Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 178 de 15/09/2016

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 9 de septiembre de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), y se aprueba el programa específico de materias que ha de regir las pruebas selectivas.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00098124.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 502/2015, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2015, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de 9 enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en el Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud, esta Secretaría General para la Administración Pública, en ejercicio de las competencias delegadas por Orden de 26 de noviembre de 2012, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales; el Decreto 255/1987, de 28 de octubre, de atribución de competencias en materia de personal y el Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020), de conformidad con las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 5 plazas en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020). El sistema selectivo será por oposición libre, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud.

2. A las pruebas selectivas le resultará de aplicación la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía; el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública; el Decreto 257/2005, de 29 de noviembre, de asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud; el Decreto 502/2015, de 9 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2015 y las bases de la presente convocatoria.

3. De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar y en el Instituto Andaluz de Administración Pública así como en su página web (www.juntadeandalucia.es/ institutodeadministracionpublica).

4. El programa que ha de regir las presentes pruebas selectivas está compuesto por el temario común para el Cuerpo Superior Facultativo aprobado por Resolución de la Secretaría General de Administración Pública de 2 de septiembre de 2016 y por el temario específico que se aprueba en esta Resolución y que aparecen, ambos, en el Anexo II de la misma.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

Para ser admitidas en las pruebas selectivas bastará con que las personas solicitantes:

1. Declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:

a) Poseer la nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Decreto 299/2002, de 10 de diciembre, que regula el acceso al empleo público de la Administración de la Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Derecho o titulación de Grado equivalente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionarios, y no poseer la condición de funcionario de carrera del Cuerpo y Opción convocado.

Todos estos requisitos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 6 de la base séptima, deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

2. Haber abonado la correspondiente tasa tal como se establece en la base tercera de esta convocatoria.

Tercera. Solicitudes, tasas y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, que se ajustará al modelo oficial publicado como Anexo IV de la presente Resolución.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.

3. Las personas aspirantes identificarán esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía (A1.2020).

4. Las personas aspirantes con discapacidad podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «observaciones» de su solicitud.

5. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, las personas aspirantes deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 42,67 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. En virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, quedarán exentas del pago de la tasa aquellas personas solicitantes que acrediten su condición de discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada de la documentación acreditativa de su condición de persona con discapacidad emitida por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas, que entregarán junto con su solicitud.

6. La presentación de las solicitudes puede seguir dos procedimientos distintos:

6.1. Presentación telemática.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, conforme al procedimiento que se señala en la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.1.1. La presentación electrónica se realizará ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se podrá acceder desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica. En la citada página figurarán recogidas las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la tramitación, así como el procedimiento para la presentación de la solicitud.

6.1.2. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, todas aquellas personas que tramiten el pago de su tasa telemáticamente (telepago) obtendrán una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.

6.1.3. La solicitud presentada ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma por las actuaciones o trámites previstos en las presentes bases, por la misma u otra vía distinta.

6.1.4. Las personas afectadas por un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, habiendo optado por la presentación telemática de su solicitud, deseen quedar exentas del pago de la tasa por esta misma causa, deberán dirigir al Instituto Andaluz de Administración Pública, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el certificado que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano y la Administración competentes junto con la fotocopia compulsada del justificante de la recepción de su solicitud de participación en el proceso selectivo que genera el sistema tras la presentación telemática.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la fase de admisión de solicitudes, mediante consulta telemática, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

6.2. Presentación manual.

6.2.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial publicado como Anexo IV de la presente Resolución, el cual podrá ser fotocopiado por las personas aspirantes.

En la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) podrá cumplimentarse la solicitud para su posterior impresión y presentación.

6.2.2. La tasa indicada en el punto 5 de esta base deberá liquidarse utilizando el impreso oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de diciembre de 2001, que podrá obtenerse en los mismos lugares que el modelo de solicitud, y abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía.

El modelo 046 específico para el pago de esta tasa contiene los siguientes datos: En el espacio destinado a la Consejería competente: «Consejería de Hacienda y Administración Pública»; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: «Instituto Andaluz de Administración Pública»; en los recuadros reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: el número «IA 00 00»; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso): el código «0005»; y en la descripción de la liquidación (casilla 36 del modelo): «por inscripción en las convocatorias para selección de personal al servicio de la Junta de Andalucía». De no recogerse alguno de los datos aludidos deberá ser cumplimentado por la persona solicitante. Se podrá acceder a dicho impreso oficial a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/ institutodeadministracionpublica), en el enlace «Pago de Tasas».

La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando a la solicitud el «Ejemplar para la Administración» del referido impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión de la persona solicitante.

Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo IV, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso).

