Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 11/08/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Orden de 4 de agosto de 2017, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, para el ejercicio 2017.

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Mediante Orden de 19 de julio de 2017 (BOJA núm. 139, de 21 de julio de 2017) se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

En el marco de la referida Orden se regula una única línea de subvenciones y se especifica el régimen jurídico para su regulación.

En virtud de todo ello, y tal como se establece en el preámbulo de la Orden de 19 de julio de 2017, de conformidad con los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 209/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales,

DISPONGO

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

1. Se convoca para el ejercicio 2017, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la única línea de subvención regulada en el marco de la Orden de 19 de julio de 2017, de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, anteriormente referida, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que así mismo se indican:

Denominación de la línea Cuantía máxima euros Partida presupuestaria
Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 39.227.370,45
1300180000 G/31G/48536/00 S0668
1300180000 G/31G/78536/00 S0668

2. La presente convocatoria se financia en su totalidad con crédito finalista del Estado, derivado de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que aún cumpliendo todos los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines de interés social con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, aprobadas mediante Orden de 19 de julio de 2017.

Tercero. Objeto.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del cuadro resumen aprobado mediante la Orden de 19 de julio de 2017, la presente línea de subvenciones se destina a cubrir las necesidades específicas dirigidas a la atención de las personas en situación o riesgo de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tales como: personas mayores, infancia y familias, jóvenes, mujeres, personas con discapacidad, personas con problemas de drogodependencias y otras adicciones, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, personas reclusas o ex reclusas, personas afectadas por el síndrome de inmunodeficiencia adquirida y personas que pertenezcan a otros colectivos que requieran atención social preferente, así como los programas de atención social a situaciones de urgencia, inclusión social, igualdad de trato y no discriminación y promoción del voluntariado social y de la participación social, que se adecuen a los instrumentos de planificación de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales vigentes en sus diferentes ámbitos, de conformidad con las prioridades que, en su caso se establezcan en cada convocatoria.

2. Para la presente convocatoria, la definición de los programas prioritarios y sus especificaciones figuran en el Anexo A de esta Orden.

Cuarto. Solicitudes y plazos de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadro resumen aprobado mediante la Orden de 19 de julio de 2017, y se presentarán en los lugares indicados en el apartado 10.c) del mismo.

Tanto la citada solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación, y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 19 de julio anteriormente referida, se podrán obtener en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la siguiente URL: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en el portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y en las sedes de sus correspondientes Delegaciones Territoriales.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Quinto. Notificación y publicación.

1. De conformidad con el apartado 19 del cuadro resumen más arriba referido, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas, y en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento se publicarán en la página web http://www.juntadeandalucia.es/organismos/igualdadypoliticassociales.html, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicarán en el lugar indicado por las entidades en sus solicitudes.

Sexto. Utilización de medios telemáticos.

De conformidad con lo previsto en el apartado 10.c) del cuadro resumen anteriormente referido, las solicitudes podrán ser presentadas utilizando medios electrónicos en la forma prevista en el mismo.

Séptimo. Tramitación de urgencia.

La importante atención que se presta con la presente línea de subvenciones a los sectores de la población andaluza menos favorecidos, la urgente necesidad de satisfacer esta asistencia y la premura en la gestión del procedimiento por la necesidad de que el crédito se ejecute con cargo al ejercicio 2017, constituyen importantes razones de interés público que aconsejan acordar la aplicación al presente procedimiento de la tramitación de urgencia. Así, en los términos establecidos en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Octavo. La eficacia de la presente Orden se producirá con la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, antes referida.

Sevilla, 4 de agosto de 2017

MARÍA JOSÉ SÁNCHEZ RUBIO
Consejera de Igualdad y Políticas Sociales

ANEXO A

Relación de programas, prioridades y especificaciones para la convocatoria de subvenciones con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2017

I. PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN DIRIGIDOS A PERSONAS CON NECESIDADES DE ATENCIÓN INTEGRAL

1. Programas de urgencia.

Descripción: Los programas tendrán como objetivo principal promover la inclusión social atendiendo las necesidades básicas, urgentes y puntuales de las personas en situación de pobreza y vulnerabilidad para garantizar su calidad de vida.

Las prestaciones y actividades subvencionables deberán ir destinadas a la población en exclusión con carácter general, sin limitaciones debidas a la posible pertenencia de las personas destinatarias de las mismas a la propia organización, ni podrán financiar los servicios o el pago de cuotas a la entidad que proporciona la ayuda.

Estas ayudas no podrán destinarse a la entrega de cantidades dinerarias directamente a las personas beneficiarias, excepto en los pagos de las mensualidades de alquiler y gastos de suministros de la vivienda de las mismas (luz, agua, teléfono y gas).

Prioridades:

1.1. Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad de las personas y familias más necesitadas mediante: comedores sociales, entrega de alimentos, ropa y productos de higiene; ayuda para el pago de recibos de suministros, transporte público y gastos sanitarios; así como aquellos gastos de las familias más vulnerables con hijas e hijos a cargo, derivados de su escolarización (financiación de libros, uniformes y material escolar y gastos de comedor y transporte escolar).

En el caso de los comedores sociales se podrá financiar la dotación de equipamiento básico. Los requisitos y documentación a presentar para ello, se determinan en el apartado IV de este Anexo.

1.2. Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias más vulnerables con el fin de prevenir la exclusión residencial que puedan derivar en situaciones de extrema necesidad. Se contempla actuaciones de acompañamiento social a familias en actuaciones de realojamiento o de acceso a vivienda normalizada, el pago de recibos de alquileres y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones, otros) y la mediación para el alquiler de viviendas.

1.3. Programas de voluntariado dirigidos a la atención de personas sin apoyo familiar con enfermedades crónicas y/o larga duración en hospitales, centros residenciales o servicios domiciliarios.

1.4. Programas para la formación, promoción y participación de voluntariado para paliar las situaciones de urgencia social.

Requisitos:

- Los programas deberán describir concreta y ampliamente cómo se van a desarrollar las actuaciones, así como describir las acciones de acompañamiento previstas para la inclusión social de las personas destinatarias de las ayudas, además de concretar los perfiles y criterios establecidos para su selección.

- Los programas deberán acreditar de forma explícita, y por escrito, su colaboración con los sistemas de protección social públicos que intervienen en la zona de actuación.

2. Programas de intervención para familias con necesidades especiales de atención integral.

Descripción: Los programas contemplan actuaciones de atención integral para familias que se encuentren en las siguientes situaciones:

- Familias que hayan sido víctimas de acciones violentas o en cuyo seno se produzca violencia familiar, dando preferencia a la intervención con las víctimas, con especial atención a las personas menores de edad afectadas.

- Familias en las que convivan personas con necesidades especiales de cuidado, especialmente niños, niñas y adolescentes.

Prioridades:

2.1. Los programas que establezcan mecanismos de coordinación con los servicios sociales y otros recursos existentes en la zona.

2.2. Los programas que se realicen en zonas con necesidades de transformación social.

2.3. Los programas que prevean actuaciones con familias que presenten alto riesgo de exclusión social.

2.4. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán contemplar intervenciones de carácter integral, individualizadas por grupo familiar.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número, y su formación y experiencia anterior en programas similares.

3. Programas de promoción de relaciones familiares positivas mediante la prevención y gestión de la conflictividad familiar.

Descripción: Los programas están dirigidos a facilitar pautas y recursos a las familias que se enfrentan a situaciones de conflictividad generada por las interacciones entre sus miembros, que contribuyan a prevenir situaciones de riesgo o reducir sus efectos negativos sobre su bienestar y calidad de vida de los mismos.

Prioridades:

3.1. Programas de orientación e intervención psicoterapéutica para familias que presentan conflictividad familiar, con el fin de prevenir o tratar situaciones de riesgo que puedan generar un deterioro del bienestar emocional y físico de sus miembros o de la convivencia familiar, incluyendo la intervención ante situaciones de violencia filioparental.

3.2. Programas para la promoción de los Puntos de Encuentro Familiar para fomentar los espacios de encuentro adecuados para el ejercicio de los derechos y deberes parentales después de la ruptura de pareja, u otras situaciones derivadas de sentencias judiciales o resoluciones administrativas en las que deba facilitarse el encuentro entre el menor y el progenitor no custodio y/o la familia biológica, en un entorno seguro que garantice el bienestar emocional y físico de los mismos.

Requisitos:

- Los programas se dirigirán preferentemente a familias desfavorecidas o en situación de conflicto, y se garantizará en todo caso la gratuidad para aquellas unidades familiares con ingresos inferiores al doble del IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples).

- Las intervenciones serán, en todo caso, individualizadas por núcleo familiar.

- Las y los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con la experiencia y formación adecuada al tipo de intervención que realicen y formar parte de un equipo multidisciplinar, en especial en los programas de puntos de encuentro familiares, con el fin de poder intervenir en situaciones de alta conflictividad familiar y visitas tuteladas.

- Los puntos de encuentro familiar deben contar con un protocolo de actuación específico para los casos de violencia de género, así como cumplir con su normativa reguladora.

