Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 55 de 19/3/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura.

Resolución de 11 de febrero de 2008, de la Viceconsejería, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Filmoteca de Andalucía.

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Visto el proyecto de Carta de Servicios y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de los Servicios, en uso de la competencia que me confiere el artículo 7.1 del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos,

RESUELVO

Primero. Aprobar la Carta de Servicios de la Filmoteca de Andalucía, que se incorpora como Anexo a esta Resolución.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución y de la Carta de Servicios en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente Resolución surtirá efecto el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 11 de febrero de 2008.- El Viceconsejero, José María Rodríguez Gómez.

CARTA DE SERVICIOS de la Filmoteca de Andalucía

Prólogo

La Carta de Servicios de la Filmoteca de Andalucía de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía tiene como propósito facilitar a las personas usuarias la obtención de información, los mecanismos y la posibilidad de colaborar activamente en la mejora de los servicios proporcionados por la Filmoteca.

Esta Carta tiene como objetivo conseguir una mejora de los servicios prestados por la Filmoteca a las personas usuarias. Como consecuencia de lo anterior, la Filmoteca de Andalucía adoptará las medidas necesarias para garantizar que el contenido de la presente Carta se aplique por todas las personas a su servicio.

A) DATOS DE CARACTER GENERAL

I. DATOS IDENTIFICATIVOS

I.I. Datos Identificativos de la Filmoteca de Andalucía.

La Filmoteca de Andalucía es un Servicio que depende de la Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental en la Consejería de Cultura.

I.II. Misión de la Filmoteca de Andalucía.

La Filmoteca de Andalucía tiene como misión la realización de actividades propias en cuanto centro de investigación, preservación y difusión cinematográfica, como mecanismo de reafirmación de la política de protección y apoyo que el cine reclama en la actualidad.

I.III. Identificación de la Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

La Filmoteca de Andalucía es la unidad responsable de la coordinación operativa en los trabajos de elaboración, gestión y seguimiento de la presente Carta de Servicios.

I.IV. Formas de colaboración y participación con la Filmoteca de Andalucía.

Las personas usuarias de los servicios que presta la Filmoteca de Andalucía en calidad de clientes, ya sea de carácter interno, personal al servicio de la Administración Pública, unidades u órganos administrativos, o externo, la ciudadanía en general, podrán colaborar en la mejora de la prestación del servicio a través de los siguientes medios:

1. Mediante correo postal dirigido a la Filmoteca, atención telefónica y personalizada, página web y correo electrónico.

2. A través del libro de sugerencias y reclamaciones de la Junta de Andalucía disponible en el Registro General o en la web: http://www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/Isr/index.jsp.

3. Mediante su participación en encuentros, reuniones, jornadas y foros que se organicen al efecto por la Filmoteca.

4. A través de la expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realicen sobre la prestación de servicios.

II. SERVICIOS

II.I. Relación de Servicios que presta.

A la Filmoteca de Andalucía le corresponden las siguientes atribuciones, distribuidas en los diferentes Servicios integrados en la misma:

La Filmoteca de Andalucía divide la prestación de sus

servicios en tres grandes áreas de actividad:

1. Area de información y visitas:

1.1. Facilitar información sobre las actividades de la Filmoteca de Andalucía.

1.2. Gestionar un sistema de visitas para grupos organizados o escolares.

1.3. Facilitar información sobre los fondos propios.

2. Area de recuperación y conservación de los fondos Fílmicos Andaluces:

2.1. Facilitar la consulta de los fondos de la Videoteca y Fonoteca.

2.2. Facilitar la consulta de los fondos de la Biblioteca, y ofrecer un servicio de Reprografía.

2.3. Facilitar la consulta de los fondos del Archivo Fílmico y la localización de materiales externos.

3. Area de fomento y difusión del Patrimonio Audiovisual:

3.1. Exhibición de películas que sean de interés para el estudio del cine en general y de cine andaluz en particular.

3.2. Publicaciones de trabajos de investigación, ensayos o monografías cinematográficas para el estudio del cine en general y para la historia del cine en Andalucía en particular.

