Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 31/07/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud

Resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de méritos para la cobertura de un puesto de cargo intermedio de Jefe/a de Cocina en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz.

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Siendo precisa la cobertura de un puesto clasificado como Cargo Intermedio en la Orden de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de 5 de abril de 1990, por el que se establece el régimen funcional de las plantillas de los Centros Asistenciales del Servicio Andaluz de Salud.

Mediante el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 54, de 16 de marzo de 2007), incluyendo los Jefes/as de Cocina dentro del conjunto de cargos intermedios del Servicio Andaluz de Salud cuyo sistema de provisión es el concurso de méritos, estableciendo y regulando su acceso a través de lo contemplado en este Decreto y en la Orden de 10 de agosto de 2007 de la Consejería de Salud (BOJA núm. 165, de 22 de agosto de 2007), de desarrollo del citado Decreto. Con fecha 9.7.2012, el Tribunal Supremo se ha pronunciado mediante Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, en el recurso de casación interpuesto por este Organismo, contra la Sentencia de 22 de diciembre de 2008, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada del Tribunal Superior de Justicia en Andalucía, ratificando la adecuación a derecho del citado Decreto 75/2007, excepto en la expresión «sin necesidad de estar previamente vinculada como personal funcionario o estatutario del Sistema Nacional de Salud» del artículo 10 que queda anulada por la referida resolución judicial.

La citada Sentencia, ampara su decisión en que, con la redacción dada al citado artículo, el precepto no aclara cuál será el régimen aplicable a los que sean designados cargos intermedios sin ser personal funcionarial o estatutario, como tampoco si la posibilidad es ilimitada y, por ello, abierta a personas totalmente ajenas a las Administraciones Públicas que no hayan superado con anterioridad un proceso selectivo debidamente regido por los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad (artículos 23.2 y 103.3 CE).

Sin embargo, la Sentencia deja plenamente vigente la redacción del artículo 14 del Decreto 75/2007, que se refiere a la situación en la que queda el personal que no tiene plaza en propiedad cuando es designado cargo intermedio.

En consecuencia, ante la anulación por el Tribunal Supremo del inciso final del artículo 10 y la preocupación vertida por el mismo del acceso a la condición de empleado público a personas que no han tenido acceso previo a la función pública de acuerdo a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, se hace preciso clarificar y desarrollar reglamentariamente el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, para esclarecer el régimen de vinculación aplicable al personal con vínculo temporal y la adecuada aplicación del artículo 14 en aras a establecer adecuadamente las garantías requeridas por dicho Tribunal, por lo que en tanto esta modificación se produce, esta Agencia entiende necesario restringir el acceso a los cargos intermedios al personal funcionario o estatutario fijo, como han venido declarando hasta la fecha numerosas Sentencias de diferentes órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.

Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 12.d) del Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud, esta Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud

RESUELVE

Primero. Convocar por el sistema de concurso de méritos la cobertura de un puesto clasificado como cargo intermedio, de Jefe/a de Cocina en el Hospital Universitario Puerta del Mar.

Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II.

Tercero. En lo no previsto en la presente Resolución, se estará a lo dispuesto en el Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 54, de 16 de marzo de 2007), con la modificación introducida por la Sentencia del Tribunal Supremo dictada en el Recurso de Casación 1691/2009 y la Orden de 10 de agosto de 2007, de la Consejería de Salud (BOJA núm. 165, de 22 de agosto de 2007), que desarrolla el anterior.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Dirección Gerencia, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este Órgano, de conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en su última y modificada redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de su publicación, sin que puedan simultanearse ambos recursos y todo ello sin perjuicio de que pueda, bajo su responsabilidad, ejercitar cualquier otro que estime procedente.

BASES REGULADORAS DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA DE UN PUESTO DE CARGO INTERMEDIO DE JEFE/A DE COCINA

1. Sistema de provisión.

1.1. La provisión del puesto convocado se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos.

1.2. El proceso selectivo será evaluado por una Comisión de Selección y consistirá en dos fases: evaluación curricular y de las competencias profesionales y evaluación de un Proyecto de Gestión.

1.2.1. Evaluación curricular y de las competencias profesionales:

Consistirá en la valoración de los méritos profesionales de los interesados que permita conocer su aptitud, idoneidad, experiencia profesional, formación y actividades docentes e investigadoras, todo ello mediante la aplicación del Baremo de Méritos que se incluye como Anexo II en esta convocatoria.