- Estos programas deberán estar coordinados con los órganos de las administraciones públicas competentes.

4. Programas de apoyo a la crianza saludable y positiva de los hijos y las hijas, de conformidad con el proyecto «Salud y buen trato a la infancia y adolescencia en Andalucía», de la RedSabia, y el proyecto Apego para la promoción de la parentalidad positiva.

Descripción: Estos programas deberán estar orientados a fortalecer la capacidad y la responsabilidad familiar y comunitaria para mejorar las condiciones y estilos de vida familiares, facilitando a las personas que ejercen responsabilidades parentales pautas de crianza positivas de los niños y las niñas y adolescentes a su cargo, atendiendo al interés superior de los mismos, en un entorno no violento.

Prioridades:

4.1. Actividades que se desarrollen en zonas con necesidades de transformación social y en el ámbito rural o que incluyan intervenciones en entornos familiares de especial vulnerabilidad o dificultad social.

4.2. Los proyectos que contemplen actuaciones en las áreas de salud, seguimiento escolar, pautas de crianza y socialización, entre otras.

4.3. Intervenciones a cargo de profesionales especializados en atención a las familias realizadas mediante visitas domiciliarias al núcleo familiar o intervenciones grupales.

4.4. Actuaciones dirigidas a la difusión, sensibilización o promoción de la parentalidad positiva.

Requisitos:

- Los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con la experiencia y formación adecuada al tipo de intervención que vayan a desarrollar.

- Deberán existir mecanismos de coordinación con el sistema sanitario, social y educativo.

5. Programas de prevención y promoción de la salud dirigidos a la población inmigrante.

5.1. Programas de prevención e información dirigidos a la vacunación infantil.

5.2. Programas dirigidos a la población inmigrante de salud sexual y reproductiva.

5.3. Programas que supongan la realización de talleres de formación y el diseño de materiales con el fin de erradicar la mutilación genital.

5.4. Programas que fomenten la mediación social y sanitaria.

5.5. Programas que fomenten la formación de profesionales de la salud en el ámbito intercultural y de género.

Requisitos: Las y los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con la experiencia y formación adecuada a la atención que vayan a desarrollar.

6. Programas de atención integral destinados a personas sin hogar y sin alojamiento digno.

Descripción: Los programas tienen como objetivo establecer estrategias de carácter integral para favorecer la rehabilitación y la progresiva inclusión social de personas sin hogar.

Prioridades:

6.1. Programas dirigidos al establecimiento de equipos multidisciplinares de trabajo de calle de atención integral que favorezcan el acceso a los sistemas públicos de protección social, y que actúen en coordinación con el conjunto de la red de recursos, de carácter público o privado.

6.2. Programas de creación de dispositivos de acogida en periodo de convalecencia para personas sin hogar con alta hospitalaria y personas con enfermedades terminales, que carezcan de vivienda y otras redes de apoyo.

6.3. Programas de alojamiento temporal en pisos o viviendas tuteladas y centros de día, centros de acogida y alojamiento de media y larga estancia, con el fin de prevenir o paliar su deterioro físico y problemas de salud, especialmente la enfermedad mental, alcoholismo, adicciones y otros estados asociados a su situación de sinhogarismo.

6.4. Programas de atención a personas sin hogar que garanticen la vivienda primero siguiendo modelos como el denominado «housing first».

6.5 Programas para la formación, promoción y participación del voluntariado en atención a estas personas.

En los programas citados anteriormente, se financiará la adecuación y mejora de centros, así como la dotación de equipamiento. Los requisitos y documentación a presentar para ello se determinan en el apartado IV de este anexo.

Requisitos:

- Los programas deberán acreditar, por escrito, su colaboración con los Servicios Sociales públicos de la zona de actuación, y en el caso de los programas dirigidos a personas con enfermedad terminal y convalecientes, deberán acreditar su colaboración con los servicios sanitarios públicos.

- Los programas deberán recoger ampliamente las acciones concretas para la inclusión social de las personas destinatarias y concretar el número de personas beneficiarias directas, las características de las mismas en relación a las acciones a desarrollar y los criterios establecidos para su selección.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

7. Programas de promoción y educación para la salud de la población gitana, con especial incidencia en las mujeres, en la línea de la planificación vigente en materia de atención integral a la Comunidad Gitana en Andalucía.

Descripción: Los programas van destinados a mejorar la salud de la población gitana, en especial de las mujeres, con el fin de reducir las desigualdades en salud respecto a la población general.

Prioridades:

7.1. Programas de información, sensibilización y capacitación en materia de salud, que contengan aspectos educativos y de adquisición de habilidades relacionadas con el desarrollo de hábitos de vida saludables y preventivos. Merecerán especial consideración aquellos programas orientados al empoderamiento de mujeres gitanas como agentes de promoción integral de la salud así como aquellos programas dirigidos a la formación en mediación intercultural de profesionales sociales y sanitarios.

7.2. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán describir ampliamente las actuaciones concretas, indicar el número de personas beneficiarias directas, especificar los perfiles de exclusión y los criterios establecidos para su selección. Los horarios de las actividades deberán ser diseñados de acuerdo con las necesidades e intereses de las mujeres.

- Los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con experiencia y formación adecuada al tipo de intervención y/o formación que realicen.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

8. Programas de atención integral dirigidos a la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, conforme a los contenidos del I Plan Andaluz de Promoción de la Autonomía y Prevención de la dependencia 2016-2020.

Descripción: Programas sociales y sanitarios dirigidos a mejorar la calidad de vida, la autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad favoreciendo su permanencia en el entorno en que desarrollan su vida.

Prioridades:

8.1. Programas de atención integral que faciliten a las personas con discapacidad su autonomía personal, con especial atención al medio rural, incluyendo el apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica; el apoyo a personas con discapacidad con problemas de salud mental; la inclusión de personas con discapacidad que, además, se encuentran en otras situaciones que incrementan su exclusión social (tales como, personas con discapacidad sin hogar, personas con discapacidad de etnia gitana, madres con discapacidad solteras, personas con discapacidad extranjeras); y a mujeres con discapacidad, especialmente a aquéllas con cargas familiares.

8.2. Programas que fomenten el apoyo al envejecimiento activo de las personas con discapacidad.

8.3. Programas que promuevan la prevención, identificación y diagnóstico precoz de deficiencias.

8.4. Programas culturales, deportivos y de participación en general en los que se favorezca la presencia conjunta de personas con y sin discapacidad.

8.5. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

8.6. Proyectos de transporte y movilidad puerta a puerta para fomento de la autonomía.

8.7. Programas que promuevan la autonomía personal facilitando la comunicación, la movilidad y accesibilidad de las personas con discapacidad.

8.8. Programas de atención integral que faciliten a las personas con discapacidad su autonomía personal a través de la utilización de tecnologías, productos o servicios relacionados con la información y la comunicación u otros servicios que faciliten dicha autonomía personal, su permanencia en el domicilio y su entorno social y familiar, incluidos aquéllos relacionados con la accesibilidad de cualquier tipo a entornos, servicios y productos.

Requisitos:

- Deberán estar establecidos los criterios sociales a aplicar para la selección de las personas usuarias y el régimen de aportación económica por los servicios que se vayan a recibir.

- Los programas que incluyan productos de apoyo o instrumentos necesarios para el normal desenvolvimiento de la vida cotidiana y acceso a la información, deberán tener previsto el retorno de los instrumentos suministrados para su reutilización, siempre que su naturaleza lo permita.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

9. Programas de promoción y adecuación de centros y unidades de atención a personas mayores y a personas con discapacidad.

Descripción: Los programas tienen como objetivo la terminación de programas o proyectos de inversión financiados en convocatorias anteriores que estén pendientes de conclusión, así como el equipamiento y las obras de adaptación y rehabilitación de los centros y unidades de atención para personas mayores y para personas con discapacidad.

Prioridades:

9.1. Los programas o proyectos de inversión que hayan sido financiados en convocatorias anteriores y estén pendientes de conclusión y hasta la conclusión de las mismas.

9.2. La realización de obras de adaptación para adecuar las infraestructuras de los centros para personas en situación de dependencia a la normativa vigente.

Requisitos y documentación a presentar: Los que se determinan en el apartado IV de este Anexo.

10. Programas de estancias temporales, apoyo y descanso para familiares cuidadores de personas con discapacidad.

Descripción: Los programas tienen como objetivo el apoyo y el descanso para las familias cuidadoras que tienen a su cargo personas con discapacidad, favoreciendo su permanencia en el domicilio familiar.

Prioridades:

10.1. Programas que promuevan el desarrollo de las habilidades y competencias adecuadas en las familias y personas cuidadoras para el ejercicio de cuidado, apoyo, atención y educación de las personas con discapacidad, y/o en situación de dependencia, que tienen a su cargo; así como la ayuda mutua familiar.

10.2. Programas que promuevan servicios transitorios de alojamiento de familias desplazadas por motivos médicos y en periodos de convalecencia.

10.3. Programas que promuevan servicios de respiro, tales como servicios de acompañamiento circunstancial diurno, nocturno, en tiempo libre, en fines de semana, en periodos vacacionales, descansos en postoperatorios, y otros servicios transitorios análogos.