3.3. Realizar programas de cooperación con otras instituciones.

3.4. Organización de cursos y seminarios sobre los distintos aspectos implicados en la actividad audiovisual.

II.II. Normativa reguladora de los servicios prestados por la Filmoteca de Andalucía.

- Decreto 295/1987, de 9 de diciembre, por el que se crea la Filmoteca de Andalucía (BOJA 4, de 19.1.88).

- Decreto 486/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Cultura (BOJA 183, de 17.9.04).

III. DERECHOS DE LOS USUARIOS Y USUARIAS DE LOS SERVICIOS

III.I. Derechos de los usuarios y usuarias.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las personas usuarias tienen derecho, entre otros, a:

1. Ser tratadas con el debido respeto y consideración.

2. Recibir información de interés general y específica en los procedimientos que les afecten, que se tramiten en la Filmoteca de Andalucía de manera presencial, telefónica, informática y telemática.

3. Ser objeto de una atención directa y personalizada.

4. Obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida.

5. Recibir una información administrativa real, veraz y accesible, dentro de la más estricta confidencialidad.

6. Obtener una orientación positiva.

7. Conocer la identidad de las autoridades y del personal funcionario que tramita los procedimientos en que sean parte.

IV. SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

IV.I. Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

1. La ciudadanía andaluza, como cliente externo/interno, tiene reconocido su derecho a formular sugerencias y reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados por la Administración de la Junta de Andalucía.

2. El libro de sugerencias y reclamaciones es también un instrumento que facilita la participación de todas las personas en sus relaciones con la Filmoteca de Andalucía, ya que pueden presentar las reclamaciones oportunas cuando consideren haber sido objeto de desatención, tardanza o cualquier otra anomalía, así como formular cuantas sugerencias estimen convenientes en orden a mejorar la eficacia de los servicios.

3. El libro de sugerencias y reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en todos los Registros de documentos de la Junta de Andalucía. También está disponible en Internet en formato electrónico: (www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp).

IV.II. Formas de presentación de las Sugerencias y Reclamaciones.

1. Quienes pretendan formalizar una sugerencia o reclamación podrán hacerlo, bien rellenando las hojas autocopiativas del libro en los Registros de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, o bien por Internet, rellenando el formulario electrónico en la página web: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/Isr/index.jsp.

2. Si la sugerencia o reclamación se realiza por Internet y se dispone de un certificado digital, el formulario se firmará digitalmente y se presentará electrónicamente y de forma automática en el Registro telemático único de la Junta de Andalucía desde la mencionada página web. Si se realiza por Internet pero no se dispone de un certificado digital, la misma deberá ser impresa en papel, firmada y presentada en cualquier Registro de documentos de la Administración de la Junta de Andalucía y en los Ayuntamientos Andaluces, así como las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, donde se devolverá su copia sellada.

IV.III. Tramitación.

La inspección General de Servicios llevará el control de las denuncias, quejas, sugerencias o reclamaciones que se presenten en relación con el funcionamiento de los servicios prestados por la Filmoteca de Andalucía, ante cuyo servicio se formula la sugerencia o reclamación correspondiente para que adopte las medidas que correspondan, debiendo éste notificar a quien hizo la sugerencia o reclamación, en el plazo de quince días, las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos, dándose cuenta también, en el mismo plazo, de lo actuado a la Inspección General de Servicios.

V. DIRECCIONES Y FORMAS DE ACCESO

V.I. Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Para contactar con los distintos servicios de la Filmoteca de Andalucía, las personas interesadas, como clientes internos/externos, podrán dirigirse a:

Filmoteca de Andalucía.

Calle Medina y Corella, 5.

14003 Córdoba (Córdoba).

Teléfono: 957 481 835.

Fax: 957 473 943.

E-mail: informacion.filmoteca.ccul@juntadeandalucia.es.

Página web: http://www.filmotecadeandalucia.com/

Sala de Granada: Profesor Sainz Cantero, 6, 18002 Granada.

Plano de situación.