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

6.2.3. Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo de alguna persona aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

6.2.4. Cada solicitud presentada de forma manual debe ir acompañada por:

- El «Ejemplar para la Administración» del modelo 046 de autoliquidación de la tasa, o

- El Certificado Oficial que acredite la discapacidad alegada, en el supuesto previsto en el punto 4 de esta base.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda al órgano competente de la Junta de Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública, en la fase de admisión de solicitudes, mediante consulta telemática, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

6.2.5. Las solicitudes se presentarán en los Registros Generales del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las diferentes provincias, de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos, antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.

6.3. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el período de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas será necesario que la persona interesada pruebe documentalmente la presentación de su solicitud:

- Para la presentación manual: Con el original o fotocopia compulsada de la copia de la solicitud presentada en la que conste la fecha y el lugar de presentación de la misma.

- Para la presentación telemática: Con el justificante de la recepción que genera el sistema tras la presentación.

7. Quienes deseen formar parte de la bolsa de selección de personal interino prevista en el artículo 28 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, debiendo indicar la provincia o provincias en las que, en su caso, quieran prestar servicio como personal interino.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos en el apartado 3 de la base primera.

2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Quienes dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el proceso selectivo.

3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en los lugares establecidos en el apartado 3 de la base primera. Asimismo, en dicha Resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas sobre la exclusión u omisión en las listas provisionales, y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.

4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinta. Comisión de Selección.

1. A la Comisión de Selección le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.

2. Su composición se contiene en el Anexo I que acompaña a la presente Resolución, pudiendo proponer a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, que colaborarán exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

3. La pertenencia a la Comisión de Selección lo será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Los miembros de la Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso, podrá recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

La persona titular de la Presidencia deberá exigir a los miembros de la Comisión de Selección declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho articulo.

El plazo para solicitar la renuncia o manifestar la absten­ción será de diez días naturales a partir de la publicación en el BOJA de la presente convocatoria o desde que se manifieste la correspondiente causa.

4. Las personas que formen parte de la Comisión de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización de las pruebas selectivas.

5. Por Resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública se podrá nombrar personal funcionario u otro personal especializado, que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que le atribuya la Comisión de Selección. Este personal estará adscrito a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta le curse al efecto.

6. Para la válida constitución de la Comisión de Selección, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

7. La Comisión de Selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.

8. La Comisión de Selección adoptará las medidas pertinentes para que las personas aspirantes con discapacidad, que así lo indiquen en las solicitudes, gocen de similares condiciones que el resto de las personas participantes para la realización de estos ejercicios.

9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión de Selección tendrá su sede en la de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud de la Junta de Andalucía, sito en Avda. de la Constitución, 18, 41001, Sevilla.

10. La Comisión de Selección podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes para que acrediten su personalidad.

11. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Instituto Andaluz de Administración Pública que cualquier persona aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, previa audiencia de la persona interesada, resolverá de forma motivada lo que proceda

En el supuesto de que llegara a conocimiento de la Comisión de Selección la circunstancia indicada en el párrafo anterior, lo pondrá en conocimiento de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, a los efectos indicados.

12. En ningún caso, la Comisión de Selección podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de personas aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobación que contravenga esta base será nula de pleno derecho, salvo lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

13. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, la Comisión de Selección del presente proceso selectivo queda clasificada en la categoría E. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública se establecerá el número máximo de sesiones presenciales que, en función del número de personas opositoras, se asigna a la Comisión de Selección para todas las pruebas selectivas.

Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

1. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un solo llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan.

2. La publicación de los sucesivos anuncios del comienzo del segundo y restantes ejercicios se efectuará por la Comisión de Selección en los mismos lugares establecidos en el apartado 3 de la base primera, al menos, con veinticuatro horas de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Las sucesivas sesiones correspondientes a un mismo ejercicio serán convocadas por la Comisión de Selección al término de la sesión anterior y se publicarán en el lugar de celebración de éste, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de aquéllas.

3. La oposición constará de los ejercicios que se indican a continuación, los cuales tendrán carácter eliminatorio, siendo calificados de 0 a 10 puntos. Será preciso para superar cada ejercicio obtener un mínimo de 5 puntos, siendo la calificación final de cada aspirante la suma de las puntuaciones obtenidas en los citados ejercicios. Los ejercicios son los siguientes:

Primer ejercicio:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas tipo test sobre las materias comprendidas en el temario, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las respuestas erróneas restarán un cuarto del valor de una respuesta acertada.

La Comisión de Selección, teniendo en cuenta todas las circunstancias y para un mejor cumplimiento de su cometido, queda facultada para determinar, con anterioridad a la identificación de las personas participantes, el número mínimo de respuestas acertadas exigido para obtener los 5 puntos.

