principios rectores «La autonomía y la integración social y profesional de las personas con discapacidad, de acuerdo con los principios de no discriminación, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, incluyendo la utilización de los lenguajes que les permitan la comunicación y la plena eliminación de las barreras». En su artículo 73, «Políticas de género», incluye «La promoción de la igualdad de hombres y mujeres en todos los ámbitos sociales, laborales, económicos o representativos (…..) La planificación y ejecución de normas y planes en materia de políticas para la mujer, así como el establecimiento de acciones positivas para erradicar la discriminación por razón de sexo (…..). La Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que han sufrido o sufren este tipo de violencia». En cuanto a políticas de empleo, en su artículo 169 establece que «Los poderes públicos establecerán políticas específicas para la inserción laboral de las personas con discapacidad….».

El CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) ya aprobó su Plan de Acción para Mujeres con Discapacidad, y la Administración General del Estado también aprobó, el día 1 de diciembre de 2006, el I Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad.

En 2007 España firmó y ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas y su Protocolo Facultativo, recogiendo expresamente dicha Convención en su artículo 6 que «los Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales».

Asimismo, la Estrategia para la Competitividad de Andalucía 2007-2013 establece, en su Eje 6 «Bienestar y Cohesión social», el reto fundamental de la Administración Pública de asumir la provisión de políticas y servicios fundamentales en materia, entre otras, de igualdad de oportunidades.

El I Plan de Acción Integral para las Mujeres con discapacidad en Andalucía (2008-2013) pivota sobre la necesaria transversalidad de las actuaciones de las instituciones públicas, así como sobre la necesidad de un plan específicamente dirigido a las niñas y mujeres con discapacidad, un plan que no sólo obliga a la Administración, sino también al tejido asociativo y que tiene como destinataria a la sociedad en su conjunto.

Con objeto de clarificar el procedimiento de elaboración del I Plan de Acción Integral para las Mujeres con discapacidad en Andalucía (2008-2013) y presentar los resultados en cuanto a estructura y contenidos, el documento se estructura en dos grandes bloques:

a) En un primer bloque, se describe la metodología seguida para la elaboración del Plan.

b) El segundo desarrolla el Plan de Acción integral en los siguientes apartados:

1. El contexto político-normativo en el que se inserta el Plan, esto es, la legislación y las acciones emprendidas desde las instituciones públicas para abordar el tema de la igualdad de oportunidades de las mujeres con discapacidad, en los ámbitos internacional, estatal y autonómico.

2. Las conclusiones extraídas del diagnóstico previo de la situación y posición de las mujeres con discapacidad en Andalucía, principales destinatarias del Plan.

3. La justificación de la pertinencia de poner en marcha un I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad, así como aquellos elementos que le dotan de especificidad en el contexto de las políticas de igualdad de oportunidades, por un lado; y las políticas dirigidas al colectivo de personas con discapacidad, por otro.

4. Los principios rectores del Plan.

5. La finalidad del Plan, y la definición de sus objetivos generales a partir de las prioridades consensuadas en el proceso de reflexión grupal. Asimismo, se describen las entidades y personas destinatarias o implicadas en su ejecución.

6. La estructura del Plan, los ejes organizadores del mismo, las áreas temáticas incluidas en ellas y las medidas que desarrollan estas áreas temáticas, especificando público destinatario, agentes responsables e implicados en su puesta en marcha y financiación.

7. Por último, se presenta el Plan anual de trabajo de 2008, primer año de ejecución del PAIMDA, dado que cada año se presentará la planificación del siguiente ejercicio.

II. EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN: ASPECTOS METODOLÓGICOS

La metodología seguida para la elaboración del presente Plan comprende fundamentalmente tres tipos de procesos:

1. Uno de análisis, desde la perspectiva de género, de la normativa y las acciones emprendidas por las instituciones públicas, que constituyen el marco de referencia en el que se inserta este Plan. El objetivo ha sido, en este caso, identificar sesgos de género y detectar las carencias existentes, para definir a partir de ahí las temáticas a abordar por el Plan.

2. Otro, de reflexión y consenso con los y las agentes implicadas en el diseño del Plan, así como de sistematización de los resultados del proceso participativo.

3. Y por último, las decisiones tomadas sobre las medidas propuestas por parte de cada una de las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía que asumen responsabilidades en el Plan, con las correspondientes consignaciones presupuestarias.

II.1. El análisis documental.

Se ha realizado una revisión de aquellos documentos que se ha considerado dan cuenta de las prioridades políticas en materia de igualdad de género y discapacidad, en los ámbitos internacional, estatal y autonómico, cuya relación es la que sigue:

1) Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (1993).

2) Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).

3) Declaración de Madrid (2003).

4) Plan de Acción Europeo de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad de la Comisión Europea, 2004-2010.

5) Programas de Acción Comunitarios para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres de la Unión Europea.

6) Planes de Acción de las Conferencias de la Mujer organizadas por Naciones Unidas.

7) Manifiesto de las Mujeres del Foro Europeo de la Discapacidad.

8) Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

9) II Plan de Acción para las personas con discapacidad (2003-2007) (estatal).

10) Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en situación de dependencia.

11) Planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (estatales).

12) Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

13) Planes de Acción contra la Violencia Doméstica.

14) Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

15) I Plan Nacional de Acción para las Mujeres con Discapacidad (2007).

16) Plan Integral de Acción para mujeres con discapacidad 2005-2008 (CERMI).

17) Ley 1/1999, de 31 de marzo, de atención a las personas con discapacidad en Andalucía.

18) I Plan de Acción Integral para las personas con discapacidad en Andalucía (2003-2006).

19) Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía (2007-2013).

20) Planes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (Andalucía).

21) Plan de Actuación del Gobierno Andaluz para avanzar en al erradicación de la violencia contra las mujeres, 1998-1999.

22) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía

23) Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género de Andalucía.

Los principales resultados de la revisión documental dan contenido al Marco político-normativo en el que se inserta este Plan de Acción Integral y sirven de base para la justificación de la pertinencia de ponerlo en marcha. Asimismo, ha resultado de gran utilidad a la hora de definir los contenidos concretos abordados en el Plan –dando cuenta de la forma en que éstos vienen a dar respuesta a los «huecos» identificados en la política hacia las mujeres con discapacidad– y ofrecer alternativas más integradoras y, sobre todo, orientadas a la eliminación de las desigualdades de género y la mejora general de la calidad de vida de este colectivo.

II.2. La producción grupal.

El eje vertebrador del proceso de elaboración del Plan ha sido la participación activa de los y las agentes implicados en él. El resultado ha sido un Plan participativo, diseñado a partir de las aportaciones de los y las agentes de la sociedad civil que aglutinan los intereses de las personas con discapacidad en este ámbito y de las personas representantes de las entidades de la Administración Pública autonómica competente.

Con estos objetivos, el proceso participativo se articuló en torno a la constitución de un grupo de trabajo estable integrado por:

- Una representación institucional: Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (Dirección General de Personas con Discapacidad e Instituto Andaluz de la Mujer)/Consejería de Presidencia (Dirección General de Comunicación Social)/ Consejería de Salud (Secretaría General de Salud Pública y Participación)/Consejería de Educación/Consejería de Empleo y Consejería de Justicia y Administración Pública.

- Una representación no gubernamental: asociaciones de personas con discapacidad integradas en el CERMI Andalucía, AMUVI, sindicatos y organizaciones empresariales.

La metodología que ha pautado el proceso de participación se basa en dos tipos de técnicas de producción grupal:

- La realización de sesiones de trabajo presencial (talleres y foro de discusión), con el objetivo de, a partir de los documentos base, generar procesos de discusión y consenso grupal en torno a la estructura y los contenidos del Plan de Acción Integral.

- La construcción de un espacio de discusión «virtual», que posibilitó la comunicación de resultados y dio continuidad a los procesos de discusión abiertos en las sesiones presenciales, utilizando principalmente el correo electrónico.

Las fases principales de este proceso han estado marcadas por la realización de dos talleres de trabajo presencial, y las Jornadas de Consulta Pública del I Plan de Acción Integral para las Mujeres con discapacidad en Andalucía. La metodología de trabajo en los talleres y las Jornadas fue muy similar y se basó en:

- La discusión en plenario, para la definición de prioridades y principios rectores, y la exposición y consenso en torno a los resultados del trabajo grupal.

- El trabajo en pequeños grupos sobre los ejes organizadores que estructuraron los objetivos generales, las áreas de actuación, las medidas a incluir, las y los agentes responsables e implicados en su puesta en marcha y financiación.

II.3. La asunción de las medidas por las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía.

Tras la elaboración del documento con todos los contenidos recogidos hasta este momento se dio traslado del mismo por parte de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social a las Consejerías y Organismos de la Junta de Andalucía intervinientes en el mismo, departamentos que en algunos casos habían participado en el proceso de elaboración del Plan a través de sus representantes, pero que en otros casos habían sido propuestos como órganos intervinientes en el Plan dadas sus competencias, sin haber participado previamente.

Todo ello con el fin de que asumiesen o modificasen las medidas propuestas, asignasen presupuesto, así como para fijar las actuaciones a desarrollar en el primer año de la ejecución del Plan 2008.

III. EL I PLAN DE ACCIÓN INTEGRAL PARA LAS MUJERES CON DISCAPACIDAD EN ANDALUCÍA

III.1. Marco político-normativo.

En general, puede decirse que la falta de articulación entre el enfoque de no discriminación por razón de género y el de discapacidad se hace patente cuando atendemos al marco político-normativo actual en esta materia.

A pesar del importante desarrollo en estos dos ámbitos de intervención en las políticas públicas, puede hablarse de una evolución en «paralelo» de dos líneas que no acaban de «tocarse». Así se refleja en los principales instrumentos normativos que se han venido desarrollando en los últimos años, en el contexto internacional, estatal y autonómico.

En este sentido, presentamos los principales instrumentos político-normativos, tomando como criterio el objeto de las políticas públicas de igualdad de oportunidades, construyendo una tipología de políticas según tengan como destinatarias:

a) A las personas con discapacidad (hombres y mujeres).

b) La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (con o sin discapacidad).

c) A las mujeres con discapacidad.

A continuación se presentan los principales resultados de este análisis.

III.1.1. Internacional, europeo y estatal.

a) Personas con discapacidad:

- Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1993). Constituye un claro ejemplo de la evolución que ha ido sufriendo la lenta y aún deficitaria incorporación del principio de igualdad de género a las políticas internacionales para las personas con discapacidad. Lejos de incluir la perspectiva de género de forma transversal, dichas normas apenas hacen alusión a la doble discriminación –sin acuñar propiamente este concepto– que sufren las mujeres, jóvenes y niñas con discapacidad; y lo hacen en dos esferas concretas: educación y familia e integridad personal. Aunque el preámbulo menciona «las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer destinadas a salvaguardar los derechos de las niñas y mujeres con discapacidad» como marco de referencia, los principios contenidos en dicha Convención no se hacen explícitos a lo largo del articulado.

- Por el contrario, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Asamblea General de las Naciones Unidas 2006), supone un avance considerable en este sentido. En ella, además de dotar a las personas con discapacidad de un instrumento jurídicamente vinculante (su antecedente directo, las Normas Uniformes, no lo eran) se producen algunas mejoras desde el punto de vista de la promoción de la igualdad de género. Éstas son patentes en la formulación de los principios de la Convención (artículo 3), entre los que figuran el de «la igualdad entre el hombre y la mujer», así como en el reconocimiento de la necesidad de adoptar un doble enfoque (transversalidad + acciones específicas) para abordar las situaciones de múltiple discriminación a que se enfrentan las mujeres con discapacidad. Este doble enfoque se plasma en la inclusión de un artículo específico (artículo 6) en el que se reconoce que «las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas a múltiples formas de discriminación», lo que obliga a los estados miembros a adoptar «las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales establecidos en la presente Convención». Por otro lado, el enfoque de la transversalidad, aunque deficitario en su operativización, se hace patente en diversos momentos del texto: la paridad en el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la lucha contra los estereotipos de género, o la consideración de las necesidades e intereses y la adopción de políticas adaptadas a ellos para las mujeres con discapacidad víctimas de explotación, violencia, y abusos, o en situaciones de vulnerabilidad social (especialmente pobreza), entre otras.

- Plan de Acción Europeo de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad de la Comisión Europea, 2004-2010. Aunque reconoce la discriminación múltiple que afecta a las mujeres con discapacidad, no integra el objetivo de igualdad de género de forma transversal. Esta carencia del documento ha sido pertinentemente señalada, obteniendo el compromiso de integración de la perspectiva de género en la segunda etapa de ejecución del plan.

- En el ámbito estatal, hay que referirse a la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Ésta se desarrolla en dos instrumentos de planificación:

 I Plan Nacional de Accesibilidad (2004-2012).

 II Plan de Acción para las personas con discapacidad (2003-2007).

Al igual que el resto de instrumentos normativos en materia de discapacidad, la referencia a la igualdad de género es tangencial. En este caso concreto, la ley alude a ella en dos ocasiones: para la justificación de la estrategia de lucha contra la discriminación basada en la interposición de medidas de acción positiva, y en el artículo 8, en el que se establece:

«Los poderes públicos adoptarán las medidas de acción positiva suplementarias para aquellas personas con discapacidad que objetivamente sufren un mayor grado de discriminación o presentan menor igualdad de oportunidades, como son las mujeres con discapacidad, las personas con discapacidad severamente afectadas, las personas con discapacidad que no pueden representarse a sí mismas o las que padecen una más acusada exclusión social por razón de su discapacidad, así como las personas con discapacidad que viven habitualmente en el ámbito rural.»

No obstante, hay que matizar esta afirmación, reconociendo el avance que supone, con respecto a esta Ley, su desarrollo en el II Plan de Acción para las Personas con discapacidad 2003-2007. En este Plan, encontramos varios avances significativos:

- En primer lugar, el «respeto por la diversidad y perspectiva de género» constituye uno de los principios articuladores del «nuevo concepto» de la discapacidad que subyace al conjunto de medidas propuestas en el Plan.

- En segundo lugar, la combinación de medidas de Mainstreaming de género y de acción positiva, como estrategia a la hora de abordar las políticas públicas de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.

- Por último, el reconocimiento explícito de la «situación de las mujeres con discapacidad que se enfrentan a múltiples discriminaciones por razón de su discapacidad y de género».

Estos principios se desarrollan luego en actuaciones, que si bien no contemplan el Mainstreaming de género en toda su amplitud, sí recogen algunas de sus implicaciones, como son:

- La generación de datos desagregados por sexo y el uso de la perspectiva de género como modelo de análisis de la realidad de las personas con discapacidad.

- La consideración del impacto de género de las actuaciones de los servicios públicos (empleo, etc.) como referente para el seguimiento y evaluación de la eficacia de las políticas y de las prácticas contra la discriminación de las personas con discapacidad.

- La introducción de la perspectiva de género en los programas formativos, y en los centros especiales de empleo.

- Acciones de sensibilización, formación y concienciación sobre la doble discriminación (por género y discapacidad) dirigidas al personal de los servicios públicos (de empleo, de atención a las personas con discapacidad, etc.) y a otros agentes sociales.

Por otro lado, y como decíamos, se recogen también acciones específicas dirigidas a las mujeres con discapacidad. Se trata, en general, de medidas de acción positiva, que dan prioridad a las mujeres en el acceso y uso de los servicios públicos (de atención y de cuidados a domicilio, servicios de apoyo a familias, a los sistemas de protección social, programas de activación, inserción laboral, de alfabetización digital, de fomento de la autonomía personal, etc.). Asimismo, se presenta un conjunto de medidas para la prevención y atención a las víctimas de abuso y malos tratos, «con especial referencia a las mujeres con discapacidad», y todo un conjunto de «medidas activas y preventivas a favor de colectivos específicos con mayor riesgo de exclusión social: mujeres con discapacidad, personas con discapacidad intelectual...».

Por último, el Plan recoge entre sus actuaciones la «Elaboración y aprobación del Primer Plan de Acción Mujer y Discapacidad», que después se analiza.

- Para finalizar este apartado, es necesario hacer referencia a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, que tiene importantes consecuencias sobre la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, puesto que son mujeres quienes desempeñan, casi en exclusividad, las tareas de atención y cuidado a que se refiere la Ley. Son mujeres el 83% de las personas cuidadoras informales.

Con esta Ley se crea un nuevo derecho de ciudadanía, el derecho subjetivo, exigible, a los servicios sociales para las personas que debido a su discapacidad, enfermedad o edad avanzada, necesitan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o de otros apoyos para su autonomía personal.

Estos servicios sociales hasta el momento de la entrada en vigor de esta Ley han sido prestaciones graciables, sujetas a las disponibilidades presupuestarias. De ahí que se hable de la creación del cuarto pilar del Estado del bienestar, junto a la educación, la salud y las pensiones.

Desde el punto de vista de su impacto potencial, la Ley reconoce la transversalidad de «la inclusión de la perspectiva de género, teniendo en cuenta las distintas necesidades de mujeres y hombres».

b) Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres:

- Los Programas de Acción Comunitarios para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres de la Unión Europea y las sucesivas Conferencias de la Mujer organizadas por Naciones Unidas, constituyen los documentos de referencia en el terreno de la promoción de la igualdad de género en el ámbito internacional. En ellos, aunque se parte de un reconocimiento a la diversidad, es generalizado el establecimiento de medidas destinadas a todas las mujeres, y la mención específica a las mujeres con discapacidad con relación a áreas concretas, en las que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad. Estas referencias suelen concentrarse en áreas como: pobreza y exclusión social, acceso a la educación formal y el empleo, salud, violencia, autoestima y empoderamiento, y accesibilidad.

- Yendo más allá, algunos planes reconocen de una forma más amplia la situación de discriminación múltiple que sufren algunos colectivos de mujeres, entre ellos, las mujeres con discapacidad. Un ejemplo en este sentido, lo encontramos en el Plan de Acción que siguió a la IV Conferencia Mundial, que recoge en la Declaración el objetivo de «intensificar los esfuerzos para garantizar el disfrute en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales a todas las mujeres y las niñas que enfrentan múltiples barreras para lograr su potenciación y su adelanto por factores como la raza, la edad, el idioma, el origen étnico, la cultura, la religión o la discapacidad, o por pertenecer a la población indígena».

- No obstante, lo común es que se mencione a las mujeres con discapacidad aludiendo a ámbitos muy concretos de intervención, a pesar de que el reconocimiento de la diversidad constituye el punto de partida (teórico) a la hora de abordar las estrategias de promoción de la igualdad de género.

- En el ámbito estatal, los Programas o Planes de igualdad de oportunidades, comparten una estructura formal muy similar, y aunque los contenidos hayan ido evolucionando con el tiempo, existen ejes temáticos comunes. En ellos, las mujeres con discapacidad aparecen , como es en el último Plan, el «Plan estratégico de igualdad de oportunidades 2008-2011», aprobado por el Consejo de Ministros el día 14 de diciembre de 2007, en el eje de «Atención a la Diversidad e Inclusión Social» junto con otros «colectivos con necesidades de atención específicas (mujeres mayores, mujeres dependientes del consumo de sustancias tóxicas, familias monomarentales) y con mayor riesgo de exclusión social (mujeres gitanas, reclusas y exreclusas, prostituídas e inmigrantes)». Las medidas incluidas en los planes de igualdad están orientadas a «todas» las mujeres, aunque la mayoría incluye además acciones específicas para mujeres con discapacidad, relacionadas con aspectos como la protección social, la coordinación inter-institucional y la cooperación con las asociaciones y organizaciones del tercer sector, la prevención y sensibilización, la formación o investigación, entre otras.

- La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, tiene como propósito establecer un marco general para «hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, mediante la eliminación de la discriminación de la mujer en cualesquiera ámbitos de la vida», entendiendo pues que las mujeres con discapacidad se beneficiarán igualmente de las medidas contenidas en ella.