V.II. Formas de acceso y transporte.

1. A la Filmoteca de Andalucía se puede acceder mediante transporte público desde las paradas de autobuses urbanos de las líneas siguientes: Filmoteca de Andalucía (Córdoba): líneas 3 y 16, parada en Doctor Fleming. Sala de Granada: línea 5 y U, parada en Severo Ochoa.

2. Plano de situación:

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 71)

B) DATOS DERIVADOS DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y DE LA NORMATIVA APLICABLE

I. COMPROMISOS DE CALIDAD

I.I. Niveles de compromisos de calidad ofrecidos.

La relación de servicios prestados por la Filmoteca de Andalucía recogidos en esta Carta se prestarán y reconocerán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

En relación al área de información y visitas:

1. Responder a los interesados en el plazo de 24 horas en los casos en los que no se pueda hacer de forma inmediata.

2. Disponer de hoja de sala diaria y folleto mensual con al menos 5 días de antelación al inicio de programa.

3. Satisfacer, al menos, el 80% de los visitantes.

4. Responder a las consultas solicitadas en el plazo de 15 días.

En relación al área de recuperación y conservación de los fondos fílmicos andaluces:

5. Aumentar en 300 unidades las nuevas adquisiciones en la Biblioteca.

6. En caso de que no se pueda hacer de forma inmediata, ofrecer el servicio de reprografía en un plazo máximo de 2 días.

7. Aumentar en 300 unidades las nuevas adquisiciones en la Videoteca.

8. Aumentar en 5 unidades las nuevas adquisiciones del Archivo Fílmico.

En relación al área de fomento y difusión del Patrimonio Audiovisual:

9. Cumplimiento de la programación publicitada.

10. Realizar, al menos, 2 publicaciones al año.

11. Realizar, al menos, 5 programas anuales para el fomento y difusión del Patrimonio Audiovisual.

12. Satisfacer, al menos, el 80% de los participantes de los cursos.

II. INDICADORES

II.I. Indicadores de calidad.

Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por la Filmoteca de Andalucía se establecen los siguientes indicadores del nivel de calidad y eficacia de los servicios prestados por la

Filmoteca:

En relación al área de información y visitas:

1. Porcentaje de respuestas a las solicitudes de los interesados en el plazo de 24 horas en los casos en los que no se pudo hacer de forma inmediata.

2. Porcentaje de casos en los que se dispone de hoja de sala diaria y folleto mensual con, al menos, 5 días de antelación al inicio de programa.

3. Porcentaje de visitantes satisfechos o muy satisfechos.

4. Porcentaje de las consultas solicitadas respondidas en el plazo de 15 días.

En relación al área de recuperación y conservación de los fondos fílmicos andaluces:

5. Número de unidades incorporadas en la Biblioteca.

6. Porcentaje de servicios de reprografía en un plazo máximo de 2 días en los casos en los que no se pudo hacer de forma inmediata.

7. Número de unidades incorporadas en la Videoteca.

8. Número de unidades incorporadas en el Archivo Fílmico.

En relación al área de fomento y difusión del Patrimonio Audiovisual:

9. Porcentaje de cumplimiento de la programación publicitada.

10. Número de publicaciones al año.

11. Número de programas anuales para el fomento y difusión del Patrimonio Audiovisual.

12. Porcentaje del alumnado satisfecho o muy satisfecho en la participación de los cursos.

C) DATOS DE CARACTER COMPLEMENTARIO

I. HORARIOS Y OTROS DATOS DE INTERES

I.I. Horarios de atención al público.

Proyecciones: a las 18 horas y a las 21 horas (consultar programación). Apertura de taquillas 30 minutos antes de la proyección.

Biblioteca, Videoteca y Fonoteca: de 10 a 14 horas.

I.II. Otros datos de interés.

Proyecciones: Precio 0,90 euros.

Abono 10 sesiones: 6,01 euros.

La Filmoteca de Andalucía colabora con otras entidades en la celebración de ciclos o proyecciones de películas concretas que sirvan de complemento a las actividades o eventos programados por estos otros organismos.

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