La puntuación máxima que se podrá otorgar será de 60 puntos.

1.2.2. Proyecto de Gestión:

Cada candidato expondrá ante la Comisión de Selección un Proyecto de Gestión, cuyo contenido deberá incluir, necesariamente, todas las líneas de actuación: profesional, docente, investigación e innovación, y gestión del área de responsabilidad.

La defensa del Proyecto de Gestión se realizará mediante exposición en un acto público, seguida de un debate con los miembros de la Comisión. En la misma se valorarán obligadamente los siguientes aspectos clave en relación al puesto al que se opta.

- Visión, misión y valores de la Unidad de Cocina y su incardinación con los valores del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

- Líneas estratégicas y análisis DAFO de la Unidad de Cocina.

- La cartera de servicios con especial énfasis en los procesos de gestión y servicios asociados.

- El análisis de los recursos humanos, estructurales y fungibles asignados y las propuestas para su organización y gestión eficiente.

- El conocimiento de las instalaciones y los objetivos a conseguir, su cronograma y los indicadores y estándares de referencia.

- La orientación a resultados en sus diferentes líneas de producción de la Unidad de Cocina.

- La gestión de la calidad y su acreditación.

- Las propuestas para liderar grupos, organizar, delegar, generar equipo y propiciar la gestión participativa.

- La capacidad de generar y transferir conocimientos e innovaciones.

La exposición del Proyecto de Gestión será pública, siendo secretas las deliberaciones de la Comisión de Selección. La puntuación máxima a otorgar será de 40 puntos.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en esta convocatoria los aspirantes deberán reunir los requisitos que se señalan a continuación, referidos al último día de plazo de presentación de solicitudes, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo:

2.1. Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal.

2.2. Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.

2.3. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

2.4. Tener cumplidos 18 años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

2.5. Tener vinculación estatutaria o funcionarial con el Sistema Nacional de Salud como funcionario de carrera o personal estatutario fijo y no haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

2.6 En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado 2.1, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

2.7. Formación específica para cargos intermedios en el sistema de gestión de riesgos laborales, mediante la acreditación del «Curso específico en Prevención de Riesgos Laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios», o estar en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes. A tal efecto en la página web del SAS se encuentra disponible la información necesaria para la realización del citado curso.

3. Características del puesto convocado y funciones a desarrollar.

3.1. Características del puesto convocado.

3.1.1. Denominación: Jefe/a de Cocina.

3.1.2. Dependencia: Subdirección Económico-Administrativa y de Servicios Generales.

3.1.3. Subgrupo retributivo: C1 (anteriormente grupo C).

3.1.4. Nivel: 18.

3.1.5. Las retribuciones para el cargo convocado serán las establecidas en la normativa vigente del Servicio Andaluz de Salud para el puesto: Jefe de Cocina.

3.2. Funciones a desarrollar.

3.2.1. Funciones generales.

Serán sus funciones generales:

- La organización administrativa y funcional del grupo profesional de su dependencia.

- La gestión del personal relacionado con su ámbito de competencia: distribución de funciones, información, optimización de recursos, adecuación al puesto de trabajo etc.

- La propuesta y negociación de los objetivos anuales del grupo y los objetivos individuales de los profesionales que lo integran. El impulso, seguimiento y control del cumplimiento de los objetivos marcados por la Dirección del Centro. La evaluación del cumplimiento de dichos objetivos, así como la evaluación del desempeño individual de los profesionales bajo su responsabilidad.

- La gestión de las estrategias y programas que permitan el cumplimiento de los acuerdos de consumo y los objetivos de gestión ambiental y de sostenibilidad, a través del uso óptimo, adecuado y eficiente, de bienes y servicios de su grupo, su mantenimiento y la gestión adecuada de los residuos que se generen.

- La gestión, organización y promoción de todas las actividades necesarias para la integración efectiva de la prevención de riesgos laborales en su grupo, en consonancia con los objetivos marcados por la organización en materia de Prevención de Riesgos Laborales.

- La participación en Comisiones Técnicas referentes a su área de trabajo.

3.2.2. Funciones específicas.

Serán sus funciones específicas:

- Organización y Supervisión Funcional del Área de Cocina.

- Supervisión y Monitorización de los PCC.

- Gestión de Víveres y del Material de Cocina.

- Supervisión del Sistema de Autocontrol.

- Supervisión de las Normas Sanitarias de Manipulación de Alimentos y Código de Buenas Prácticas de Higiene.