10.4. Programas dirigidos a familias monoparentales, a mujeres con discapacidad, a familias cuyo progenitor o progenitora sea persona con discapacidad y a familias en el medio rural, que tienen a su cargo personas con discapacidad.

10.5. Programas para la atención e inclusión social para mujeres con discapacidad.

10.6. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Que estén establecidos los criterios sociales a aplicar para la selección de las personas usuarias y el régimen de aportación económica por los servicios que se vayan a recibir.

- Los programas de voluntariado deberán concretar el número de personas voluntarias y de beneficiarias atendidas.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

11. Programas dirigidos a promover la salud integral de las mujeres.

Descripción: Programas que fortalezcan la salud de las mujeres durante todo su ciclo vital y en situaciones de especial vulnerabilidad.

Prioridades:

11.1. Programas dirigidos a la educación de la salud sexual y reproductiva en todo el ciclo vital (menores, mujeres en edad fértil, mayores) en el ámbito de la promoción de la salud y de la prevención de la enfermedad.

11.2. Programas dirigidos a proporcionar el bienestar de las mujeres embarazadas y menores en gestación y a las madres en situación de postparto y lactancia, con especial hincapié en las mujeres inmigrantes.

11.3. Programas dirigidos a la prevención de los problemas de salud específicos de mujeres (menopausia, oncológicos, etc.).

11.4. Programas integrales de atención a la salud de las mujeres víctimas de las distintas formas de violencia contra la mujer, y de sus hijas e hijos.

11.5. Programas integrales de atención a la salud de mujeres en situación de prostitución.

11.6. Programas integrales de atención a la salud de las mujeres que se encuentran en situaciones vulnerables y/o de exclusión social.

11.7. Programas de promoción de hábitos de vida saludables mediante la intervención social y educativa que fomente la participación de las mujeres a través de actividades formativas y la participación de las mujeres a través de actividades culturales y de tiempo libre, con especial repercusión en su salud y en la de su familia.

11.8. Programas de formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

11.9. Programas de formación para profesionales de servicios sociales y sanitarios en la incorporación del enfoque integrado de género.

Requisitos:

- Los programas deberán concretar los perfiles de exclusión social y los criterios establecidos para la selección de las mujeres con dicho perfil.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

- Los programas deberán contemplar un sistema de evaluación de resultados.

- La entidad solicitante presentará una declaración en la que manifieste su intención decolaborar con los servicios públicos competentes.

12. Programas de atención social y sanitaria dirigida a personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas.

Descripción: Programas de atención sanitaria y rehabilitación a personas con adicciones, de atención social y sanitaria y rehabilitación psicosocial a personas con enfermedad mental, de atención social y sanitaria a personas afectadas por el VIH/SIDA y otras enfermedades, a personas con discapacidad física o intelectual, y a personas transexuales.

Prioridades:

12.1. Prevención, educación para la salud-formación de mediadores, reducción de daños, deshabituación, incorporación social.

12.2. Plazas en régimen de internado a pacientes terminales, apoyo e información, prevención, educación para la salud-mediadores de salud, apoyo a personas con enfermedad crónica, atención a personas con enfermedad con necesidad de cuidados paliativos, atención social y sanitaria y rehabilitación psicosocial a personas con enfermedad mental, atención a personas con patología dual, y de apoyo a la rehabilitación psiquiátrica.

12.3. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deben especificar el centro penitenciario y/o provincia de actuación.

- Los programas deben adaptarse a las instrucciones de intervención de Organizaciones no Gubernamentales y entidades colaboradoras dictadas por las Administraciones Penitenciarias competentes. Debe acompañarse de memoria de evaluación de los resultados obtenidos en el caso de programas que hayan estado en funcionamiento con anterioridad, y no debe constar informe desfavorable de los mismos por parte de los centros penitenciarios donde se hayan llevado a cabo.

- En el caso de los programas de atención social y sanitaria a personas afectadas por el VIH/SIDA y otras enfermedades, son requisitos: Que los programas faciliten la excarcelación de las personas reclusas a través de casas de acogida y/o apoyo domiciliario. Que los programas favorezcan la excarcelación y contemplen unidades para cuidados paliativos con atención sanitaria y social. Que los programas de atención a personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual y patología dual, deben conectar a las personas internas y/o sus familiares con los recursos del entorno, coordinándose con los mismos con el fin de conseguir una continuidad de la intervención.

- En los programas de atención a personas con discapacidad física, intelectual y sensorial, es requisito que contemple una atención integral, tanto en el interior del centro penitenciario como en el exterior del mismo, contando en caso de necesidad con acogida en la excarcelación.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

13. Programas de atención social y sanitaria dirigidos a jóvenes.

Descripción: Los programas tienen como objetivo desarrollar actitudes de prevención ante los riesgos contra la salud y de promoción de hábitos de vida saludable.

Prioridades:

13.1. Programas de educación para la salud que establezcan actuaciones en la prevención de enfermedades de transmisión sexual, trastornos de la conducta alimentaria, y embarazos no deseados.

13.2. Programas de educación vial que contemplen actuaciones encaminadas a la sensibilización y prevención de accidentes de tráfico entre los jóvenes.

13.3. Programas dirigidos preferentemente a jóvenes en situación desfavorecida o en riesgo de exclusión social.

13.4. Programas que favorezcan la participación, formación y promoción de personal voluntario.

13.5. Programas que favorezcan la igualdad entre hombres y mujeres.

Requisitos:

- Los programas deberán disponer de sistemas internos de seguimiento y evaluación.

- En los programas en los que se prevea la participación del personal voluntario, deberá concretarse su número, formación y experiencia anterior en programas similares.

14. Programas de atención integral a las personas mayores a través de servicios que faciliten su permanencia en el domicilio y en su entorno social y familiar, así como los dirigidos al apoyo de sus familias y personas cuidadoras, conforme a los contenidos del  I Plan Andaluz de Promoción de la Autonomía y Prevención de la dependencia 2016-2020 y a las estrategias de envejecimiento activo vigentes en Andalucía.

Descripción: Programas dirigidos a personas mayores, que requieran de una atención social y sanitaria y cuyas necesidades no estén siendo atendidas en esos momentos por otros recursos públicos, y comprenden:

- Promoción del envejecimiento activo y de la autonomía personal.

- Ayudas técnicas y cuidados a través de las nuevas tecnologías, que permitan un mayor grado de autonomía.

- Atención personal de carácter temporal, en postoperatorio.

- Apoyo y formación sanitaria a personas cuidadoras.

- Servicios de acompañamiento para personas mayores y/o personas cuidadoras de personas mayores.

- Atención y cuidado personal en el domicilio y asistencia doméstica, incluidos suministros externos de comida y lavandería.

- Atención social y sanitaria en centros de día y centros de noche.

Prioridades:

14.1. Programas que fomenten el envejecimiento activo y la autonomía personal.

14.2. Programas dirigidos a personas mayores con cargas familiares o que vivan solas.

14.3. Programas dirigidos a personas mayores en situación de dependencia.

14.4. Programas dirigidos a personas mayores que vivan en grandes ciudades y en municipios del ámbito rural y que estén en situación de especial dificultad.

14.5. Programas dirigidos a personas mayores cuya capacidad jurídica está modificada judicialmente.

14.6. Programas de apoyo a las familias y a las personas cuidadoras, preferentemente a las familiares.

14.7. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas que incluyan ayudas técnicas deberán tener previsto el retorno de los aparatos suministrados para su reutilización.

- Deberán incorporar indicadores de calidad y de cumplimiento de objetivos.

- Los programas de atención en centros de día y centros de noche deberán comprender las áreas de atención social y sanitaria, así como el personal específico, cualificado y suficiente para el desarrollo de los mismos.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

15. Programas de apoyo al mantenimiento de redes de servicios de atención social y sanitaria a personas con adicciones.

Descripción: Programas dirigidos a la prevención de las adicciones o al aumento en la edad de inicio en el consumo de sustancias adictivas.

- Programas dirigidos a la promoción de estilos de vida saludables entre menores con consumos problemáticos de sustancias o conductas adictivas.

- Programas dirigidos a la atención de las adicciones desde un modelo de atención biopsicosocial.

- Programas de inserción sociolaboral de personas con adicciones.

Prioridades:

15.1. Aquellos programas que desarrollen las estrategias incluidas en el III Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones.

15.2. Aquellos programas dirigidos a la prevención y tratamiento del consumo de alcohol y cánnabis.

15.3. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas, así como mediadores y mediadoras con la debida acreditación.

Requisitos:

- Los programas deberán contener acciones de formación social y sanitaria general y específica, orientadas a la adquisición de los conocimientos técnicos y de las habilidades adecuadas, cuando éste sea un elemento esencial para la consecución de los objetivos y resultados previstos.

- Los programas deberán concretar las acciones a desarrollar y las evidencias científicas que los sustentan, el personal técnico que realizará el programa, y el número de personas beneficiarias directas, especificando las personas atendidas más vulnerables.

