Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 09/02/2015

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 6 de febrero de 2015, de la Secretaría General de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se declara la apertura del plazo para presentar solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2015 de los incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, y se actualizan los créditos disponibles para dicha convocatoria.

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La disposición adicional quinta del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible en Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015, faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, en función de la distribución territorial de la ejecución del Programa regulado en el citado Decreto-ley, para adoptar, a partir del 30 de septiembre de 2014, las disposiciones necesarias para asegurar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a los incentivos, incluyendo la actualización de la redistribución de los créditos previstos en el artículo 7.4, y los porcentajes de incentivos previstos en los Anexos I y II del Decreto-ley. A tal efecto, dicha disposición establece que se dictará la correspondiente resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En fecha 6 de febrero de 2015 se ha dictado por parte de la persona titular de la referida Dirección Gerencia, Resolución por la que se declara la apertura del plazo para presentar solicitudes correspondientes a la convocatoria 2015 de los incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, y se actualizan los créditos disponibles para dicha convocatoria, por lo que al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de dicha norma, se dispone la publicación de la mencionada Resolución que figura como Anexo.

ANEXO

RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DE LA AGENCIA ANDALUZA DE LA ENERGÍA POR LA QUE SE DECLARA LA APERTURA DEL PLAZO PARA PRESENTAR SOLICITUDES CORRESPONDIENTES A LA CONVOCATORIA DE 2015 DE LOS INCENTIVOS ACOGIDOS AL DECRETO-LEY 1/2014, DE 18 DE MARZO, Y SE ACTUALIZAN LOS CRÉDITOS DISPONIBLES PARA DICHA CONVOCATORIA

ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 26 de marzo de 2014 (BOJA núm. 58), fue publicado el Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, por el que se regula el Programa de Impulso a la Construcción Sostenible de Andalucía y se efectúa la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015. La referida norma fue modificada por la disposición final segunda del Decreto-ley 9/2014, de 15 de julio, por el que se aprueba el Programa Emple@30+ (BOJA núm. 140, de 21 de julio).

Segundo. La concesión de los incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, está limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del citado Decreto-ley, y en el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

El artículo 7.4 del referido Decreto-ley establecía el importe máximo de los créditos presupuestarios asignados inicialmente a la convocatoria de incentivos para 2014 y 2015 ascendente a 150 millones de euros, así como la distribución provincial del presupuesto, conforme al peso poblacional de cada una de las provincias de Andalucía, con el fin de facilitar la consecución del principio de cohesión territorial; todo ello, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional quinta.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, el plazo de presentación de solicitudes de incentivos, que comenzó el 1 de abril de 2014, permanecería abierto hasta que se declarara su conclusión cuando concurriera el supuesto previsto en el artículo 7.2, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, que sería publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Igualmente, el citado artículo 7.2 dispone que, en orden al cumplimiento de la normativa reguladora de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, en cumplimiento de la normativa reguladora de las subvenciones, podría dejar sin efecto la convocatoria de aquellos incentivos que no hubieran sido objeto de resolución de concesión conforme a la distribución provincial prevista en el apartado 4 de dicho precepto. El artículo 28.4 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2014, establece, asimismo, la facultad del órgano concedente para suspender o no realizar las convocatorias futuras.

Cuarto. Al amparo de las referidas disposiciones, y a la vista de que las reservas de fondos y solicitudes de incentivos presentadas en las distintas provincias andaluzas desde el 1 de abril de 2014, supusieron el agotamiento del crédito presupuestario previsto en el artículo 7.4 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, se dictaron las correspondientes resoluciones por las que se suspendía la convocatoria de los incentivos acogidos al referido Decreto-ley para cada una de las provincias:

