Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 25/05/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 20 de mayo de 2015, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se convocan puestos de trabajo para la coordinación de medios aéreos correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio presupuestario 2015.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el artículo 70.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y el artículo 21.2 de los estatutos de la Agencia, aprobados por Decreto 104/2011, de 19 de abril, se ordena la publicación de tres puestos de trabajo para la coordinación de medios aéreos correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio presupuestario 2015 en los términos que se establecen en la presente Resolución.

Por su parte el artículo 12.3 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que, durante el año 2015, la contratación de personal con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Habiéndose obtenido la preceptiva autorización el 25 de marzo de 2015 por la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Convocar el proceso selectivo para la contratación con carácter indefinido, fijo discontinuo, de tres puestos de Técnicos/as de Coordinación de Medios Aéreos para la campaña de prevención y extinción de incendios forestales de Andalucía.

Características del puesto:

1. Funciones.

De extinción de incendios:

- Coordinar las aeronaves actuantes en los incendios forestales.

- Apoyo técnico en las funciones del COR.

- Realizar vuelos de vigilancia y reconocimiento del territorio forestal.

- Informar a la Dirección Técnica de Extinción sobre cualquier novedad y evolución del incendio.

- Elaborar los informes y estadísticas de las operaciones aéreas requeridos por el COR.

- Cualesquiera otras funciones relacionadas con la defensa contra incendios forestales o vinculadas con su puesto de trabajo que les sean encomendadas por la Dirección del COR dentro de su ámbito competencial o por la Subdirección de Incendios Forestales y Emergencias dentro de su ámbito funcional.

Otras funciones relacionadas con las tareas de extinción:

- Organización de simulacros de dirección de extinción en grandes incendios.

- Control y mantenimiento de la base de datos JAMAIF.

- Control y mantenimiento de la base de datos de puntos de agua para medios aéreos.

- Cualquier otra que le sea asignada por la Subdirección de Incendios Forestales y Emergencias dentro de su ámbito competencial.

2. Régimen de contratación.

El/la candidato/a para ocupar el puesto que se convoca, estará sometido a la relación laboral de fijo discontinuo, con un periodo mínimo de contratación de 6 meses, con el periodo de prueba de un máximo de seis meses contemplado para el personal Técnico titulado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Categoría: Técnico Base.

Retribución Fija bruta: 28.927,00 €/anuales.

Retribución Variable: hasta el 12% de la retribución bruta, sin perjuicio de la aplicación sobre dicho porcentaje de medidas de ajuste presupuestario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61. del Estatuto Básico del Empleado Público, los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, incluyendo, en su caso, las pruebas practicas que sean precisas.

Segundo. El proceso de selección, con indicación de los puestos que se ofertan distribuidos por provincias, plazos de presentación de solicitudes, baremos de puntuación, pruebas a superar, tribunal de selección y demás aspectos correspondientes al sistema selectivo, se desarrollará con arreglo a las bases que se incorporan a esta resolución como anexo.

Tercero. No se reservan plazas para personas con discapacidad, al ser incompatible con el perfil competencial del puesto y las funciones del mismo.

Cuarto. Esta resolución se publicará en BOJA y en la página web de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Sevilla, 20 de mayo de 2015.- El Director Gerente, Juan Jesús Carandell Mifsut.

ANEXO

BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN DE LA AGENCIA DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA DE ANDALUCÍA, PARA LA COBERTURA DE TRES VACANTES DE TÉCNICOS DE COORDINACIÓN DE MEDIOS AÉREOS PARA DISPOSITIVO INFOCA 2015

1. Objeto del proceso.

El presente proceso de selección surge de la necesidad de la Agencia de Medioambiente y Agua de Andalucía (de aquí en adelante Agencia) de cubrir para su dispositivo de extinción de incendios forestales, tres puestos vacantes de Técnico para la Coordinación de Medios Aéreos, presupuestariamente dotados, que no han podido ser cubiertos por los efectivos de personal existente.