- Los programas deberán disponer de sistemas internos de seguimiento y evaluación de resultados.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

16. Programas de apoyo al mantenimiento de servicios de atención a personas con VIH y Sida.

Descripción: Estos programas tienen como finalidad dar continuidad a los programas de atención social y sanitaria a personas con VIH y Sida.

Prioridades:

16.1. Programas de mantenimiento de pisos de acogida para personas con VIH/Sida en situación de exclusión social y/o procesos inmunológicos severos.

16.2. Programas de apoyo integral bio-psico-social a personas con VIH/Sida.

16.3. Programas de intervención asistencial y seguimiento de la adherencia al tratamiento antirretroviral en personas VIH/Sida.

16.4. Las establecidas en la planificación vigente en Andalucía en materia de prevención y control de VIH y otras infecciones de trasmisión sexual.

16.5. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los pisos y/o casas de acogida contarán con la estructura necesaria y adecuada para la consecución de los objetivos.

- Los programas deberán contener acciones de formación social y sanitaria general y específica, orientadas a la adquisición de los conocimientos técnicos y de las habilidades adecuadas, cuando éste sea un elemento esencial para la consecución de los objetivos y resultados previstos.

- Los programas deberán concretar las acciones a desarrollar y las evidencias científicas que los sustentan, y el número de personas beneficiarias directas, especificando las personas atendidas más vulnerables.

- Los programas deberán disponer de sistemas internos de seguimiento y evaluación de resultados.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

II. PROGRAMAS DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS O DE INSERCIÓN LABORAL

17. Programas de promoción de la educación, salud y calidad de vida infantil y protección de los derechos de la infancia en el marco del II Plan de Infancia y Adolescencia 2016-2020.

Descripción: Los programas pretenden promover el desarrollo educativo y social de la infancia, fundamentalmente a través de actividades educativas, culturales y de tiempo libre, que fomenten hábitos de vida saludable, favorezcan la participación infantil, la inclusión social y/o ayuden a la sensibilización sobre los derechos de la infancia, así como facilitar el intercambio de información institucional que posibilite la relación de las niñas, niños y las familias.

Prioridades:

17.1. Programas que se desarrollen con niños y niñas en situación de riesgo y que propongan acciones preventivas y de intervención, complementarias de los servicios normalizado educativos, de tiempo libre o de servicios sociales y coordinada con éstos.

17.2. Programas que se desarrollen en servicios educativos o de tiempo libre en áreas desfavorecidas y/o zonas de riesgo social, mediante colaboración de entidades y municipios una vez finalizadas las actividades escolares diarias. Tendrán además como finalidad la conciliación de la vida familiar y laboral de las familias más desfavorecidas, especialmente durante los periodos vacacionales de niñas y niños, y fomentarán la participación y responsabilidad de la infancia.

17.3. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Debe existir personal, espacios y actividades diferenciadas según los diferentes tramos de edad.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

18. Programas complementarios al acogimiento residencial en centros de protección de menores.

Descripción: Estos programas ofrecen atención complementaria a los menores que residen en centros de protección de menores potenciando factores de desarrollo personal y educativo, así como habilidades sociales y emocionales para su integración y/o inserción sociolaboral.

Prioridades:

18.1. Intervención diagnóstica y psicoterapéutica para la atención a las necesidades emocionales con los menores del sistema de protección.

18.2. Programas de apoyo a la educación reglada para la mejora del rendimiento escolar.

18.3. Los programas innovadores que contemplen criterios de evaluación, apliquen estándares de calidad generales y de accesibilidad por cada tipo de servicio en acogimiento residencial y fomenten la participación de los menores en la elaboración de la programación de actividades del centro.

18.4. Programas que incluyan aspectos de mediación intercultural y aprendizaje del castellano para facilitar la adaptación del menor al centro y su integración social y laboral.

Requisitos:

- Los programas que contemplen gastos de inversión, deberán presentar una memoria explicativa de la actuación a realizar con especificación de los objetivos y las mejoras que se pretende alcanzar. Además, los programas de inversión han de reunir los requisitos y presentar la documentación que se determina en el apartado IV de este Anexo.

- Los programas de intervención psicoterapéutica deberán contar con personal con formación en psicología clínica y experiencia en el trabajo con trastornos de la vinculación y conductas disruptivas en menores del sistema de protección.

- Los centros deberán contar con la preceptiva autorización de funcionamiento de la Junta de Andalucía.

- Los programas dirigidos a menores extranjeros deberán contar con personal especializado en mediación intercultural y con conocimientos de inglés, francés y/o árabe.

19. Programas de fomento y apoyo al acogimiento familiar y adopción de menores con necesidades especiales.

Descripción: Estos programas están dirigidos a menores con necesidades especiales, favoreciendo su integración en un nuevo medio familiar, (niños de más de 7 años, grupos de hermanos, menores con discapacidades físicas o psíquicas) que se encuentran tutelados por las entidades públicas competentes en materia de protección.

Prioridades:

19.1. Sensibilización de la población y captación de familias para el acogimiento o la adopción de menores con necesidades especiales.

19.2. Intervención diagnóstica y psicoterapéutica para la atención a las necesidades emocionales con los menores del sistema de protección.

Requisitos:

- Experiencia y personal especializado en campañas de marketing social, para los programas de sensibilización y captación.

- Los programas de intervención psicoterapéutica deberán contar con personal con formación en psicología clínica y experiencia en el trabajo con trastornos de la vinculación y conductas disruptivas en menores del sistema de protección.

20. Programas para la prevención y atención educativa, social y sanitaria ante la violencia hacia la infancia.

Descripción: Estos programas pretenden que se lleven a cabo acciones que permitan la prevención, detección e intervención educativa, social y sanitaria, en su caso, del maltrato y de la explotación infantil, así como de la violencia entre iguales.

Prioridades:

20.1. Actuaciones con familias y/o menores en situación de riesgo complementarias y coordinadas con los servicios sociales y otros recursos existentes en la zona.

20.2. Actuaciones dirigidas a la prevención e intervención del abuso y la explotación sexual infantil.

20.3. Actuaciones dirigidas a la prevención, detección y/o intervención del maltrato en las redes sociales.

20.4. Actuaciones dirigidas a la prevención, detección, atención y seguimiento al maltrato infantil en el ámbito educativo y de servicios sociales.

20.5. Actuaciones dirigidas a la prevención, detección y lucha contra la violencia entre iguales.

20.6. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán contemplar mecanismos de coordinación con los servicios sociales comunitarios y especializados.

- Los programas deberán contar con profesionales con formación especializada y experiencia.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

21. Programas de inserción laboral de jóvenes en situación de dificultad social, que hayan estado bajo una medida de protección.

Descripción: Su objetivo es promover la integración laboral y social de los jóvenes, mayores de 16 años, que estén o hayan estado bajo una medida de protección, facilitándoles y/o los instrumentos y habilidades necesarias para promover su autonomía personal, así como alojamiento y convivencia en caso necesario.

Prioridades:

21.1. Programas de orientación y seguimiento en los itinerarios de inserción laboral.

21.2. Pisos asistidos o de emancipación.

21.3. Programas de desarrollo de actividades formativas y seguimiento laboral de los jóvenes contratados, así como prácticas laborales.

21.4. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los jóvenes con los que tiene lugar la intervención y apoyo tienen o han debido tener una medida de protección de menores.

- Para facilitar la realización de prácticas y la contratación de los jóvenes destinatarios del programa, se deberá disponer de convenios con empresas. .

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

22. Programas dirigidos a facilitar la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

Descripción: Su objetivo es extender la oferta de servicios que presten atención social y educativa a niños/as menores de tres años que, contemplando un proyecto socioeducativo adecuado,posibiliten la inserción socio laboral de las personas con responsabilidades familiares mediante una mejor conciliación entre la vida laboral, familiar y personal.

Asimismo, podrán incluirse servicios destinados a prestar apoyo directo a las familias con menores de 3 años, relacionados con pautas de crianza, para cubrir necesidades puntuales de conciliación,espacios de juego, de encuentro familiar o servicios de respiro, apoyo socioeducativo a la primera infancia en el ámbito rural, atención domiciliaria y otros de análoga naturaleza.

Prioridades:

22.1. Servicios con comedor para hijos/as de padres y madres trabajadores/as.

22.2. Servicios sin comedor complementarios de las funciones de cuidado que realiza la familia.

22.3. Servicios de atención social y educativa a niños/as y familias del medio rural y población dispersa, llevados a cabo en la propia casa o en otro espacio autorizado por la Administración competente.

22.4. Servicios que se presten en zonas de fuerte crecimiento demográfico o de nueva creación con población socialmente desfavorecida o en zonas rurales, así como aquéllas que requieran un refuerzo en la dotación de servicios para consolidar el asentamiento de su población.

22.5. Formación de profesionales en incorporación del enfoque integrado de género.

22.6. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los servicios con horario amplio y comedor deben estar abiertos un mínimo de ocho horas al día durante cinco días a la semana.

