Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 172 de 04/09/2014

1. Disposiciones generales

Consejería de Justicia e Interior

Decreto 124/2014, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016.

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El artículo 62.1.a) del Estatuto de Autonomía establece que corresponden a la Comunidad Autónoma las políticas de integración y participación social, económica y cultural de los inmigrantes, en el marco de sus competencias. Asimismo, el Estatuto atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias para el desarrollo de políticas sociales, mediante la instrumentación pública de medidas tendentes a facilitar la promoción e integración social de la población residente en su territorio que permitan el desarrollo de servicios y funciones básicas para el bienestar de la ciudadanía, como la protección de la salud, en el artículo 22; la educación, en el artículo 21; la vivienda, en el artículo 25, prestaciones sociales, en el artículo 23; las igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el artículo 15; la protección de la familia, en el artículo 17; a los menores, artículo 18 y a las personas mayores, en el artículo 19, se convierten en instrumentos fundamentales para la integración, en condiciones de igualdad, de la población inmigrante en nuestra sociedad.

Las políticas migratorias, en consecuencia, tienen un carácter transversal que se proyecta sobre muy diversos ámbitos materiales respecto de los que la Comunidad Autónoma andaluza tiene competencias, carácter transversal que queda además plasmado en los artículos 10.3.17.ª y 37.1.9.ª del Estatuto de Autonomía, que proclaman, respectivamente, como objetivo básico de la Comunidad Autónoma y como principio rector de las políticas públicas la integración social, económica, laboral y cultural de los inmigrantes. Asimismo, estas competencias se ejercen en el marco del artículo 149.1.2.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.

Por último, el Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, establece en el artículo 1.g) que corresponde a la citada Consejería la propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno en relación con la coordinación de las políticas migratorias. Asimismo en el artículo 11.a) b) y c), atribuye a la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias las funciones de impulso y coordinación de las políticas públicas de las distintas Consejerías en atención a las consecuencias sociales de la realidad migratoria; la coordinación de las actuaciones que al respecto se aborden en los ámbitos sanitario, social, cultural, educativo y en cualquier otro ámbito de intervención sobre la realidad migratoria y la planificación de la actuación de la Administración de la Junta de Andalucía al respecto y la evaluación permanente de sus resultados.

Con el Decreto 1/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el I Plan Integral para la Inmigración en Andalucía y el Decreto 92/2006, de 9 de mayo, por el que se aprueba el II Plan Integral para la Inmigración en Andalucía 2006-2009, se puso en marcha un instrumento de planificación y coordinación de todas las políticas de la Junta de Andalucía en materia de inmigración y se consolidó un modelo de intervención en este área que tenía por objeto lograr la verdadera integración de las personas inmigrantes en nuestro territorio, sin olvidar a la sociedad de acogida y los cambios que se estaban produciendo en la misma. Pero resulta necesario seguir avanzando para consolidar y mejorar lo ya realizado, mostrar y expandir las buenas prácticas y anticipar soluciones a las demandas sociales que surgen cada día en una sociedad en cambio y dinámica como es la sociedad andaluza así como afrontar el fenómeno de la inmigración como un hecho estructural en el actual escenario socio-económico.

En el presente III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016, se hace especial hincapié en la gestión de la diversidad como estrategia de intervención en la materia, así como la inclusión de la perspectiva de género en el análisis, puesta en marcha y evaluación de cada una de las actuaciones y objetivos planteados. Asimismo, se resalta la necesaria atención a la realidad local y provincial, incluyendo el territorio como eje transversal a todos los objetivos y medidas recogidas en este III Plan Integral.

En su proceso de elaboración, el III Plan Integral para la Inmigración se sometió a la consideración de las organizaciones y entidades que trabajan en este área, representadas en el Foro Andaluz de la Inmigración: asociaciones de inmigrantes y proinmigrantes, así como los agentes económicos y sociales y la propia Administración de la Junta de Andalucía. En este proceso, se han debatido y considerado las propuestas y aportaciones realizadas por las distintas entidades, que fueron aprobadas, por el Pleno del Foro Andaluz de la Inmigración.

Pese a todo, los condicionantes socioeconómicos sobrevenidos desde entonces han obligado a una adecuación de los objetivos específicos previstos en las distintas áreas de actuación y de las previsiones presupuestarias asignadas a estos objetivos, que han demorado hasta ahora su tramitación final. Así el 9 de septiembre de 2012, se reúne la Comisión Interdepartamental de Políticas Migratorias, ratificándose el compromiso de todos los Centros Directivos con el III Plan Integral, y el Foro Andaluz de la Inmigración en sesión del pleno celebrada el 20 de febrero de 2014, informó favorablemente y aprobó el proyecto del III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia e Interior, de conformidad con el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de septiembre de 2014,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación del III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016.

Se aprueba el III Plan Integral para la Inmigración en Andalucía Horizonte 2016 como instrumento de planificación y coordinación de todas las políticas de la Junta de Andalucía en materia de inmigración.

Artículo 2. Disponibilidad presupuestaria.

El desarrollo del Plan y la programación temporal de sus actuaciones estarán condicionadas por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Disposición final primera. Desarrollo y ejecución.

Se habilita al Consejero de Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El Plan estará disponible en la página web de la Consejería de Justicia e Interior.

Sevilla, 2 de septiembre de 2014

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
Emilio de Llera Suárez-Bárcena
Consejero de Justicia e Interior
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