Tras la realización de este ejercicio, la Comisión de Selección hará pública en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contado desde el siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la Comisión de Selección se hará pública con la lista de personas aprobadas de este ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación. Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la impugnación de la lista de personas aprobadas.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de un tema general relacionado con las materias que integran el programa, y a elegir de entre tres propuestos por la Comisión de Selección. El ejercicio será leído ante la misma en sesión pública, pudiendo ésta dirigirse a la persona aspirante al final del mismo para aclarar cuestiones relacionadas con la exposición, valorándose los conocimientos, ortografía, la claridad, el orden de ideas y la calidad de expresión escrita.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la exposición oral de tres temas extraídos al azar de entre el programa de materias, durante un tiempo máximo de sesenta minutos en sesión pública. A estos efectos se extraerán tres temas del grupo específico de materias del programa de la oposición. La persona aspirante dispondrá de veinte minutos para preparar la exposición, pudiendo la Comisión de Selección dirigirse a la persona aspirante al final del ejercicio para aclarar cuestiones relacionadas con su exposición.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en la realización de un ejercicio práctico adecuado a las funciones propias del Cuerpo y opción a que se aspira, y relacionado con el programa de materias aprobado.

Los ejercicios primero y cuarto serán corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

4. La calificación final de las pruebas no podrá ser superior a 40 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en cada ejercicio de la oposición.

5. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios por orden inverso al de su celebración y, en caso de persistir, se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo III, comenzándose por la letra P de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27 de enero de 2016 (BOJA núm. 21, de 2 de febrero), por la que se publica el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de aspirantes que participen en las pruebas selectivas que se convoquen a lo largo de 2016.

6. La oposición se celebrará en Sevilla. El primer ejercicio de la oposición no comenzará antes del 10 de enero de 2017, determinándose el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio en la Resolución que se menciona en el apartado 3 de la base cuarta.

7. El segundo ejercicio y los sucesivos tendrán lugar no antes de los cinco días hábiles, ni después de los cuarenta y cinco días hábiles siguientes al de terminación del ejercicio anterior.

8. El orden de intervención de las personas opositoras, en aquellos ejercicios que así lo requieran, se iniciará alfabéticamente por la primera de estas cuyo primer apellido comience por la letra P de conformidad con lo establecido en la Resolución de 27 de enero de 2016.

9. En las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo soliciten, de acuerdo con el apartado 5 de la base tercera, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización.

En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de parto, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de aspirantes, a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la Comisión de Selección, debiendo realizarse las pruebas en todo caso antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Séptima. Relación de personas seleccionadas, presentación de documentación y solicitud de destinos.

1. Finalizados los ejercicios de la oposición, la Comisión de Selección hará pública en los lugares mencionados en el apartado 3 de la base primera la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación, en la que constará el nombre, el DNI y las calificaciones de cada uno de los ejercicios.

Dicha relación será elevada a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, con propuesta de nombramiento de personal funcionario de carrera.

En el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría General para la Administración Pública, de conformidad con los arts. 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, resolverá, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas. En esta figurará al menos, el mismo número de plazas que personas aspirantes hayan sido seleccionadas. La oferta se anunciará en el BOJA. Las personas aspirantes seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar la petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, en el Registro de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las personas con discapacidad, cualquiera que sea su grado, podrán instar en la propia solicitud de destino la adaptación del puesto de trabajo solicitado que necesariamente requiera.

3. Las peticiones de destino se presentarán preferentemente en el Registro telemático de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la web del empleado público (www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleado-publico), conforme al procedimiento que se detallará en la Resolución citada en el apartado 2 de la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destino, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias personales de las personas seleccionadas en el lugar y fecha que se determinen por la Administración.

5. La documentación que habrá de aportarse es la que se detalla seguidamente:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el ingreso en el cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonados los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de funcionario del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo Superior Facultativo, opción Letrados de Administración Sanitaria de la Junta de Andalucía.

e) Petición de destinos, conforme al modelo que se publicará en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública citada en el apartado 2 de esta base. Aquellas personas aspirantes que hayan presentado la solicitud de petición de destinos telemáticamente no tendrán que volver a presentarla.

f) Certificado expedido por los órganos competentes en la materia, de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas que acredite la condición de persona con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Dicha condición deberá mantenerse hasta que las personas aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Asimismo, las personas aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la Consejería competente en la materia, de la Junta de Andalucía en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y opción objeto de la presente convocatoria.