- Los servicios complementarios del cuidado de la familia deben atender a los/as niños/as durante un mínimo de tres horas diarias y realizar una tarea social y educativa con sus familias durante tres horas semanales como mínimo.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

23. Programas de inserción laboral para familias que se encuentran en situación de especial dificultad.

Descripción: Los programas deberán contemplar actuaciones de intervención orientadas a facilitar la inserción laboral en familias que se encuentren en las siguientes situaciones:

- Familias en situación de dificultad o exclusión social.

- Familias en situación de riesgo.

- Familias numerosas y familias monoparentales en situación de dificultad social y bajos ingresos.

Prioridades:

23.1. Los programas que se realicen en zonas con necesidades de transformación social o de riesgo social y que propongan acciones preventivas y de intervención, complementarias de los servicios normalizados educativos y de servicios sociales.

23.2. Los programas que prevean actuaciones con familias que presenten alto riesgo de exclusión social.

23.3. Los programas que establezcan mecanismos de coordinación con los servicios sociales y otros recursos existentes en la zona, como los de reinserción laboral, formación laboral, etc.

23.4. Formación de profesionales en incorporación del enfoque integrado de género.

23.5. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán contemplar intervenciones psicosociales de carácter integral individualizadas por grupo familiar.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

24. Programas de acceso al empleo para personas en situación o en riesgo de exclusión.

Descripción: Los programas tienen como objetivo la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de personas en situación o en riesgo de exclusión, que no acceden a las acciones formativas o al mercado de trabajo normalizados.

Prioridades:

24.1 Programas que faciliten el acceso al empleo por cuenta propia o ajena mediante el establecimiento de itinerarios personalizados de inserción que combinen diferentes actuaciones como información, orientación, formación, práctica laboral y acceso al microcrédito.

24.2 Programas que contemplen acciones de carácter integral con el fin de favorecer la inclusión activa a través del empleo, proporcionando además el acceso a servicios de calidad como educación, salud y vivienda y, en general, a los sistemas de protección social.

En los programas citados anteriormente, se financiará la adecuación y mejora de centros, así como la dotación de equipamiento. Los requisitos y documentación a presentar para ello se determinan en el apartado IV de este anexo.

24.3. Formación de profesionales en incorporación del enfoque integrado de género.

24.4. Programas de formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán acreditar, por escrito, su colaboración con los servicios sociales y de empleo, públicos, municipales o autonómicos de la zona de actuación.

- Los programas deberán recoger ampliamente las acciones concretas para la inserción laboral de las personas beneficiarias, indicando la denominación de la actividad, número de horas, número de participantes, las materias a impartir y las acciones concretas de adquisición de hábitos sociales y laborales adecuadas a las necesidades del mercado y de las propias beneficiarias; además, han de concretar el número de personas beneficiarias directas, sus características en relación a las acciones a desarrollar y los criterios establecidos para su selección.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

25. Programas de inserción social, laboral y educativa dirigidos a la población gitana en la línea de la planificación vigente en materia de de atención integral a la Comunidad Gitana en Andalucía.

Descripción: Los programas tienen como finalidad la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de aquellos grupos de la población gitana que tienen dificultad para acceder a las acciones de inserción laboral y formativas para su incorporación al mercado de trabajo, así como el fomento de la educación y escolarización, la prevención del absentismo y abandono escolar entre el alumnado gitano, y la formación de población gitana adulta, en colaboración con la red pública de servicios sociales, de empleo y educación, contemplándose la perspectiva de género y la igualdad entre hombres y mujeres.

Prioridades:

25.1. Programas de formación dirigidos a potenciar el acceso de las personas gitanas al empleo, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, así como su inserción social y laboral a través de itinerarios personalizados.

25.2. Programas de formación empresarial destinados al mantenimiento sostenible de las actividades de autoempleo de la población gitana, tales como la venta ambulante.

25.3. Programas de formación de mediadores y mediadoras interculturales en los ámbitos del empleo, acción social, educación, vivienda y salud. Se incluye en este ámbito la realización de programas de sensibilización, convivencia intercultural, la igualdad de trato y la no discriminación así como la asistencia a víctimas de discriminación.

25.4. Programas para fomentar la educación infantil, la escolarización obligatoria, el refuerzo educativo extraescolar, la prevención del absentismo y abandono escolar, así como la continuidad y permanencia en los estudios en los niveles medios y superiores. Se priorizarán aquellos programas que incluyan la intervención e implicación de las familias gitanas y su concienciación sobre la importancia de la educación y la escolarización.

25.5. Programas integrales de personas adultas, especialmente mujeres, que incluyan actividades de alfabetización, de aprendizaje para la participación social, que faciliten el acceso y el conocimiento de las tecnologías de la información y comunicación y que, en su caso se trabajen itinerarios personalizados de inserción sociolaboral.

25.6. Programas socio-formativos destinados a personas gitanas internadas en centros penitenciarios, con especial incidencia en la población gitana femenina reclusa para fomentar la reestructuración familiar y el arraigo social.

25.7. Programas de acompañamiento social a familias gitanas en actuaciones de realojamiento o de acceso a vivienda normalizada.

25.8. Formación de profesionales en incorporación del enfoque integrado de género.

25.9. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán describir ampliamente las actuaciones concretas y especificar el número de personas beneficiarias directas, los perfiles de exclusión y los criterios establecidos para su selección. Los horarios de las actividades deberán ser diseñados de acuerdo con las necesidades e intereses de las mujeres.

- Las y los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con experiencia y formación adecuada al tipo de intervención y/o formación que realicen.

- Los programas de formación para el empleo deberán incluir materias en las áreas de formación básica y ocupacional, formación profesional general y/o especializada y actividades complementarias.

- Los programas de apoyo y seguimiento en las etapas de educación infantil y obligatoria y los de prevención del absentismo escolar, deberán acreditar la coordinación con los centros escolares de la localidad en que se realicen y la implicación activa de las familias afectadas.

- Los programas que se realicen en centros penitenciarios deberán contar con la preceptiva autorización de la dirección de los centros de que se trate.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

26. Programas dirigidos a promover la inserción sociolaboral de los jóvenes y personas desempleadas de larga duración.

Descripción: Su objetivo es promover la integración sociolaboral de los jóvenes y personas desempleadas de larga duración, mediante el diseño y realización de acciones integrales de orientación laboral e itinerarios personalizados de inserción laboral.

Prioridades:

26.1. Programas para jóvenes dirigidos a la búsqueda de empleo mediante la adquisición de valores, competencias y habilidades.

26.2. Programas que promuevan la igualdad en el empleo entre la población juvenil.

26.3. Programas para jóvenes que cumplan con los objetivos del Plan de Empleo y Garantía Juvenil.

26.4. Programas que desarrollen sistemas de reconocimiento formal o no formal de competencias y habilidades que puedan ser obtenidas mediante la acción voluntaria.

26.5. Programas de formación, promoción y participación del voluntariado.

Requisitos:

- Los programas de empleo se dirigirán a jóvenes entre 14 y 30 años.

- En los programas de voluntariado deberá concretarse el número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

27. Programas que fomenten la cultura emprendedora, la creación de empresas y el autoempleo, especialmente entre los jóvenes.

Descripción: Programas cuyo objeto sea la trasmisión de conocimientos y habilidades en la creación de empresas y autoempleo o la creación y desarrollo de estructuras de asesoramiento para el autoempleo, mediante el reforzamiento de los equipos técnicos de intervención directa con personas desempleadas, o mediante el acompañamiento de personas voluntarias.

Prioridades:

27.1. Programas que fomenten la cultura emprendedora entre los jóvenes.

27.2. Programas que contengan acciones de información, motivación y asesoramiento en la elaboración de proyectos empresariales.

27.3. Programas que desarrollen acciones formativas a emprendedores y emprendedoras.

27.4. Programas de voluntariado que favorezcan el desarrollo intergeneracional entre personas mayores voluntarias y jóvenes en la creación de empresas.

Requisitos:

- Los programas que fomenten la cultura emprendedora se dirigirán a jóvenes entre 14 y 30 años.

- En los programas de voluntariado deberá concretarse el número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

28. Programas educativos para la trasmisión de valores solidarios entre los jóvenes.

Descripción: Programas dirigidos a transmitir entre las personas jóvenes, a través de la educación formal y no formal, los valores del compromiso solidario con las personas más desfavorecidas y desarrollar acciones preventivas contra el racismo, la xenofobia y todo tipo de discriminación de las personas por razón de sexo, origen racial o étnico, nacionalidad, religión o creencias, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Prioridades:

28.1. Programas que elaboren o desarrollen contenidos educativos o experiencias que favorezcan valores de solidaridad, convivencia, tolerancia, igualdad y participación entre los jóvenes, y contribuyan a prevenir y luchar contra el racismo, la xenofobia y todo tipo de discriminación de las personas por razón de sexo, origen racial o étnico, religión o creencias, orientación o identidad sexual, edad, discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

28.2. Programas de voluntariado en espacios de educación formal o no formal, que desarrollen contenidos educativos o experiencias que favorezcan los valores de la solidaridad, inclusión educativa y la participación comprometida de los jóvenes.

