Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 60 de 27/03/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 19 de marzo de 2015, por la que se aprueba el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación Sierra del Oso, el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación Sierra de Cabrera-Bédar, el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación Calares de Sierra de los Filabres, el Plan de Gestión de la Zona Especial de Conservación Andévalo Occidental y el Plan de Gestión de las Zonas Especiales de Conservación Sierras de Abdalajís y La Encantada Sur y Sierras de Alcaparaín y Aguas.

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De conformidad con las competencias medioambientales que ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.d de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, y en los artículos 42.3 y 44 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, normas que incorporan al derecho interno lo establecido en la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, en materia de declaración de Zonas Especiales de Conservación, se han declarado las Zonas Especiales de Conservación Sierra del Oso (ES6110004), Sierra de Cabrera-Bédar (ES6110005), Calares de Sierra de los Filabres (ES6110013), Andévalo Occidental (ES6150010), Sierras de Abdalajís y La Encantada Sur (ES6170008) y Sierras de Alcaparaín y Aguas (ES6170009), mediante el Decreto 2/2015, de 13 de enero.

Los planes de gestión constituyen elementos centrales del régimen de protección y gestión y medidas de conservación de dichas Zonas Especiales de Conservación (en adelante ZEC), declaradas en el Decreto antes citado.

Según el artículo 6 del mencionado Decreto, los planes de gestión relativos a las ZEC contendrán una caracterización general de la ZEC, la identificación de las prioridades de conservación, un análisis de las presiones y amenazas, los objetivos, las medidas de conservación y el sistema de evaluación.

Por otro lado, la disposición final primera habilita a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para dictar las disposiciones de aprobación de los planes de gestión y cuantas otras disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el Decreto mencionado.

Los Planes de Gestión de las Zonas Especiales de Conservación Sierra del Oso (ES6110004), Sierra de Cabrera-Bédar (ES6110005), Calares de Sierra de los Filabres (ES6110013), Andévalo Occidental (ES6150010), Sierras de Abdalajís y La Encantada Sur (ES6170008) y Sierras de Alcaparaín y Aguas (ES6170009) han sido redactados conforme a los contenidos anteriormente expresados.

En cuanto al procedimiento seguido, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 45 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la presente Orden ha sido elaborada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, informada por los Consejos Provinciales de Medio Ambiente de Almería, Huelva y Málaga y el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, el Consejo Andaluz de Concertación Local, el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales, la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático y otros centros directivos en razón de su competencia, sometida a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Cumplidos los demás trámites previstos en la Ley,

DISPONGO

Primero. Aprobación.

Se aprueban los Planes de Gestión que figuran en los Anexos I, II, III, IV y V, relativos a las ZEC Sierra del Oso (ES6110004), Sierra de Cabrera-Bédar (ES6110005), Calares de Sierra de los Filabres (ES6110013), Andévalo Occidental (ES6150010), Sierras de Abdalajís y La Encantada Sur (ES6170008) y Sierras de Alcaparaín y Aguas (ES6170009), declaradas mediante Decreto 2/2015, de 13 de enero.

Segundo. Publicación.

La presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Los Anexos de la misma, Anexo I. Plan de Gestión de la ZEC Sierra del Oso (ES6110004), Anexo II. Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Cabrera-Bédar (ES6110005), Anexo III. Plan de Gestión de la ZEC Sierra de los Filabres (ES6110013), Anexo IV. Plan de Gestión de la ZEC Andévalo Occidental (ES6150010) y Anexo V. Plan de Gestión de las Zonas Especiales de Conservación Sierras de Abdalajís y la Encantada Sur (ES6170008) y Sierras de Alcaparaín y Aguas (ES6170009), estarán disponibles en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/planesaprobados.

Tercero. Efectos.

La presente Orden tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de marzo de 2015

MARÍA JESÚS SERRANO JIMÉNEZ
Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
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