El sistema de selección respetará los principios de publicidad de la convocatoria y sus bases, además de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Así mismo se garantizará la transparencia del proceso y la adecuación entre el contenido de proceso selectivo y las funciones o tareas a desarrollar.

2. Datos de la convocatoria.


Denominación
del puesto

Núm. puestos
convocados
Titulación mínima requerida Sistema selectivo
Técnico de Coordinación de Medios Aéreos 3
Ingeniería Técnica
o similar
Concurso- Oposición

La distribución por provincias de los puestos convocados es la siguiente:

- 2 puestos para el Aeropuerto de Granada y

- 1 puesto para el Aeropuerto de Sevilla,

Todos con dependencia funcional del Centro Operativo Regional de Sevilla.

De los resultados de la presente convocatoria podrá dar lugar a la creación de una bolsa de temporales, sólo para aquellos/as solicitantes que habiendo superado las pruebas del proceso selectivo, en la solicitud hayan indicado expresamente su disponibilidad a ser incluidos/as en una bolsa de trabajo para cubrir posibles interinidades temporales. Dicha bolsa tendrá vigencia hasta el agotamiento del listado o hasta la publicación de nueva oferta de empleo.

La convocatoria será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía; también se encontrará a disposición de las personas interesadas en el apartado «trabaja con nosotros» de la página web de la Agencia, www.agenciamendioambienteyagua.es que será el lugar de referencia y de información para las sucesivas comunicaciones en relación al proceso selectivo.

3. Requisitos.

Para participar en el proceso selectivo, los/las aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los 18 años.

b) Ser español o nacional de uno de los Estados Miembros de la Unión Europea, ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores/as conforme al tratado de la Comunidad Europea, o concesión de la residencia legal en España para extranjeros; debiendo en estos casos acreditar su nacionalidad y el cumplimiento de los requisitos establecidos para los aspirantes.

c) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o parcial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, ni en su caso, para la correspondiente profesión.

d) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) Estar en posesión de la titulación requerida en la presente convocatoria. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por cualquier otro Órgano de la Administración competente para ello.

f) Estar en posesión del carné de conducir clase B.

Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

4. Presentación de solicitudes de admisión y documentación.

La solicitud de admisión para participar en el proceso de selección y la plantilla de Autobaremo debe presentarse conforme al modelo que se adjunta en el anexo I. Las solicitudes se encuentran para ser descargadas en el apartado «trabaja con nosotros» de la página web http://www.agenciamedioambienteyagua.es/ y/o para ser retiradas en formato papel, en las oficinas provinciales y en los servicios centrales de la Agencia, cuyas direcciones se detallan en el anexo II.

En dichos centros de recepción se dará registro de entrada a la documentación; las personas solicitantes que deseen justificación de la presentación de la documentación en el plazo establecido, deberán en el momento de la entrega, aportar copia de la misma para sellar con la fecha de entrada.

El plazo para presentar la documentación será desde el día 15 de octubre al 30 de octubre de 2015, ambos incluidos, en horario de 8,30 a 14,00 horas de lunes a viernes, excepto festivos.

La solicitud de admisión deberá ir acompañada obligatoriamente de la siguiente documentación:

a) Fotocopia legible del DNI. En caso de extranjeros/as, fotocopia del Pasaporte y Permiso de Trabajo y de Residencia. El DNI original será solicitado el día de la realización de las pruebas excluyentes y su presentación será imprescindible para el acceso a la realización de las mismas; la no presentación implicará la exclusión del proceso selectivo.

b) Plantilla de solicitud de admisión y el autobaremo, ambas cumplimentadas y firmada. El/la candidato/a habrá de especificar en su solicitud a cuál de las dos provincias opta y su disponibilidad para ser incluido/a en la bolsa de temporales.

c) Fotocopia legible de los títulos universitarios oficiales (máximo nivel de formación obtenido) para el acceso al puesto que opta.

d) Fotocopia legible del permiso de conducir de la clase B.

e) Declaración responsable referida al apartado 3C, conforme al modelo del Anexo III.

f) Autorización para el tratamiento de sus datos personales, conforme al modelo del Anexo IV.

g) Autorización para someterse a las pruebas que se determinen en este proceso selectivo, conforme al modelo del Anexo V.