- Por último, los sucesivos Planes de Acción contra la Violencia Doméstica, impulsados por el Instituto de la Mujer estatal, así como la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, contemplan acciones dirigidas a las mujeres con discapacidad, entendiendo a éstas como colectivo que presenta una especial vulnerabilidad frente a ella o «mayores dificultades para acceder a los servicios». La Ley, además, establece la necesidad de garantizar la accesibilidad de las personas con discapacidad a las medidas de información y sensibilización previstas en ella.

c) Mujeres con discapacidad:

- El Manifiesto de las Mujeres del Foro Europeo de la Discapacidad, constituye un documento de referencia a la hora de abordar las políticas de igualdad de género para las mujeres con discapacidad. Y lo es en tanto que sirve de documento base para «el debate, la toma de decisiones y su aplicación en leyes, políticas, etc.». El documento está elaborado con la intención explícita de integrar el enfoque de género al análisis de la realidad de las personas con discapacidad, además de llamar la atención sobre la situación de «discriminación múltiple» que afecta a las mujeres con discapacidad. El documento incluye recomendaciones en áreas consideradas de interés prioritario.

- En el ámbito estatal, y a pesar de que se trata también de una iniciativa no gubernamental, es necesario destacar aquí la actuación del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), por su activismo en materia de lucha contra la discriminación y la visibilización de la situación de las mujeres con discapacidad. Dicho activismo se ha materializado en la creación, ya desde el año 2000, de la Comisión de la Mujer y la elaboración del Plan Integral de Acción para mujeres con discapacidad 2005-2008. Aunque no se trata de un plan gubernamental, contiene propuestas de actuación a desarrollar «en cooperación entre las distintas administraciones públicas, el propio movimiento asociativo de hombres y mujeres con discapacidad y diversos entes sociales». El plan expone de forma clara las necesidades e intereses detectados entre y por parte de las mujeres con discapacidad, y da respuesta a los mismos en diez áreas de actuación, que son las siguientes: Educación, Formación, Empleo, Violencia de Género, Salud, Maternidad, Sexualidad, Vida Independiente, Medios de Comunicación e Imagen Social, y Participación y Liderazgo.

Este último Plan ha constituido un documento de referencia para la elaboración del I Plan Nacional de Acción para las Mujeres con Discapacidad, tal y como se reconoce en la Introducción al mismo.

- El I Plan de Acción para las Mujeres con Discapacidad 2007, aprobado por el Consejo de Ministros el día 1 de diciembre de 2006, puede considerarse plenamente como un instrumento normativo en el marco de las políticas de igualdad de género para las mujeres con discapacidad. El punto de partida es el reconocimiento de la situación de doble discriminación que afecta a las mujeres con discapacidad, que deviene en la necesidad de que los poderes públicos actúen en este sentido. El Plan tiene como objetivo explícito «remover los obstáculos que ocasionan un fuerte déficit de ciudadanía a las mujeres con discapacidad, a través de medidas que les garanticen el ejercicio y disfrute de sus derechos y la participación plena en la vida social». La estrategia de abordaje de esta lucha contra la discriminación es dual: combinar acciones positivas con medidas de carácter transversal. Las áreas de actuación recogidas son las siguientes: Imágenes y prejuicios; Vida familiar, relaciones y maternidad; Educación; Empleo; Poder y Participación; Violencia; Salud; Protección Social y Jurídica. Dichas áreas se desarrollan con medidas de los siguientes tipos: investigación, información, formación, comunicación y sensibilización, y por último, evaluación.

III.1.2. Autonómico.

a) Personas con discapacidad:

- Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. Esta Ley tiene por objeto «regular las actuaciones dirigidas a la atención y promoción del bienestar de las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial, con el fin de hacer efectiva la igualdad de oportunidades y posibilitar su rehabilitación e integración social, así como la prevención de las causas que generan deficiencias, discapacidades y minusvalías». En ella no se encuentra referencia explícita a la situación de doble discriminación que padecen las mujeres con discapacidad, ni medidas de acción positiva dirigidas a compensar las desigualdades por razón de género.

- I Plan de Acción Integral para las personas con Discapacidad en Andalucía (2003-2006). Al igual que sucede en el ámbito estatal, el plan que la desarrolla supone un avance con respecto a la Ley arriba señalada, al menos en varios sentidos:

 En primer lugar, hace referencia a la incorporación del «enfoque integrado de género en las actuaciones de los poderes públicos», como una de las necesidades detectadas en el diagnóstico previo al Plan y un objetivo que pauta algunas de las actuaciones integradas en él, como las iniciativas orientadas a la investigación de la situación de la población con discapacidad, en los procesos técnicos de valoración de la discapacidad, la adaptación de la oferta y el funcionamiento de los servicios públicos de atención, etc.

 Un reconocimiento de la discriminación que, por razón de género, sufren las mujeres con discapacidad, y que se refleja en aspectos como «una mayor exposición a padecer situaciones violentas», menor consideración social, invisibilidad, etc.

 Un aspecto novedoso con relación a la política pública de apoyo a las y los (pocos) cuidadores «informales»: la necesidad de que ésta no contribuya a perpetuar los roles de género.

- Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía, 2007-2013. El Acuerdo de Consejo de Gobierno del día 20 de noviembre de 2007 aprueba el Plan de Empleabilidad para las personas con discapacidad en Andalucía. Este Plan tiene como objetivo estratégico elevar la tasa de actividad de las personas con discapacidad, atendiendo de forma prioritaria a las mujeres con discapacidad con carácter transversal integrado en todas las líneas y medidas del conjunto de las áreas del Plan y desarrollar acciones de carácter específico que favorezcan y mejoren la posición de las mujeres con discapacidad en el mercado de trabajo. Para ello, toma en consideración aspectos en materia de empleo, formación para el empleo, orientación laboral, prevención de riesgos laborales, educación, empresa y bienestar social así como el acceso a la función pública.

b) Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres:

- Los Planes de igualdad autonómicos comparten con los estatales un tratamiento muy similar hacia las mujeres con discapacidad. En concreto, el último de los planes de igualdad autonómicos (II Plan Andaluz para la Igualdad de las Mujeres), vigente hasta 1998, no incorporaba ningún objetivo orientado a la mejora de la situación social de las mujeres con discapacidad; sin embargo, desde la institución encargada de promover las políticas de igualdad de oportunidades en Andalucía, el Instituto Andaluz de la Mujer, se han venido desarrollando diversos programas específicamente dirigidos a este colectivo.

- En cuanto a la política autonómica en materia de lucha contra la violencia contra las mujeres, el principal documento de referencia en este sentido es el Plan de Actuación del Gobierno Andaluz para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres (1998-1999). Si bien dicho Plan no incorpora medidas específicas para las mujeres con discapacidad, puede decirse que tiene como destinatarias a todas las mujeres, incluidas las mujeres con discapacidad.

- Más recientemente, la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género de Andalucía, realiza varias menciones explícitas a la situación de las mujeres con discapacidad. Al igual que lo comentado con respecto a Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se alude a éstas en tanto que colectivo que presenta una especial vulnerabilidad frente a la violencia de género:

«La Administración de la Junta de Andalucía (..) garantizará la difusión de las investigaciones con el objetivo de informar y sensibilizar a la sociedad en general, teniendo en cuenta la especial situación de las mujeres con discapacidad,…».

Asimismo, en el capítulo de Atención social, reconoce las dificultades especiales a que tienen que enfrentarse para acceder a los servicios y recursos públicos, estableciendo la necesidad de garantizar la accesibilidad a los mismos:

«Las Administraciones públicas de Andalucía, y en particular, la Consejería competente en materia de igualdad (…) garantizarán, a través de los medios necesarios, que las mujeres con discapacidad (…) tengan acceso integral a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes.»

Además, dedica un articulo específico (artículo 41) a la «Atención a colectivos especialmente vulnerables» con medidas de acción positiva, como las que se señalan a continuación:

«La Administración de la Junta de Andalucía facilitará el ingreso preferente en la red pública de centros existentes a las mujeres que, además de sufrir violencia de género, tengan otras problemáticas o situaciones añadidas, en particular, enfermedad mental,(…) discapacidad,…(..) Establecerá medidas específicas para la atención a las personas especialmente vulnerables que convivan con el autor de la violencia de género o con la mujer que la haya sufrido.»

- De la misma forma, la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, incluye varias referencias a las mujeres con discapacidad. A continuación las reseñamos:

 En primer lugar, entre los principios generales de la Ley, se encuentra el de «La especial protección del derecho a la igualdad de trato de aquellas mujeres o colectivos de mujeres que se encuentren en riesgo de padecer múltiples situaciones de discriminación» (ártículo 4.6).

 En segundo lugar, en el artículo 43, destinado a la «Igualdad en las políticas de Bienestar Social» dice que «Los poderes públicos de Andalucía integrarán la perspectiva de género en el desarrollo de las políticas de bienestar social. En este sentido, se establecerán programas específicos para (…) mujeres con discapacidad,…».

 Asimismo, la ley contiene un artículo expresamente dedicado a las mujeres con discapacidad (ártículo 47) «Los poderes públicos de Andalucía, en el contexto general de garantías de los derechos de las personas con discapacidad, desarrollarán acciones para las mujeres con discapacidad, teniendo como eje transversal de las políticas públicas sus necesidades específicas con el fin de asegurar su inclusión y acceso en igualdad a todos los ámbitos de la sociedad».

 Además de estos principios generales, aparecen alusiones con relación a ámbitos concretos, como la igualdad en el ámbito laboral (artículo 23): «... con especial atención a las mujeres que presenten una mayor vulnerabilidad y discriminación (...)»; la salud (artículo 41): «El Sistema sanitario público de Andalucía impulsará (…) la aplicación de medidas que permitan la atención específica a las necesidades en materia de salud que, por razón de sexo, presenten las mujeres, con especial atención a los colectivos menos favorecidos».

Estas dos leyes suponen un avance considerable con relación a la presencia que tienen las mujeres con discapacidad en el ámbito de las políticas de igualdad de género.

III.2. Diagnóstico.

Es necesario destacar la escasez de fuentes estadísticas que aporten datos desagregados por sexo de forma periódica, lo que dificulta la realización de estudios más exhaustivos sobre la situación de las mujeres con discapacidad, su evolución y el impacto de las políticas públicas.

Las fuentes disponibles más recientes y de las que están extraídas buena parte de los datos recogidos en este Plan son la Encuesta sobre Discapacidades, Deficiencias y Estado de Salud –EDDES–, publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 2002 referida a los datos de 1999, así como el Módulo anexo a la Encuesta de Población Activa del segundo trimestre de 2002 sobre personas con discapacidad y su relación con el empleo, y la Base de datos de las personas que tienen un 33% o más de grado de minusvalía, reconocido por los centros de valoración y orientación de las personas con discapacidad dependientes de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

III.2.1. Perfil sociodemográfico.

Según la EDDES 1999 (INE-IMSERSO-Fundación Once, 1999), en España hay 3.521.221 personas con alguna discapacidad. En términos relativos, esta cifra supone el 9% de la población total. Por su parte, en Andalucía, la cifra es de 712.258 personas, lo que implica que por cada mil habitantes andaluces, 106 tienen algún tipo de discapacidad, es decir, un 10,6% de la población andaluza. Esta tasa es significativamente superior a la media nacional.

Por otra parte, la base de datos de las personas con discapacidad que tienen reconocido grado de minusvalía en Andalucía nos informa de que actualmente son 398.922 –182.937 hombres y 215.985 mujeres–, lo que supone que el 54,14% son niñas o mujeres.

Siguiendo con los datos de la EDDES, si analizamos la distribución por sexo, observamos que tanto en España como en Andalucía, el 58,3% del total son mujeres, aunque la mayor concentración de población femenina con alguna discapacidad se aprecia en edades superiores a los 65 años, como muestra el gráfico siguiente.

Entre la población menor de 6 años, las diferencias por sexo son apenas apreciables, produciéndose un aumento de las mujeres a medida que avanzamos en edad, que se hace más evidente en las edades superiores de la pirámide. De hecho, las andaluzas con alguna discapacidad empiezan a destacarse de los hombres a partir de los 50 años (en el caso de la población nacional, es a partir de los 45 años). Esta situación puede estar determinada por la mayor longevidad de las mujeres (la esperanza de vida femenina es 7 veces mayor a la de los hombres).

Lo que queda claro tras el análisis de las pirámides de población es que la discapacidad es un fenómeno asociado a la edad y que, a medida que ésta aumenta, es cuando se producen las mayores diferencias por sexo.

Si atendemos a la variable estado civil de las personas con discapacidad, se observa cómo también existen diferencias en función del sexo y de la edad. Por una parte, se observa cómo en general las personas con discapacidad se casan o viven en pareja en menor medida que las personas sin discapacidad. Pero además hay diferencias por sexo respecto a esta situación.

Las mujeres parecen acceder a la vida en pareja de forma progresiva hasta alcanzar el tramo de edad entre 40 y 59 años. A partir de aquí, a medida que avanzamos en edad, son cada vez menos las mujeres en esta situación. Los hombres siguen la misma tendencia que la de las mujeres hasta los 59 años, aunque en edades superiores los datos desvelan la tendencia contraria. A medida que avanzan en edad, crece el número de hombres que viven en pareja. Esta circunstancia se acentúa en los hombres con discapacidad. Los gráficos siguientes ilustran esta realidad.

Mientras el 75% de las mujeres con discapacidad viven en pareja, este porcentaje desciende al 41% en el tramo mayor a 59 años. Por el contrario, el 73% de los hombres menores de 59 años viven en pareja, porcentaje que alcanza el 77% cuando se supera esta edad.

Esta situación desvela cómo en el caso de los hombres, la vida en pareja es una situación asociada a las necesidades de cuidado que la discapacidad requiere y a la mayor longevidad de las mujeres. Por su parte, el 59% de mujeres con discapacidad de 60 y más años que necesiten de la asistencia de alguna persona, tendrá que recurrir a otros familiares de su entorno, a los servicios sociales, a la vecindad o amistades.

III.2.2. Nivel educativo.

Según la encuesta del INE de 1999, en España una de cada tres personas con discapacidad de entre 10 y 64 años no ha terminado los estudios primarios. Entre las personas mayores de 65 años la proporción de personas que no terminaron los estudios primarios es mucho mayor, y supera el 57%.

Como se observa en la tabla, el porcentaje de analfabetismo no ligado a problemas físicos o psíquicos es el doble en las mujeres con discapacidad (6,74) que en los hombres (3,66). Aunque con diferencias entre sexo menores, los hombres con discapacidad presentan un mayor porcentaje en todos los niveles de estudio. Sólo en el caso de los estudios primarios o equivalentes y de los estudios universitarios o equivalentes, el porcentaje de mujeres es sensiblemente mayor que el de los hombres, no superando en ninguno de los dos casos los dos puntos porcentuales de diferencia entre sexos.

Estos gráficos ponen de manifiesto el escaso nivel de alfabetización que presentan las mujeres con discapacidad andaluzas mayores de 44 años, respecto a los valores nacionales. Su nivel de alfabetización es mucho menor que el de los hombres con discapacidad, y que el de mujeres y hombres sin discapacidad.

En cuanto al nivel de cualificación alcanzado, el poseer un nivel de estudios secundarios constituye una garantía formativa para que una persona tenga más opciones de encontrar un empleo o acceder a niveles educativos más altos. Esto sigue siendo un objetivo prioritario en el caso de las personas con discapacidades, que alcanzan valores muy por debajo de la población sin discapacidades, y en el caso de las mujeres especialmente que, como se observa en los gráficos siguientes, están por debajo de los hombres con discapacidad y de las mujeres y hombres sin discapacidad.

Aunque en las últimas décadas la población ha mejorado de manera importante su nivel de estudios debido a la incorporación masiva de las generaciones jóvenes al sistema de enseñanza, siguen existiendo importantes diferencias por edad y sexo, y entre personas con y sin discapacidades.

Así, mientras que el 35% de las personas de 18 a 44 años sin discapacidades han terminado estudios secundarios o superiores (33% en el caso de los hombres y 37% en las mujeres), la población con discapacidades de estas mismas edades sólo presenta un 15% para ambos sexos (16% en hombres y 12% en mujeres), observándose en este último caso cómo las mujeres suponen un porcentaje menor que los hombres.

Esta situación que sufren las mujeres con discapacidades de falta de alfabetización y menor acceso a los niveles de enseñanza necesarios para tener más oportunidades de optar a un empleo de calidad y, por tanto, a la independencia económica, es el reflejo de los estereotipos reinantes en torno a la discapacidad y el género. Si tradicionalmente las mujeres no necesitaban cualificación profesional porque sus responsabilidades y habilidades se centraban en el ámbito de lo doméstico y no en el empleo, las mujeres con discapacidad se enfrentan, además, a la idea de la falta de capacidades para afrontar de forma autónoma las responsabilidades no sólo del empleo, sino en cualquier ámbito. Esta doble discriminación se refleja en datos de accesibilidad a los estudios secundarios o superiores mostrados anteriormente.

En términos generales se observa que las personas con discapacidades tienen una probabilidad de tener estudios secundarios y superiores un 59% inferior que las personas sin discapacidades. La mayor diferencia se encuentra en las mujeres de 18 a 44 años, ya que las mujeres con discapacidades de estas edades tienen una probabilidad un 67% inferior que las mujeres sin discapacidades.

III.2.3. Empleo.

La discapacidad interactúa con el género situando a las mujeres con discapacidad en una posición desigual en el mercado de trabajo, no sólo con respecto a la población general, sino también con respecto a los hombres con discapacidad y con respecto a la situación media de la mujer en territorio nacional.

El 76% de las mujeres con discapacidad en Andalucía se mantiene inactiva, el 17% tiene ocupación y el 7% se encuentra desempleada.

Particularmente, los datos del mercado laboral andaluz revelan:

- La menor participación de las mujeres andaluzas con discapacidad en el mercado laboral, en comparación con la media nacional. Tan sólo el 24% es activa frente al 32,7% de los hombres andaluces con discapacidad, el 48,4% de las mujeres andaluzas en general, el 53,5% de las mujeres en España o el 80,2% de hombres activos en España.

- La menor tasa de empleo, en los mismos términos, que se sitúa en el 17,3%, frente al 26,7% en el caso de los hombres andaluces con discapacidad, el 34,7% de las mujeres andaluzas en general, o el 44,7% y 74%, respectivamente, de las mujeres y hombres ocupadas y ocupados en España.

- La mayor tasa de paro, que alcanza el 28%, frente al 18,5% de los hombres andaluces con discapacidad. En este caso, dicha tasa iguala a la de las mujeres andaluzas en general (28,4%), y contrasta con el 16,4% de las mujeres y el reducido 7,7% de los hombres en España.

Esta situación también es peor respecto a las mujeres con discapacidad en España en todos los casos, aunque las diferencias son menos acusadas.

TABLA 2
% en la fila Personas
inactivas
Personas
ocupadas
Personas
paradas
Hombres 67,3 26,7 6,0
Mujeres 76,0 17,3 6,7
Total 71,3 22,3 6,3
Fuente: INE. Módulo ad hoc de la EPA 2002.
TABLA 3
España Andalucía
Población
total
Población
con
discapacidad
Población
total
Población
con
discapacidad
Tasa de actividad 66,9 33,7 63,3 28,7
Hombres 80,2 39,3 78,1 32,7
Mujeres 53,5 27,1 48,4 24,0
Tasa de empleo 59,4 28,5 51,2 22,3
Hombres 74,0 34,3 67,7 26,7
Mujeres 44,7 21,7 34,7 17,3
Tasa de paro 11,2 15,3 19,0 22,1
Hombres 7,7 12,8 13,3 18,5
Mujeres 16,4 19,7 28,4 28,0
Fuente: INE. Módulo ad hoc de la EPA 2002.

Las mujeres con discapacidad inactivas.

Como antes se citó en relación con la actividad laboral, las mujeres con discapacidad se caracterizan por su escasa participación en el mercado de trabajo, más acusada en Andalucía.

El perfil predominante de las mujeres andaluzas con discapacidad que registran menores tasas de actividad que sus homólogos varones se sitúa entre 45 y 64 años, con un 16,5% (el 28% en hombres con discapacidad) y con estudios primarios o sin estudios, con un 14% (el 26% en hombres). Es decir, mujeres mayores y con bajo nivel de estudios.

