Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 30/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento y Vivienda

Orden de 24 de mayo de 2017, por la que se delegan en el Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz las facultades de gestión, explotación, prerrogativas y obligaciones sobre la Estación-Intercambiador ubicada en Plaza de Sevilla, de Cádiz.

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Culminada la ejecución de las obras de la Estación-Intercambiador ubicada en la Plaza de Sevilla de la capital gaditana, procede acometer las actuaciones necesarias para su correcta explotación.

El artículo 26 de la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros en Andalucía, establece que los Consorcios de Transporte Metropolitano podrán asumir el ejercicio de las competencias de ordenación, coordinación, control, inspección y sanción respecto de los servicios, tráficos, infraestructuras e instalaciones declaradas de interés metropolitano, en los términos establecidos en el Plan de Transporte Metropolitano y según la extensión de competencias que concreten los Estatutos de cada Consorcio.

En este sentido, el Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 25 de octubre de 2016 (BOJA núm. 211, de 3 de noviembre de 2016), declara el interés metropolitano de la Estación-Intercambiador ubicada en la Plaza de Sevilla, de Cádiz, y los Estatutos del Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz (BOJA núm. 199, de 11 de octubre de 2005), establecen en su objeto el ejercicio de forma conjunta y coordinada de las competencias que corresponden a las Administraciones consorciadas, entre las que se encuentra la Junta de Andalucía, en materia de creación y gestión de infraestructuras y servicios del transporte.

Por todo ello, en uso de las facultades conferidas en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, articulo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

DISPONGO

Primero. Delegación de competencias.

Se delegan en el Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz las facultades de gestión, explotación, prerrogativas y obligaciones sobre la Estación-Intercambiador ubicada en la Plaza de Sevilla, de Cádiz, que actualmente corresponden a la Consejería de Fomento y Vivienda como Administración titular del servicio.

Segundo. Consecuencia sobre las aportaciones de la Junta.

Los ingresos que le efectúe el contratista al Consorcio en concepto de canon a percibir por contrato, reducirán proporcionalmente la aportación de las transferencias de financiación que la Junta de Andalucía efectúa anualmente al Consorcio a través de la correspondiente Ley del Presupuesto.

Tercero. Régimen de la delegación.

Los actos, resoluciones y acuerdos que se adopten haciendo uso de la delegación contenida en esta Orden harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el órgano delegante.

En cualquier momento el órgano delegante podrá avocar para sí el ejercicio de las competencias delegadas por esta Orden, que se realizará conforme a lo dispuesto en los artículos 103 y 104 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Convalidación de actos.

Se convalidan expresamente todos los actos llevados a cabo por el Consorcio Metropolitano de Transportes de la Bahía de Cádiz, en relación con el contrato de gestión de servicio público consistente en la explotación de la Estación-Intercambiador de Cádiz.

Quinto. Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Director General de Movilidad para adoptar las medidas necesarias para la aplicación e interpretación de la presente Orden.

Sexto. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la persona titular de la Consejería de Fomento y Vivienda, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido y con los requisitos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de mayo de 2017

FELIPE LÓPEZ GARCÍA
Consejero de Fomento y Vivienda
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