Respecto a la acreditación de los cursos de formación y perfeccionamiento:

h) Fotocopia legible de los títulos y certificados que puntúan en el Autobaremo. Esta documentación será imprescindible para acreditar la puntuación de los méritos correspondientes.

Respecto a la acreditación de la experiencia laboral se deberá realizar presentando:

i) Fotocopia legible de los contratos de trabajo, donde se detallen los puestos desempeñados por el/la solicitante y el tiempo de duración de los mismos, junto con la vida laboral.

j) En el caso de puestos desempeñados en la Administración Pública, certificados de servicios prestados en dicha Administración.

La titulación universitaria se considerará sólo a efectos de requisito de participación en la convocatoria, no siendo valorable en el apartado de méritos, ni en el caso de concurrir varias titulaciones en un/una mismo/a aspirante.

Las titulaciones extranjeras que pudieran presentar los/las candidatos/as, sólo contarán si están homologadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de España.

Si se aporta algún documento en idioma distinto del castellano, tendrá que estar traducido por intérprete oficial.

5. Listado de admitidos.

Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, se publicará en la página web de la Agencia la lista provisional de admitidos y excluidos, con la indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos.

Los/as candidatos/as dispondrán de un plazo de 7 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del listado provisional, para presentar alegaciones mediante correo electrónico a la dirección gestionrrhh@agenciamedioambienteyagua.es.

Una vez transcurrido el plazo se publicará el listado definitivo de los admitidos al proceso de selección y su publicación se realizará teniendo en cuenta las alegaciones realizadas por los/las interesados. La publicación del listado definitivo servirá de resolución a las alegaciones realizadas.

En el caso de que no se presente reclamación alguna, la lista provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as quedará elevada a definitiva.

6. Comité de Valoración.

Se constituirá un Comité de Valoración, cuya función será la realización del proceso de selección en todas sus fases. Su composición atenderá a los principios de imparcialidad y profesionalidad de los miembros y a la adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a realizar. El Comité de Valoración tenderá en su composición a la paridad entre hombres y mujeres.

Presidente: Secretario General de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Secretario/a: Un trabajador/a de la Agencia, cuyas funciones serán de asesoramiento legal al Comité.

4 Vocales: Subdirector de Recursos Humanos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Jefa de la Línea de Empleo y Desarrollo de la Agencia de Medio Ambiente y Agua.

Subdirectora de Incendios Forestales y otras Emergencias Ambientales.

Jefe de Línea de Operaciones de la Subdirección de Incendios Forestales y otras Emergencias Ambientales.

El Comité podrá contar con la colaboración de asesores expertos en la materia, a los efectos de realización y valoración de pruebas que se planteen en el proceso. Dichas personas se limitarán al ejercicio de sus respectivas especialidades técnicas, en base a las cuales colaborarán con el Comité.

Al proceso de selección podrán asistir, con voz pero sin voto, los/las representantes de los/las trabajadores/as de la Agencia, si lo consideran oportuno.

El Comité queda facultado para interpretar estas bases, resolver dudas e incidencias que se planteen y para tomar las decisiones necesarias para asegurar el correcto desarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes bases.

7. Desarrollo del proceso de selección.

El proceso selectivo constará de dos fases, la primera de valoración de méritos y la segunda, en la que se deberán superar pruebas de conocimiento teóricas y prácticas, adecuadas al desempeño de las funciones de los puestos de trabajo convocados.

Valoración de méritos: máximo 40 puntos, distribuidos según:

- Valoración de cursos de formación y perfeccionamiento en la actividad propia, máximo 15 puntos.

- Valoración de experiencia acumulada en las tareas propias: máximo 25 puntos.

- Se precisa una puntuación mínima de 12,5 para ser convocado a la realización de las pruebas.

