Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 14/12/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Extracto de la Resolución de 7 de diciembre de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas a incentivar la ejecución, en modalidad presencial, de Proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo en los términos previstos en la Orden de 2 de junio de 2016, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva a dichos programas.

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BDNS (Identif.): 325203.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convocan subvenciones por la Junta de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a incentivar la ejecución, en modalidad presencial, de Proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo en los términos reflejados en el apartado tercero del presente extracto.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las siguientes entidades:

a) Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas Corporaciones locales.

b) Consorcios cuyos miembros integrantes sean exclusivamente entidades locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos de Escuelas Taller y Talleres de Empleo, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en los términos expuestos en la Orden de 2 de junio de 2016, y conforme a los anexos a la presente Convocatoria.

La duración de los distintos tipos de proyectos será la siguiente:

1. Escuelas Taller:

a. fase formativa: 6 meses.

b. fase de trabajo en alternancia: 6 meses.

2. Taller de Empleo: fase de trabajo en alternancia: 12 meses.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en la Orden de 2 de junio de 2016, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se regulan los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo en la Junta de Andalucía, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva a dichos programas (BOJA núm. 107, de 7 de junio, y corrección de errores en BOJA núm. 143, de 27 de julio de 2016).

Quinta. Financiación y cuantía.

Los créditos destinados a financiar las subvenciones que se concederán en la presente Resolución de convocatoria ascienden a 49.010.092 euros, distribuidos conforme a lo especificado a continuación:

Partida Presupuestaria Importe Año de Efectividad en Caja
1400180000/G/32D/46003/00 S0044 2017
1400180000/G/32D/46003/00 S0044 2018
1400180000/G/32D/46003/00 S0044 2019

De los citados importes, el 70% se destinará a la ejecución de proyectos de Escuelas Taller mientras que el 30% restante se destinará a la ejecución de Talleres de Empleo.

Esta dotación se distribuirá por provincias en función de la tasa de desempleo relativa al mes de mayo de 2016 de cada una de ellas conforme a lo previsto en la tabla siguiente:

PROVINCIA DOTACIÓN ET DOTACIÓN TE DOTACIÓN TOTAL
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA

Si quedase crédito pendiente de ejecutar por no haber concurrido proyectos suficientes para cubrir la dotación presupuestada para cada uno de los tipos de proyectos, se podrá hacer uso de ese crédito indistintamente para uno u otro tipo de proyectos, dependiendo del caso.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes podrá realizarse desde el 15 de enero de 2017 hasta el 30 de abril de 2017, ambos incluidos.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud, disponibles durante el período de presentación de solicitudes en la dirección electrónica https://www.juntadeandalucia.es/empleoempresaycomercio/oficinavirtualFPE/.

Sevilla, 7 de diciembre de 2016.- El Director General, Manuel Jesús García Martín.

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