Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 20/07/2017

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 5 de julio de 2017, de la Universidad de Cádiz UCAUCA/REC77GER/2017, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir por turno libre una plaza de Personal de Administración y Servicios Laboral de la Universidad de Cádiz.

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En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/03, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, conforme a lo establecido en el artículo 73.3 de la citada Ley Orgánica de Universidades, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público del personal de administración y servicios para el año 2015, publicada con fecha 17 de septiembre de 2015 y, autorizada mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la Juntad de Andalucía de 22 de abril de 2016, se incluía una plaza de Titulado de Grado Medio de apoyo a la docencia e investigación, en ejecución del artículo 18, apartado 1, del vigente Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades públicas de Andalucía, por el que se establecen los procedimientos para la provisión de vacantes de personal laboral fijo, de acuerdo con las bases de la convocatoria aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz, de 28 de septiembre de 2016, BOUCA 217, de 11 de octubre de 2016,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para cubrir por turno libre una plaza de Titulado de Grado Medio de apoyo a la docencia e investigación mediante contrato laboral fijo, con sujeción a las bases que se acompañan como Anexo I.

Cádiz, 5 de julio de 2017.- El Rector, P.D. (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20 de abril, BOUCA del 30), El Gerente, Alberto Tejero Navarro.

ANEXO I

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y contrato laboral fijo, una plaza de personal laboral de administración y servicios relacionada en el Anexo II.

1.2 El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre y el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 23 de febrero de 2004).

1.3 El proceso selectivo constará de dos fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias especificadas en la base séptima, octava y novena.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1 Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Los extranjeros residentes en España podrán acceder en igualdad de condiciones que los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

2.1.2. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3. Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.1.5. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del Título de Grado, Diplomatura, Arquitectura Técnica o Ingeniería Técnica. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión que acredite su homologación. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.6. Estar en posesión de una acreditación mínima de inglés, equivalente a nivel B2 o superar las pruebas que se establezcan, en su caso.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo IV de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del área de Personal en la dirección: http://www.uca.es/personal/conovocatorias/pas.

3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad de Extranjero, en vigor.

b) Fotocopia de la Titulación académica exigida en la convocatoria.

Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, éstos deberán adjuntar a la solicitud la relación de méritos alegados, así como la documentación acreditativa de los mismos. Aquellos aspirantes que presten o hayan prestado servicios como personal de la Universidad de Cádiz sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del Área de Personal.

3.3. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición.

3.4. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

3.5. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle Ancha, 16, 11001 Cádiz), así como en las oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (edificio junto a F. CC. Educación), Jerez de la Frontera (edificio de Servicios Generales), Bahía de Algeciras (Administración Campus de Algeciras-E. Politécnica Superior, 1.ª planta) y Cádiz (Edificio Hospital Real - Calle Benito Pérez Galdós S/N), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se podrá presentar la solicitud a través del procedimiento telemático establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la Oficina Virtual https://oficinavirtual.uca.es/oficinaVirtual/jsp/index.jsf.

3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, se hará pública, en la página web del área de Personal (http://www.uca.es/personal/conovocatorias/pas), relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, dándose un plazo de diez días desde el siguiente a dicha publicación para subsanar, en su caso, los errores que hayan motivado la exclusión. Quienes dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

4.2 Pasado el plazo de subsanación de errores, se hará pública, del mismo modo arriba señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998 , de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. Tribunal calificador.

5.1 De acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio colectivo, el Tribunal calificador de este proceso selectivo estará compuesto por:

a) El Gerente, por delegación del Rector, que actuará como Presidente. En caso de imposibilidad de actuación, el Presidente será nombrado por el Rector a propuesta del Gerente.

b) Dos miembros en representación de la Universidad, nombrados por el Rector.

c) Dos miembros a propuesta del Comité de Empresa, nombrados por el Rector.

d) Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, un miembro del área de Personal, nombrado por el Rector a propuesta del Gerente.

En el momento de la publicación de la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos se hará pública, en la página web del área de Personal, antes citada, la composición exacta del Tribunal calificador.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3 La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especiales, que se limitarán a informar de las pruebas y méritos relativos a su especialidad.

5.4 El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sean escritos.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, núm. 10, 11001 Cádiz. Teléfono 956 015 039. Correo electrónico: planificacion.personal@uca.es.

6. Temario.

El temario correspondiente al puesto convocado figura como Anexo IV de la presenta convocatoria.