- Proponer áreas de mejora en el ámbito de la Hostelería, orientadas a los usuarios internos y externos, optimizando recursos y resultados.

- Vigilancia de la ejecución de los distintos procesos de elaboración, emplatado, traslado, lavado de enseres y vajilla.

Además de las funciones que tenga asignadas, las que puedan serle encomendadas por la Dirección a la que está adscrito, y las que corresponden al desarrollo del área que motivan la convocatoria del puesto.

4. Solicitudes y documentación.

4.1. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real, según modelo que figura como Anexo I a la presente Resolución, y se presentarán en el Registro General del Hospital Universitario Puerta del Mar, sito en Cádiz, Avda. Ana de Viya, 21, C.P. 11009, o bien conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4.2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

4.2.1. Fotocopia del DNI.

4.2.2. Fotocopia compulsada de la titulación exigida en el apartado 2.2.

4.2.3. Relación de los méritos valorables alegados con original o copia compulsada de las certificaciones o acreditaciones de los citados méritos.

4.2.4. Proyecto de Gestión.

4.2.5. Acreditación del curso específico de prevención de riesgos laborales para cargos intermedios o aspirantes a cargos intermedios contemplado en el apartado 2.7.

4.2.6. La acreditación del requisito establecido en la base 2.5 o 2.6 se efectuará, en su caso, en el momento de la toma de posesión.

5. Admisión de solicitudes.

5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real aprobará resolución comprensiva de las listas de admitidos y excluidos, con expresión del nombre, apellidos y causa de exclusión, en su caso. En dicha resolución se designarán los miembros que compondrán la Comisión de Selección a la que alude el punto 6 de las Bases de esta convocatoria.

5.2. Las listas se publicarán en los tablones de anuncios del Hospital Universitario Puerta del Mar y en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud), considerándose dicha publicación como requerimiento a los interesados, a los efectos previstos en la Ley 30/1992. Contra la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer reclamación, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, ante la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamación contra la lista provisional, y una vez resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de aspirantes admitidos.

6. Comisión de Selección.

6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la Comisión de Selección de la presente convocatoria será la siguiente:

6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por el/la titular de la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real, o persona en quien delegue.

6.1.2. Cuatro vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia de acuerdo con lo contemplado en el apartado 2.b) del citado artículo 12 del Decreto 75/2007.

6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la gestión de Profesionales del Hospital Universitario Puerta del Mar o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

6.2. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia equilibrada de hombres y mujeres.

6.3. Abstención y recusación. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán promover recusación de los miembros de la Comisión de Selección, en los casos previstos en el párrafo anterior.

7. Desarrollo del proceso selectivo.

7.1. Tras la publicación del listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos, la Comisión de Selección iniciará y desarrollará el proceso selectivo conforme a lo previsto en esta convocatoria y elevará a la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real la propuesta de resolución provisional del concurso de méritos, con indicación de la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. La Comisión podrá, motivadamente, declarar desierto el cargo a proveer, cuando no concurran personas idóneas para su desempeño de acuerdo con los requisitos de la convocatoria.

7.2. La Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real dictará resolución provisional con la propuesta de la Comisión de Selección, que será publicada en el tablón de anuncios del Centro y en la página web del Servicio Andaluz de Salud. Contra dicha resolución las personas interesadas podrán presentar alegaciones en el plazo de quince días naturales a contar desde el siguiente a la publicación de la misma.

7.3. La resolución definitiva del concurso será motivada, incluirá respuestas a las alegaciones presentadas a la resolución provisional y contendrá el nombramiento de la persona que haya obtenido mayor puntuación o, en caso contrario, declarará desierta la convocatoria. Esta resolución definitiva será publicada en los lugares citados en el apartado anterior.

7.4. La resolución definitiva se dictará por la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real en el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la inserción en el BOJA de la convocatoria. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Profesionales del Servicio Andaluz de Salud.

8. Nombramiento, régimen de dedicación, evaluación y efectos.

8.1. La persona designada obtendrá un nombramiento para el desempeño del puesto por un periodo de cuatro años de duración, que será realizado por la persona titular de la Dirección Gerencia de los Hospitales Universitarios Puerta del Mar y de Puerto Real.

8.2. De conformidad con lo previsto en el artículo 11 del Decreto 75/2007, el desempeño del cargo a cubrir será, necesariamente, en régimen de dedicación exclusiva.