El tipo de discapacidad dominante entre las mujeres inactivas es la física con diferencia, un 66,3% de ellas (un 60,5% en hombres), contrastando con el 0,7% de la discapacidad auditiva. El grupo de mujeres con discapacidad auditiva presenta una inusual tasa de actividad del 68,3%.

En cuanto a las causas de la inactividad, el 16% de las mujeres se encuentran jubiladas, prejubiladas o en situación de incapacidad permanente, por lo que el 84% de las mismas se hallan en condiciones de incorporarse al mercado de trabajo.

Además, el 73,5% de las mujeres inactivas no se incorpora al mercado de trabajo por dedicarse a las labores del hogar, mientras que entre los hombres, el principal motivo de la inactividad es la incapacidad absoluta o jubilación (73,9%).

TABLA 4
Total Hombres Mujeres
Incapacidad permanente 33,6 54,0 12,4
Jubilación/prejubilación 12,0 19,9 3,9
Otras 54,3 26,1 83,7
Estudiante 10,0 24,3 5,3
Labores del hogar 68,4 8,4 87,8
Otras pensiones 10,9 34,9 3,1
Otras 10,8 32,3 3,8
Fuente: INE. Módulo ad hoc de la EPA 2002.

Las mujeres con discapacidad activas.

En cuanto a las mujeres con discapacidad que sí participan en el mercado de trabajo, activas, es en el tramo de edad entre 16 y 24 años donde alcanzan la tasa de actividad más elevada con un 39,3% (31,2% en hombres), que se va reduciendo con la edad hasta el 16,5% en el tramo de 45 a 64 años.

El nivel de estudios refleja un impacto notable en las tasas de actividad de las mujeres con discapacidad. De hecho, si se sitúa en un 14% para aquéllas sin estudios o con estudios primarios (26% en hombres, 24% en España), se eleva al 40,6% cuando disponen de estudios medios (43,5% en hombres) y alcanza el 63,6% cuando han cursado estudios superiores.

En este último caso, las mujeres con discapacidad y estudios superiores superan la tasa de actividad del 52% de los hombres con discapacidad en Andalucía e, incluso, la tasa del 57,4% de la población con discapacidad con estudios superiores española (57,1 en mujeres y 57,6% en hombres).

Por tipo de discapacidad, las mujeres con discapacidad presentan tasas de actividad inferiores a las de los hombres en todos los tipos, salvo en los casos de personas con enfermedad mental (16,2% en mujeres y 12,3% en hombres) y de personas con discapacidad auditiva, ya comentado, donde la tasa de las mujeres alcanza el 68,3% superando ampliamente la de los hombres del 27,9%.

Las mujeres con discapacidad ocupadas.

En cuanto a la ocupación, la reducida tasa de empleo de las mujeres con discapacidad en términos comparativos refleja, como se ha indicado, las mayores dificultades para obtener un puesto de trabajo que los hombres con discapacidad y que la población general. Si la tasa general de empleo en Andalucía en el año 2002, del 51,2%, se situaba por debajo de la tasa nacional, del 59,4%, en el caso de las mujeres con discapacidad andaluzas las diferencias se acusan considerablemente (17,3%).

La diferencia en la tasa de empleo de las mujeres con discapacidad con la de los hombres con discapacidad en Andalucía es de casi diez puntos, 17,3% y 26,7%, respectivamente, e inferior también a la de la población con discapacidad en España del 28,5% (21,7% en mujeres y 34,3% en hombres).

La tasa de empleo mayor se registra en el tramo de edad de 25 a 44 años, con un 27,9% (33,7%), aunque cae al 11,8% a partir de los 45 años (23,7% en hombres). En el tramo entre los 16 y 24 años, la tasa del 23% supera a la de los hombres con discapacidad del 18,5%.

El nivel de estudios alcanzado es determinante para que la mujer con discapacidad consiga un empleo, incluso más que para los hombres, como manifiesta el crecimiento de las tasas de empleo a medida que el grado de formación se eleva: la tasa del 9,2% de las mujeres con nivel de estudios más reducido (20,7% en hombres), es más de tres veces inferior a la de las mujeres con estudios medios del 31,5% (34,7% en hombres), alcanzando el 46,9% en aquéllas que han cursado estudios superiores (49,8% en hombres).

El tipo de discapacidad no revela diferencias significativas en cuanto a la tasa de empleo salvo, de nuevo, en el grupo de mujeres con discapacidad auditiva, con un 61,1% (un 20,5% en hombres), muy por encima del 17,3% del total de mujeres con discapacidad y del 26,7% de los hombres.

El perfil de las mujeres ocupadas responde a una edad entre los 25 y los 44 años (el 48,1%), con estudios medios (46,8%) y con discapacidad física (70,1%).

Las trabajadoras con discapacidad se encuentran aún más concentradas en el sector servicios que los hombres, un 86% y un 54%, respectivamente, en tanto que su participación en la industria y la construcción es muy inferior. El sector servicios emplea al 65,3% de la población con discapacidad ocupada en Andalucía, porcentaje que supera ligeramente al 63,8% que supone el total de personas ocupadas en el sector.

El 20,7% de las mujeres con discapacidad trabajan a jornada parcial, en tanto que dicho porcentaje se reduce al 5,9% en el caso de los hombres con discapacidad, situando en un 11% el correspondiente a la población con discapacidad que, a su vez, supera al 8,6% registrado en la población general andaluza.

El 12% de las personas con discapacidad en Andalucía dispone de un empleo incluido en un programa de fomento de empleo destinado al colectivo. Sin embargo, la participación femenina en este tipo de programas es muy baja, representando únicamente el 27% del total.

Las más afectadas por la temporalidad en la contratación son las mujeres con discapacidad, de las que un 47% tiene un contrato temporal, frente al 40% de los hombres con discapacidad, inferior al 46% de la población andaluza en general aunque por encima del 31% existente entre la población con discapacidad en España.

Las mujeres con discapacidad paradas.

En cuanto al desempleo, la tasa de paro de las mujeres con discapacidad, del 28%, es más acusada en aquéllas con una edad comprendida entre los 16 y 24 años, con un 41,5% (40,7% en hombres), con una enfermedad mental, con un 36,8% (24,6% en hombres) y con bajo nivel de estudios, con un 34,7% (un 20,1% en hombres).

En este caso tienen singular importancia las diferencias entre hombres y mujeres con estudios superiores. Mientras la tasa de paro de los hombres con discapacidad con estudios superiores se sitúa en el 4,2%, la de las mujeres con el mismo nivel educativo asciende hasta el 26,1%. También destaca la elevada tasa de paro de las mujeres con discapacidad visual del 21,7%, frente al 4,5% de los hombres con esta misma discapacidad y, por el contrario, la reducida tasa del 10,5% de aquéllas con discapacidad auditiva frente al 26,5% de los hombres.

El perfil de la mujer con discapacidad parada en Andalucía responde a una edad entre los 45 y los 64 años, el 45,2% de ellas (porcentaje similar al de hombres, del 43%), con reducido nivel de estudios, el 49,6% (siendo del 55,8% en hombres) y con discapacidad física (el 71%).

Destaca que tan sólo el 2,7% y el 1,9% de las mujeres paradas presentan una discapacidad visual o auditiva, respectivamente, por lo que el peso de las discapacidades sensoriales es muy inferior al del resto.

El 16,1% de las mujeres paradas lleva buscando empleo entre uno y dos años, mientras que este porcentaje se reduce al 4,9% entre los hombres. El 75% de la población con discapacidad andaluza que lleva buscando empleo en dicho período de tiempo son mujeres, así como el 53,6% de la que lleva buscando empleo durante más de dos años.

Las políticas activas de empleo para mujeres con discapacidad en Andalucía.

Las actuaciones públicas de la Junta de Andalucía para corregir la desigualdad de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo se concentran en el I Plan de Empleabilidad de las Personas con Discapacidad en Andalucía 2007-2013, que prevé un área de apoyo específico a las mujeres con discapacidad, de carácter transversal, con el objetivo de promover su integración laboral con acciones orientadas a superar barreras socio-culturales en torno al género y la discapacidad.

TABLA 5
Tasa de actividad Tasa de empleo Tasa de paro
Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres
Edad
De 16 a 24 años 31,2 39,3 18,5 23,0 40,7 41,5
De 25 a 44 años 41,4 36,9 33,7 27,9 18,6 24,5
De 45 a 64 años 28,0 16,5 23,7 11,8 15,5 28,6
Nivel de estudios
Primarios o
sin estudios
26,0 14,0 20,7 9,2 20,1 34,7
Medios 43,5 40,6 34,7 31,5 20,3 22,4
Superiores 52,0 63,6 49,8 46,9 4,2 26,1
Tipo de discapacidad
Física 37,8 25,1 30,7 18,0 19,0 28,2
Visual 51,2 20,3 48,9 15,9 4,5 21,7
Auditiva 27,9 68,3 20,5 61,1 26,5 10,5
Enfermedad
mental
12,3 16,2 9,3 10,3 24,6 36,8
Otras 27,4 21,0 22,1 14,8 19,4 29,5
Total 32,7 24,0 26,7 17,3 18,5 28,0
Fuente: INE. Módulo ad hoc de la EPA 2002.
TABLA 6
Personas
inactivas
Personas
ocupadas
Personas
paradas
Hombres Mujeres Hombres Mujeres Hombres Mujeres
% en fila 51,0 49,0 64,5 35,5 51,5 48,5
% en columna
Edad
De 16 a 24 años 7,0 4,8 4,8 8,1 14,4 14,8
De 25 a 44 años 29,1 24,7 42,2 48,1 42,6 40,1
De 45 a 64 años 63,9 70,5 53,0 43,9 43,0 45,2
Nivel de estudios
Primarios o
sin estudios
71,3 77,0 50,4 36,2 55,8 49,6
Medios 23,9 20,0 37,1 46,8 41,8 34,9
Superiores 4,8 3,0 12,5 17,0 2,4 15,5
Tipo de discapacidad
Física 60,5 66,3 75,4 70,1 77,8 71,0
Visual 3,1 4,3 7,8 3,8 1,6 2,7
Auditiva 1,4 0,7 1,0 6,1 1,6 1,9
Enfermedad
mental
22,0 13,0 5,9 7,0 8,4 10,5
Otras 13,0 15,7 10,5 13,9
Tiempo de búsqueda de empleo
Menos de 1 año 70,0 53,0
De 1 año hasta 2 4,9 16,1
De 2 o más años 25,1 30,8
Experiencia laboral
91,9 91,7
No 8,1 8,3
Fuente: INE. Módulo ad hoc de la EPA 2002.

III. 2.4. Percepción de pensiones no contributivas.

Lo que sí es una realidad es que el no tener acceso al empleo formal, excluye a esta población de los derechos derivados del mismo, como subsidios y pensiones de carácter contributivo. Dado el porcentaje de inactividad femenina, es éste, el grupo de personas con discapacidad que más sufre esta situación de desfavorecimiento. No se dispone del dato de distribución de las pensiones contributivas por sexo, pero sí de las pensiones no contributivas y de las pensiones derivadas de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración de minusválidos (en adelante LISMI),y queda reflejado a continuación.

Un alto porcentaje de las personas que solicitan estas prestaciones son mujeres, lo que permite aventurar que son las mujeres las que presentan condiciones de precariedad mayores que las hacen beneficiarias de este tipo de pensiones.

A continuación se presentan datos provenientes de la Secretaría General Técnica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social referidos a 2008, donde se muestra el número de mujeres y hombres pensionistas y perceptoras o perceptores de otras prestaciones derivadas de la LISMI. Estos indicadores dejan constancia de la dependencia de las mujeres de ayudas y prestaciones de carácter no contributivo.

Como se ha observado en todas las tablas expuestas, las mujeres con discapacidad son las mayores perceptoras de las ayudas no contributivas.

III.2.5. Autonomía.

La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, que tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, define la autonomía como «la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria». Y las actividades básicas de la vida diaria (ABVD) son definidas como «las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas».

La tabla y gráfico siguientes, extraídos de la base de datos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía, muestran el número de personas que ha solicitado el reconocimiento de su situación de dependencia y el número de las que ya han sido valoradas.

hombres mujeres total
Personas solicitantes de reconocimiento 68.374 122.041 190.415
Personas valoradas 47.733 86.510 134.2
Fuente: Base de datos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Tabla y gráficos nos muestran cómo el 64% de las personas que necesitan ayuda para realizar alguna actividad básica de la vida diaria son mujeres, siendo diferente la necesidad de apoyo para la autonomía personal que requieren en función de sus discapacidades (intelectual, física, sensorial, o derivada de enfermedad mental).

III.2.6. Conclusiones.

Teniendo en cuenta los datos que se han venido analizando a lo largo de este epígrafe, es posible concluir que:

1. Las mujeres con discapacidad, por razón de su rol de género, afrontan desigualdades con relación al acceso y control de los recursos, el disfrute de sus derechos y su situación y posición social con respecto al empleo, la educación formal, las relaciones afectivas, su auto-percepción y la imagen que de ellas presentan los medios de comunicación y la sociedad en general, el disfrute de derechos fundamentales como los sexuales y reproductivos, la justicia y la protección social, su acceso a los espacios de participación social y toma de decisiones y a los bienes y servicios públicos.

2. De todo ello, se deriva una situación y posición social de doble discriminación; el género y la discapacidad interactúan situando a las mujeres con discapacidad en una posición de desigualdad frente a las mujeres y hombres sin discapacidad, y con relación a los hombres con discapacidad. A las discriminaciones resultantes de su doble condición de ser mujeres y tener discapacidad, se les suman otras derivadas de su clase social, etnia, etc. , siendo la discriminación por razón de género transversal a toda esta cadena de discriminaciones.

Esta situación de «discriminación múltiple», condiciona su autonomía, así como imprime una especificidad a sus necesidades prácticas e intereses estratégicos.

3. Los poderes públicos, así como las organizaciones sociales y la sociedad en general, tienen una responsabilidad fundamental en la eliminación de las barreras físicas, sociales y culturales que limitan las oportunidades que las mujeres con discapacidad encuentran para acceder, en igualdad de condiciones, a los bienes y recursos sociales, así como de disfrutar de los mismos derechos.

4. A pesar de los avances que se han producido en materia de políticas de igualdad de oportunidades (para las mujeres, para las personas con discapacidad), el marco actual necesita ofrecer una respuesta adecuada a las necesidades e intereses específicos de las mujeres con discapacidad en Andalucía, que integre adecuadamente la perspectiva de género como modelo de análisis de su realidad, y las discapacidades de estas mujeres.

Estas conclusiones constituyen el punto de partida para la definición de las prioridades a abordar en este Plan de Acción integral, con objeto de dar respuesta a la situación detectada en el diagnóstico.

III.3. Justificación: ¿por qué un plan de acción integral para las mujeres con discapacidad?

El análisis del contexto político-normativo hace patente el enfoque que subyace a las políticas públicas destinadas a las personas con discapacidad, en las que la introducción de la perspectiva de género de forma transversal aún tiene que progresar.

Por otro lado, el diagnóstico previo de la situación de las mujeres con discapacidad en Andalucía reafirma la necesidad de que la Administración Pública adopte una estrategia activa para eliminar los factores estructurales que devienen en desigualdades sociales manifiestas en el caso de las mujeres con discapacidad.

Hasta aquí encontramos argumentos contundentes sobre la pertinencia de emprender un proyecto como éste; ahora bien, ¿qué es lo que dota de especificidad a este Plan?:

a) ¿En qué se diferencia de un plan para personas con discapacidad?

El Plan de Acción se articula desde la perspectiva de género, esto es:

- Tiene como punto de partida el análisis de la situación diferencial que, por razón de género, ocupan las mujeres y los hombres en la sociedad.

- El objetivo de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres se constituye en objetivo transversal de todas las medidas contenidas en el Plan.

- Además, considera las necesidades y demandas específicas de las mujeres con discapacidad, otorgándoles prioridad y estableciendo medidas concretas (Acciones Positivas) que contribuyan a compensar las desigualdades de género que se suman a las que devienen por razón de discapacidad.

b) ¿En qué se diferencia de un plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres?

- Adopta una perspectiva integral en la lucha contra la discriminación de las mujeres con discapacidad. En este Plan, ellas son las protagonistas, y no sólo «aparecen» con relación a ciertos temas, sino con la pretensión de abordar todos aquellos ámbitos en los que se encuentran en situación de desigualdad.

- Tiene como finalidad explícita mejorar la calidad de vida de un grupo específico de mujeres: las mujeres con discapacidad, recogiendo sus necesidades e intereses específicos.

- Trata de plasmar, con medidas concretas, las implicaciones que tiene, en la práctica, el reconocimiento de la diversidad, adaptando los principios y estrategias de las políticas de igualdad de género a las necesidades específicas de las mujeres con discapacidad e incorporando nuevos temas que se convierten en prioritarios desde el punto de vista de los intereses de este colectivo.

III.4. Principios rectores.

El I Plan de Acción Integral para las mujeres con discapacidad en Andalucía asume un nuevo enfoque en la intervención pública para las personas con discapacidad, integrando en él la perspectiva de género, como garantía del cumplimiento de los principios democráticos de igualdad y respeto a la diversidad.

Este enfoque exige la consideración de, al menos, los siguientes principios, que se convierten en principios rectores de las líneas de intervención recogidas en este Plan, y dotan de sentido a las medidas contenidas en él:

1. Autonomía

En el concepto de autonomía que aquí se propone, la autonomía personal y el acceso a los espacios sociales de toma de decisión están intrínsecamente relacionados, y son mutuamente interdependientes: no es posible el uno sin el otro. La autonomía implica autonomía personal y participación en la toma de decisiones, tanto en el nivel individual –sobre el propio cuerpo y sobre sus opciones vitales– como en el ámbito social. Ello se traduce en que las mujeres con discapacidad no serán plenamente autónomas si no pueden ejercer su derecho al empleo –la independencia económica– y a la participación en los espacios donde se toman decisiones que afectan a sus vidas. Tampoco si no asumen mayor protagonismo en la solución de sus propios problemas.

La socialización diferencial, y un conjunto complejo de factores estructurales, se convierten en obstáculos -físicos y simbólicos- para el logro de esta autonomía personal y colectiva. Las medidas contenidas en este Plan, están dirigidas a fomentar en las mujeres con discapacidad ambos tipos de autonomía. Dando un paso más, podría decirse que la autonomía debe erigirse en indicador transversal de impacto de las actuaciones recogidas en el Plan.

2. Diversidad

El respeto a la diversidad constituye uno de los principios básicos a la hora de aproximarnos a la realidad de las mujeres, y es especialmente importante para abordar las necesidades e intereses de las mujeres con discapacidad. La heterogeneidad que caracteriza a este grupo de población así lo exige, como también la necesidad de inculcar en la sociedad este valor fundamental.

Este reconocimiento a la diversidad tiene implicaciones importantes en la práctica política. Una de las más importantes es la de entender que el respeto a la diversidad no excluye la búsqueda de referentes comunes, especialmente porque todas las mujeres con discapacidad, por el mero hecho de serlo, comparten los mismos obstáculos que tienen su base en la discriminación por razón de género.

3. Participación

Los procesos implicados en el diseño, ejecución y evaluación del Plan de Acción, se realizarán lo más participativamente posible, esto es, implicando a todos los y las agentes que se identifiquen como relevantes, lo que incluye necesariamente a los organismos de la administración pública que gestionan las políticas, servicios y recursos para las personas con discapacidad, al movimiento asociativo de personas con discapacidad –y especialmente, el de mujeres con discapacidad– y a las propias mujeres usuarias o destinatarias de los mismos.

El I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía asume plenamente este principio: no es sólo un plan institucional sino que nace con la intención explícita de incorporar al tejido asociativo y a todos los agentes sociales y económicos relevantes en la búsqueda de alternativas a la situación de desigualdad que afecta a las mujeres con discapacidad.

4. Integralidad

La lucha contra la discriminación por razón de género de las mujeres con discapacidad se articula de una forma integral, esto es, intentando promover un cambio positivo en todas las esferas de la vida de las mujeres con discapacidad en las que encuentran barreras para acceder en igualdad de condiciones a los bienes y recursos sociales.