7. Fase de concurso.

7.1 El Tribunal calificador valorará, de acuerdo con los baremos de la convocatoria, que se adjuntan como Anexo III, los siguientes méritos de los candidatos, con las puntuaciones establecidas en el mismo:

a) Experiencia.

b) Antigüedad.

c) Cursos de formación directamente relacionados con la plaza convocada.

7.2 El Gerente de la Universidad facilitará al Tribunal Calificador certificación resumen de los méritos alegados en los distintos apartados, para su valoración por el mismo.

7.3 El Tribunal Calificador hará público el listado de valoración en la fase de concurso en la página web del área de Personal antes citada, estableciendo un plazo de diez días para reclamar desde el día siguiente a la publicación del mismo.

8. Fase de oposición.

8.1 La fase de oposición constará de dos ejercicios, teórico y práctico, basados en el contenido del temario, con una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.

8.2 Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la misma y cinco puntos en cada uno de los dos ejercicios realizados.

8.3 La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la página web del área de Personal (http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones).

La/s fecha/s de celebración de los restantes ejercicios se harán públicas en la página web mencionada.

8.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

9. Calificaciones y lista de aprobados.

9.1. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal hará pública en la página web del área de Personal: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/oposiciones, la relación provisional de calificaciones por orden de puntuación alcanzada. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en la fase de concurso y de oposición, desglosando esta última en cada uno de los ejercicios celebrados, con indicación del aspirante que haya superado el proceso selectivo.

9.2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de publicación para reclamar ante el Tribunal. Transcurrido dicho plazo, el Tribunal publicará la relación definitiva única de aspirantes que han superado el proceso selectivo, pudiendo los interesados presentar recurso de Alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde su publicación.

9.3 El Tribunal podrá declarar la plaza desierta.

9.4. Con el fin de cubrir una posible renuncia del candidato seleccionado o para cubrir necesidades similares a las que motivan el presente proceso selectivo que puedan surgir, se podrá crear una bolsa de trabajo con aquellos aspirantes que hayan superado la mitad de los ejercicios de carácter obligatorio.

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

ANEXO II

PLAZA CONVOCADA

CATEGORIA GRUPO PLAZA SISTEMA SELECCIÓN
Titulado Grado Medio de Apoyo a la Docencia y a la Investigación II L40026 CONCURSO OPOSICION

ANEXO III

BAREMO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE TURNO LIBRE

El sistema de provisión será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso.

1. Experiencia profesional.

a. Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT y dentro del área funcional de la plaza convocada, conforme a los criterios específicos que establezca el Tribunal.

b. A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c. El período máximo que se podrá valorar será de 10 años inmediatamente anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

d. La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.

2. Antigüedad.

a. Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública:

0,377 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

b. A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.

c. La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.

3. Formación.

a. Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b. No se valorarán las instrucciones de servicio.

c. Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.

d. Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.

e. Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.

f. Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por curso.

g. Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas, puntuándose como se señala en el punto c.

h. Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.

i. Estar en posesión de una acreditación de nivel C1 en inglés: 1 punto.

j. Estar en posesión de una acreditación de nivel C2 en inglés: 2 puntos.

k. Estar en posesión de una acreditación de nivel B2 de otro idioma oficial de la Unión Europea: 1 punto.

l. Estar en posesión de una acreditación de nivel C1 de otro idioma oficial de la Unión Europea: 2 puntos.

La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.

4. Puntuación final de la fase de concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen esta última.

B) Fase de oposición.

1. Ejercicios.

a. Primer ejercicio: tendrá carácter teórico y será valorado con una puntuación máxima de 10 puntos.

b. Segundo ejercicio: Tendrá carácter práctico y será valorado con una puntuación máxima de 10 puntos.

2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la fase de oposición, y cinco puntos en cada uno de los ejercicios realizados.

C) Valoración final del proceso selectivo.

La valoración final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición.

ANEXO IV

TEMARIO

BLOQUE 1

1. Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Actos y fases del procedimiento.

2. La Administración participativa. La administración por objetivos: dirección por objetivos y programación de proyectos. Administración para la calidad. Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad.

3. El factor humano en la organización. El grupo en la organización: Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo. La motivación.

4. Definición y análisis de problemas. El proceso de toma de decisiones. Los conflictos en las organizaciones. La negociación. El cambio organizacional. La resistencia al cambio.

5. Los servicios de información administrativa. Información general y particular al ciudadano. Reclamaciones, quejas y peticiones. La comunicación interna en las organizaciones.

6. El nuevo Espacio Europeo de Educación Superior, implicaciones en los nuevos planes de estudios.

7. Naturaleza, funciones, principios y fines de la Universidad de Cádiz. La Administración Universitaria y los Servicios.