Valoración de pruebas de conocimiento: máximo 60 puntos, distribuidos según:

- Valoración de la prueba teórica, máximo 20 puntos.

- Valoración de la prueba práctica: máximo 40 puntos.

- Se precisa una puntuación mínima de 10 y 20 puntos respectivamente en las pruebas de conocimiento para sumar las puntuaciones obtenidas a la puntación de la valoración de los méritos.

7.1. Valoración de méritos.

El Autobaremo.

El/la solicitante deberá cumplimentar la Plantilla disponible de Autobaremo, en base a sus méritos acreditados. Ésta será entregada junto con la solicitud de participación siguiendo las indicaciones de las presentes Bases. La relación de méritos alegados en el Autobaremo puntuará en la fase de concurso, debiendo adjuntar obligatoriamente los certificados y justificantes acreditativos de los mismos y contratos de trabajo para su valoración. No se calificarán los méritos alegados con posterioridad a la presentación de la solicitud fuera de plazo, ni aquellos que no estén debidamente documentados.

El contenido de todos los datos cumplimentados en el Autobaremo es realizado bajo declaración responsable del/la candidato/a, por lo que la falsedad de los mismos dará lugar a la exclusión automática del proceso selectivo sin perjuicios de las posibles acciones que dicho acto derive.

Valoración de Méritos.

La valoración de los méritos por parte del Comité de valoración, se realizará en la fase de concurso de méritos. Consistirá en valorar determinados méritos de formación y niveles de experiencia, adecuados y pertinentes con la actividad y conforme al baremo que se expone a continuación:

7.1.1. Valoración de cursos de formación y perfeccionamiento.

La asistencia y aprovechamiento de cursos de formación o perfeccionamiento relacionados con el puesto solicitado se valorará hasta un máximo de 15 puntos.

Sólo se valorarán aquellas jornadas y cursos impartidos por Instituciones Públicas, las homologadas oficialmente para la impartición de cursos y los impartidos por los sindicatos en programas de formación continua, debiendo estar finalizados de forma previa a la fecha de la oferta de empleo, y a juicio del Comité de valoración, relacionados directamente con los conocimientos necesarios para el desempeño de puesto ofertado.

Tabla de valoración de la formación específica en materia de especialización en incendios forestales:

Formación en Incendios horas puntos
Jornadas formativas Entre 1 y 19 0,1
cursos Entre 20 y 49 0,5
cursos Entre 50 - 149 1
Cursos / Expertos Entre 150 - 299 2
Expertos/ Máster o Cursos superiores a >=300 4

Tabla de valoración de la formación específica en coordinación de medios aéreos impartida, certificada u homologada por el organismo competente en materia de incendios forestales.

Formación en coord. de medios aéreos horas puntos
Jornadas formativas Entre 1 y 19 0,2
cursos Entre 20 y 49 1
cursos Entre 50 - 149 2
Cursos / Expertos Entre 150 - 299 4
Expertos/ Máster o Cursos superiores a >=300 8

Para asignar al baremo los puntos de la formación realizada deberá aparecer reflejado con claridad el número de horas en el documento justificativo; de no estar concretadas las horas y en su lugar, aparecer las fechas de realización de la formación, se establecerá la equivalencia de 4 horas /día.

Las becas de formación se consideran un proceso formativo a nivel de experto y por tanto se les asignará el valor correspondiente según las materias establecidas en las tablas de valoración.

7.1.2. Valoración del trabajo desarrollado.

Sólo se valorará la experiencia acumulada como Técnico en tareas de coordinación de medios aéreos en la extinción de incendios forestales dentro del sector público, relacionada con las funciones propias del puesto al que opta, hasta un máximo de 25 puntos y con arreglo al siguiente baremo:

Se valorará con 0,5 puntos por mes trabajado como técnico en campañas de extinción de incendios forestales en la Administración Pública o entes instrumentales de las Administraciones Públicas, teniendo como función principal la coordinación efectiva de las aeronaves actuantes en la extinción de incendios forestales. No se valorarán los periodos inferiores a 30 días, aunque sí podrán acumularse a los días trabajados en otras campañas hasta completar 30 días de trabajo.