Adoptar una perspectiva integral, a la hora de abordar la lucha contra la discriminación de las mujeres con discapacidad, implica dotar de coherencia a las actuaciones, la coordinación de todos los y las agentes (institucionales o no) implicadas en la promoción de estos cambios y la complementariedad de las mismas.

5. Tranversalidad + Acción positiva

Las formas de abordar estas desigualdades han sido ya establecidas en el marco de las políticas de igualdad de oportunidades, sólo queda encontrar los mecanismos adecuados para, primero, hacerlas extensivas a las políticas públicas que afectan a las mujeres con discapacidad, y segundo, que «traspasen el papel», sean aplicadas de hecho y sea visible su impacto sobre:

1. La mejora de la situación y posición social de las mujeres con discapacidad, así como el incremento de su autonomía económica, social y personal.

2. La eliminación de la discriminación que, por razón de género, afecta a este colectivo.

Las estrategias son fundamentalmente dos:

- La integración de la perspectiva de género y el objetivo de igualdad en los procedimientos, las metodologías y las actuaciones en política pública, en todas las fases y a todos los niveles de intervención, y hacerlo extensivo al resto de organizaciones sociales (Mainstreaming de género)

- El establecimiento de medidas de Acción positiva, dirigidas a compensar la situación de desigualdad que afecta a las mujeres con discapacidad.

Estas mismas estrategias son las que fundamentan las actuaciones recogidas en este Plan.

III.5. Finalidad del plan, prioridades y objetivos.

El Plan tiene como finalidad la articulación de una estrategia integral de intervención orientada a generar los cambios estructurales necesarios para que las mujeres con discapacidad puedan acceder en igualdad de oportunidades a los derechos y bienes y recursos sociales, y hagan posible el avance progresivo en la consecución de una mayor autonomía en todos los ámbitos de su vida.

Con esta finalidad, el Plan se articula en torno a una serie de prioridades, definidas a partir del proceso de participación y consenso de los y las agentes sociales implicadas en el diseño del mismo. Así, las prioridades de actuación que se abordan en el Plan son las siguientes:

- Fomento de la autonomía económica y personal.

- Disponibilidad de recursos para el logro de las metas.

- Concienciación y sensibilización social.

- Visibilización de las mujeres con discapacidad y de la diversidad de situaciones de discriminación a que tienen que enfrentarse.

- Acceso y permanencia en el empleo de las mujeres con discapacidad.

Se trata en realidad de abordar en el Plan dos líneas de actuación interdependientes, en consonancia con las que marcan la finalidad del Plan:

 Por un lado, aquella que implica directamente a las propias mujeres con discapacidad y a su entorno familiar. En este ámbito las prioridades apuntan a:

- El fomento de la autonomía económica y personal, que se convierte en la prioridad fundamental a la hora de diseñar cualquier actuación para las mujeres con discapacidad. Por ello, se ha considerado que debe ser la que defina la finalidad del mismo.

- Muy vinculado con ésta, aparece el fomento de procesos de empoderamiento. Como en el caso de la autonomía, el género se convierte en eje transversal del análisis y la propuesta de acción.

 Un segundo bloque de prioridades, guarda relación con la «otra cara» de la moneda, y apunta a la sociedad y a las instituciones públicas como espacios de «producción y reproducción» de la doble discriminación que enfrentan las mujeres con discapacidad:

- Por un lado, las Administraciones Públicas deben dar una respuesta adecuada a las necesidades e intereses de las mujeres con discapacidad. El discurso político se traduce en voluntad, y la voluntad se materializa en provisión de recursos o eliminación de barreras en el acceso y disfrute de derechos de ciudadanía y bienes y servicios públicos.

- Por otro lado, la sociedad en su conjunto debe replantearse el discurso, las actitudes y comportamientos frente a las mujeres con discapacidad. La deconstrucción de los estereotipos sociales sobre la discapacidad, así como la crítica de los estereotipos de género, deben conjugarse para visibilizar a las mujeres con discapacidad, construyendo imágenes alternativas que enfaticen sus potencialidades y su aportación a la sociedad.

Para abordar estas prioridades, es necesaria la participación activa de todos y todas las agentes a quienes se dirige este Plan:

A las mujeres con discapacidad y su entorno familiar, para que:

- Se vaya facilitando un proceso de cambio en la percepción que tienen de sí mismas a partir de la lucha contra los estereotipos de género y los estereotipos sociales en torno a discapacidad.

- Puedan disponer de los recursos que les permitan desarrollar, en condiciones de igualdad con los hombres con discapacidad y con las mujeres y hombres en general, una mayor autonomía en todos los ámbitos de su vida.

- Encuentren en las instituciones públicas andaluzas y en la sociedad en general, actitudes favorables, se visibilicen y pongan en valor sus potencialidades y competencias.

A la sociedad en general (medios de comunicación, empresariado, sindicatos, organizaciones de participación ciudadana, etc.), y las organizaciones civiles de personas con discapacidad en particular, para que:

- Cambien actitudes y comportamientos sexistas y discriminatorios.

- Incorporen el objetivo de igualdad de género en sus estructuras y actuaciones.

- Representen adecuadamente los intereses de las mujeres con discapacidad y contribuyan activamente a su lucha por la autonomía y la igualdad de oportunidades.

- Positivicen la imagen de las mujeres con discapacidad presentándolas como ciudadanas con derechos y no como víctimas, objeto de protección, etc.

A la Administración Pública Andaluza en general para que...

- Incorpore el enfoque de género.

- Preste atención a las diferencias por razón de género en el colectivo de personas con discapacidad, y ofrezcan una respuesta adecuada a las necesidades e intereses específicos de las mujeres con discapacidad.

- Evite enfoques paternalistas, asistencialistas, etc., y reconozca a las mujeres con discapacidad como ciudadanas titulares de derechos y protagonistas de sus políticas.

- Adopte enfoques «integrales».

- Intervenga activamente en la eliminación de las «barreras» físicas, de comunicación, sociales, económicas y culturales, y facilite el acceso de las mujeres con discapacidad, en igualdad de condiciones, a los recursos y servicios públicos.

Teniendo en cuenta estas prioridades, se han definido los objetivos generales del Plan, que son los siguientes:

1. Fomentar en las mujeres con discapacidad procesos de desarrollo de mayores grados de autonomía económica y personal, y eliminar los obstáculos que les impiden una participación social activa.

2. Promover las condiciones que posibiliten a las mujeres con discapacidad el disfrute de sus derechos fundamentales de ciudadanía en igualdad de condiciones.

3. Erradicar los estereotipos de género, promoviendo la transmisión de una imagen social de la discapacidad no discriminatoria, que visibilice a las mujeres con discapacidad y posibilite procesos de mejora de su autoestima y revalorización de sus capacidades.

Estos objetivos se corresponden y definen, a su vez, los ejes vertebradores de las medidas que contiene el Plan.

III. 6. Estructura del plan.

En este apartado se describe la forma en la que se va a organizar el conjunto de medidas que integran el I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía. Se explica en primer lugar la estructura general del mismo, para pasar después a desarrollar más detalladamente los contenidos que abarcarán cada una de las áreas temáticas, el objetivo específico que orienta las medidas que se proponen para cada una de ellas, y las medidas que desarrollan cada uno de estos objetivos.

Se trata de una estructura en cascada, en la que la información se presenta desde el nivel más general -EJES ORGANIZADORES, que contienen las ÁREAS TEMÁTICAS a abordar en cada una de ellos- hasta el nivel más concreto (las MEDIDAS). Para clarificar la estructura propuesta, tal y como queda reflejado en el gráfico siguiente, son tres los niveles sobre los que se asienta la estructura del Plan:

- Los ejes organizadores, entendidos como dimensiones generales que permiten agrupar un número de áreas de intervención y medidas que tienen una temática y una finalidad común.

- Las áreas temáticas son más específicas y precisas y facilitan la definición de medidas concretas que den respuesta a las desigualdades de género que se describen en cada una de ellas. Para cada una de las áreas temáticas se define un objetivo, que orienta las medidas que se proponen en ellas.

- Las medidas, ubicadas dentro de cada área temática, son las que operativizan el Plan de Acción integral.

Las medidas se pueden agrupar en función de la siguiente tipología:

- Información: tanto a los distintos agentes sociales y públicos, como a las personas con discapacidad, especialmente a las mujeres.

- Sensibilización: para favorecer el cambio de actitudes, la superación de los estereotipos de género y adecuar la percepción social de las mujeres con discapacidad a su realidad.

- Formación: tanto a profesionales y agentes sociales, para que incorporen en sus procedimientos de actuación la perspectiva de género y los elementos específicos que permitan una atención de calidad a las mujeres con discapacidad, como a las propias mujeres con discapacidad, para que conozcan sus derechos y los recursos existentes.

- Investigación: que permita conocer la situación y posición de las mujeres con discapacidad en los diferentes ámbitos y sobre esa base avanzar medidas adaptadas a sus necesidades reales.

- Recursos: destinando los medios necesarios para que sea posible la superación de las desigualdades que sufren las mujeres con discapacidad.

En el siguiente cuadro se esquematizan cuáles son los ejes organizadores y las áreas temáticas que articulan el presente Plan:

EJES ORGANIZADORES ÁREAS TEMÁTICAS
1. ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD 1.1 Autopercepción
1.2. Imagen social
1.3. Familia
2. DERECHOS DE CIUDADANÍA 2.1. Educación en igualdad
2.2. Salud y derechos sexuales y reproductivos
2.3. Los procesos judiciales y la victimización secundaria
2.4. Violencia contra las mujeres con discapacidad
3. AUTONOMÍA ECONÓMICA Y PARTICIPACIÓN EN LA TOMA DE DECISIONES 3.1. Autonomía personal
3.2. Igualdad en el Empleo
3.3. Participación en la toma de decisiones

Antes de pasar a describir los contenidos que abarcan cada una de las áreas temáticas, es necesario hacer hincapié en que, tanto los ejes organizadores como las áreas temáticas que recoge el presente Plan, no reflejan la totalidad de una realidad tan heterogénea como es la de las mujeres con discapacidad, por lo que se recogen aquellas que se han considerado prioritarias atendiendo a la experiencia de los y las agentes sociales participantes en su diseño.

DESCRIPCIÓN DE LOS EJES ORGANIZADORES, LAS ÁREAS TEMÁTICAS Y LAS MEDIDAS

A continuación se describen los contenidos que definen cada una de las áreas temáticas, así como el objetivo que orienta las medidas propuestas. Para cada área temática se presenta un cuadro con las medidas incluidas en ellas, especificando:

- Público destinatario: aquellos grupos de población sobre los que se aplicará la medida.

- Agentes responsables: organizaciones públicas o privadas encargadas de impulsar, coordinar y garantizar su cumplimiento.

Organizador 1. Estereotipos de género y discapacidad.

La socialización de género consiste en el aprendizaje de un modelo de mujer y de un modelo de hombre concreto, a partir de las funciones, expectativas y espacios sociales que se les consideran propios. Es decir, la socialización garantiza el aprendizaje del rol de género, que es mantenido y transmitido por los estereotipos de género. El mismo mecanismo es aplicable a los estereotipos que mantienen la idea de cómo son, cómo se comportan y cuáles son las limitaciones y habilidades de las personas con discapacidad.

Cualquier forma de exclusión social se asienta sobre los roles y estereotipos. Tanto los unos como los otros se construyen siempre en función del entorno y de la sociedad en la que se vive, por lo que no son inalterables, sino que pueden ser modificados. Esta tarea implica actuar intencionadamente sobre los agentes de socialización, que son el mecanismo por los que cualquier sociedad mantiene su modelo de socialización y perpetúa los estereotipos de género y discapacidad. También sobre las propias mujeres con discapacidad, que son las principales perjudicadas por la imagen social que se ha construido en torno a ellas, y que genera una cadena de discriminaciones que devienen en falta de autonomía y dificultades para la participación, en igualdad de condiciones, en todos los ámbitos de la vida social.

1.1. Autopercepción.

Esta área temática incluiría todos aquellos aspectos referidos a la imagen que las mujeres con discapacidad tienen sobre sí mismas, y el efecto que sobre ella tienen los estereotipos de género y los relacionados con su discapacidad. Se parte aquí de que esta imagen responde a una construcción social de la discapacidad que se une a la construcción social del género, y que tiene consecuencias negativas sobre la autoestima de las mujeres, limita su autonomía y capacidad de participación en igualdad de condiciones en la esfera laboral y el resto de espacios de relación social.

El objetivo general, que orienta las medidas que se proponen en esta área, es «mejorar la imagen que las mujeres con discapacidad tienen de sí mismas, fomentando procesos de auto-valoración de sus capacidades y erradicando los estereotipos sexistas y discriminatorios que están en la base de la infravaloración social de las mujeres con discapacidad».

Las medidas que desarrollan este objetivo son las siguientes:

ÁREA TEMÁTICA 1.1. AUTOPERCEPCIÓN
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
1.1.1. Impulso de actuaciones específicas destinadas a fomentar la autovaloración positiva de las propias capacidades de las mujeres con discapacidad, para que desarrollen estrategias con el fin de afrontar los efectos de la doble discriminación que sufren. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
- Consejería de Salud
1.1.2. Diseño de protocolos de actuación para distintos/as profesionales que trabajan con mujeres con discapacidad, para prevenir, afrontar y apoyar en la superación de casos de baja autoestima, así como promover la autopercepción positiva con técnicas de refuerzo. - Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Otros: profesionales privados
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
- Consejería de Salud
1.1.3. Diseño de materiales informativos y formativos que permitan el conocimiento y difusión de metodologías de trabajo para abordar la autoestima y el autoreconocimiento, a partir de las experiencias de otras personas (peer counselling) - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Sociedad
- Consejería de Salud
1.1.4. Fomento de la creación de servicios de atención psicológica especializada en género y discapacidad, en organismos no gubernamentales que prestan servicios a las mujeres y a las personas con discapacidad - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
1.1.5. Creación de grupos de autoayuda en entidades, con el apoyo de personal con formación específica en género y discapacidad para desarrollar técnicas de refuerzo de la autoestima en mujeres con discapacidad - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
- Consejería de Salud

1.2. Imagen Social.

Esta área guarda relación con todos aquellos procesos sociales de construcción de una imagen discriminatoria de las mujeres con discapacidad, fundamentada en los estereotipos y prejuicios sexistas, y trasmitida a través de los agentes de socialización, y especialmente los medios de comunicación, que ejercen una presión sobre las mujeres a través de la proyección de estereotipos femeninos que exaltan la belleza física como paradigma y contribuyen a la conceptualización de la discapacidad como un déficit insalvable.

Estos estereotipos y prejuicios cristalizan en el imaginario social, sirven como elemento de justificación de las desigualdades de género y son interiorizados por las propias mujeres con discapacidad que encuentran mayores obstáculos para configurar una identidad femenina basada en la autoestima y el reconocimiento de sus propias capacidades.

El objetivo que pauta las actuaciones que se proponen con relación a esta área es el de «transformar esta imagen estereotipada e infravalorada de las mujeres con discapacidad, actuando sobre los agentes de socialización para que visibilicen a las mujeres y transmitan una imagen positiva que contribuya a la generación de referentes válidos con los que las mujeres con discapacidad puedan identificarse».

A tal efecto, se formalizarán los Acuerdos oportunos con la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA).

A continuación se especifican las medidas que se corresponden con esta área temática:

ÁREA TEMÁTICA 1.2. IMAGEN SOCIAL
Medida PÚBLICO
DESTINATARIO
ORGANISMOS
RESPONSABLES
1.2.1. Apoyo de proyectos mediáticos y culturales que refuercen la imagen cotidiana y positiva de las mujeres con discapacidad en películas, documentales y publicidad. Sociedad Consejería para la Igualdad y
Bienestar Social
1.2.2. Fomento de programas en los medios de comunicación que generen y promuevan actitudes y conductas positivas hacia las mujeres con discapacidad. Sociedad Consejería para la Igualdad y
Bienestar Social
1.2.3. Elaboración y difusión de criterios no discriminatorios en relación con las mujeres con discapacidad para que se revisen los contenidos de los mensajes en las imágenes publicitarias. Sociedad Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social
1.2.4. Estímulo de la presencia de mujeres con discapacidad en espacios de comunicación de diversa temática Mujeres con Discapacidad
Sociedad
Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social
1.2.5. Investigación y difusión de los logros educativos, culturales, científicos, etc., de las mujeres con discapacidad a lo largo de la historia Mujeres con Discapacidad
Sociedad
Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social

1.3. Familia.

En esta área se abordará el papel que juega el entorno familiar en la trayectoria vital de las mujeres con discapacidad, en un doble sentido:

- Como agente de socialización en los roles de género, desempeñando un papel fundamental en la superación (o el mantenimiento) de los modelos sociales dominantes sobre las mujeres con discapacidad, generalmente asociados a la dependencia e inferioridad. Por desconocimiento o escasa sensibilización en los temas de género y discapacidad, la familia puede reforzar actitudes y conductas de sobreprotección hacia ellas. Esta sobreprotección coarta y, en casos extremos, impide la autonomía personal y la participación social activa. Por ello, las familias son también agentes sociales destinatarios de las medidas contenidas en este plan; pero no en tanto que representantes de las mujeres con discapacidad, sino como uno de los agentes fundamentales en la lucha contra los estereotipos de género y discapacidad y del fomento de la autonomía de las mujeres con discapacidad.

- Como principal recurso de apoyo y cuidado para las personas con discapacidad, especialmente en casos severos y a las mujeres dentro de ella como responsables casi únicas de estas tareas, reforzando a su vez el reparto desigual de los roles sociales en función del género.

El objetivo en esta área es, por tanto, capacitar a las familias de las personas con discapacidad para que contribuyan a una socialización igualitaria, evitando la transmisión de los estereotipos sociales en torno al género y la discapacidad, por un lado; así como fomentar la corresponsabilidad y evitar la reproducción de los roles de género, por otro.

Las medidas para el área de «Familia» son las siguientes:

ÁREA TEMÁTICA 1.3. FAMILIA
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
1.3.1. Apoyo de actividades de sensibilización, información, asesoramiento, apoyo y formación, dirigidas a las familias de mujeres con discapacidad, especialmente de niñas, que favorezca la deconstrucción de los estereotipos de género y discapacidad dominantes, y eviten la sobreprotección y comportamientos que obstaculicen el desarrollo y autonomía personal. - Familias - Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
1.3.2. Elaboración de protocolos de actuación profesional dirigidos a familias de mujeres con discapacidad severa - Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
1.3.3. Impulso de la colaboración entre los distintos organismos (públicos y privados) que ofrezcan servicios de atención y apoyo a las familias de mujeres con discapacidad - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Servicios Sociales Comunitarios
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social
1.3.4. Diseño de un programa formativo destinado a los y las profesionales que trabajan en los servicios de proximidad para que conozcan la realidad de las mujeres con discapacidad y eviten la transmisión de los estereotipos dominantes y la reproducción de comportamientos que puedan resultar ofensivos - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Profesionales de entidades privadas
- Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Organizador 2. Derechos de ciudadanía.

Los derechos fundamentales de la ciudadanía están recogidos en la Constitución Española, en su título primero (De los Derechos y Deberes Fundamentales). Desde que en ella se consagrara el principio de igualdad entre mujeres y hombres en el artículo 14 se han producido avances legislativos para la igualdad de derechos y oportunidades entre las mujeres y los hombres.

Asimismo, el artículo 10.2 del Estatuto de autonomía para Andalucía recoge entre los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el de propiciar la efectiva igualdad del hombre y de la mujer, promoviendo la democracia paritaria y la plena incorporación de aquella en la vida social, superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica, política o social. Incidiendo en este objetivo el artículo 15, que garantiza la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, y el artículo 37, que establece entre los principios rectores de las políticas públicas la lucha contra el sexismo y la plena equiparación laboral entre hombres y mujeres, orientándolos, además, a superar las situaciones de desigualdad y discriminación de las personas y grupos que puedan derivarse de sus circunstancias personales o sociales o de cualquier otra forma de marginación o exclusión.