6. Las personas que tuvieran la condición de personal funcionario y aquellas otras que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentas de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritas en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

7. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no comparezcan o no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados personal funcionario y quedaran sin efectos sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

Octava. Nombramientos y asignación de destinos.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos y petición de destinos, la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública nombrará personal funcionario de carrera a las personas aspirantes que, habiendo superado la oposición, cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria, y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. La adjudicación se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. En la adjudicación de destinos se garantizará que las condiciones de la asignación de las plazas convocadas resulten adecuadas a las circunstancias de las personas con discapacidad que sean determinantes para posibilitar la efectiva ocupación del puesto.

Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Novena. Impugnaciones.

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de septiembre de 2016.- La Secretaria General, Lidia Sánchez Milán.

ANEXO I

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Presidenta titular: Doña Matilde Vera Rodríguez.

Presidenta suplente: Doña Elena Sanmartín Trejo.

Secretaria titular: Doña María Teresa Guzmán Alonso.

Secretaria suplente: Doña María del Rosario Forján Rioja.

Vocales titulares:

Don Eugenio Frías Martínez.

Doña Concepción Barrero Rodríguez.

Don José María Castro Pascual.

Vocales suplentes:

Doña María Luisa Alejandre Durán.

Don Eduardo Gamero Casado.

Don Miguel Jesús Sánchez Carmona.

ANEXO II

TEMARIO CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO, OPCIÓN LETRADOS DE ADMINISTRACIÓN SANITARIA

DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (A1.2020)

TEMARIO COMÚN A TODAS LAS OPCIONES DE LOS CUERPOS SUPERIORES FACULTATIVOS

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. Garantías y casos de suspensión. El procedimiento de reforma constitucional.

Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 3. La representación política en España: Los partidos políticos. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.

Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución española. Las Comunidades Autónomas: Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 5. La Administración Local: Regulación constitucional. Tipología de los entes locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La Ley de Bases de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 6. El Municipio: Organización, competencias, elecciones municipales y regímenes especiales. La Provincia: Organización, competencias, elección de los Diputados Provinciales y regímenes especiales. Las relaciones entre las instituciones de la Junta de Andalucía y los entes locales. El Consejo Andaluz de Concertación Local.

Tema 7. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

Tema 8. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (I): El Parlamento de Andalucía. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo de Andalucía. La Cámara de Cuentas de Andalucía.

Tema 9. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (II): El Presidente de la Junta de Andalucía: Elección, estatuto personal y funciones. El Consejo de Gobierno: Composición, carácter, atribuciones y funcionamiento. Las Comisiones Delegadas y la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras. El Consejo Consultivo de Andalucía: Naturaleza, composición y funciones.

Tema 10. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios de organización, actuación y atención ciudadana. Principios de organización y funcionamiento. Organización general. Tipos de órganos. Órganos centrales y territoriales. Estatuto de los altos cargos de la Administración.

Tema 11. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las instituciones comunitarias. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea. El Derecho Comunitario y sus distintos tipos de fuentes.

Tema 12. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las principales políticas comunes, con especial referencia a la política regional comunitaria: Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. El presupuesto de las Comunidades Europeas.

Tema 13. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: El principio de legalidad y sus manifestaciones. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración: Límites y control.

Tema 14. Fuentes del Derecho Administrativo: Clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamento titularidad y límites. Procedimiento de elaboración de los Reglamentos.

Tema 15. Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación. La eficacia del acto administrativo: La notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos. La inderogabilidad singular del reglamento.

Tema 16. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Los principios generales. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos del interesado en el procedimiento. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Las fases del procedimiento. Las especialidades del procedimiento administrativo común.

Tema 17. La revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 18. Los contratos de la Administración: Objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Calificación de los contratos. El órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario. Régimen de invalidez. Preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 19. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía. Procedimiento. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

Tema 20. El servicio público. Doctrina clásica y evolución. Las diferentes formas de gestión de los servicios públicos. Las concesiones: Naturaleza jurídica y clases. El régimen jurídico de las concesiones: Modificación, novación, transmisión y extinción de las concesiones.

Tema 21. La expropiación forzosa: Regulación constitucional. Competencias de la Junta de Andalucía. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.

Tema 22. Los bienes de la Administración: Bienes de dominio público: Caracteres; uso y aprovechamiento; afectación y desafectación. Bienes de dominio privado: Caracteres, adquisición, disponibilidad y uso. Responsabilidad y sanciones. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Regulación jurídica, concepto y clasificación de los bienes y derechos. El Inventario General de Bienes y Derechos.

Tema 23. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen estatutario y laboral. La normativa básica estatal: El Estatuto Básico del Empleado Público. Competencias de las Comunidades Autónomas. La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

Tema 24. Clases de personal al servicio de la Junta de Andalucía. Acceso. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Carrera y promoción profesional. Régimen de incompatibilidades. Derechos y deberes del personal al servicio de la Junta de Andalucía.