28.3. Programas de voluntariado que favorezcan el compromiso del profesorado y de la dirección de los centros escolares en la programación de actividades escolares o extraescolares.

Requisitos:

- En el caso de programas para jóvenes, los programas deberán concretar acciones a desarrollar y disponer de sistemas internos de seguimiento y evaluación de resultados.

- En el caso de programas de voluntariado que se desarrollen en instituciones educativas deberán contar con su colaboración y autorización.

29. Programas para la inserción sociolaboral de las mujeres.

Descripción: Programas dirigidos a impulsar la incorporación y mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral, especialmente las que se encuentran en situaciones de más vulnerabilidad, así como a facilitar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.

Prioridades:

29.1. Programas de formación en nuevos sectores de empleo (medio ambiente, nuevas tecnologías, desarrollo sostenible, etc.) o que impliquen acuerdos con empresas que garanticen la inserción profesional de un número de mujeres por programa o por empresa.

29.2. Programas de formación a colectivos con especiales dificultades o que incluyan itinerarios de inserción, especialmente prácticas en empresas, y diversificación profesional (mujeres jóvenes, mujeres mayores de 45 años, mujeres con discapacidad, mujeres transexuales y mujeres que vivan en el ámbito rural).

29.3. Programas que ofrezcan oportunidades de empleo y autoempleo a mujeres que vivan en el mundo rural (formación en nuevas tecnologías, asesoramiento para la distribución de sus productos a través de redes comerciales, ferias, medio ambiente, desarrollo rural, diversificación de actividades, etc.).

29.4. Programas de promoción de la actividad empresarial de las mujeres (asesoramiento, contacto entre redes empresariales de mujeres, etc.).

29.5. Programas dirigidos a vigilar el cumplimiento de la normativa laboral en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, especialmente, la igualdad salarial.

29.6. Programas que faciliten la conciliación entre la vida personal, laboral y familiar.

29.6.1. Los que faciliten la reincorporación al trabajo de las mujeres, tras un periodo de inactividad por cuidado de familia.

29.6.2. Los que faciliten la corresponsabilidad entre mujeres y hombres en el trabajo y en el ámbito doméstico.

29.6.3. Los que fomenten la integración de la perspectiva de género en la actividad profesional, mediante actuaciones de sensibilización y formación en las empresas, medidas de conciliación, etc.

29.7. Programas que fomenten la integración personal, social y laboral de mujeres en situación de exclusión social y/o de especial vulnerabilidad.

29.8. Programas que fomenten la integración personal, social y laboral de mujeres víctimas de delitos relacionados con todas las forma de violencia contra la mujer.

29.9. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán concretar las acciones a desarrollar, así como los criterios de selección de las mujeres de los colectivos con especiales dificultades.

- Los programas deberán incluir un sistema de evaluación de resultados.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

30. Programas dirigidos a favorecer la inserción sociolaboral de las personas con discapacidad.

Descripción: Programas que tengan por objeto promover el acceso a servicios de formación y orientación profesionales al empleo ordinario de las personas con discapacidad.

Prioridades:

30.1. Programas que combinen actividades de diferente naturaleza: información, orientación y asesoramiento, habilidades sociales y técnicas de comunicación, formación, práctica laboral e itinerario personalizado de acompañamiento, seguimiento en el proceso de inserción laboral, y atención al alumnado en situación o riesgo de exclusión social que finalice el programa de tránsito a la vida adulta y laboral (PTVAL) en los centros de educación especial.

30.2. Programas que posibiliten la inserción laboral de las personas con discapacidad de acceso al empleo a través del conocimiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

30.3. Programas que faciliten el establecimiento por cuenta propia de personas con discapacidad.

30.4. Programas de información de las condiciones, obligaciones y beneficios de la contratación de personas con discapacidad a pequeñas y medianas empresas.

30.5. Formación de profesionales en incorporación del enfoque integrado de género.

30.6. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán recoger ampliamente las acciones concretas de formación y capacitación para la inserción laboral adecuadas a las necesidades del mercado y de las personas beneficiarias tales como servicios de intermediación laboral que desarrollen un conjunto de acciones cuyo fin último sea contribuir a la capacitación e inserción laboral de personas con discapacidad en entornos normalizados.

- Los programas deberán concretar el número de personas beneficiarias directas, especificar los perfiles de exclusión de las usuarias y usuarios de los mismos y los criterios establecidos para su selección.

- En los programas en los que se prevea la formación de profesionales en enfoque integrado de género, deberá concretarse su número.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

31. Programas para la inserción sociolaboral de personas reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas.

Descripción: Programas para la integración social y laboral, formativos, educativos, culturales y deportivos para internos/as en régimen ordinario y cerrado.

Prioridades:

31.1. Formación ocupacional y para el empleo, talleres ocupacionales, orientación laboral, acompañamiento y seguimiento para la inserción laboral, habilidades sociales y técnicas de comunicación.

31.2. Asesoramiento personal y jurídico, desarrollo personal, pisos de acogida para permisos de salida, creación de unidades dependientes, salidas programadas de tipo terapéutico, programas de igualdad y derechos humanos.

31.3. Educación para la salud, idiomas. Fomento de la lectura y escritura, informática y talleres de nuevas tecnologías, educación medioambiental, educación vial, formación en igualdad y derechos humanos, talleres formativos con especial incidencia de la relación intergeneracional, actividades ocupacionales, talleres de cine, teatro y música, salidas culturales y deportivas, deporte de recreación, de competición y escuelas deportivas, actividades lúdicas, de ocio y ocupación del tiempo libre.

31.4. Programas de acompañamiento sociolaboral, formativos, educacionales, culturales y deportivos para internos/as en régimen ordinario y cerrado.

Descripción: Programas sanitarios y/o de atención a las drogodependencias dirigidos a lograr la inserción laboral e integración social, formativos y educativos para internos/as en el medio abierto y liberados condicionales.

Prioridades:

31.5. Atención a personas con adicciones, personas con VIH y Sida y otras patologías polivalentes, atención a personas con enfermedades mentales y personas con discapacidad intelectual, apoyo psicológico, apoyo a personas mayores, personas con enfermedades crónicas y con necesidad de cuidados paliativos.

31.6. Formación ocupacional y para empleo, talleres ocupacionales, orientación laboral, técnicas de búsqueda de empleo, acompañamiento y seguimiento para la inserción laboral.

31.7. Asesoramiento personal y jurídico, acogida para personas con VIH y Sida y otras enfermedades, atención a personas con discapacidad sensorial y/o física, violencia de género en el ámbito doméstico, y agresores sexuales, mediación penitenciaria y justicia retributiva, desarrollo personal, competencia y habilidades sociales, pisos de acogida para personas liberadas condicionales y definitivas, unidades dependientes.

31.8. Programas formativos de idiomas, informática y actividades ocupacionales, programas deportivos, programas de actividades lúdicas, de ocio y ocupación del tiempo libre.

31.9. Programas de acompañamiento sociolaboral, formativos, educacionales, culturales y deportivos para internos/as en régimen abierto.

Descripción: Programas de atención a los colectivos específicos de personas migrantes, de mujeres, e niños y niñas residentes en centros penitenciarios o unidades de madres, de jóvenes y de personas mayores.

Prioridades:

31.10. Asesoramiento personal y jurídico, programas de integración en los valores del sistema democrático y en los valores de la cultura occidental, enseñanza del idioma español para personas extranjeras.

31.11. Programas de orientación e inserción laboral dirigidos específicamente a mujeres, programas de desarrollo personal, mejora de autoestima, promoción de habilidades saludables y similares, programas de prevención de violencia de género y tratamiento de víctimas, programas socioeducativos, formativos y de ocupación del tiempo libre.

31.12. Salidas programadas con niños y niñas destinadas a favorecer su integración en el entorno social, vacaciones programadas de los/as niños/as y sus madres, salidas de fin de semana de los niños y las niñas, celebración de festividades para favorecer la relación grupal en un clima lúdico y festivo, programas de intervención con los/as niños/as y con sus madres, guarderías durante la celebración de comunicaciones.

31.13. Programas de inserción y orientación laboral para jóvenes, programas de sensibilización y prevención de la violencia de género y de otras conductas antisociales, programas de fomento de hábitos saludables, educación sexual, educación medioambiental y similares, programas de intervención social y educativa que incluyan actuaciones individualizadas de apoyo psicológico y emocional, programas de educación en valores que fomenten la convivencia y la tolerancia.

31.14. Apoyo, información, asesoramiento personal y jurídico, apoyo a personas mayores, personas con enfermedades crónicas y con necesidad de cuidados paliativos, programas de intervención social y educativa que incluyan actuaciones individualizadas de apoyo psicológico y emocional.

Descripción: Programas para la colaboración en la suspensión y sustitución de la ejecución de las penas privativas de libertad, y para la colaboración en el cumplimiento de penas privativas de derechos. Los trabajos en beneficio de la comunidad en fórmulas de cumplimiento mediante programas o talleres reeducativos.