Sin embargo, estos avances requieren tratar de forma integrada la dimensión de género y la de discapacidad, y hasta el momento han resultado insuficientes para dar respuesta a las necesidades de las mujeres que están en situación de desventaja social más acusada, como las mujeres con discapacidad.

2.1. Educación en igualdad.

El elemento central que fundamenta esta área temática es hacer valer el derecho de todas las personas al pleno desarrollo de su personalidad mediante el disfrute de un proceso educativo adaptado a sus necesidades. Se pretende que el sistema educativo continúe avanzando en la mejora de las infraestructuras, los recursos y los profesionales especializados en la atención a las personas con discapacidad, así como introducir referentes válidos que ofrezcan una imagen positiva de la discapacidad, más allá de las dificultades y la dependencia, lo que en el caso de las mujeres se suma a los estereotipos de género.

El objetivo es arbitrar los medios para facilitar el acceso y la permanencia de las mujeres con discapacidad en el sistema educativo, haciendo especial hincapié en aquellos que favorezcan la superación de los estereotipos de género y discapacidad, y avanzar en la provisión o adaptación de los recursos educativos a sus necesidades específicas.

Las medidas que corresponden a esta área temática son las siguientes:

ÁREA TEMÁTICA 2.1. EDUCACIÓN EN IGUALDAD
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
2.1.1. Formación para el profesorado de distintos niveles educativos para prevenir aquellas formas en las que el sistema educativo puede reproducir los estereotipos asociados al género y la discapacidad - Profesionales de la enseñanza - Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Educación
- Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
2.1.2. Campaña de sensibilización y orientación para las familias y orientadores/as educativos, así como a los profesionales del ámbito educativo en general sobre cómo inciden los estereotipos ligados al género y la discapacidad en las elecciones del tipo de estudios y profesiones de sus hijas e hijos - Familias
- Profesionales de la enseñanza
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Educación
2.1.3. Impulso de programas para jóvenes y mujeres con discapacidad destinados a facilitar el acceso, ingreso y permanencia en los distintos niveles de enseñanza. - Mujeres con Discapacidad - Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Educación
- Consejería de Innovación
2.1.4. Fomento de la reserva de plazas residenciales adaptadas para jóvenes y mujeres con discapacidad que se estén formando en cualquier nivel educativo - Mujeres con Discapacidad - Consejería de Educación
- Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
2.1.5. Investigación sobre el tipo de recursos que deberían disponer los centros educativos a distintos niveles, adaptados a la demanda de las mujeres y jóvenes con discapacidad atendiendo a sus especificidades - Comunidad educativa - Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Educación
- Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa
2.1.6. Incentivación de actividades extraescolares que favorezcan la integración de las niñas y jóvenes con discapacidad y la superación de los estereotipos de género y discapacidad - Comunidad educativa - Consejería de Educación
2.1.7. Diseño e implantación de metodologías y herramientas específicas (protocolos, guías, materiales didácticos) orientadas a la formación y sensibilización de las y los profesionales del sistema educativo en la superación de los estereotipos y prejuicios asociados a la discapacidad y género. - Comunidad educativa - Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Educación
- Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

2.2. Salud y derechos sexuales y reproductivos

Esta área temática afronta aquellos elementos a tener en cuenta para lograr la equidad en el acceso a una atención sanitaria de calidad, así como en el ejercicio de derechos esenciales como la maternidad o el desarrollo de una vida sexual plena.

Esta equidad ha de basarse en la incorporación de la perspectiva de género, teniendo en cuenta la diversidad funcional, en la elaboración e implantación de todos los protocolos de prevención y atención. Para ello es clave invertir en recursos e infraestructuras adaptadas, así como en la capacitación específica de los equipos profesionales del sistema de salud que facilite las estrategias más adecuadas en cada situación frente a los estereotipos sociales que giran en torno al género y la discapacidad.

El objetivo que orienta las actuaciones que se desarrollan en esta área temática es «favorecer la superación de las barreras para que las mujeres con discapacidad reciban una atención sanitaria adaptada a sus necesidades, fomentando el conocimiento de los aspectos específicos relacionados con su salud, posibilitando el desarrollo de su derecho a la sexualidad y la maternidad, habilitando los recursos necesarios e impulsando la formación de los equipos médicos en género y discapacidad».

En cuanto a las medidas que desarrollan este objetivo, se recogen las siguientes:

ÁREA TEMÁTICA 2.2. SALUD Y DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
Medida PÚBLICO DESTINATARIO AGENTES RESPONSABLES
2.2.1. Elaboración de estudios con perspectiva de discapacidad y género sobre las necesidades de salud integral de las mujeres con discapacidad. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Sociedad
- Consejería de Salud
2.2.2. Investigación sobre diversas formas de desarrollo y expresión de la sexualidad en mujeres con discapacidad - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Sociedad
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Salud.
2.2.3. Impulso de programas de prevención y promoción de la salud dirigidos a mujeres con discapacidad, que contemplen acciones de información y sensibilización sobre los derechos y recursos de salud existentes - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
- Consejería de Educación
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.2.4. Dotación de instrumental y aparatos de exploración adaptados y accesibles a todo tipo de mujeres con discapacidad, en especial a las mujeres con discapacidad física en las mesas de exploración ginecológica, acceso al equipo de radiología, etc. - Mujeres con Discapacidad - Consejería de Salud
2.2.5. Desarrollo de protocolos específicos sobre sexualidad y planificación familiar, diferenciados por tipos de discapacidad y adaptados al estilo de vida de las mujeres con discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la propia salud reproductiva y sexual. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
2.2.6.Formación de profesionales de la salud sobre mujer y discapacidad, para una atención diferenciada y que garantice un trato digno a las mujeres con discapacidad. - Mujeres con Discapacidad
- Alumnado universitario de grado y postgrado de materias conexas con la salud
- Alumnado de formación profesional de la familia sanidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
2.2.7 Incluir en la formación que se imparte a los profesionales del sistema de protección vinculados con procesos de acogimiento y adopción conocimientos y pautas de actuación para que no se produzcan situaciones discriminatorias - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.2.8. Dar prioridad, en los centros socioeducativos y los servicios para la atención y cuidado de la infancia, a los hijos e hijas de las mujeres con discapacidad, con el fin de garantizar la integración social y laboral de las mismas - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Sociedad
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.2.9. Diseño de programas de planificación familiar específicos, que tengan en cuenta las diversas necesidades en función de los distintos tipos de discapacidad, incluyendo la garantía de autonomía de las mujeres en la toma de decisiones - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
2.2.10. Promoción de actuaciones que favorezcan la información y ayuda mutua entre mujeres con discapacidad que quieran ser madres y aquellas que ya lo han sido. - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.2.11. Dotación de los recursos técnicos y humanos necesarios para eliminar las barreras en la comunicación en los servicios sanitarios, garantizando la atención a las personas con discapacidad, especialmente a las mujeres, en condiciones de igualdad, así como una atención adecuada durante el periodo de embarazo y en el parto, evitando, en la medida de lo posible, partos inducidos - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud
2.2.12. Fomento de actividades de información, asesoramiento, apoyo y formación, dirigidas a las propias mujeres con discapacidad, a los padres y madres de hijas con discapacidad, y a los y las profesionales de los servicios de atención directa, para que promuevan el desarrollo de una sexualidad sana en las niñas y mujeres con discapacidad. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Sociedad
- Consejería de Salud
- Consejería para la Igualdad y el B.S.
2.2.13. Adaptación de planes, procesos y programas de atención a la salud a las especificidades de las mujeres con discapacidad, asegurando su acceso equitativo - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería de Salud

2.3. Los procesos judiciales y la victimización secundaria.

Se abordan aquí aquellos aspectos que determinan la vivencia de las mujeres con discapacidad en los procesos judiciales, condicionada por un lado, por la imagen social predominante sobre la discapacidad y el género; y por otro, por el desconocimiento generalizado del funcionamiento del sistema judicial por parte de estas mujeres, que las deja en situación de dependencia de sus tutores o tutoras.

El objetivo es «facilitar el acceso de las mujeres con discapacidad a los procesos judiciales en igualdad de condiciones, adecuando los materiales de trabajo y el sistema de atención y los procesos a sus características específicas, y favoreciendo el reconocimiento de sus derechos».

Las medidas en esta área temática se especifican a continuación:

ÁREA TEMÁTICA 2.3. LOS PROCESOS JUDICIALES Y LA VICTIMIZACIÓN SECUNDARIA
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
2.3.1. Formación y sensibilización de los distintos agentes y policias judiciales sobre el tratamiento a las mujeres con discapacidad - Profesionales Admón. Pública - Consejería de Justicia y Administración Pública
2.3.2. Diseño de protocolos de actuación para que los y las profesionales que realizan la acogida y atención a mujeres con discapacidad, sepan cómo enfrentar la situación sin propiciar el proceso de victimización secundaria y evitando comportamientos no deseables. - Profesionales Admón. Pública - Consejería de Justicia y Administración Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Salud
2.3.3. Adaptación de los instrumentos e infraestructuras que aseguren las condiciones de acceso y atención de las mujeres con discapacidad en términos de calidad - Profesionales Admón. Pública
- Colegios de abogacía, de Psicología, C.T.S., procuraduría.
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Justicia y Administración Pública
2.3.4. Fomento de actuaciones de sensibilización e información a mujeres con discapacidad para que conozcan sus derechos y como acceder de forma eficaz y autónoma a los servicios de justicia. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Consejería de Justicia y Administración Pública.
- Consejería para la Igualdad y el B.S..
2.3.5. Diseño de un procedimiento para el asesoramiento en los procesos judiciales a los que se enfrenten las mujeres con discapacidad, por parte de personas expertas en género y discapacidad - Profesionales Admón. Pública - Consejería de Justicia y Administración Pública.
2.3.6. Fomento de actuaciones que garanticen la adaptación, el acceso y promuevan el uso de los recursos anexos a los procesos judiciales (puntos de encuentro, servicios de atención a las víctimas, etc.) por parte de las mujeres con discapacidad. - Profesionales Admón. Pública - Consejería de Justicia y Administración Pública
2.3.7. Inclusión de un área específica de observación de los procesos judiciales de las mujeres con discapacidad en el Observatorio de Violencia de Género - Observatorio de Violencia de Género - Consejería para la Igualdad y B.S..
- Consejería de Justicia y Administración Pública

2.4. Violencia contra las mujeres con discapacidad.

En esta área temática se abordan los elementos relacionados con las situaciones de abuso y violencia a las que las mujeres con discapacidad se pueden enfrentar en su vida cotidiana. Se parte del hecho de que las mujeres con discapacidad son también víctimas de la violencia de género, agravada por un déficit de autonomía resultado de factores ligados a las desigualdades de género y discapacidad.

Esta forma de violencia no sólo puede ser ejercida por parte de quienes han mantenido o mantienen relaciones afectivas con ellas, sino también por las personas de su entorno familiar, social, sanitario asistencial, etc.

El objetivo de esta área temática persigue «conocer las características específicas de la violencia contra las mujeres con discapacidad, de forma que se propicien actuaciones de sensibilización tanto a las mujeres como a los y las profesionales que han de atenderlas, y se adapten los procedimientos y recursos a las necesidades reales de las víctimas con discapacidad».

Las medidas que se corresponden con esta área temática son las siguientes:

ÁREA TEMÁTICA 2.4. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
2.4.1. Investigación sobre la violencia específica ejercida sobre las mujeres con discapacidad, que permita conocer sus causas y efectos en ámbitos institucionales y domésticos - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S
- Consejería de Justicia
2.4.2. Desarrollo de herramientas (protocolos, programas, guías) para la prevención, detección precoz y atención de situaciones de violencia que se pueden estar perpetrando contra las mujeres con discapacidad, especialmente en el ámbito familiar, y en las instituciones de servicios sociales y sanitarias. - Mujeres con discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Sociedad
- Colegios, asociaciones vecinales, sanidad
- Centros residenciales y de día
- Consejería de Salud
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.4.3. Realización de campañas de prevención, orientación, sensibilización e información sobre sus derechos, y acceso efectivo a los recursos existentes en materia de violencia de género y discapacidad, dirigidas a mujeres que la padecen, a las asociaciones relacionadas con la discapacidad y a la sociedad en su conjunto. - Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.4.4. Puesta en marcha de campañas de prevención, orientación, sensibilización e información sobre sus derechos, y acceso efectivo a los recursos existentes en otros tipos de violencia contra las mujeres con discapacidad, dirigidas a las mujeres que la padecen, a las asociaciones relacionadas con la discapacidad y a la sociedad en su conjunto. - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.4.5. Diseño y puesta en marcha de un programa formativo sobre violencia de género y discapacidad para los y las profesionales de los ámbitos judiciales, social, de salud, servicios de atención a víctimas de violencia, etc. - Profesionales Admón. Pública - Consejería de Salud
- Consejería de Justicia
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.4.6. Promoción de la especialización en la red de profesionales y servicios para que ofrezcan un tratamiento adaptado a los casos de violencia de género en mujeres con discapacidad - Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Entidades
- Consejería para la Igualdad y B.S.
2.4.7. Incentivación de actuaciones tendentes a superar las barreras en los centros y la adaptación de los materiales necesarios para atender a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia - Profesionales Admón. Pública
- Entidades relacionadas con la atención a mujeres víctima de violencia
- Consejería de Salud
- Consejería de Justicia
- Consejería para la I B.S.
2.4.8. Establecimiento de medidas de acción positiva, o generalización de las existentes, para facilitar la adaptación y el acceso a las viviendas protegidas adaptadas a aquellas mujeres con discapacidad que hayan sido víctimas de violencia de género - Mujeres con Discapacidad - Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio

Organizador 3. Autonomía económica y participación en la toma de decisiones.

La autonomía personal de las personas con discapacidad constituye sin duda uno de los principales retos de la sociedad española actual. Las mujeres en general, y las mujeres con discapacidad en particular, son socialmente más vulnerables frente a las situaciones de dependencia.

Los avances en política pública en esta materia, tienen en la ya mencionada Ley de Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, un verdadero punto de inflexión. Esta Ley constituye un marco de referencia importante de las medidas que se incluyen en este Eje organizador del Plan de Acción integral. Ambos comparten similares principios, por lo que, en la medida en que la inclusión de la perspectiva de género de manera transversal, y la consideración de las necesidades diferentes de mujeres y hombres, se lleve a la práctica, el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia constituirá un importante respaldo para las propuestas que aquí se incluyen.

En concreto, se recogen todos aquellos aspectos considerados fundamentales de cara a la promoción de mayores niveles de autonomía social y personal de las mujeres con discapacidad. La capacidad para tomar decisiones sobre la propia vida, lejos de estar condicionada exclusivamente por cuestiones de índole personal, está fuertemente mediatizada por aspectos como la independencia económica (o lo que es lo mismo: el acceso y la permanencia en mejores condiciones en el empleo) y también por las posibilidades de participar en los espacios públicos de toma de decisiones.

Estas son las cuestiones que se abordan en el organizador 3, tomando como punto de partida el reconocimiento de los obstáculos a que tienen que enfrentarse las mujeres con discapacidad a la hora de decidir de una manera autónoma, en los distintos ámbitos de su vida (personal, económico y toma de decisiones).

3.1. Autonomía personal.

Esta área temática incide en todos aquellos factores que impiden a las mujeres con discapacidad la participación en la toma de decisiones que afectan a sus vidas. Se parte aquí de que los estereotipos de género y discapacidad arrojan una imagen de estas mujeres como no aptas para tomar sus propias decisiones, generándose actitudes paternalistas y protectoras que las constriñen. A esto se une la necesidad de más recursos sociales que favorezcan su desenvolvimiento independiente en el entorno habitual.

El objetivo es, por tanto, «incrementar la independencia personal de las mujeres con discapacidad en su entorno, erradicando las actitudes y comportamientos sobreprotectores, fomentando el conocimiento de sus usos del tiempo y el espacio, y potenciando una red de proximidad que les permita un mayor grado de autonomía y conciencia de su capacidad para tomar decisiones».

Las medidas que se corresponden con esta área temática son las que se especifican a continuación:

ÁREA TEMÁTICA 3.1. AUTONOMÍA PERSONAL
Medida PÚBLICO DESTINATARIO AGENTES RESPONSABLES
3.1.1. Investigaciones sobre los usos del tiempo de las mujeres y de los hombres con discapacidad en su vida cotidiana, que permitan la visibilización y valoración de sus capacidades reales y el diseño de medidas de apoyo efectivas - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.1.2. Análisis de los servicios sociales existentes para detectar carencias en la atención y apoyo de las mujeres con discapacidad, visibilizando las diferentes necesidades y expectativas y proponiendo medidas específicas que aborden su realidad - Mujeres con Discapacidad
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.1.3. Análisis de la viabilidad de distintas fórmulas de apoyo a domicilio para las mujeres con discapacidad, para ajustar los recursos existentes a la demanda real y al fomento de la autonomía personal - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Profesionales admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.1.4. Información, sensibilización y orientación a las mujeres con discapacidad sobre los distintos servicios y recursos disponibles, así como la forma de acceso - Mujeres con Discapacidad
- Familias
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Salud
3.1.5. Articulación de un sistema que supervise la incorporación de las mujeres con limitaciones funcionales, que sean reconocidas en situación de dependencia, a la prestación económica para asistencia personal - Mujeres con Discapacidad - Consejería para la Igualdad y B.S..
3.1.6. Análisis de las carencias existentes en la rehabilitación, incluida la atención temprana (0-6 años) y puesta en marcha de un programa de rehabilitación y atención temprana adaptado a las necesidades de las niñas con discapacidad - Mujeres y niñas con Discapacidad - Consejería de Salud

3.2. Igualdad en el empleo.

Esta área temática abordaría todas aquellas intervenciones orientadas a eliminar los obstáculos que impiden a las mujeres con discapacidad acceder al empleo en igualdad de condiciones con los hombres con discapacidad, y con el resto de mujeres y hombres. Esta área se fundamenta en el efecto que tiene la socialización diferencial en las elecciones profesionales de mujeres y de hombres, y en cómo las mujeres con discapacidad se ven limitadas por el tipo y gravedad de su afección, y condicionadas por los prejuicios y estereotipos sociales. La consecuencia de esta situación es la permanencia en la inactividad, altas tasas de desempleo, incidencia de los fenómenos de la segregación ocupacional vertical y horizontal, desigualdades en el acceso a los programas y servicios públicos destinados a la inserción laboral de las personas con discapacidad, invisibilidad en los procesos de negociación colectiva, existencia de una marcada brecha de género en el acceso y uso de las nuevas tecnologías y el mantenimiento de una situación subsidiada como única opción.

El objetivo general de esta área es «fomentar la integración de las mujeres con discapacidad en el mercado de trabajo en igualdad de condiciones, propiciando el establecimiento de medidas de acción positiva que compensen su situación de desigualdad». Ello apunta a la necesidad de trabajar al menos en dos vertientes: la oferta de empleo (es decir, el empresariado, para la erradicación de las estereotipos, actitudes y conductas discriminatorios) y su gestión por parte de los servicios públicos (integración de la perspectiva de género en las políticas de igualdad de oportunidades en el empleo de las personas con discapacidad y formación en género del personal de estos servicios). Implica también trabajar con las propias mujeres con discapacidad, con programas de auto-reconocimiento y valoración e incremento de sus competencias profesionales y de la centralidad del empleo de cara a la obtención de mayores grados de autonomía personal y participación social.

Como se ha mencionado anteriormente, esta área tiene como referencia fundamental el Plan de Empleabilidad para las Personas con Discapacidad en Andalucía, que se desarrollará paralelamente a la ejecución del Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía, en el mismo período de tiempo, hasta 2013. El Plan de empleabilidad recoge, tanto medidas específicamente orientadas a promover el acceso al empleo y mejorar las condiciones laborales de las personas con discapacidad, como otras dirigidas a la efectiva integración del enfoque de género en las políticas públicas para las personas con discapacidad en este ámbito de intervención.