Tema 25. La Hacienda Pública y la Constitución. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Contenido y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Las modificaciones presupuestarias. El procedimiento general de ejecución del gasto público: Fases, órganos competentes y documentos contables.

Tema 26. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma: Concepto y clases. El control interno: La función interventora y sus modalidades: El control financiero y el control financiero permanente. La Intervención General de la Junta de Andalucía. El control externo: La Cámara de Cuentas de Andalucía y el control parlamentario.

Tema 27. Los ingresos públicos: Concepto, naturaleza y clases. El sistema tributario español: Principios constitucionales y estructura básica del sistema vigente. La financiación de las Comunidades Autónomas. La coordinación de la actividad financiera: El Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas.

Tema 28. La financiación de las Comunidades Autónomas: Regulación. La financiación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La cesión de tributos a Andalucía. Fuentes de financiación propia de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 29. Tipos de sistemas de información. La Sociedad de la Información. Gestión de procesos administrativos y simplificación. Tecnologías. Tendencias actuales.

Tema 30. La información y las comunicaciones como base de las organizaciones. Las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Tema 31. Conceptos generales: Género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: Discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres igualdad de derechos, de trato y de oportunidades.

Tema 32. Normativa sobre igualdad. La igualdad de género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Normativa para la promoción de la igualdad de género y para la prevención y protección integral contra la violencia de género en Andalucía.

Tema 33. Transversalidad de género. Concepto de mainstreaming: Enfoque integrado de género en las políticas públicas. La unidad de igualdad y género: Funciones. Pertinencia e impacto de género en la normativa: Conceptos y objetivos. Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos Públicos de la Comunidad Autónoma: Objeto y competencias.

Tema 34. Violencia de género. Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Prevención y protección integral. Recursos y programas específicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 35. Transparencia y Gobierno Abierto. Colaboración y Participación Ciudadana. La Ley de Transparencia Pública de Andalucía. Derechos y Obligaciones. Publicidad Activa. El Derecho de Acceso a la Información Pública. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Las divisiones del Derecho: Derecho Natural y Derecho Positivo. Derecho Público y Derecho Privado. El Derecho Civil. El Código Civil español y legislación complementaria. Las fuentes del ordenamiento jurídico español. Incidencia del Derecho comunitario en el sistema de fuentes del ordenamiento jurídico español.

Tema 2. La aplicación de las normas jurídicas. La eficacia general de las normas jurídicas. Límites de la eficacia de las normas: La Ley en el tiempo y en el espacio.

Tema 3. El concepto de persona. La persona física: Nacimiento, extinción y capacidad. Situaciones del estado civil y circunstancias modificativas de la capacidad. Las personas jurídicas: Concepto, naturaleza, clases y capacidad.

Tema 4. La representación: Concepto, función y clases. La representación voluntaria. La representación legal. La irrevocabilidad del poder. El autocontrato.

Tema 5. Las cosas. Clases: Bienes muebles e inmuebles; de dominio público y de propiedad privada. Partes integrantes y pertenencias. El patrimonio: Tipos.

Tema 6. Los derechos reales y diferencias con los de crédito. Caracteres y clasificación. Tipicidad de los derechos reales. Tipos dudosos de derechos reales.

Tema 7. La obligación; Naturaleza. Elementos: Sujeto, objeto y vínculo. Las fuentes de las obligaciones. Clases de obligaciones.

Tema 8. Cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento; causas. Mora, dolo, culpa, caso fortuito y fuerza mayor. Efectos del incumplimiento; cumplimiento forzoso en forma específica. Resarcimiento de daños y perjuicios. La acción subrogatoria: Finalidad; requisitos y efectos.

Tema 9. Causas de extinción de las obligaciones. El pago, naturaleza y requisitos. Formas especiales de pago; imputación de pagos, dación en pago; pago por cesión de bienes y consignación. Pérdida de la cosa debida. Confusión de derechos. Condonación de la deuda. La compensación. La novación. La asunción de la deuda.

Tema 10. El contrato: Concepto. Capacidad de los contratantes. Objeto del contrato. La forma. Clasificación de los contratos. Generación y preparación del contrato; oferta y aceptación. Perfección, consumación y efectos de los contratos. Interpretación de los contratos.

Tema 11. Ineficacia de los contratos. Nulidad y anulabilidad. Rescisión y confirmación. La acción revocatoria o pauliana.

Tema 12. El contrato de compraventa. La transmisión del dominio. El pacto de reserva del dominio. Elementos de este contrato. Obligaciones del vendedor; conservación de la cosa; teoría de los riesgos; entrega de la cosa vendida; saneamiento. Obligaciones del comprador; pago del precio y pago de intereses.

Tema 13. El contrato de arrendamiento: Aspectos fundamentales de su regulación en el Código Civil y en la legislación especial.