Provincia Fecha de la Resolución Fecha de publicación en el BOJA
Jaén 19 de mayo de 2014 BOJA núm. 99, de 26 de mayo
Granada
Córdoba
Huelva 26 de mayo de 2014 BOJA núm. 105, de 3 de junio
Almería
Málaga 9 de junio de 2014 BOJA núm. 113, de 13 de junio
Sevilla
Cádiz 16 de junio de 2014 BOJA núm. 120, de 24 de junio

Quinto. La disposición adicional quinta del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía para adoptar las disposiciones necesarias para asegurar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a los incentivos, incluyendo la actualización de la redistribución de los créditos previstos en el artículo 7.4, y los porcentajes de incentivos previstos en los Anexos I y II del Decreto-ley. A tal efecto, dicha disposición establece que se dictará la correspondiente resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En uso de la citada facultad, procede aplicar los remanentes correspondientes a la convocatoria 2014 derivados de las reservas y solicitudes de incentivos que han quedado sin efecto en virtud de lo dispuesto en los artículos 14 a 16, y demás artículos concordantes, del referido Decreto-ley.

Asimismo, a la vista de la notable acogida que ha tenido el programa entre las empresas colaboradoras y los beneficiarios de los incentivos, la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2015, ha previsto nuevos créditos destinados a la concesión de incentivos para la construcción sostenible por parte de la Agencia Andaluza de la Energía.

En consecuencia, los fondos para la concesión de incentivos a la ciudadanía y a las empresas, dirigidos a actuaciones de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en edificios de Andalucía, ascienden actualmente a un total de 74.523.402 euros.

Por otra parte, el apartado 2 de la referida disposición adicional quinta faculta a la persona titular de la Dirección Gerencia para ampliar la fecha máxima de ejecución y justificación de 30 de junio de 2015 prevista en el artículo 5.3 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, considerando, en todo caso, las fechas máximas previstas para el cierre del Marco Comunitario de Apoyo 2007-2013.

Sexto. El objetivo de la presente resolución es lograr un mayor impacto y optimización de los créditos actualmente disponibles, extendiendo los beneficios de los incentivos a un mayor número de personas y entidades beneficiarias, así como de empresas colaboradoras. Para conseguir dicho objetivo, se requiere que las actuaciones incentivables sean de importe inferior a 18.000 euros, IVA excluido, dado que estas actuaciones, por su importe y características, se tramitan por un procedimiento muy simplificado –el previsto en el artículo 9.1 del Decreto-ley 1/2014–, y necesitan de plazos de ejecución y justificación más breves, todo lo cual permitirá el cumplimiento de las fechas máximas previstas para el cierre del Marco Comunitario de Apoyo 2007-2013.

Por todo lo anterior, procede abrir un nuevo plazo para efectuar reservas de fondos y solicitar nuevos incentivos, actualizándose para ello el importe máximo de los créditos presupuestarios disponibles, así como su distribución provincial para la citada convocatoria de incentivos conforme al peso poblacional de cada una de las provincias, ampliándose la fecha máxima de ejecución y justificación de las actuaciones incentivables; todo ello, con objeto de garantizar el aprovechamiento completo de los fondos, así como el principio de cohesión territorial.

Vistos los antecedentes, y preceptos legales indicados y demás concordantes de general aplicación, y al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional quinta del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, esta Dirección Gerencia,

RESUELVE

Primero. Declarar la apertura del plazo para la realización de reservas de fondos y la presentación de solicitudes de incentivos acogidos al Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, con arreglo a las bases reguladoras contenidas en dicha norma. Dicho plazo comenzará el 10 de febrero de 2015, a las 9:00 horas, y permanecerá abierto hasta que se declare su conclusión cuando concurra el supuesto previsto en el artículo 7.2 del citado Decreto-ley, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía, que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. Las solicitudes de incentivo que se acojan a esta convocatoria serán de importe inferior a 18.000 euros, IVA excluido, y deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5, los Anexos I y II y demás condiciones establecidas en el Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo. No se admitirán para esta convocatoria de 2015 solicitudes correspondientes a actuaciones de importe igual o superior a 18.000 euros, IVA excluido.