Con la aplicación del Plan de Empleabilidad, y la ejecución de las medidas contenidas en él, siete específicas para mujeres con discapacidad, se dará cumplimiento a los objetivos específicos de esta área. Por ello, se ha optado por unificar criterios y utilizar los mecanismos de cooperación institucional para asegurar el cumplimiento de estos objetivos a través del mencionado Plan. En concreto, la Consejería de Empleo se compromete a incluir indicadores de género que permitan obtener información sobre los resultados e impacto de género de las distintas actuaciones que se derivan del Plan de Empleabilidad. Por otro lado, la Comisión Técnica del Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad de Andalucía, supervisará la integración del principio de igualdad entre mujeres y hombres en cada una de las actuaciones propuestas en el Plan de Empleabilidad.

3.3. Participación en la toma de decisiones.

Se incluyen en esta área todos aquellos contenidos relacionados con la superación de los obstáculos que impiden a las mujeres con discapacidad el acceso en igualdad de condiciones a los espacios de toma de decisiones en la esfera de «lo público»: la política, el empleo y las organizaciones de participación social.

El objetivo para esta área temática es, por tanto, «asegurar que se escucha la voz de las mujeres con discapacidad en los espacios de toma de decisiones que afectan directa o indirectamente a sus vidas, fomentando su participación activa y liderazgo y facilitando la creación de redes de mujeres». Se trata también de integrar la perspectiva de género en las organizaciones de personas con discapacidad, asegurando que éstas representen de forma adecuada los intereses de las mujeres con discapacidad, por un lado; y de fomentar su participación y representación en el movimiento asociativo de mujeres, por otro.

Las medidas que se corresponden con esta área temática son las que se especifican en el siguiente cuadro:

ÁREA TEMÁTICA 3.3. AUTONOMÍA PERSONAL
Medida PÚBLICO DESTINATARIO ORGANISMOS RESPONSABLES
3.3.1. Fomento de la presencia y participación de mujeres con discapacidad en el diseño y puesta en marcha de las iniciativas que se organicen desde las Administraciones Públicas locales, regionales y autonómicas. - Mujeres con Discapacidad - Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.2. Investigaciones para analizar las necesidades, demandas y recursos que impulsen a las mujeres con discapacidad a la participación y el liderazgo - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.3. Elaboración y difusión de materiales que visibilicen a las mujeres con discapacidad que han conseguido posiciones de liderazgo en distintos ámbitos - Mujeres con Discapacidad - Consejería para la Igualdad y B.S..
3.3.4. Formación del personal que integra la estructura de las asociaciones que representan a las personas con discapacidad en materia de género - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Profesionales Admón. Pública
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.5. Puesta en marcha de acciones que impulsen la participación activa de las mujeres con discapacidad en los movimientos de participación social que las representan, favoreciendo su acceso y ampliando la calidad de su participación y permanencia en los niveles de toma de decisión - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Partidos Políticos, sindicatos.
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.6. Incentivación a la participación activa de las asociaciones de mujeres con discapacidad en los ámbitos en los que se tratan las cuestiones que atañen a la ciudadanía - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.7. Apoyo al desarrollo de las redes de mujeres con discapacidad en el ámbito andaluz - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.8. Impulso de actuaciones destinadas a que las mujeres con discapacidad tomen conciencia de la importancia de que se escuche su voz en las instancias que las representan, y a que éstas conozcan los recursos de participación existentes - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
3.3.9. Establecimiento de actuaciones orientadas a incentivar la participación de las mujeres con discapacidad, especialmente de las gravemente afectadas, en los programas de ocio y tiempo libre - Mujeres con Discapacidad
- Asociaciones
- Consejería para la Igualdad y B.S.
- Consejería de Cultura.

III.7. Estructura de coordinación, seguimiento y evaluación del plan. Composición y funciones.

Para garantizar el cumplimiento de los objetivos del I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía, se creará la Comisión Técnica para la Coordinación y Seguimiento de su desarrollo, que tendrá los siguientes objetivos:

- Observar el curso de las distintas actuaciones que integran el Plan, para que sean coherentes con las medidas en las que se enmarcan, además de proponer y aplicar las acciones correctoras necesarias para garantizar el cumplimiento del principio de igualdad de género y el establecimiento de medidas de acción positiva compensatorias de la situación de desigualdad que afecta a las mujeres con discapacidad.

· Estimar el logro de los objetivos generales establecidos en el Plan, así como los objetivos de cada área temática, a partir tanto de las planificaciones temporales que se realicen, como del global de los resultados alcanzados.

· Garantizar el cumplimiento del Plan en cada una de las áreas y medidas en que éste se desarrolla y supervisando aquellas que se ejecutarán en el marco del Plan de Empleabilidad para Personas con Discapacidad en Andalucía (2007-2013).

1. FUNCIONES

Las funciones de la Comisión Técnica se concretan en las siguientes:

- Acordar sus propias normas de funcionamiento interno.

- La propuesta para su aprobación por la Dirección General de Personas con Discapacidad, a partir de la puesta en marcha del Plan, de los Programas de Trabajo Anuales que se elaboran de forma sucesiva a lo largo del periodo de vigencia del mismo.

- El establecimiento de un sistema de asesoramiento que garantice el cumplimiento de los objetivos de cada una de las áreas del Plan, bajo el principio de igualdad de género.

- La coordinación con las entidades responsables e implicadas en la puesta en marcha del Plan, y el desarrollo de esquemas de cooperación entre las y los agentes claves para el cumplimiento de los objetivos marcados

- La supervisión del cumplimiento de las actuaciones previstas en los Programas de Trabajo Anuales y la propuesta de reorientación de las mismas, si fuera el caso.

- La propuesta de creación de grupos de trabajo a la Dirección General de personas con Discapacidad, que garanticen la correcta planificación y ejecución de las medidas del Plan.

- La articulación de un sistema de control y seguimiento de las medidas del Plan de Empleabilidad para Personas con Discapacidad de Andalucía, como soporte del Área de Empleo del I Plan de Integral para las Mujeres con Discapacidad de Andalucía.

- El diseño de herramientas de coordinación, seguimiento y evaluación de las medidas del Plan y su puesta en marcha, garantizando que todas ellas tengan un impacto positivo sobre la igualdad de oportunidades y la autonomía de las mujeres con discapacidad.

- La información periódica sobre los resultados derivados de la ejecución, utilizando instrumentos y soportes documentales que permitan valorar en qué medida se han alcanzado los objetivos del Plan.

2. COMPOSICIÓN

La Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento estará compuesta, en total, por un total de treinta y cuatro representantes de las distintas entidades públicas y privadas que, o bien han participado en la elaboración del Plan, o bien quedan implicadas en su desarrollo. Estará presidida por la persona titular de la Dirección General de Personas con Discapacidad de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social. La distribución de representantes en cada una de las entidades es la que sigue:

A) Diecisiete personas representantes de las Consejerías de la Junta de Andalucía, con nivel de Jefatura de Servicio. La distribución de representantes por cada Consejería es la que sigue:

 Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social:

- Dirección General de Personas con Discapacidad.

- Instituto Andaluz de la Mujer.

- Dirección General de Violencia de Género.

- Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión Social.

- Dirección General de Infancia y Familias.

- Instituto Andaluz de la Juventud.

 Consejería de Empleo:

- Servicio Andaluz de Empleo.

 Consejería de Educación:

- Dirección General de Participación y Equidad en Educación.

- Dirección General de Innovación Educativa.

 Consejería de Justicia y Administración Pública:

- Secretaría General para la Justicia.

 Consejería de Salud:

- Secretaría General de Salud Pública y Participación.

- Dirección General de Asistencia Sanitaria del SAS.

- Dirección General de Calidad, Investigación y gestión del Conocimiento.

 Consejería de la Presidencia:

- RTVA.

 Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio.

- Dirección General de Vivienda y Arquitectura.

 Consejería de Cultura.

- Secretaría General de Políticas Culturales.

 Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

- Dirección General de Infraestructuras y Servicios Tecnológicos.

B) Tres personas representantes de la Administración Pública Local, designadas por la FAMP.

C) Once representantes del movimiento asociativo:

Esta representación está constituida por las entidades integradas en el CERMI (Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad de Andalucía), así como por el movimiento asociativo de mujeres, y otras asociaciones que han constituido el grupo de trabajo para la elaboración del presente Plan. Son las siguientes:

- Confederación Andaluza de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (CANF-COCEMFE Andalucía).

- ANDADOWN, Federación Andaluza de Asociaciones de Síndrome de Down.

- Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos (FAAS).

- Confederación Andaluza de Organizaciones a favor de las Personas con Discapacidad Intelectual (FEAPS-A).

- Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental (FAISEM).

- Federación Andaluza de Familiares de Personas con Enfermedad Mental (FEAFES Andalucía).

- Federación Andaluza de Familias de Personas Sordas (FAPAS).

- Federación Andaluza de Asociaciones de Paralíticos Cerebrales (ASPACE).

- Federación Autismo Andalucía.

- Fundación ONCE en Andalucía.

- AMUVI.

D) Tres representantes de organizaciones sociales y económicas:

- Comisiones Obreras, CC.OO.- Secretaría de Política Social.

- Unión General de Trabajadores, UGT - Área de Mujer.

- Confederación de Empresarios de Andalucía.

Con carácter general, la representación designada deberá mantener su participación durante el periodo de vigencia del Plan y de las propias Comisiones. La continuidad del equipo de representantes es imprescindible para lograr una correcta realización de las tareas que se asignarán a cada Comisión. Esta continuidad garantiza el óptimo aprovechamiento de los conocimientos y la experiencia del equipo de trabajo, adquiridos a partir de la participación en la propia Comisión.

En la constitución de esta Comisión se deberá respetar la representación equilibrada de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

III.8. Metodología del proceso de seguimiento y evaluación.

En el modelo de evaluación que se recoge, las entidades que configuran la Comisión Técnica juegan un papel fundamental; siendo ellas quienes tomen las decisiones acerca de cómo y cuándo se debe medir el progreso del Plan, y qué acciones tomar a partir de los resultados de la evaluación.

De este modo, la metodología adquiere unos rasgos distintivos, derivados de la aplicación de estos principios básicos:

- La participación y la negociación. Implica el trabajo activo y coordinado de las y los representantes de las entidades integrantes de la Comisión para el diseño definitivo del proceso y el análisis con perspectiva de género y discapacidad de los datos que de él se derivan. Del mismo modo, implica el consenso sobre cómo se recogerá la información, cómo se difundirá y qué acciones emprender a partir de los resultados obtenidos.

- El aprendizaje práctico, basado en la experiencia de los y las integrantes de la Comisión en su empeño de mejora continuada de las planificaciones estratégicas.

- La flexibilidad, imprescindible en el feedback que implica el planteamiento de un proceso de evaluación y seguimiento encaminado a la mejora continua de la ejecución del Plan.

La finalidad a la que responde este sistema de evaluación es, por tanto:

- La mejora de la planificación y la gestión del Plan.

- La medición de los resultados y la estimación del impacto del Plan sobre las mujeres con discapacidad y otros grupos de población beneficiarios directos e indirectos (personas con discapacidad, familiares, profesionales de distintos ámbitos, etc.), así como de las medidas del área de Empleo contenidas en el Plan de Empleabilidad para personas con Discapacidad.

- El fortalecimiento organizativo y el aprendizaje institucional.

La Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento, tal y como se deduce del esquema anterior, se convierte en el órgano de gestión y control de la ejecución de las acciones del Plan.

Para favorecer la organización de su labor, se establecen los siguientes hitos que marcarán el diseño y gestión del proceso de seguimiento acordado por la Comisión:

SESIÓN DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO

Tras la aprobación del Plan se constituirá la Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento a instancias de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, responsable de la convocatoria de constitución y seguimiento del Plan. Una vez designadas las personas representantes de cada entidad, se celebrará una sesión de constitución en la que se debe definir y acordar, entre otras:

- Las normas de funcionamiento de la Comisión.

- La delimitación de funciones y responsabilidades de la Comisión Técnica, y de cada integrante.

- Un calendario de trabajo de la Comisión.

- El compromiso de cada entidad representada en la Comisión para con los objetivos del Plan y con las funciones y responsabilidades de la Comisión en la que está representada.

- La definición y articulación del servicio de asesoramiento técnico del Plan, como un servicio de asistencia externa que forma parte de los mecanismos de seguimiento del Plan, garantizando a las entidades implicadas el apoyo necesario para la realización de la planificación del Programa de Trabajo Anual.

PROGRAMAS DE TRABAJO ANUALES.

Se persigue el cumplimiento de los objetivos del Plan y de cada área temática de forma progresiva, anualmente, en función de los resultados que se vayan obteniendo y de las necesidades que surjan. La Comisión Técnica, en coherencia con los objetivos de cada Programa de Trabajo Anual, articulará:

- La ejecución de las distintas actuaciones en el marco de cada medida.

- El diseño del sistema de seguimiento y evaluación, definiendo: qué se evalúa, cómo se evalúa, cuándo se recoge la información, quién y cuándo analiza los datos, cómo se difunde la información, cómo se aplicarán las medidas correctoras y quién se responsabiliza de todo el proceso.

El diseño de los Programas de Trabajo Anuales de cada entidad responsable de la ejecución del Plan se producirá entre los meses de octubre y noviembre durante los años de vigencia del mismo, de forma que su aprobación sea efectiva en el mes de enero del año en que se implante. Es sobre todo durante estos meses de diseño y aprobación del Programa de Trabajo Anual por la Comisión Técnica, que se pone en marcha el Servicio de Asesoramiento Externo del Plan.

El objetivo de este servicio es ofrecer un apoyo externo y especializado en género y discapacidad a cada entidad responsable del diseño del Programa Anual. No es un servicio que sustituya el trabajo y la responsabilidad de cada entidad implicada en la ejecución del Plan, sino que se constituye como un servicio para la resolución de dudas y dificultades de aquellos equipos que planteen el Programa de Trabajo Anual. Para ello podrá habilitarse espacios de formación, de consulta personalizada, bien utilizando los servicios que ofrecen las nuevas tecnologías de la comunicación (e-mail, foros en Internet), bien de forma presencial, a través de cita presencial.

SESIONES DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA COMISIÓN TÉCNICA

La Comisión Técnica deberá establecer, como mínimo, dos sesiones de trabajo anual al año.

La Comisión Técnica tiene entre sus funciones la generación de un informe de resultados que incluirá el grado de cumplimiento de los objetivos para ese periodo y permitirá la incorporación de medidas correctoras si fuera necesario. Este informe incluirá además una descripción del sistema de seguimiento y evaluación empleado, así como de las herramientas utilizadas para la recogida de la información.

Este informe se elevará a las Consejerías intervinientes para su análisis, aprobación de las actuaciones previstas e información a las entidades responsables de la ejecución de los distintos Programas de Trabajo.

Las dos sesiones de la Comisión Técnica se podrán distribuir en el tiempo de la siguiente forma:

- Una sesión a los cinco meses de la aprobación del Programa de Trabajo Anual. Se centrará en el análisis de los indicadores de realización, marcados en el Programa de Trabajo para cada medida o actuación, lo que permitirá las reestructuraciones necesarias que garanticen el cumplimiento de los objetivos para ese periodo. De este hito se derivará un informe de resultados que se difundirá adecuadamente entre las entidades responsables e implicadas en la ejecución de las acciones.

- Una segunda sesión a los 10 meses de la aprobación del Plan de Trabajo. Se centrará en el análisis de los resultados obtenidos durante este periodo y su adecuación a los objetivos que se marcaron. Se analizará además la viabilidad del proceso de seguimiento y evaluación empleado, incluyendo las medidas correctoras que en esta tarea se estimen oportunas. De esta sesión se desprenderá una memoria anual de actuaciones, que incluirá además de los resultados obtenidos y del grado de cumplimiento de los objetivos, el programa de Trabajo para el siguiente periodo de 12 meses.

Como se indicaba anteriormente, el diseño definitivo del Sistema de Seguimiento y Evaluación será establecido la Comisión, que será quién concrete cómo, con qué y cuándo se realizará la recogida de información que dé cuenta del avance del I Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía.

Además, esta Comisión tiene entre sus compromisos la supervisión de las medidas del Plan de Empleabilidad para Personas con Discapacidad, como soporte del Área de Igualdad en el Empleo del presente Plan.

III. 9. Programa anual de trabajo en 2008.

El primer Programa Anual de Trabajo de este Plan es el que se desarrollará en 2008, primer año del período de ejecución del Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía 2008-2013, que a continuación se presenta, donde se recogen:

1. Objetivos específicos del Programa Anual de Trabajo.

2. Medidas que se abordan por cada Eje organizador y Área.

3. Acciones por cada medida.

4. Público destinatario.

5. Organismos responsables de su ejecución.

6. Indicadores

7. Presupuesto

OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL

A) Con carácter general:

- Coordinar la puesta en marcha del Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía.

- Articular el servicio de asesoramiento externo en materia de discapacidad y género.

- Desarrollar análisis e investigaciones necesarias para sentar las bases del PAIMDA en los restantes años.

- Diseñar y desarrollar actividades formativas en materia de discapacidad y género.

B) Por área temática:

Los objetivos específicos por área temática se recogen en los cuadros incluidos en el Anexo, junto con las medidas, acciones, público destinatario, organismos responsables e indicadores.

Las siglas que se utilizan en los cuadros son las siguientes:

- CCLL = Corporaciones Locales.

- CIBS = Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

- DGPD = Dirección General de Personas con Discapacidad.

- DGIF = Dirección General de Infancia y Familias.

- DGSSI = Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión.

- DGVG = Dirección General de Violencia de Género.

- IAJ = Instituto Andaluz de la Juventud.

- IAM = Instituto Andaluz de la Mujer.

- MEDIS = Mujer, Diversidad e Igualdad de Oportunidades.

- PISMA = Plan Integral de Salud Mental de Andalucía.

- RTVA = Radio Televisión Andaluza.

- SAS = Servicio Andaluz de Salud.

- SSSSCC = Servicios Sociales Comunitarios.

- SSSSEE = Servicios Sociales Especializados.

III.10. Presupuesto.

El conjunto del presupuesto comprometido en el Plan para el año 2008 será de 3.967.769,22 €, siendo para el resto de anualidades el que se concrete en el programa anual de trabajo correspondiente.