Tema 14. El contrato de mandato: Naturaleza y especies. Constitución y efectos. Extinción del mandato. Contrato de mediación o corretaje.

Tema 15. El contrato de sociedad: Naturaleza y clases. Constitución. Contenido del contrato. Extinción de la sociedad.

Tema 16. Los cuasi-contratos. El enriquecimiento sin causa. El hecho ilícito como fuente de obligaciones.

Tema 17. El Derecho Mercantil: Fuentes. La empresa mercantil. Elementos de la empresa mercantil. El comerciante individual: Capacidad. Disposiciones generales del Código de Comercio en materia de obligaciones y contratos mercantiles. La representación en el Derecho Mercantil.

Tema 18. La sociedad mercantil: Requisitos generales de constitución. Clases: La sociedad regular colectiva. La sociedad comanditaria simple y por acciones. La sociedad de responsabilidad limitada.

Tema 19. La sociedad anónima: Formas de constitución. Estatutos. Aportaciones. El capital social: Aumento y reducción. Acciones. Órganos. Transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación.

Tema 20. La invalidez de los actos administrativos. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. La revisión de oficio. La revocación de los actos.

Tema 21. Los contratos del sector público: Ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Régimen de invalidez de los contratos: Régimen general; supuestos especiales de nulidad; la cuestión de nulidad. Recurso especial en materia de contratación y medidas provisionales. Órganos competentes en materia de contratación: Especial referencia al Servicio Andaluz de Salud.

Tema 22. Capacidad y solvencia del empresario: Especial referencia a las prohibiciones de contratar, la solvencia y sus medios de acreditación y la clasificación de las empresas. Objeto, precio y cuantía del contrato. Garantías exigibles en los contratos administrativos. Normas generales sobre preparación de los contratos por las Administraciones Públicas: Modalidades de tramitación, los pliegos, condiciones especiales de ejecución e información sobre subrogación en contratos de trabajo. Normas especiales para la preparación de determinados contratos.

Tema 23. Adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas: Proposiciones de los interesados y documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos previos. Subasta electrónica. Selección del adjudicatario y formalización del contrato. Los Procedimientos de adjudicación: Clases, supuestos de aplicación y tramitación.

Tema 24. Racionalización técnica de la contratación: Especial referencia a los acuerdos marco y sistemas dinámicos de contratación. Efectos cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. La modificación de los contratos. La revisión de precios.

Tema 25. La responsabilidad patrimonial de la Administración: Antecedentes y regulación actual. Requisitos. Aplicación de la responsabilidad patrimonial al ámbito sanitario: Las doctrinas de los riesgos del desarrollo y del daño continuado o permanente. La falta del consentimiento e información al paciente. Responsabilidad del Estado legislador. Responsabilidad por el funcionamiento de la Administración de Justicia. Responsabilidad del contratista. Responsabilidad concurrente de las Administraciones.

Tema 26. La responsabilidad patrimonial de la Administración: Competencia. Especialidades del procedimiento administrativo de responsabilidad patrimonial. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 27. Principios que informan el Derecho penal. Concepto del delito. El dolo. La imprudencia en el Derecho español. Formas de participación.

Tema 28. Circunstancias que eximen de la responsabilidad criminal o la modifican. De las penas, sus clases y efectos.

Tema 29. La responsabilidad civil derivada de los delitos. La responsabilidad civil derivada del delito en relación con la Administración Pública. Extinción de la responsabilidad criminal.

Tema 30. Delitos contra la Administración Pública: Especial referencia a la prevaricación, cohecho y malversación. De la alteración de precios en concursos y subastas públicas. Del descubrimiento y revelación de secretos. De las falsedades.

Tema 31. Delitos de homicidio, aborto y lesiones. De las lesiones al feto. Delitos relativos a la manipulación genética. De la suposición del parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor. De la omisión del deber de socorro. Delitos contra la salud pública: En concreto, los delitos relativos al uso de productos y sustancias peligrosas y a la manipulación de alimentos.

Tema 32. El Derecho del Trabajo: Concepto y contenido. El sistema de fuentes del Ordenamiento laboral. El convenio colectivo: Concepto, eficacia y tipología. La norma internacional laboral. La aplicación de las normas laborales. Jerarquía normativa. Principios de ordenación.

Tema 33. El contrato de trabajo: Clases de contrato según su duración. Los contratos temporales: Tipología y régimen jurídico. Las causas extintivas del contrato de trabajo: Especial referencia a la extinción por causas objetivas y al despido disciplinario. Prescripción y caducidad de las acciones nacidas del contrato de trabajo.

Tema 34. La jornada de trabajo. El horario de trabajo. Los descansos semanal y festivos, las licencias y las vacaciones. El salario: Su protección legal y garantías. El salario mínimo interprofesional.