Prioridades:

31.15. Apoyo terapéutico a las personas con abuso o dependencia de drogas para la colaboración en la suspensión y sustitución de la ejecución de las penas privativas de libertad, apoyo a programas de tipo formativo, cultural, educativo, profesional, de tratamiento psicológico con especial atención al tratamiento a maltratadores por violencia de género, en el ámbito familiar, agresores sexuales y otros similares.

31.16. Participación en programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de defensa del medio ambiente, de protección de los animales, de igualdad de trato y no discriminación, y otros similares, así como programas de deshabituación al consumo de alcohol, drogas tóxicas o sustancias estupefacientes, o de tratamiento de otros comportamientos adictivos, derivados del artículo 90 del Código Penal.

Descripción: Programas de voluntariado con las personas más vulnerables.

Prioridades:

31.17. Formación, promoción y participación de las personas voluntarias.

Requisitos:

- Los programas deben especificar el Centro Penitenciario y/o provincia de actuación.

- Los programas deben adaptarse a las instrucciones de intervención de Organizaciones no Gubernamentales y entidades colaboradoras dictadas por las Administraciones Penitenciarias competentes.

- Debe acompañarse de memoria de evaluación de los resultados obtenidos en el caso de programas que hayan estado en funcionamiento con anterioridad, y no debe constar informe desfavorable de los mismos por parte de los centros penitenciarios donde se hayan llevado a cabo.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

32. Programas para la inserción sociolaboral de las personas migrantes.

Descripción: El objeto de estas subvenciones será la realización de programas que fomenten la integración sociolaboral, el retorno, la reagrupación familiar, los procesos de acogida e integración, de las personas inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional, en situación de vulnerabilidad, y víctimas de trata, así como asistencia a los emigrantes españoles que retornan a nuestro país para facilitarles su reingreso en la sociedad española.

Prioridades:

32.1. Programas de información, orientación social y cívica, formación, asesoramiento legal, traducción e interpretación, mediación social e intercultural dirigidos a inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional, que tengan como objetivo proporcionar y favorecer el acceso a los servicios sociales generales y la cobertura de las necesidades personales, laborales y sociales que promuevan la igualdad de trato y la convivencia ciudadana. Así mismo, se contemplan acciones formativas y cursos de español que favorezcan la inserción social de los recién llegados o de personas que no hayan alcanzado un nivel suficiente de idioma que les permita desenvolverse de forma autónoma.

32.2. Programas para la mediación social e intercultural ámbito educativo, sanitario, vecinal y social y/o promuevan la participación social.

32.3. Programas de acogida integral para la atención de las necesidades básicas y de apoyo a la inserción a personas inmigrantes, solicitantes de asilo y otras personas con protección internacional que incluyan la creación o mantenimiento de plazas de acogida que proporcionen recursos de alojamiento y manutención. Estos programas podrán contemplar también obras de adaptación, equipamiento y reposición de mobiliario y enseres de los distintos alojamientos.

32.4. Programas de información, orientación, formación y asesoramiento sociolaboral a través de itinerarios personalizados de acompañamiento, intermediación y seguimiento en el proceso de búsqueda de empleo e inserción laboral, destinados a potenciar el acceso al empleo y la promoción de la cultura emprendedora.

32.5. Programas que tengan como objetivo facilitar y favorecer la reagrupación familiar de personas inmigrantes.

32.6. Programas que tengan como objetivo el retorno voluntario de las personas inmigrantes a sus países de origen y que favorezcan la reinserción social, priorizando a los colectivos de inmigrantes de especial vulnerabilidad y mujeres víctimas de violencia de género en cualquiera de sus manifestaciones.

32.7. Programas de apoyo y facilitación de la movilidad geográfica de los trabajadores inmigrantes dentro de todo el territorio regional.

32.8. Programas dirigidos a la asistencia de emigrantes españoles retornados a nuestro país, durante el tiempo necesario para poder acogerse a los sistemas generales de atención.

32.9. Programas que promuevan la sensibilización, la igualdad de oportunidades, la lucha contra el racismo y la xenofobia y la convivencia intercultural en barrios con una presencia significativa de población inmigrante.

32.10. Programas destinados al pago de los costes de trámites en los consulados de los países de origen, así como los desplazamientos de las usuarias y usuarios para la obtención de los elementos imprescindibles para su normalización documental en España.

32.11. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Que los programas de orientación, información y acogida integral, sean subsidiarios y/o complementarios de aquellos que tengan establecidos las autoridades competentes con carácter general para toda la población.

- Que las personas beneficiarias necesiten una acción compensatoria frente a las dificultades específicas derivadas de formar parte de los colectivos citados.

- Que los programas guarden relación con aquellas situaciones en las que las Administraciones Públicas consideren urgente su intervención.

- Que en los programas referidos a la mejora de las condiciones de habitabilidad las personas beneficiarias acrediten la titularidad o derecho suficiente sobre la vivienda o alojamiento o, en su caso, la autorización de la persona arrendadora, propietaria o titular del derecho, siendo obligación de las entidades solicitantes la comprobación de tales extremos. Igualmente, deberá constar el compromiso de la entidad solicitante de exigir la acreditación de la residencia efectiva, así como, en su caso, de obtener las licencias y permisos pertinentes para la ejecución de la obra.

- Que los programas de reagrupación familiar, contemplen dispositivos de información sobre acogida y/o módulos informativos introductorios con antelación o con posterioridad a la llegada de los familiares reagrupados.

- Que las personas beneficiarias de programas de retorno voluntario no estén incursas en ninguno de los supuestos de prohibición de salida de España previstos en la legislación de extranjería, que acepten el compromiso de no retornar a España en el plazo de tres años, a partir del momento de su salida para realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena, y en el caso de los programas de ayuda al viaje que complementen el Plan de Retorno Voluntario mediante el abono anticipado y acumulado de la prestación contributiva por desempleo, tengan reconocido este derecho por el Servicio Público de Empleo Estatal y haber recibido el primer pago de dicha prestación.

- Que en los programas de movilidad geográfica, las personas inmigrantes estén en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social y que favorezcan la inserción laboral y/o social de los trabajadores inmigrantes y sus familias.

- Que los programas dirigidos a la asistencia y acogida temporal de las personas retornadas estén coordinados con los Servicios Sociales de carácter público.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

- Que los programas de interpretación y traducción sean prestados por entidades que cuenten con profesionales de experiencia y capacidad suficiente para facilitar la prestación de estos servicios con garantía de calidad.

33. Programas de inserción sociolaboral para personas con infección VIH/Sida.

Descripción: Tienen como finalidad la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de las personas con VIH y Sida.

Prioridades:

33.1. Programas de apoyo y acompañamiento en la búsqueda de empleo en su proceso de inserción laboral.

33.2. Programas de coordinación entre entidades, empresas y sindicatos para búsqueda de puesto de trabajo.

33.3. Programas de formación dirigida, capacitación y búsqueda activa de empleo para potenciar el acceso y la inserción laboral.

33.4. Formación, promoción y participación del voluntariado en estos programas.

Requisitos:

- Los programas deberán contemplar itinerarios de integración laboral personalizados.

- Los programas deberán disponer de sistemas internos de seguimiento y evaluación de resultados.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberáconcretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

III. PROGRAMAS PARA EL FOMENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Y PREVENCIÓN DE LA DELINCUENCIA

34. Programas residenciales y de ejecución de medidas en medio abierto para menores de edad en conflicto social, susceptibles de materialización por las Organizaciones no Gubernamentales.

Descripción: Estos programas destinados a menores en conflicto social tienen por objeto la intervención con menores que se encuentren cumpliendo una medida en medio abierto, ofrecer alojamiento y convivencia en centros, pisos o mini-residencias a los menores que se encuentren cumpliendo medidas de internamiento, o desarrollar actuaciones derivadas de las reparaciones extrajudiciales dictadas por los jueces de menores, promoviendo como finalidad su educación e inserción laboral.

Prioridades:

34.1. Programas que establezcan mecanismos de coordinación que hagan más eficaz la integración de los menores en el contexto familiar, social, educativo y laboral, así como intervención educativa en en el medio familiar.

34.2. Programas innovadores y que contemplen criterios de calidad y evaluación para mejora de la intervención en medio abierto y en los servicios residenciales.

34.3 Programas que contemplen la mediación intercultural para facilitar la adaptación del menor o la menor al centro, además de la relación del equipo técnico con las familias.

Requisitos:

- En los programas en que se prevea la participación de personas voluntarias deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

- Los programas residenciales deberán contar con la infraestructura necesaria y adecuada para la consecución de los objetivos. Las residencias deberán contar, en todo caso, con módulos diferenciados.

- Los programas que contemplen gastos de inversión, deberán presentar una memoria explicativa de la actuación a realizar con especificación de los objetivos y las mejoras que se pretende alcanzar. Además, los programas de inversión han de reunir los requisitos y presentar la documentación que se determina en el apartado IV de este Anexo.

35. Programas para la prevención de delitos relacionados con todas las formas de violencia contra las mujeres, incluida la protección integral de sus víctimas.

Descripción: Programas que tengan por objeto la prevención de delitos relacionados con todas las formas de violencia contra las mujeres, incluida la protección integral de sus víctimas y sus hijos e hijas: violencia de género, trata con fines de explotación sexual, delitos contra la libertad sexual, mutilación genital femenina, matrimonios forzados, etc.