Líneas/Áreas Presupuesto anualidad 2008
Coordinación general y asesoramiento 60.000,00
Autopercepción 128.000,00
Imagen social 928.916,22
Familia 61.000,00
Educación en Igualdad 1.213.733
Salud y Derechos sexuales y reproductivos 113.000,00
Violencia contra las mujeres con discapacidad 834.000,00
Autonomía personal 139.000,00
Participación en la toma de decisiones 490.120
Total Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad 3.967.769,22
IV. ANEXO
COORDINACIÓN GENERAL Y ASESORAMIENTO
Objetivos específicos:
Coordinar la puesta en marcha del Plan de Acción Integral para las Mujeres con Discapacidad en Andalucía.
Articular el servicio de asesoramiento externo en materia de discapacidad y género.
Acciones Público destinatario Organismos
responsables
Indicadores
Sesiones de formación y asesoramiento para que los distintos departamentos de la Administración incorporen la doble dimensión de género y discapacidad en sus intervenciones. Profesionales de la Administración CIBS: DGPD 1. Nº de profesionales que asisten a estas sesiones por Consejería u Organismo
2. Nº de sesiones
ORGANIZADOR 1: ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD
Área Temática 1.1 Autopercepción
Objetivos Específicos:
· Mejorar el autoconcepto y la autoestima positiva de las mujeres con discapacidad mediante actuaciones específicas en el ámbito social, sanitario y asociativo, evitando la doble discriminación que sufren.
· Adaptar los canales de información y orientación del sistema sanitario público de Andalucía a las necesidades de las mujeres con discapacidad.
· Disponer de instrumentos de trabajo adaptados a las distintas discapacidades.
Medida 1.1.1:
Impulso de actuaciones específicas destinadas a fomentar la autovaloración positiva de las propias capacidades de las mujeres con discapacidad, para que desarrollen estrategias con el fin de afrontar los efectos de la doble discriminación que sufren.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Incluir en el Plan Integral de Salud Mental de Andalucía (PISMA) líneas de actuación específicas dirigidas a fomentar la autovaloración positiva de las mujeres con discapacidad Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Cª. Salud / SAS - Líneas de actuación efectivamente incorporadas en el PISMA.
- Nº de actuaciones desarrolladas
CIBS:
DGPD/DGSSI
- Estrategias elaboradas. Nº de CCLL que suscriben el protocolo
- Nº de actuaciones realizadas.
- Nº de asociaciones implicadas en las actuaciones, por tipo de discapacidad.
- Nº de familiares participantes por sexo.
- Nº de profesionales/mujeres con discapacidad incorporadas al proceso distinguiendo procedencias.
- Nº de estrategias desarrolladas
Inclusión de estas actuaciones en el proyecto MEDIS (Mujer, Diversidad e igualdad de oportunidades)
Suscribir con Corporaciones Locales de Andalucía acuerdos de colaboración para aplicar en su ámbito territorial los protocolos diseñados, haciendo especial hincapié en las actuaciones de carácter preventivo.
Medida 1.1.2.
Diseño de protocolos de actuación para distintos/as profesionales que trabajan con mujeres con discapacidad, para prevenir, afrontar y apoyar en la superación de casos de baja autoestima, así como promover la autopercepción positiva con técnicas de refuerzo.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Valorar desde el PISMA el diseño de protocolos de actuación que orienten las intervenciones dirigidas al aumento de la autoestima y la autopercepción positiva de las mujeres con discapacidad Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
Otros: profesionales privados
Cª. Salud - Protocolos realizados.
- Nº de actuaciones desarrolladas
Elaboración de protocolos para los distintos tipos de mujeres con discapacidad. Proyecto MEDIS. CIBS:
DGPD/DGSSI
- Protocolos realizados.
- Nº de actuaciones desarrolladas
- Nº de profesionales/mujeres con discapacidad, de entidades públicas y privadas incorporadas al proceso distinguiendo procedencias. número de protocolos diseñados
Medida 1.1.3.
Diseño de materiales informativos y formativos que permitan el conocimiento y difusión de metodologías de trabajo para abordar la autoestima y el autorreconocimiento, a partir de las experiencias de otras personas (peer counselling)
Acciones Público destinatario Organismos responsables Indicadores
Orientar desde el PISMA el contenido de materiales para abordar la autoestima y el autorreconocimiento desde la orientación a semejantes. Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Sociedad
Cª. de Salud/
SAS
- Materiales diseñados
- Nº de estrategias desarrolladas
Incentivar el diseño de materiales por las asociaciones a través de la línea de subvenciones establecida. CIBS: DGPD
- Recursos humanos (mujeres y hombres) que se emplean en el diseño de los materiales, atendiendo al grado de especialización en materia de género y discapacidad
- Nº y tipología de materiales diseñados
- Nº y destino de los materiales distribuidos
-
Medida 1.1.5.
Creación de grupos de autoayuda en entidades, con el apoyo de personal con formación específica en género y discapacidad para desarrollar técnicas de refuerzo de la autoestima en mujeres con discapacidad
Acciones Público destinatario Organismos responsables Indicadores
Incorporar en la convocatoria de subvenciones de Participación en Salud del año 2008, el siguiente apartado: Creación en el colectivo de mujeres con discapacidad de grupos de ayuda mutua con el objeto de potenciar la autoestima de las mismas Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Cª. de Salud - Nº de asociaciones implicadas
- Nº de actuaciones realizadas
ORGANIZADOR 1: ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD
Área Temática 1.2 Imagen social
Objetivos Específicos:
· Promover la transmisión de una imagen social de la discapacidad no discriminatoria que visualice a las mujeres con discapacidad y revalorice sus capacidades.
· Contrarrestar los estereotipos de género y discapacidad.
· Normalizar la imagen pública de las mujeres con discapacidad.
· Hacer visible la presencia normalizada de las mujeres con discapacidad en todos los ámbitos de la vida social, a través de la publicidad.
Medida 1.2.1.
Apoyo de proyectos mediáticos y culturales que refuercen la imagen cotidiana y positiva de las mujeres con discapacidad en películas, documentales y publicidad.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Apoyo de proyectos mediáticos y culturales que contengan esta finalidad. Sociedad CIBS: DGPD - Recursos humanos (mujeres y hombres) que se emplean en el diseño de los materiales, atendiendo al grado de especialización en materia de género y discapacidad
- Recursos económicos destinados al efecto
- Nº de proyectos desarrollados y tipo
Medida 1.2.2.
Fomento de programas en los medios de comunicación que generen y promuevan actitudes y conductas positivas hacia las mujeres con discapacidad.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Actuaciones de fomento de programas en los medios de comunicación con esta finalidad. Sociedad CIBS: DGPD - Recursos económicos y humanos (mujeres y hombres) destinados al efecto
- Nº de programas realizados y tipo.
- Indicadores de «cambio de actitud» de la sociedad general hacia las mujeres con discapacidad
Medida 1.2.3.
Elaboración y difusión de criterios no discriminatorios en relación con las mujeres con discapacidad para que se revisen los contenidos de los mensajes en las imágenes publicitarias.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Visibilización de las mujeres con discapacidad en las campañas del IAM Sociedad IAM - Nº de campañas institucionales del IAM
- Nº de soportes publicitarios
- Perfil de las personas/ tipo de entidades a las que se han distribuido estos materiales.
- Nº y tipo de materiales elaborados para la sistematización y difusión de criterios no discriminatorios
- Nº de denuncias por discriminación por discapacidad.
Incorporación de referencia directa a las mujeres con discapacidad en el decálogo para identificar el sexismo en la publicidad.
Atención e identificación de las posibles situaciones de doble discriminación en el marco del desarrollo del Observatorio de la Publicidad.
Medida 1.2.4.
Estímulo de la presencia de mujeres con discapacidad en espacios de comunicación de diversa temática
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Reportajes en los Informativos Diarios de CSTV y Canal 2 Andalucía basados en la actualidad que tengan que ver con proyectos, actuaciones y actividades en los que estén presentes las mujeres con discapacidad. Mujeres con
Discapacidad
Sociedad
RTVA - Emisión en los distintos informativos Diarios, No Diarios, La Entrevista y página WEB
- Audiencia e incidencia en los colectivos implicados y sociedad andaluza
- Número de los vídeos, reportajes, informaciones y entrevistas emitidas
Reportajes tratados desde un punto de vista humano y personalizado en Andalucía Directo.
Reportajes y/o vídeos en distintos espacios informativos No Diarios (Reporteros, Emplea2, Europa, Es posible, Al Sur, Salud al día, Tecnópolis, Tierra y Mar, Parlamento).
Informaciones y vídeos en la página WEB.
Entrevistas a mujeres con discapacidad en el espacio matinal «La Entrevista».
Medida 1.2.5.
I
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
·Realizar la investigación. Mujeres con
Discapacidad
Sociedad
CIBS: DGPD - Realización de la Investigación
- Recursos económicos (
ORGANIZADOR 1: ESTEREOTIPOS DE GÉNERO Y DISCAPACIDAD
Área Temática 1.3. Familia
Objetivo Específico:
Formar a profesionales de los servicios sociales de atención a mujeres con discapacidad y en situación de dependencia.
Medida 1.3.3.
Impulso de la coloración entre los distintos organismos (públicos y privados) que ofrezcan servicios de atención y apoyo a las familias de mujeres con discapacidad
Acciones Público destinatario Organismos
responsables
Indicadores
Impulso de la colaboración entre los distintos organismos (públicos y privados) que ofrezcan servicios de atención y apoyos a las familias de mujeres con discapacidad. Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Servicios Sociales Comunitarios
CIBS: DGPD -
Medida 1.3.4.
Diseño de un programa formativo destinado a los y las profesionales que trabajan en los servicios de proximidad para que conozcan la realidad de las mujeres con discapacidad y eviten la transmisión de los estereotipos dominantes y la reproducción de comportamientos que puedan resultar ofensivos
Acciones Público destinatario Organismos responsables Indicadores
Diseño y ejecución de acciones formativas destinadas a trabajadores sociales de los servicios sociales comunitarios que elaboran los programas individuales de atención a mujeres en situación de dependencia, así como a profesionales de servicios de planificación y coordinación de los servicios centrales de la CIBS Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
Profesionales de entidades privadas
CIBS:
DGPD/DGSSI
- Nº de CCLL que participan en la formación
- Nº y características (horas, metodología, etc.) de las acciones formativas desarrolladas
- Nº y perfil de profesionales que han participado en las acciones formativas, desagregado por sexo
- Nº de docentes (mujeres y hombres) atendiendo a su experiencia en la temática de la formación
- Nº de áreas de trabajo que se benefician de las acciones formativas
ORGANIZADOR 2: DERECHOS DE CIUDADANÍA
Área Temática 2.1: Educación en Igualdad
Objetivos Específicos:
Sensibilizar al profesorado sobre las necesidades que el alumnado presenta en relación a la doble discriminación que sufren las niñas y jóvenes con discapacidad.
Prevención de la violencia en niñas y mujeres con discapacidad.
Medida 2.1.1.
Formación para el profesorado de distintos niveles educativos para prevenir aquellas formas en las que el sistema educativo puede reproducir los estereotipos asociados al género y la discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Acciones formativas en discapacidad y género Profesionales de la enseñanza Consej. de Educación - Nº de acciones formativas y de personal destinatario distribuido por sexo.
- Evaluación sobre los resultados de la formación y su aplicación práctica
Medida 2.1.2.
Campaña de sensibilización y orientación para las familias y orientadores/as educativos, así como a los profesionales del ámbito educativo en general sobre cómo inciden los estereotipos ligados al género y la discapacidad en las elecciones del tipo de estudios y profesiones de sus hijas e hijos
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Actuaciones directas de sensibilización y orientación destinadas a los y las profesionales de la orientación educativa relativas al género y la discapacidad Familias
Profesionales
de la enseñanza
Consej. de Educación - Nº de actuaciones realizadas
- Nº de familias involucradas
- Nº de profesionales del ámbito educativo receptores
- Seguimiento del índice de feminización en las matriculas en los centros educativos
- Porcentaje de hombres y mujeres con discapacidad matriculados en los distintos niveles educativos.
Actuaciones de sensibilización y orientación acerca de la discapacidad y el género y el acceso a distintos niveles educativos de las niñas y jóvenes con discapacidad.
Medida 2.1.3.
Impulso de programas para jóvenes y mujeres con discapacidad destinados a facilitar el acceso, ingreso y permanencia en los distintos niveles de enseñanza.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Estrategias que garanticen el acceso, ingreso y permanencia de las personas con discapacidad en el sistema educativo : Detección temprana de las necesidades educativas especiales, impulso para la escolarización del alumnado con discapacidad desde el segundo ciclo de la educación infantil, planes de coordinación intersectorial, evaluación psicopedagógica, estructuración de las adaptaciones en la evaluación para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a etapas educativas obligatorias. Mujeres con
Discapacidad
Consej. de Educación · Programas y planes realizados
· Nº de centros y alumnado destinatario.
· Adaptaciones programadas
· Nº de alumnas con discapacidad que se ha matriculado en los distintos niveles educativos y que han finalizado las correspondientes etapas educativas
Medida 2.1.4.
Fomento de la reserva de plazas residenciales adaptadas para jóvenes y mujeres con discapacidad que se estén formando en cualquier nivel educativo
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Acciones que faciliten el incremento de plazas de residencias para niñas y mujeres con discapacidad Mujeres con Discapacidad Consej. de Educación - Nº de Acciones para facilitar el acceso a las alumnas con discapacidad a plazas de residencias escolares
- Porcentaje de incremento del número de plazas de residencias
Medida 2.1.5.
Investigación sobre el tipo de recursos que deberían disponer los centros educativos a distintos niveles, adaptados a la demanda de las mujeres y jóvenes con discapacidad atendiendo a sus especificidades
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Realización de estudios acerca de las necesidades (recursos humanos y materiales) de los distintos centros que atienden a las mujeres y jóvenes con discapacidad Comunidad educativa Consej. de Educación - Actuaciones y recursos destinados a la realización de esta tarea
- Resultados de las actuaciones realizadas y evaluación de las mismas
Medida 2.1.6.
Incentivación de actividades extraescolares que favorezcan la integración de las niñas y jóvenes con discapacidad y la superación de los estereotipos de género y discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Realización en los centros educativos de actividades extraescolares favorecedoras de la integración del alumnado del alumnado con discapacidad y la superación del estereotipos de género y discapacidad Comunidad educativa Consej. de Educación - Nº de actividades extraescolares realizadas y alumnado por sexo que participa en las mismas
Medida 2.1.7.
Diseño e implantación de metodologías y herramientas específicas (protocolos, guías, materiales didácticos) orientadas a la formación y sensibilización de las y los profesionales del sistema educativo en la superación los estereotipos y prejuicios asociados a la discapacidad y género.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Elaboración de material educativo dirigido al profesorado para mejorar la atención a las niñas con discapacidad, así como prevenir las formas de violencia que sufren. Comunidad educativa IAM - Nº de ejemplares editados
- Recursos humanos (mujeres y hombres) que se emplean en el diseño de metodologías y herramientas específicas, atendiendo al grado de especialización en materia de género y discapacidad
- Nº de centros y organizaciones a los que se distribuye el material.
Cª. de Educación - Profesionales del sistema educativo destinatario
- Nº de instrumentos elaborados, profesionales y centros destinatarios de los mismos.
Elaboración de distintas herramientas divulgativas orientadas a la formación y sensibilización en la temas de discapacidad y género.
ORGANIZADOR 2: DERECHOS DE CIUDADANÍA
Área Temática 2.2. Salud y derechos sexuales y reproductivos
Objetivos Específicos:
Desarrollar actividades en el ámbito sanitario y juvenil dirigidas a la promoción de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad y adaptadas a sus necesidades.
Formar a profesionales de los servicios sociales del sistema de protección vinculados con procesos de acogimiento y adopción, así como estudiar las actuaciones necesarias en el ámbito de los centros socioeducativos
Medida 2.2.1.
Elaboración de estudios con perspectiva de discapacidad y género sobre las necesidades de salud integral de las mujeres con discapacidad.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Análisis de la Encuesta de Salud de Andalucía para el grupo de mujeres con discapacidad. Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
Sociedad
Cª. de Salud - Grupos de trabajo creados
- Estudios realizados
Incorporación de la perspectiva de discapacidad en el informe sobre Mujer y Salud elaborado por la Escuela Andaluza de Salud Pública
Medida 2.2.2.
Investigación sobre diversas formas de desarrollo y expresión de la sexualidad en mujeres con discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Investigación comisionada Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
Sociedad
Cª.de Salud. - Grupos de trabajo creados
- Estudios realizados
- Realización de las jornadas
- Nº de asistentes a las jornadas distinguiendo sexo y procedencia
IAJ
Jornadas o seminario sobre sexualidad y discapacidad
Medida 2.2.3.
Impulso de programas de prevención y promoción de la salud dirigidos a mujeres con discapacidad, que contemplen acciones de información y sensibilización sobre los derechos y recursos de salud existentes
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Incluir en el Contrato-Programa Consejería de Salud – SAS y Contrato-Programa de Atención Primaria - Hospitales. Mujeres con Discapacidad
Profesionales Admón. Pública
Cª de Salud/SAS - Existencia de objetivos específicos
- Inclusión de objetivos en contratos programa de hospitales y distritos
Desarrollar las líneas propias de los Programas existentes.
Plan de Accidentabilidad
Medida 2.2.4.
Dotación de instrumental y aparatos de exploración adaptados y accesibles a todo tipo de mujeres con discapacidad, en especial a las mujeres con discapacidad física en las mesas de exploración ginecológica, acceso al equipo de radiología, etc.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Análisis de necesidades. Mujeres con Discapacidad SAS - Instrucciones específicas emitidas.
- Protocolo de derivación adaptado.
-
Derivación de las mujeres a Unidades de Exploración Mamográfica fija.
Disponibilidad de al menos una unidad por área de exploración ginecológica adaptada.
Medida 2.2.5.
Desarrollo de protocolos específicos sobre sexualidad y planificación familiar, diferenciados por tipos de discapacidad y adaptados al estilo de vida de las mujeres con discapacidad, para potenciar su responsabilidad en la propia salud reproductiva y sexual.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Análisis de necesidades. Mujeres con Discapacidad
Familias
Profesionales Admón. Pública
Cª de Salud/
SAS
- Grupos de trabajo creados
- Protocolos
Elaboración de Protocolo.
Medida 2.2.6.
Formación de profesionales de la salud sobre mujer y discapacidad, para una atención diferenciada y que garantice un trato digno a las mujeres con discapacidad.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Elaboración del Plan de Formación Mujeres con Discapacidad
Alumnado universitario de grado y posgrado de materias conexas con la salud
Alumnado de formación profesional de la familia sanidad
Profesionales Admón. Pública
Cª de Salud/
SAS
- Elaboración del Plan de Formación general y específico por nivel de atención y tipo profesional
- Nº de cursos programados en el plan de formación interna del SAS 2009
Medida 2.2.7.
Incluir en la formación que se imparte a los profesionales del sistema de protección vinculados con procesos de acogimiento y adopción conocimientos y pautas de actuación para que no se produzcan situaciones discriminatorias
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Diseño y desarrollo de la formación de profesionales dependientes de la Dirección General de Infancia y Familias. Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
CIBS: DGIF - Nº y características (horas, metodología, etc.) de las acciones formativas desarrolladas
- Nº de docentes (mujeres y hombres) atendiendo a su experiencia en la temática de la formación
- Nº y perfil de profesionales que han participado en las acciones formativas, desagregado por sexo.
Medida 2.2.8.
Dar prioridad, en los centros socioeducativos y los servicios para la atención y cuidado de la infancia, a los hijos e hijas de las mujeres con discapacidad, con el fin de garantizar la integración social y laboral de las mismas
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Estudiar los cambios normativos necesarios Mujeres con Discapacidad
Familias
Sociedad
CIBS: DGIF - Realización del estudio
- Propuesta de cambio normativo
Medida 2.2.9.
Diseño de programas de planificación familiar específicos, que tengan en cuenta las diversas necesidades en función de los distintos tipos de discapacidad, incluyendo la garantía de autonomía de las mujeres en la toma de decisiones
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Revisión de los contenidos de los programas de Planificación Familiar y de Salud Sexual y Reproductiva incluyendo aspectos sobre las personas con discapacidad y con perspectiva de género. Elaboración de Protocolo que coincide con el establecido en la medida 2.2.6. Mujeres con Discapacidad
Cª.de Salud/
SAS
- Inclusión de modificaciones del Servicio de Planificación Familiar en el Catálogo de Servicios de A. Primaria
Medida 2.2.10.
Promoción de actuaciones que favorezcan la información y ayuda mutua entre mujeres con discapacidad que quieran ser madres y aquellas que ya lo han sido.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Incorporar en la convocatoria de Participación en Salud de 2008 el siguiente apartado: “Creación de grupos de ayuda mutua de mujeres con discapacidad para el fomento de información sobre la maternidad” Mujeres con Discapacidad
Profesionales Admón. Pública