Tema 35. La libertad sindical. Las representaciones sindicales en la empresa. El conflicto colectivo: Concepto y clases. La huelga: Régimen jurídico. La huelga en los servicios esenciales de la comunidad.

Tema 36. El Derecho Procesal: Fuentes. Jurisdicción: Concepto y fines. Unidad Jurisdiccional. Órdenes de la Jurisdicción. La Jurisdicción contable. Los principios procesales contenidos en la Constitución. El derecho a la tutela judicial efectiva.

Tema 37. Planta y Organización de los Juzgados y Tribunales. Conflictos y cuestiones de competencia.

Tema 38. Las partes en el proceso civil: Capacidad para ser parte, capacidad procesal y legitimación. Pluralidad de partes: El litisconsorcio y la intervención procesal. La sucesión procesal.

Tema 39. Teoría de la acción procesal: Acción, pretensión y demanda. La pretensión como objeto del proceso. Pluralidad de pretensiones: Acumulación de acciones y de procesos. La reconvención.

Tema 40. La demanda: Concepto y naturaleza jurídica. Sus efectos. Excepciones procesales. Contestación a la demanda.

Tema 41. La prueba: Concepto. Disposiciones generales en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Carga de la prueba. Valoración de la prueba.

Tema 42. Los medios de prueba: Interrogatorio de las partes; documentos públicos; documentos privados; dictamen de peritos; reconocimiento judicial; interrogatorio de testigos; los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen y de los instrumentos que permiten archivar y conocer datos relevantes para el proceso.

Tema 43. La sentencia: Requisitos internos y efectos. Cosa juzgada formal y cosa juzgada material. Otras formas de terminación del proceso: Renuncia, desistimiento, allanamiento, transacción, caducidad, satisfacción extraprocesal y carencia sobrevenida del objeto.

Tema 44. Los procesos declarativos: El juicio ordinario y el juicio verbal. Especial referencia al juicio monitorio.

Tema 45. Los recursos en el Proceso Civil: Los recursos de reposición y queja. El recurso de apelación. El recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación: Resoluciones contra las que proceden y motivos. El recurso en interés de la ley. La revisión de sentencias firmes.

Tema 46. El proceso penal: Principios. Reglas para la determinación de la competencia. Las partes en el proceso penal. Modos de iniciación: Denuncia, querella, iniciación de oficio.

Tema 47. El sumario. Objeto. Enumeración de las principales actuaciones sumariales. El juicio oral. La sentencia. Los recursos en el proceso penal.

Tema 48. El procedimiento abreviado para determinados delitos. El procedimiento para el juicio sobre delitos leves. Los juicios rápidos. El procedimiento para causas ante el Tribunal del Jurado.

Tema 49. La jurisdicción contencioso-administrativa: Extensión y límites. Órganos y competencias. Las partes: Capacidad procesal, legitimación, representación y defensa. Objeto del recurso contencioso-administrativo: Actividad administrativa impugnable. Pretensiones. Acumulación. Cuantía del recurso.

Tema 50. El procedimiento contencioso-administrativo en primera o única instancia: Diligencias preliminares. Fases del proceso. La sentencia. Otros modos de terminación del procedimiento. Medidas cautelares. Incidentes e invalidez de actos procesales.

Tema 51. Los recursos en el procedimiento contencioso-administrativo. La ejecución de sentencias.

Tema 52. El procedimiento abreviado. Los procedimientos especiales: Especial referencia al procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona. La cuestión de ilegalidad.

Tema 53. El proceso laboral: Principios que lo informan. La competencia: Conflictos y cuestiones de competencia. Las partes en el proceso laboral: Comparecencia en juicio, representación y defensa. La evitación del proceso: La conciliación o mediación previas y los laudos arbitrales. El agotamiento de la vía administrativa previa.

Tema 54. El proceso laboral ordinario: Demanda, conciliación y juicio, prueba y sentencia. Los procesos con especialidad. Análisis de los siguientes: Despidos y sanciones, vacaciones, materia electoral y clasificación profesional. El proceso de conflicto colectivo. El procedimiento para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.

Tema 55. Los recursos contra providencias, autos, diligencias de ordenación y decretos. El recurso de suplicación. El recurso de casación y demás procesos atribuidos al conocimiento del Tribunal Supremo. El recurso de casación para la unificación de doctrina. El recurso de revisión.

Tema 56. La ejecución provisional y definitiva de sentencias. La ejecución de sentencias firmes de despido. La ejecución de sentencias frente a los entes públicos.

Tema 57. El sistema normativo de la Unión Europea: Primacía, efecto directo y responsabilidad de los Estados miembros por incumplimiento. El recurso de incumplimiento. La cuestión prejudicial.