Prioridades:

35.1. Programas de información, formación y sensibilización dirigidos a prevenir la comisión de delitos de violencia contra las mujeres, cualquiera que sea su expresión.

35.2. Programas que coadyuven a la seguridad y protección integral de sus víctimas y sus hijos e hijas, incluido el alojamiento para facilitar el desplazamiento de un territorio a otro.

35.3. Programas dirigidos a grupos especialmente vulnerables (mujeres con discapacidad, mujeres del medio rural, mujeres mayores, mujeres inmigrantes, entre otros).

35.4. Programas de formación, promoción y participación del voluntariado para el acompañamiento y apoyo a las víctimas de delitos relacionados con la violencia contra las mujeres.

Requisitos:

- Los programas deberán incorporar indicadores de calidad y de cumplimiento de objetivos.

- Las y los profesionales que lleven a cabo estos programas deberán contar con la experiencia y formación adecuada al tipo de intervención que realicen y formar parte de un equipo multidisciplinar.

- Los programas en que se contemplen actuaciones con menores deberán garantizar la atención especializada a los mismos.

- En los programas en los que se prevea la participación de personal voluntario deberá concretarse su número y su formación y experiencia anterior en programas similares.

36. Programas destinados a reforzar la atención y orientación a víctimas de discriminación, odio e intolerancia.

Descripción: Los programas tienen como objetivo crear o reforzar servicios de atención, asesoramiento y orientación jurídica a las personas que puedan ser objeto de discriminación directa, indirecta o cualquier otro tipo de discriminación (acoso discriminatorio, discriminación múltiple, discriminación por asociación, etc.) por razón de sexo, origen racial o étnico, discapacidad, física o psíquica, religión o creencias, orientación sexual, identidad de género, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como a las víctimas de delitos de odio e intolerancia, incluidos los de discurso de odio.

Prioridades:

36.1. Programas destinados a prestar atención integral a los casos de discriminación recibidos en el servicio u oficina especializada, por medio de una metodología sistemática basada en la aplicación de un protocolo de intervención a personas que sufran o hayan sufrido algún incidente discriminatorio o delito de odio, o conozcan situaciones de discriminación en su entorno más cercano, mediante atención presencial, telefónica y en línea.

36.2. Programas que tengan como objetivo la formación de las y los profesionales encargados de prestar asistencia y tramitar las reclamaciones y denuncias de las víctimas de discriminación.

36.3. Programas de información y sensibilización dirigidos a la ciudadanía en general y, en particular, a los grupos de población que presentan mayor vulnerabilidad ante la discriminación, destinados a mejorar el conocimiento de sus derechos y de los recursos existentes en caso de que quieran interponer una reclamación o denuncia. Se pretende que a través de estos programas se incremente el nivel de concienciación y la capacidad de detección de incidentes discriminatorios y delitos de odio por parte de la ciudadanía, así como el conocimiento de a qué recursos cabe acudir para hacerle frente.

36.4. Programas de formación, promoción y participación del voluntariado para el acompañamiento y apoyo a las víctimas.

Requisitos:

- La población destinataria será el conjunto de la ciudadanía, entendiendo por ello que las actividades de formación, información y sensibilización podrán dirigirse a todo tipo de grupos de población, así como a las entidades, ONG y agentes implicados en la promoción de la igualdad de trato y la erradicación de la discriminación y de los delitos de odio e intolerancia.

- En relación con la asistencia a víctimas de discriminación, ésta podrá dirigirse tanto a la persona o grupo en que se integra, víctima potencial de un incidente discriminatorio, de un delito de odio o intolerancia, así como a las personas de su entorno más cercano (familiares, conocidos/as, amigos/as, etc.).

- Se entenderá por discriminación directa la situación en que se encuentra una persona o grupo en que se integra que sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otras en situación análoga o comparable. Se entenderá por discriminación indirecta la producida cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras.

- Se entenderá por delitos de odio aquellos delitos cometidos por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación sexual, o su identidad de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad, incluidos los delitos relacionados con el denominado discurso del odio, propagado a través de internet y las redes sociales.

- Los programas de asistencia deberán contemplar la realización de las averiguaciones necesarias para determinar las circunstancias en las que se produjo el incidente discriminatorio, la indicación y en su caso derivación a los recursos sociales públicos que corresponda, la redacción de escritos y asistencia jurídica con el objeto de restablecer y reparar los derechos supuestamente vulnerados y la resolución alternativa de conflictos, con el consentimiento de las partes, a través de mecanismos de mediación.

- Los programas de asistencia exigirán la apertura de un expediente por cada incidente discriminatorio y la redacción de informes trimestrales de actividades y casos atendidos, recogiendo, al menos, datos relativos a la edad, sexo de la víctima, motivo(s) de discriminación, origen geográfico, ámbito en que se produce la discriminación (empleo, educación, vivienda, salud, etc.), agente discriminador (personas física o jurídica) y derechos vulnerados, además de resultados de las actividades de asistencia, descripción de las actuaciones llevadas a cabo, análisis de los factores favorables y desfavorables que incidieron en las actuaciones y valoración del grado de satisfacción de las personas usuarias del servicio.

- Los programas de asistencia incluirán un plan de trabajo global que incluya un catálogo de servicios a prestar.

- Los programas de formación, información y sensibilización incluirán la presentación de un plan de actuaciones que detalle la programación de actividades, propuesta metodológica y perfil de personas destinatarias.

IV. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS PROGRAMAS QUE INCLUYAN INVERSIONES

Requisitos.

- El proyecto objeto de financiación deberá haber sido financiado en convocatorias anteriores con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y además deberá presentar la documentación a la que se hace referencia en el apartado siguiente.

- No se exige el requisito de que el proyecto haya sido financiado en convocatorias anteriores cuando se trate de financiar el equipamiento y las obras de adaptación y rehabilitación de centros necesarias para su puesta en funcionamiento y/o para poder prestar a las personas una atención adecuada y de calidad.

- En el supuesto de que el programa presentado suponga disponibilidad de nuevas plazas, deberá documentarse la fórmula prevista para la financiación de estas plazas o, en su caso, para el mantenimiento del centro.

Documentación a presentar.

- Cuando se trate de proyectos de inversión financiados en convocatorias anteriores, declaración de la persona representante de la entidad en la que conste que el proyecto no ha sufrido reformas ni revisiones o variaciones en el precio inicial.

- Cuando se trate de proyectos de inversión financiados en convocatorias anteriores, certificado de la dirección facultativa relativo a la ejecución de la obra realizada o, en otro caso, de la persona representante legal de la entidad ejecutante relativo a las actuaciones realizadas. En ambos casos, los datos serán referidos a los gastos realizados con cargo a la convocatoria anterior, concretando las anualidades objeto de financiación.

- Cuando se trate de proyectos de inversión financiados en convocatorias anteriores, memoria sobre la ejecución de las inversiones y el grado de cumplimiento de los objetivos previstos, a la fecha de publicación de esta convocatoria.

- Documento acreditativo de que se dispone de titularidad suficiente sobre el inmueble o, caso de que sean inmuebles arrendados o cedidos, contrato de arrendamiento o documento acreditativo de cesión al menos por 20 años, y autorización de la persona propietaria.

- Anteproyecto presupuestado o proyecto de obras, ajustado a la normativa vigente y con las especificaciones técnicas y arquitectónicas adecuadas a las personas usuarias del centro. Cuando se trate de obras de menor cuantía (conservación y reparaciones de menor cuantía) deberá presentarse, en su lugar, presupuesto detallado y memoria firmada por el o la Contratista.

- Informe sobre viabilidad urbanística y acreditación de la posibilidad legal de obtener las licencias y permisos necesarios.

- Cuando el coste de la obra supere los 50.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

- En el supuesto de adquisición de equipamiento, presupuesto de la casa suministradora, con indicación del coste por unidad y del importe total de las adquisiciones que se pretenden realizar.

- Cuando el coste del equipamiento supere los 18.000 euros, deberán aportarse como mínimo tres ofertas distintas, debiendo justificarse la elección de una de ellas.

- En el supuesto de que el programa presentado suponga disponibilidad de nuevas plazas, deberá documentarse la fórmula prevista para la financiación de estas plazas o, en su caso, para su mantenimiento.

- Los criterios sociales a aplicar para la selección de las personas usuarias y el régimen de aportación económica por los servicios que se vayan a recibir.

V. REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN LOS PROGRAMAS QUE IMPLIQUEN CONTACTO HABITUAL CON PERSONAS MENORES DE EDAD

Requisitos.

Las personas que participen en programas que impliquen contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, debiendo quedar a disposición de la Administración dicha documentación.

Documentación a presentar.

- Declaración responsable del representante legal de la entidad en la que se acredite que obra en su poder la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales de todo el personal que vaya a tener contacto habitual con menores.

- Actualización de la declaración anterior cada vez que se produzca la incorporación de nuevo personal, durante el desarrollo de las actuaciones.

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