Cª.de Salud. - Nº de asociaciones implicadas
- Nº de actuaciones realizadas
Medida 2.2.11.
Dotación de los recursos técnicos y humanos necesarios para eliminar las barreras en la comunicación en los servicios sanitarios, garantizando la atención a las personas con discapacidad, especialmente a las mujeres, en condiciones de igualdad, así como una atención adecuada durante el periodo de embarazo y en el parto, evitando, en la medida de lo posible, partos inducidos
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Evaluar las barreras en la comunicación desde los servicios de salud en la atención a las mujeres con discapacidad, que permita diseñar actividades de sensibilización dirigidas al personal de salud y la evaluación de los recursos necesarios. Mujeres con Discapacidad
Profesionales Admón. Pública
Cª.de Salud/
SAS
- Programas de evaluación específicos.
- Estudios realizados
- Programas de evaluación específicos.
- Desarrollo de un proyecto de investigación cualitativa en hospitales.
Evaluar desde el proyecto de Humanización de la atención perinatal, la atención en el embarazo a las mujeres con discapacidad.
Medida 2.2.12.
Fomento de actividades de información, asesoramiento, apoyo y formación, dirigidas a las propias mujeres con discapacidad, a los padres y madres de hijas con discapacidad, y a los y las profesionales de los servicios de atención directa, para que promuevan el desarrollo de una sexualidad sana en las niñas y mujeres con discapacidad.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Incluir en el Programa Forma Joven actividades de educación sexual dirigidas a las jóvenes con discapacidad y a sus familiares. Mujeres con Discapacidad
Familias
Sociedad
Cª.de Salud/
SAS
- Nº de acciones emprendidas y características de las mismas.
- Nº de centros educativos que incorporan esta perspectiva en Forma Joven.
Revisión de los contenidos de los programas de Planificación Familiar y de Salud Sexual y Reproductiva incluyendo aspectos sobre las personas con discapacidad y con perspectiva de género. Idem. en Forma Joven. - Grupos de trabajo creados
- Nº de programas modificados
Organización de un seminario sobre sexualidad y discapacidad Jóvenes con discapacidad IAJ - Características y tipología de las acciones realizadas.
- Nº de mujeres con discapacidad beneficiarias de las actividades de formación.
Medida 2.2.13.
Adaptación de planes, procesos y programas de atención a la salud a las especificidades de las mujeres con discapacidad, asegurando su acceso equitativo
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Plan de Tabaquismo de Andalucía PITA: Quit Line para deshabituación tabáquica telefónica: 900 850 300 Mujeres con Discapacidad
Cª de Salud/
SAS
- Planes, procesos y programas efectivamente adaptados
- Índice de satisfacción de las usuarias
Salud Responde: 902 505 060
Revisión de planes, procesos y programas desde la perspectiva de la equidad en la atención a las personas con discapacidad.
ORGANIZADOR 2: DERECHOS DE CIUDADANÍA
Área Temática 2.3..Los procesos judiciales y la victimización secundaria
Objetivo Específico:
Formar al personal sobre el tratamiento a las mujeres con discapacidad
Medida 2.3.1.
Formación y sensibilización de los distintos agentes judiciales y policiales sobre el tratamiento a las mujeres con discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Formación de personal funcionario de Justicia y de jueces y magistrados/as Profesionales Admón. Pública Consej. de Justicia y Admón. Pública - Nº de cursos impartidos por sector profesional
- Nº de profesionales asistentes distinguiendo provincias
Formación de personal funcionario y laboral de la Administración General
Medida 2.3.2.
Diseño de protocolos de actuación para que los y las profesionales que realizan la acogida y atención a mujeres con discapacidad, sepan cómo enfrentar la situación sin propiciar el proceso de victimización secundaria y evitando comportamientos no deseables.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Inclusión en el protocolo de actuación ante la violencia de género de líneas de acción que den respuesta a las necesidades de las mujeres con discapacidad. Profesionales Admón. Pública Cª.de Salud/
SAS
- Grupos de trabajo creados
- Protocolo modificado
Incorporación de esas especificaciones a la formación que acompañará la implantación del protocolo
ORGANIZADOR 2: DERECHOS DE CIUDADANÍA
Área Temática 2.4. Violencia contra las mujeres
Objetivos Específicos:
· Adaptar los protocolos de actuación sobre violencia de género a las mujeres con discapacidad en el ámbito sanitario.
· Garantizar que las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género tengan acceso integral a la información sobre sus derechos y sobre los recursos existentes.
· Garantizar a las mujeres con discapacidad victimas de violencia de género el acceso a la red de recursos de acogida de la CIBS
· Contribuir a prestarles el apoyo y el asesoramiento integral adecuado a sus necesidades.
· Sensibilizar a la sociedad sobre el grave problema de la violencia de género ejercida sobre las mujeres con discapacidad.
· Impartir al personal de la red de recursos de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia de género una formación adecuada a las características, necesidades y trato específico a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género.
· Dotar a profesionales de diversos ámbitos de los conocimientos y herramientas necesarias para la sensibilización, detección y atención a mujeres víctimas de la violencia de género.
Medida 2.4.1.
Investigación sobre la violencia específica ejercida sobre las mujeres con discapacidad, que permita conocer sus causas y efectos en ámbitos institucionales y domésticos
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Estudio de investigación sobre las causas, efectos, tipología y frecuencia de la violencia ejercida sobre las mujeres con discapacidad. Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
CIBS - Recursos económicos destinados a la realización de la investigación.
Medida 2.4.2.
Desarrollo de herramientas(protocolos, programas, guías) para la prevención, detección precoz y atención de situaciones de violencia que se pueden estar perpetrando contra las mujeres con discapacidad, especialmente en el ámbito familiar, y en las instituciones de servicios sociales y sanitarias
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Adaptación del protocolo de actuación ante la violencia de género, para la detección precoz de situaciones de violencia en las que se encuentren las mujeres con discapacidad. M Cª.de Salud/
SAS
- Grupos de trabajo creados
- Protocolos modificados
CIBS: DGSSI/
DGPD
- Elaboración y difusión del manual.
- Nº de CCLL y de centros de servicios sociales especializados que reciben el manual
- Elaboración del módulo del SIUSS.
- Nº de CCLL que utilizan el módulo
- Recursos humanos (mujeres y hombres) que se emplean en la elaboración del manual atendiendo al grado de especialización en materia de género y discapacidad
- Nº de manuales.
- Nº de centros y organizaciones implicadas en el diseño y puesta en práctica del manual.
- Nº de casos de situaciones de violencia contra las mujeres con discapacidad detectados/computados.
Incorporación de esas especificaciones a la formación que acompañará la implantación del protocolo.
Diseñar un manual para los profesionales de los Servicios Sociales Comunitarios/Especializados para la identificación precoz de situaciones de violencia contra las mujeres con discapacidad.
Incluir en el Sistema de Información de usuarios de Servicios Sociales (SIUSS) un módulo específico que recoja esta actuación
Medida 2.4.3.
Realización de campañas de prevención, orientación, sensibilización e información sobre sus derechos, y acceso efectivo a los recursos existentes en materia de violencia de género y discapacidad, dirigidas a mujeres que la padecen, a las asociaciones relacionadas con la discapacidad y a la sociedad en su conjunto.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Campaña de información sobre los recursos los recursos y servicios que ofrece la CIBS para la prevención y atención de la violencia de género hacia las mujeres con discapacidad. Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
CIBS - Publicación de la guía Violencia hacia las mujeres con discapacidad.
- Recursos económicos destinados a la realización de las campañas.
- Nº de ejemplares editados
- Nº de puntos de distribución
- Jornadas Violencia de género y discapacidad
- Recursos económicos destinados a la realización de la actividad.
- Nº de personas (hombres y mujeres) participantes.
- Nº de entidades participantes de personas con discapacidad
Actuaciones encaminadas a concienciar a la sociedad sobre el grave problema de la violencia de género ejercida sobre las mujeres con discapacidad
Medida 2.4.5
Diseño y puesta en marcha de un programa formativo sobre violencia de género y discapacidad para los y las profesionales de los ámbitos judiciales, social, de salud, servicios de atención a víctimas de violencia, etc
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Inclusión de contenidos específicos que aborden las necesidades de las mujeres con discapacidad en las actividades de formación a profesionales que se diseñen para la atención a la violencia de género. Profesionales Admón.
Pública
Cª.de Salud /
SAS
- Grupos de trabajo creados
- Protocolos modificados
DGVG/DGSSI - Realización de programas de formación.
- Nº de CCLL que participan en la formación.
- Nº de cursos que se imparten
- Nº de profesionales formados con especificación de si proceden de los SSSSCC o de centros de SSSSEE.
- Nº de áreas de trabajo que se benefician de la formación.
Realización de actividades de formación dirigidas a los profesionales de la red de recursos de atención y acogida a mujeres victimas de violencia de género que garantice una atención integral a las mujeres con discapacidad victimas de violencia de género.
Realizar actividades de formación sobre violencia de género dirigidas a los profesionales de los SSSSCC
Medida 2.4.6
Promoción de la especialización en la red de profesionales y servicios para que ofrezcan un tratamiento adaptado a los casos de violencia de género en mujeres con discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Formación especifica en detección y atención a víctimas de violencia de género adecuada a las necesidades de las mujeres con discapacidad. Asociaciones Profesionales
Admón. Pública
Entidades
CIBS - Realización de Jornadas, talleres, etc., de formación en violencia de género dirigida a Asociaciones u otros colectivos.
- Nº de actividades realizadas.
- Nº de personas por sexo que participaron.
- Nº de áreas/ ámbitos de trabajo que se benefician de las medidas de promoción de la especialización
Medida 2.4.8.
Incentivación de actuaciones tendentes a superar las barreras en los centros y la adaptación de los materiales necesarios para atender a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Promoción de actuaciones dirigidas a la supresión de las barreras y la adaptación de los materiales a las necesidades de las mujeres con discapacidad. Profesionales
Admón. Pública
Cª. de Salud - Grupos de trabajo creados.
- Acciones emprendidas.
CIBS - Nº de mujeres (y sus hijos e hijas) con algún tipo de discapacidad atendidas en los recursos de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia
- Nº de Centros del Servicio Integral de Acogida donde se han realizado las obras de adaptación para personas con discapacidad
Adaptación de los recursos de la CIBS Instituto Andaluz de la Mujer para la acogida de mujeres victimas de violencia a las necesidades de las mujeres con discapacidad.
Priorizar las subvenciones para construcción/reforma de centros de SSSSCC a aquellas Corporaciones Locales que en la actualidad tengan centros con barreras arquitectónicas. Corporaciones Locales DGSSI - Subvenciones otorgadas con estos criterios
- Nº de convenios suscritos con CCLL para la realización de reformas en centros de SSSSCC que conlleven la eliminación de barreras.
- Nº de convenios suscritos con CCLL que en la actualidad tienen ubicados los SSSSCC en un inmueble con barreras.
ORGANIZADOR 3: AUTONOMÍA ECONÓMICA Y PARTICIPACIÓN EN LA TOMA DE DECISIONES
Área Temática 3.1 Autonomía personal
Objetivos Específicos:
· Detectar las carencias en la atención a las mujeres con discapacidad en la red de servicios del IAM y de los servicios residenciales y de atención diurna dependientes de la DGPD.
· Mejorar y potenciar la atención integral a las mujeres con discapacidad en la red de servicios del IAM y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
· Garantizar el acceso en igualdad a todos los servicios y recursos de información y asesoramiento dependientes del IAM.
· Garantizar el acceso en igualdad a los servicios de atención temprana de las niñas con discapacidad.
Medida: 3.1.2. Análisis de los servicios sociales existentes para detectar carencias en la atención y apoyo de las mujeres con discapacidad, visibilizando las diferentes necesidades y expectativas y proponiendo medidas específicas que aborden su realidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Inclusión en el Sistema de Información del Instituto Andaluz de la Mujer (SIAM) de las mujeres con discapacidad atendidas en el servicio Mujeres con Discapacidad
Profesionales Admón. Pública
IAM - Nº de mujeres con discapacidad registradas en el SIAM
- Nº de mujeres con discapacidad atendidas
- Tipología de las consultas realizadas
- Nº de servicios analizados por tipo
CIBS: DGPD - Investigación realizada
- Nº y tipo de necesidades identificadas
- Recursos humanos destinados a la realización de esta tarea, atendiendo al grado de conocimientos en materia de género
- Nº de indicadores desagregados por sexo
- Nº de propuestas de medidas que aborden la realidad de las mujeres con discapacidad desde los SSSSCC
- Nº de servicios analizados por tipo
CIBS: DGSSI - Nº de Zonas de Trabajo Social analizadas
- Nº de mujeres con discapacidad con las que se ha trabajado desde los Servicios Sociales Comunitarios.
- Demandas planteadas por estas mujeres
- Recursos aplicados
Medida 3.1.3.
Análisis de la viabilidad de distintas fórmulas de apoyo a domicilio para las mujeres con discapacidad, para ajustar los recursos existentes a la demanda real y al fomento de la autonomía personal
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Estudio de la ayuda a domicilio y de las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales, así como de asistencia personal prestada a mujeres con discapacidad en situación de dependencia Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
CIBS:DGPD/
DGSSI
- Realización del estudio
- Recursos económicos destinados a la realización de la investigación
- Recursos humanos (mujeres y hombres) destinados a la realización de esta tarea, atendiendo al grado de conocimientos en materia de género
- Nº de fórmulas de apoyo analizados
- Nº y tipo de desajustes identificados
- Nº de Zonas de Trabajo Social estudiadas
- Desglose por edad de las usuarias
- Nº de horas de atención mensual que reciben
Medida 3.1.4.
Información, sensibilización y orientación a las mujeres con discapacidad sobre los distintos servicios y recursos disponibles, así como la forma de acceso
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Evaluar el acceso de las mujeres con discapacidad a los distintos recursos en salud para diseñar actuaciones que les faciliten el conocimiento de estos recursos y el modo de acceder a los mismos. Mujeres con Discapacidad
Familias
Asociaciones
Profesionales Admón.
Pública
Cª de Salud - Programas de evaluación específicos puestos en marcha.
- Dificultades de acceso identificadas en Atención Primaria y Hospitales.
Campañas de información a las mujeres con discapacidad sobre los recursos que ofrece el IAM en nuestra comunidad autónoma.
IAM - Difusión en las asociaciones de mujeres con discapacidad de los recursos y programas existentes en la Comunidad Andaluza.
- Adaptación del Aula Móvil del IAM a las necesidades de las mujeres con discapacidad
- Nº de folletos u otros soportes informativos
- Nº de asociaciones de mujeres con discapacidad participantes
- Nº de municipios visitados
- Nº de mujeres con discapacidad informadas
- Material elaborado adaptado a las necesidades de las mujeres con discapacidad.
Campañas de información sobre los recursos y programas del IAM (Aula Móvil) a las mujeres con discapacidad del medio rural.
Colaboración en la celebración de reuniones informativas dirigidas a mujeres con discapacidad
Distribuir entre los centros de SSSSCC los folletos o carteles elaborados sobre esta materia
DGSSI - Nº de CCLL que participan en estas reuniones informativas.
- Nº de reuniones informativas celebradas. Nº de mujeres con discapacidad que han participado en las reuniones
Medida 3.1.5.
Articulación de un sistema que supervise la incorporación de las mujeres con limitaciones funcionales, que sean reconocidas en situación de dependencia, a la prestación económica para asistencia personal
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Incluir en el proyecto MEDIS, en coordinación con la Secretaría General Técnica, la supervisión de esta medida. Mujeres con Discapacidad CIBS: DGPD
/DGSSIS/SGT
- Nº de personas que intervienen en el sistema
- Nº de indicadores creados y sistematizados para que visibilicen la situación de las mujeres con discapacidad en el apoyo a la vida independiente
- Nº de herramientas de recogida de información adaptadas para que contemplen las variables sexo y discapacidad
- Nº de CCLL en las que en su ámbito territorial hay casos de mujeres con discapacidad que reciban esta prestación económica.
- Nº de mujeres con discapacidad que reciben la prestación económica de asistencia personal
Realizar desde los SSSSCC un seguimiento de los programas Individuales de Atención en los que se haya resuelto como modalidad de intervención más adecuada la prestación económica de asistencia personal
Medida 3.1.6.
Análisis de las carencias existentes en la rehabilitación, incluida la atención temprana (0-6 años) y puesta en marcha de un programa de rehabilitación y atención temprana adaptado a las necesidades de las niñas con discapacidad
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Analizar la perspectiva de género en los programas de Atención Temprana y proponer medidas. Niñas con Discapacidad Cª de Salud - Nº de proyectos revisados
- Nº de medidas propuestas
ORGANIZADOR 3: AUTONOMÍA ECONÓMICA Y PARTICIPACIÓN EN LA TOMA DE DECISIONES
Área Temática 3.3. Participación en la toma de decisiones
Objetivos Específicos:
· Potenciar la participación de las mujeres con discapacidad en el movimiento asociativo.
· Fomentar la participación de las mujeres con discapacidad en los procesos de tomas de decisiones.
· Impulsar actuaciones para reivindicar sus derechos e exigir la igualdad real.
· Apoyar al movimiento asociativo de mujeres con discapacidad .
Medida 3.3.2.
Investigaciones para analizar las necesidades, demandas y recursos que impulsen a las mujeres con discapacidad a la participación y el liderazgo
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Realización de la investigación. Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
CIBS: DGPD - Nº de investigaciones realizadas
- Nº de necesidades y demandas identificadas.
- Nº y tipo de estrategias que se derivan para impulsar el liderazgo y la participación
- Recursos económicos (
Medida 3.3.4.
Formación del personal que integra la estructura de las asociaciones que representan a las personas con discapacidad en materia de género.
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Diseñar y desarrollar un programa de formación en género destinado al movimiento asociativo. Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
Profesionales Admón. Pública
CIBS: DGPD - Nº de acciones formativas por grupos destinatarios/as
- Nº de docentes (mujeres y hombres) atendiendo a su experiencia en la temática de la formación
- Nº de asociaciones que se benefician de las acciones formativas
- Nº de mujeres y hombres que han recibido formación, respecto del total de personas que integran la estructura del tejido asociativo.
Medida 3.3.5.
Puesta en marcha de acciones que impulsen la participación activa de las mujeres con discapacidad en los movimientos de participación social que las representan, favoreciendo su acceso y ampliando la calidad de su participación y permanencia en los niveles de toma de decisión
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Apoyar al movimiento asociativo de mujeres con discapacidad y a las asociaciones del sector en general para favorecer la participación de las mujeres . Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
Partidos Políticos, sindicatos.
CIBS: DGPD - Asociaciones apoyadas
- Nº de actuaciones por tipo de asociación.
- Crédito que se destina.
- Nº de mujeres con discapacidad que participan en las actuaciones que promueven las distintas asociaciones.
- Nº de mujeres con discapacidad en el ámbito de la toma de decisiones en el tejido asociativo.
- Tiempo que permanecen las mujeres con discapacidad en los órganos de toma de decisiones de las asociaciones, por tipo de discapacidad.
- Nº y tipo de recursos puestos en marcha para favorecer la presencia y participación de las mujeres con discapacidad
Medida 3.3.7.
Apoyo al desarrollo de las redes de mujeres con discapacidad en el ámbito andaluz
Acciones Público
destinatario
Organismos responsables Indicadores
Priorización de las asociaciones de mujeres con discapacidad en nuestras actuaciones. Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
IAM - Participación en el Programa Asocia de asociaciones de mujeres con discapacidad
- Recursos económicos y humanos (mujeres y hombres) destinados al efecto
- Línea especial de subvenciones
- Subvenciones al funcionamiento de las asociaciones
- Nº de asociaciones subvencionadas
- Nº de jornadas, encuentros, charlas, etc., para fomentar el desarrollo de redes de mujeres con discapacidad
- Nº de asociaciones de mujeres con discapacidad participantes, por tipo de asociación
- Nº de proyectos subvencionados
Abrir una línea especial de subvenciones de proyectos de formación destinada a las asociaciones de mujeres con discapacidad, para la formación en género y recursos de liderazgo
Medida 3.3.9.
Establecimiento de actuaciones orientadas a incentivar la participación de las mujeres con discapacidad, especialmente de las gravemente afectadas, en los programas de ocio y tiempo libre
Acciones Público
destinatario
Organismos
responsables
Indicadores
Apoyo de proyectos culturales que mejoren el acceso a la cultura de las mujeres con discapacidad Jóvenes y Mujeres con Discapacidad
Asociaciones
Cª de Cultura - Nº de peticiones de subvenciones solicitadas.
- Nº de subvenciones concedidas
IAJ - Nº de campos de trabajo organizados/Nº de mujeres con discapacidad participantes/Recursos económicos y humanos empleados
- Nº de subvenciones concedidas/Recursos económicos y humanos empleados/ Nº de actividades organizadas/Nº de mujeres con discapacidad participantes/
Organización de campos de trabajo accesibles a mujeres con discapacidad
Subvencionar a asociaciones que organizan actividades destinadas o accesibles a mujeres con discapacidad
Descargar PDF