Se valorará con 0,3 puntos por mes trabajado como técnico en campañas de extinción de incendios forestales en la Administración Pública o entes instrumentales de las Administraciones Públicas, cuya función principal esté relacionada con la observación de incendios forestales, su seguimiento y evolución, la transmisión de información y fotografías... teniendo la coordinación efectiva de medios aéreos como función no prioritaria. No se valorarán los periodos inferiores a 30 días, aunque sí podrán acumularse a los días trabajados en otras campañas hasta completar 30 días de trabajo.

Aquellos/as solicitantes que en la relación de méritos hubieran incurrido en falsedad fehaciente serán excluidos del proceso selectivo.

Para poder optar a un puesto en el concurso se precisa una puntuación mínima de 12, 5 puntos en la valoración de méritos conforme se ha indicado en el baremo. Es decir, los puntos obtenidos en la fase de concurso de méritos sólo se sumarán a la puntuación total siempre que se obtenga el mínimo indicado.

La valoración de méritos no podrá tenerse en cuenta para superar la fase de pruebas de conocimiento. Los/las solicitantes deberán superar en ambas fases las puntuaciones mínimas determinadas en el baremo.

7.2. Realización de pruebas de conocimiento teórico y práctico.

La fase de oposición consistirá en la superación de pruebas que tienen como cometido que el/la aspirante demuestre los conocimientos tanto teóricos como prácticos que posee en relación con el desempeño del puesto ofertado a concurso.

Los/las candidatos deberán presentarse en el lugar que se le indique oportunamente mediante la página web corporativa de la Agencia, aportando el Documento Nacional de Identidad y una copia de la solicitud para la realización de las siguientes pruebas:

7.2.1. Una prueba teórica que constará de un examen tipo test (con una valoración máxima de 20 puntos y una puntuación mínima de 10 puntos para considerarse superada y poder concurrir a las siguientes pruebas).

La prueba sobre conocimientos teóricos versará sobre los contenidos que se relacionan en el anexo VI (temario).

7.2.2. Una prueba práctica, que consistirá en un ejercicio de coordinación de medios aéreos a desarrollar en entorno de simulación (con una valoración máxima de 40 puntos y una puntuación mínima de 20 para considerarse superada).

La puntuación máxima a obtener en la realización de las pruebas de conocimiento es de 60; es necesario alcanzar un mínimo de 10 puntos en la prueba teórica y 20 en la prueba práctica, para considerar superada la fase de oposición; sólo en este caso será posible sumar los puntos obtenidos en la fase de concurso de méritos para obtener el orden de puntuación final.

Las aspirantes que no pudieran completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá de ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá a lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7.3. Pruebas psicotécnicas y reconocimientos médicos.

De conformidad con el artículo 61.5 del EBEP, para asegurar la objetividad y la racionalidad de los procesos selectivos, las pruebas podrán completarse con la exposición curricular por los candidatos, con pruebas psicotécnicas o con la realización de entrevistas. Igualmente podrán exigirse reconocimientos médicos.

7.3.1. Pruebas psicotécnicas: estas pruebas se llevarán a cabo por profesional cualificado, atendiendo a la determinación de la aptitud respecto al perfil competencial que se especifica en el Anexo VII. Dichas pruebas, en caso de no superarse tendrán carácter eliminatorio y excluyente.

A la realización de las pruebas psicotécnicas se deberá acudir presentando el carné de identidad original y lentes correctoras si el/la solicitante las requiere habitualmente para leer. No se permitirá el acceso a la prueba si la persona no se acredita con la documentación indicada.

La calificación de las pruebas psicotécnicas es en términos de “apto” o “no apto”. El/la solicitante que obtenga la calificación de “no apto” quedará automáticamente excluido/a del proceso selectivo.