Tercero. Ampliar la fecha máxima de ejecución y justificación de las actuaciones incentivables prevista en el artículo 5.3 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, respecto de las actuaciones de importe inferior a 18.000 euros, IVA excluido, hasta el 30 de septiembre de 2015. No se confirmarán reservas de fondos más allá de la citada fecha máxima.

Cuarto. Los porcentajes de incentivos de las actuaciones incentivables serán los previstos en los Anexos I y II del citado Decreto-ley. Las referidas actuaciones deberán ser ejecutadas y justificadas en la forma y plazos establecidos en los artículos 5, 9, 14 y 20 del citado Decreto-ley.

Quinto. Establecer como cantidad adicional máxima al importe previsto en el artículo 7.3 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, la ascendente a 41.595.217 euros, con cargo a los créditos presupuestarios del artículo 74, subconcepto 740.26, del programa 72A «Energía e Infraestructuras y Servicios Tecnológicos» del servicio 17 (Fondos FEDER), y conforme a la siguiente distribución territorial:

Provincia Peso poblacional (*) Distribución provincial Presupuesto 2015 (euros)

Almería

8,23%

3.422.192

Cádiz

14,87%

6.184.832

Córdoba

9,59%

3.987.838

Granada

11,02%

4.581.734

Huelva

6,21%

2.583.257

Jaén

7,97%

3.316,599

Málaga

19,05%

7.924.294

Sevilla

23,07%

9.594.471

TOTAL ANDALUCÍA

100,00%

41.595.217

(*) Fuente: Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía. 2011.

Sexto. Destinar los remanentes de los fondos correspondientes a la convocatoria 2014 que se preveían en el artículo 7.3 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, ascendentes a un importe total de 32.928.185 euros, a la realización de nuevas reservas de fondos y solicitudes de incentivos, con la siguiente distribución provincial:

Provincia Remanentes de fondos (euros)
Almería 2.700.367
Cádiz 4.415.405
Córdoba 3.446.678
Granada 3.121.930
Huelva 1.881.561
Jaén 2.894.714
Málaga 6.055.706
Sevilla 8.411.824
TOTAL ANDALUCÍA 32.928.185

Séptimo. El importe total de los fondos disponibles señalados en los apartados anteriores asciende a un total de 74.523.402 euros.

Aquellos fondos que se liberen como consecuencia de las reservas de fondos y de las solicitudes de incentivos que queden sin efecto, se destinarán a la realización de nuevas reservas y la presentación de nuevas solicitudes de incentivos en la provincia donde se hayan liberado, hasta que se dicte la correspondiente resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza de la Energía por la que se declare, respecto de cada provincia, la suspensión o conclusión del plazo para la presentación de solicitudes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.1 del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo.

El importe de los fondos liberados irá variando conforme vayan quedando sin efecto las reservas de fondos que procedan, se resuelvan las solicitudes de incentivos actualmente en tramitación, y se realicen nuevas reservas de fondos a partir de la apertura del plazo señalado en el apartado 1 de la presente disposición, por lo que el importe de los fondos disponibles en cada provincia se actualizará diariamente.

El nivel de fondos disponibles, por provincias, se comunicará a través de la aplicación informática habilitada para la tramitación telemática de los incentivos acogidos a este Programa https://construccionsostenible.agenciaandaluzadelaenergia.es/ConstruccionSostenible y en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía https://www.agenciaandaluzadelaenergia.es.

Octavo. Los incentivos se financian en un 80% a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Noveno. En lo no previsto en la presente disposición serán de aplicación las condiciones y los formularios establecidos en el Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Presidente de la Agencia Andaluza de la Energía en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma. La Directora Gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, Fdo. Natalia González Hereza.

Sevilla, 6 de febrero de 2015.- La Secretaria General, Marbella Escobar Morales.

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