Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 05/07/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Vivienda

Extracto de la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se convocan para el ejercicio 2016 ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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BDNS (Identif.): 310965.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se efectúa convocatoria para la concesión de ayudas al alquiler, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden de 29 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, correspondientes a las mensualidades del año 2016 (BOJA núm. 126, de 4 de julio de 2016).

Las subvenciones concedidas mediante la presente Orden tendrán una cuantía máxima total de 16.300.000 euros, afectando a las aplicaciones presupuestarias que se reflejan a continuación:

ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros)
2016
1500180000 G/43A/48300/00 S0096
1500180000 G/43A/48304/00 S0096
15.000.000
2016 1500030000 G/43A/48304/00 01 1.300.000
TOTAL 16.300.000

Segundo. Beneficiarios.

Persona física titular de un contrato de arrendamiento de vivienda, vigente en el momento de la solicitud, destinada a residencia habitual y permanente, y ubicada en Andalucía, o bien, la persona que tenga atribuido ese derecho, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

Tercero. Objeto.

Conceder ayudas para facilitar el pago del alquiler de su vivienda habitual y permanente a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 29 de junio de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el alquiler de viviendas a personas en situación de vulnerabilidad o con ingresos limitados en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Importe.

El importe es del 40 por ciento de la renta mensual que deban satisfacer las personas beneficiarias por el alquiler de su vivienda habitual y permanente durante el periodo subvencionable, con un límite máximo de 200 euros mensuales por vivienda, por un periodo máximo de doce meses, para lo que se dispone de un crédito total de 15.000.000 de euros en las partidas presupuestarias reflejadas en el cuadro del apartado primero.

La ayudas se pueden complementar hasta alcanzar un 80% de la renta de alquiler, cuando se trate de personas en situación de especial vulnerabilidad por encontrarse en riesgo de exclusión social. Su abono se realizará con los créditos de la partida reflejada en la fila 2 del cuadro del apartado primero y hasta un máximo de 1.300.000 euros.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al día en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria.

Sevilla, 1 de julio de 2016

FELIPE LÓPEZ GARCÍA
Consejero de Fomento y Vivienda
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