8. El reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz. Código Ético de la Universidad de Cádiz (Código Peñalver).

9. II Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz: ámbito y objetivos estratégicos.

10. Normativa de ejecución presupuestaria de la Universidad de Cádiz.

BLOQUE 2

1. La Investigación y la Transferencia del conocimiento en la Ley Orgánica de Universidades.

2. La Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Objeto. Objetivos generales. Personal Investigador al servicio de las Universidades públicas, de los Organismos Públicos de Investigación y de los Organismos de investigación de otras Administraciones Públicas.

3. El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016: Objetivos y elementos estructurales (Programas, modalidades de participación, Instrumentos financieros y programas anuales).

4. Agentes de I+D+i del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

5. Plan Andaluz de Universidades (PAIDI 2020). Marco estratégico: contexto europeo, nacional y regional. Principios. Ejes transversales y objetivos generales.

6. Programa de fomento e impulso de la investigación y la transferencia en la Universidad de Cádiz (Plan Propio de investigación). Objeto. Beneficiarios. Contenido.

7. Normativa y gestión de fondos FEDER. Gastos subvencionables. Publicidad FEDER.

8. Estructura de institutos de investigación de la universidad de Cádiz. Normativa de institutos de investigación (autonómica y propia).

9. Servicios centrales de investigación. Marco legal. Reglamento de funcionamiento y divisiones existentes.

10. Evaluación de la actividad investigadora. Agencias de evaluación. Repositorios e indicadores: nociones generales.

11. La Comisión de Investigación de la Universidad de Cádiz. Estatutos de la UCA y reglamento de funcionamiento.

12. Trabajos al amparo del art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades. Marco legal para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico.

13. Trabajos al amparo del art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades. Reglamento de la Universidad de Cádiz.

14. Trabajos al amparo del art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades. Protocolo para la contratación de personal con cargo a financiación de inversión (Capítulo VI): Proyectos de Investigación e Innovación.

15. Trabajos al amparo del art. 83 de la Ley Orgánica de Universidades. Los Servicios Técnicos Homologados: Solicitud de Homologación de Servicio Técnico y documento de pedido.

16. Propiedad industrial y propiedad intelectual. Requisitos de patentabilidad de las invenciones.

17. Propiedad industrial y propiedad intelectual. Presentación y requisitos de la solicitud de patente.

18. Propiedad industrial y propiedad intelectual. Reglamento de Propiedad Industrial de la Universidad de Cádiz.

19. Marco legal para la participación del personal investigador en Empresas de Base Tecnológicas.

20. Reglamento de Empresas de Base Tecnológica de la Universidad de Cádiz.

21. Resolución del Vicerrector de Transferencia e Innovación Tecnológica para la determinación de regalías por el uso de tecnología universitaria y modelos de estatutos, de pacto entre socios y de acuerdo de transferencia de tecnología establecidos en el Reglamento UCA/CG04/2010.

22. Europa 2020: Filosofía y política europea.

23. Nuevo programa marco de la Unión Europea en investigación e innovación: H2020. Descripción y contenidos. Características y elementos más significativos. Gestión y justificación de proyectos.

24. Otros Programas Europeos: Descripción y contenidos. Características y elementos más significativos. Gestión y justificación de proyectos.

25. Programa de cooperación territorial: Descripción y contenidos. Características y elementos más significativos. Gestión y justificación de proyectos.

ANEXO V

Solicitud para participar en el proceso selectivo para la cobertura de una plaza de Titulado de grado medio de Apoyo a la Docencia e Investigación

DNI PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO NOMBRE
FECHA NACIMIENTO TELEFONO TELEFONO MÓVIL
DOMICILIO (Calle, plaza, avenida) NÚM. PLANTA
CODIGO POSTAL LOCALIDAD PROVINCIA
DIRECCION CORREO ELECTRONICO
TITULACION EXIGIDA
DISCAPACIDAD Sí No GRADO
En caso afirmativo, adaptación que se solicita y motivo de la misma

(*) Si desea que las notificaciones correspondientes a esta convocatoria se practiquen utilizando algún medio electrónico (SMS al teléfono móvil o correo electrónico), marque la casilla y señale el medio preferente (artículo 28 de la LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos):

□ SMS Email

EXPONE:

Que habiéndose convocado proceso selectivo para la cobertura una plaza de Titulado de Grado de Medio de apoyo a la docencia e investigación,

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud para optar al citado proceso.

______________, a _____ de _____________________ de 2017

Fdo.:_________________

SR. GERENTE DE LA UNIVERSIDAD

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