8.3. El desempeño del cargo será objeto de evaluación conforme a lo establecido en el artículo 15 del citado Decreto 75/2007.

ANEXO I

Don/Doña ...................................................................................................., con DNI núm. ...............................,  y domicilio en .........................................................., calle/avda./pza. ............................................................................., tfnos. ............................................................................., correo electrónico ......................................................................, en posesión del título de ......................................................................, especialidad ......................................................

EXPONE: Que desea tomar parte en la convocatoria para la provisión de un puesto de Jefe/a de Cocina del Hospital Universitario Puerta del Mar, convocado por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud mediante Resolución de fecha ........................................, BOJA núm. ..................., de fecha .......................................

SOLICITA: Ser admitido a dicha convocatoria, para lo cual aporta la siguiente documentación (enumerar):

Fecha y firma

SR. DIRECTOR GERENTE DE LOS HOSPITALES UNIVERSITARIOS PUERTA DEL MAR Y DE PUERTO REAL

ANEXO II

BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES

1. Evaluación curricular (máximo 60 puntos).

1.1. Experiencia profesional (máximo 30 puntos).

1.1.1. Por cada mes completo de servicios prestados como Cocinero o Jefe de Cocina en Centros Sanitarios Públicos de los países miembros de la U.E.: 0,10 puntos.

1.1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto Directivo o cargo intermedio no descrito anteriormente en Centros Sanitarios Públicos de los países miembros de la U.E.: 0,05 puntos.

1.1.3. Por cada mes de servicios prestados como Cocinero, Jefe de Cocina o puestos Directivos en otras administraciones públicas: 0,05 puntos.

1.1.4. Por cada mes completo de servicios prestados como Cocinero o Jefe de Cocina en otros centros e instituciones sanitarias no dependientes de Administraciones Públicas: 0,03 puntos.

1.2. Formación (máximo 21 puntos).

1.2.1 Por cada hora de formación como discente: 0,015 puntos.

1.2.2. Por cada crédito obtenido en actividades de formación como discente: 0,15 puntos.

Sólo serán valorables los créditos otorgados por la Universidad o por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de Acreditación de Formación Continuada en el Sistema Nacional de Salud (los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 son excluyentes entre sí. Sólo se computarán en el subapartado en el que les corresponda mayor valoración.

Las actividades de formación incluidas en los subapartados 1.2.1 y 1.2.2 serán valoradas siempre que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar directamente relacionadas con el área de trabajo a la que se concursa.

b) Haber sido impartidas u organizadas por alguna de las siguientes instituciones:

Centros Universitarios, Servicios de Salud, Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Administraciones Públicas, Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas, Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas, o entidades sin ánimo de lucro debidamente registradas entre cuyos fines se encuentre la formación.

1.2.3.. Por cada hora como docente en actividades de formación e impartidos por Escuelas de Salud Pública homologadas por Ministerios de Sanidad de la Unión Europea, Universidades o Centros Sanitarios del Sistema Nacional de Salud y por las Organizaciones Sindicales dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública: 0,05 puntos.

1.2.4. Por estar en posesión del título de FP2 de Hostelería o Ciclo Superior de Hostelería: 2,50 puntos.

1.3. Publicaciones (máximo 6 puntos).

En los epígrafes 1.3.1, 1.3.2 y 1.3.3 de este apartado, se valoran sólo los tres primeros autores.

1.3.1. Por publicaciones de libros relacionadas con el área de trabajo a la que se concursa, y que contengan ISBN o Depósito Legal:

1.3.1.1. Por cada libro completo: 1 punto.

1.3.1.2. Por cada capítulo de libro no incluido en el punto anterior: 0,30 puntos (máximo 3 capítulos por libro).

1.3.2. Publicaciones de artículos en revista relacionada con el área de trabajo a la que se concursa: 0,10 puntos.

1.3.3. Publicaciones –en revista– de Ponencias o Comunicaciones en congresos y reuniones relacionadas con el área de trabajo a la que se concursa:

1.3.3.1. Nacionalidad:

1.3.3.1.1. Publicadas en revista internacional: 0,10 puntos.

1.3.3.1.2. Publicadas en revista nacional: 0,05 puntos.

1.4. Otros méritos (máximo 3 puntos).

1.4.1. Por cada año formando parte de las distintas Comisiones de Calidad constituidas en Centros Sanitarios Públicos: 0,10 puntos.

Sevilla, 23 de julio de 2015.- El Director Gerente, José Manuel Aranda Lara.

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