Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 11/10/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 29 de septiembre de 2016, por la que se acepta la donación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía de un conjunto de documentos relativos a posesiones del Señorío de Castril en Granada.

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Con fecha 15 de marzo de 2016, don Francisco Hernández Delgado, presenta escrito en el Archivo Histórico Provincial de Granada en el que expresaba su voluntad de donar a la Comunidad Autónoma de Andalucía un conjunto de documentos datados entre los siglos XV y XVIII, relativos a la posesión por el Señorío de Castril de cortijos y tierras en el término municipal de Albolote (Granada), y manifestaba su deseo de que se incorporen a los fondos del Archivo Histórico Provincial de Granada.

Los documentos objeto de la presente donación son propiedad de don Francisco Hernández Delgado. Constan en total de cincuenta y seis documentos datados entre 1492 y 1742. Dicha colección se compone de piezas individualizadas y tres cuadernos cosidos, calificados en dos documentos reales, cincuenta y cuatro documentos notariales y tres regestas de documentos, relativos a compras, ventas y arrendamientos en los cortijos de Cubillas y Arenales, situados en el término municipal de Albolote (Granada), que fueron propiedad de Hernando de Zafra, Secretario de los Reyes Católicos y Señor de Castril, y de sus herederos.

El Archivo Histórico Provincial de Granada informa sobre el interés de los bienes ofertados y de la idoneidad de los documentos para el Archivo, ya que contribuyen al enriquecimiento de sus fondos y se facilita el acceso libre a los mismos. Asimismo considera que la aceptación de esta donación es de gran valor para aumentar el conocimiento de la figura del Secretario Hernando de Zafra, figura clave en el repoblamiento y defensa del reino de Granada tras su conquista por los Reyes Católicos. Son especialmente singulares los cuarenta y tres documentos romanceados, correspondientes a escrituras arábigas originales de los años 1410 al 1492 traducidas por escribanos públicos de origen mudéjar.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en su artículo 87.1 faculta a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico para aceptar donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz. En dicho artículo se especifica que esta aceptación queda exceptuada del requisito de previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Conforme a lo dispuesto en el citado artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación con el artículo 2 de la misma Ley, se hace constar expresamente que el conjunto de documentos donado revela un interés histórico y documental para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran parte del Patrimonio Histórico Andaluz.

Por su parte, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura la competencia para aceptar esta donación.

Por todo lo expuesto, y visto el informe mencionado, a propuesta de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, de conformidad con la normativa vigente, sus concordantes y demás de general y pertinente aplicación.

RESUELVO

Primero. Aceptar la donación del conjunto de documentos relativos a la posesión por el Señorío de Castril de cortijos y tierras en el término municipal de Albolote (Granada), ofrecida por Don Francisco Hernández Delgado, de la que toma posesión en este acto la Consejería de Cultura.

Segundo. Asignar la referida colección de documentos al Archivo Histórico Provincial de Granada, atendiendo a la voluntad de su oferente.

Tercero. Ordenar que, por la persona titular de la Dirección del Archivo, se levante acta de ingreso definitivo de esta donación, mencionando la presente Orden de aceptación a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que lo acuerda en calidad de Administración gestora del Centro.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de septiembre de 2016

ROSA AGUILAR RIVERO
Consejera de Cultura
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