Tema 58. El derecho a la protección de la salud en la Constitución y en la Ley General de Sanidad. Estructura del Sistema Nacional de Salud. La Ley de Salud de Andalucía: Objeto, principios y alcance. La titularidad del derecho a la asistencia sanitaria.

Tema 59. Las competencias sanitarias de las Administraciones Públicas. Regulación del proceso de traspaso de competencias, funciones y servicios de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de sanidad y asistencia sanitaria. Coordinación y cooperación entre Administraciones Públicas sanitarias en la Ley de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

Tema 60. La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía: Atribuciones y estructura. El Servicio Andaluz de Salud: Naturaleza, atribuciones, estructura y régimen jurídico. La asistencia jurídica al Servicio Andaluz de Salud.

Tema 61. La ordenación de la asistencia sanitaria en Andalucía. Disposiciones reguladoras de la organización y funcionamiento de los centros de Atención Primaria y de los centros Hospitalarios y órganos de dirección de los mismos. Nuevas formas de gestión directa e indirecta de la asistencia sanitaria pública: Especial referencia al concierto sanitario.

Tema 62. Derechos de los ciudadanos en el ámbito del sistema sanitario público: Regulación estatal y de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El respeto a la autonomía del paciente. Declaración de voluntad vital anticipada. La confidencialidad de los datos de carácter sanitario. Derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. El acceso a la historia clínica.

Tema 63. La libre elección de médico y de hospital en Andalucía. La garantía de plazo de respuesta en procesos quirúrgicos y en procesos asistenciales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía: Regulación. El ejercicio del derecho a la segunda opinión médica. La extensión de la asistencia sanitaria a personas sin recursos económicos suficientes en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tema 64. La reproducción humana asistida. La investigación biomédica. La legislación andaluza sobre investigación con preembriones humanos e investigación en reprogramación celular. El consejo genético. Donación y trasplante de órganos y tejidos humanos.

Tema 65. La cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud. La legislación sobre garantías del medicamento y su uso racional. Los ensayos clínicos. Los tipos de receta. Garantías de las prestaciones sanitarias. El reintegro de gastos. La recuperación del gasto en supuestos de terceros obligados al pago.

Tema 66. Régimen jurídico del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud: El Estatuto Marco. Clasificación del personal estatutario. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo. Procesos de integración en los regímenes estatutarios. La colegiación del personal.

Tema 67. Derechos, deberes y situaciones del personal estatutario. La carrera profesional. La movilidad del personal.

Tema 68. Funciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario del personal estatutario.

Tema 69. Selección de personal estatutario y provisión de plazas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. Provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud. Las plazas vinculadas.

Tema 70. Régimen retributivo del personal estatutario: Regulación del Estatuto Marco, y de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ordenación del tiempo de trabajo y descansos: Licencias y permisos. Especial referencia al régimen de jornada, licencias y permisos del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud.

ANEXO III

CRITERIOS DE ORDENACIÓN ALFABÉTICA

1. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.

2. Si los primeros apellidos comienzan con de, del, de la(s), o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización, al final del nombre.

Ejemplo: Luis del Castillo Velasco.

Apellido 1.º Apellido 2.º Nombre

será alfabetizado: Castillo Velasco Luis del

3. Si los segundos apellidos comienzan con de, del, de la(s), o cualquier otra partícula, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, estos elementos se incorporarán para su alfabetización, al final del primer apellido.

Ejemplo: Luis del Castillo de las Heras.

Apellido 1.º Apellido 2.º Nombre

será alfabetizado: Castillo de las Heras Luis del

4. Los apellidos compuestos, independientemente de la forma en que sean transcritos por las personas interesadas, serán alfabetizados al final de la primera mitad del apellido compuesto. Se considerarán en cualquier caso, sin guión.

Ejemplos:

1.º Luis Vargas Montes.

2.º Luis Vargas Machuca.

3.º Luis Vargas-Machuca Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Vargas.

4.º Luis Vargas Machuca-Castillo.

Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Machuca.

Serán alfabetizados:

Apellido 1.º Apellido 2.º Nombre

Vargas Machuca Luis.

Vargas Machuca Castillo Luis.

Vargas Montes Luis.

Vargas Machuca Castillo Luis.

5. Los acentos, diéresis, apóstrofes o cualquier otro signo ortográfico, no establecerán distinción alguna en cuanto al orden alfabético, considerándose para ello como si no existiesen.

Ejemplo:

Luis Castillo O’Connor será alfabetizado: Luis Castillo Oconnor.

Luis O’Donnell Agüero será alfabetizado: Luis Odonnell Aguero.

Descargar PDF