7.3.2. Reconocimientos médicos: se realizará un reconocimiento médico practicado por la entidad que designe el Comité de Valoración con las pruebas clínicas pertinentes al objeto de determinar que cada aspirante está exento/a de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier discapacidad física o psíquica que pueda constituir una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base, los criterios que se indican en el Anexo VIII.

La no superación de alguno de los requisitos excluyentes anulará toda opción a obtener uno de los puestos de la convocatoria y por tanto, orden de puntuación en el concurso de méritos, resultando una valoración de ausencia de requisitos mínimos.

El comité de Valoración, antes de dar por concluido el proceso selectivo y previo a la confección del listado por orden de mayor a menor puntuación, discrecionalmente podrá citar a los/las aspirantes que ocupen los primeros puestos de orden a una entrevista para la defensa curricular y contraste del autobaremo.

8. Publicación de los resultados finales del proceso.

Concluido el proceso de selección, se confeccionará un listado por orden de mayor a menor puntuación que será publicado en la web corporativa de la Agencia. Los/las candidatos/as dispondrán del plazo indicado en la publicación, para presentar alegaciones mediante correo electrónico a la dirección gestionrrhh@agenciamedioambienteyagua.es.

Una vez transcurrido el plazo, se publicará el listado definitivo del proceso y su publicación se realizará teniendo en cuenta las alegaciones realizadas por los/las interesados/as. La publicación del listado definitivo servirá de resolución a las alegaciones realizadas.

En caso de que dos candidatos/as tengan la misma puntuación en el listado, la oferta se realizará primero a el/la que haya acreditado en la fase de Baremación de méritos más experiencia en coordinación de medios aéreos.

De persistir el empate, la oferta se realizará en primer lugar a quien acredite mayor puntuación en formación en coordinación de medios aéreos. En caso de persistir el empate se resolverá por sorteo en presencia de los Representantes Sindicales.

9. Contratación de las personas seleccionadas.

La Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía procederá, siguiendo el orden establecido en el listado definitivo, al ofrecimiento de la contratación de la cobertura vacante, atendiendo a la preferencia indicada en la solicitud.

La incorporación de la persona seleccionada se realizará atendiendo a las necesidades organizativas del dispositivo INFOCA de prevención y extinción de incendios forestales.

El resto de personas que aparecen en el listado y que hayan expresado su disponibilidad a ser incluidos en la bolsa de trabajo tendrán opción a futuras contrataciones de carácter temporal. Su vigencia se extenderá, según se determine, hasta el agotamiento del listado o hasta la realización de otro Proceso de Selección. De realizarse la contratación temporal, los/as candidatos/as del listado tendrán que superar el periodo de prueba establecido en el convenio colectivo de la Agencia.

10. Renuncia al puesto.

Aquellos/as candidatos/as que avisados en tiempo y forma para su incorporación a un puesto de trabajo en fecha determinada, no acudieran a cubrirlo, perderán todo derecho adquirido en este Proceso de Selección, salvo que acreditaren que por razones de salud no pudieran realizarlo.

11. Protección de datos personales.

Los datos personales de los/as candidatos/as del proceso de selección recabados por la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía mediante los formularios y modelos que se dispensan al efecto, serán tratados de conformidad con lo establecido en la normativa vigente relativa a Protección de Datos de Carácter Personal.

Los listados de los/as candidatos/as participantes en el Proceso de Selección serán publicados en su página web y podrán incluir los datos personales: Nombre, Apellidos y DNI. La participación en el presente proceso supone la aceptación y consentimiento a la citada publicación, mediante la autorización que consta como Anexo IV.

Los datos facilitados por los/as candidatos/as facultan a la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía a utilizar los mismos para los fines propios del Proceso de Selección, entre los que se encuentra la realización de llamadas telefónicas y el envío de mensajes SMS dirigidos a los teléfonos móviles aportados por los/las candidatos/as del proceso.

12. Consideración Final.

La presentación de el/la candidato/a al presente proceso, conlleva el conocimiento y aceptación de la Resolución, las Bases y toda la documentación (Solicitud y Autobaremo) aportada a la presente Convocatoria.

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