Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 27/09/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Orden de 20 de septiembre de 2017, por la que se encomienda al Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico la realización de determinadas actividades para la Conmemoración del V Centenario de la Primera Circunnavegación de la Tierra.

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El Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico (en adelante IAPH) es una agencia pública empresarial de las previstas en el artículo 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía.

Fue creada por la Ley 5/2007, de 26 de junio, por la que se crea como entidad de derecho público el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, que la dota de personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar para el cumplimiento de sus fines. Goza de patrimonio y administración propios, y queda adscrita a la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de cultura. Por el Decreto 75/2008, de 4 de marzo, el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico se adapta a la Ley 9/2007, y se aprueban sus estatutos.

De conformidad con el artículo 3.1 de la Ley 5/2007, de 26 de junio, el IAPH, tiene como fines la intervención, investigación e innovación, documentación, comunicación y desarrollo del patrimonio cultural en el marco de los planes de investigación, desarrollo e innovación de la Junta de Andalucía.

Según se establece en el artículo 4.1.l) de los estatutos del IAPH, será función del Instituto cualquiera que le sea encomendada por la Consejería competente en materia de cultura de conformidad con sus fines. Así, el IAPH deberá ejecutar, con carácter obligatorio, las actividades que le sean encomendadas por la Consejería de acuerdo con sus competencias. Asimismo, el artículo 4.2 de los estatutos indica que los trabajos y actividades que realice el Instituto para la Consejería competente en materia de cultura serán considerados como realizados con los medios y por los servicios propios de esta última, a los efectos establecidos en la normativa de contratación pública.

La Consejería de Cultura, a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.2.a) del Decreto 213/2015, de 14 de julio, por el que se establece su estructura orgánica, tiene competencias en materia de: «promoción, fomento, protección y difusión de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones tales como el patrimonio histórico, artístico, monumental, científico, industrial, arqueológico, etnológico y el patrimonio bibliográfico y documental». Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 del mismo, le corresponde a la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, con carácter general, el diseño y ejecución de las políticas de acción y promoción cultural y de las industrias culturales, la innovación en el sector cultural, su promoción, difusión y la interlocución y coordinación con los sectores y agentes sociales. Asimismo, le corresponde el fomentde la lectura y la promoción del libro y el fomento y la gestión de los archivos, bibliotecas y centros de documentación, y la gestión, de acuerdo con la normativa aplicable, de los archivos y bibliotecas de titularidad estatal.

En particular, le corresponde a la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, de conformidad con el artículo 8.2 párrafos a) y b) del citado Decreto, la ejecución de la planificación de la acción cultural y su coordinación con otras instituciones públicas y privadas; el apoyo a la creación de industrias creativas en materia de teatro, música, flamenco, danza, cinematografía y artes audiovisuales, así como en el ámbito del libro y la edición, de las artes plásticas y de los bienes culturales, la promoción de la creación artística, así como el impulso a una cultura de innovación en el ámbito de las citadas industrias.

Por su parte, el artículo 2.4.a) del citado Decreto determina que figura adscrito a la Consejería de Cultura el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, a través de la Dirección General de Bienes Culturales y Museos conforme a lo dispuesto en el artículo 7.5 del mismo.

Durante el año 2016 se han realizado actividades diversas dirigidas a la sociedad en general, a los visitantes y, de manera muy especial, al sector educativo, que ponen de manifiesto la importancia histórica y cultural de la próxima conmemoración de los 500 años (1519-1522) del primer viaje de circunnavegación realizado por Magallanes y Elcano. Dichas actividades tuvieron como foco de atención los municipios de Sanlúcar de Barrameda y Sevilla, ciudades desde donde en 1519 partieron cinco naos al mando de Magallanes. De Sevilla partió con la orden de descubrir una ruta occidental para llegar a las Molucas, para favorecer el control del comercio de las especias, en manos de los portugueses desde la firma del tratado de Tordesillas en 1494. De ellas, tres años después (1522), únicamente regresaría la Nao Victoria, cargada de especias (principalmente clavo) como testimonio de la nueva ruta descubierta. Una expedición con fines comerciales que permitió a la Corona Española conocer nuevas razas, tierras, mares y océanos, así como realizar por vez primera para la humanidad la circunnavegación de nuestro Planeta.

La Consejería de Cultura tiene interés en realizar determinadas actividades conmemorativas del primer viaje de circunnavegación. En el año 2016 se han realizado diferentes actividades de carácter divulgativo y didáctico, por lo que para este año 2017 se proponen una serie de actividades para reforzar y dar continuidad en el tiempo y el territorio a las ya ejecutadas.

La especificidad de las tareas a realizar, unida a la carencia de los medios técnicos y humanos de la Consejería de Cultura, indispensables para llevar a cabo dichas tareas, hacen necesario el encargo de la misma a una entidad con solvencia técnica para ello. Estando dotado el Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico de los medios personales y materiales adecuados para su realización, la encomienda de los trabajos resulta en estos momentos la mejor de las opciones posibles.

Por lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, en uso de las atribuciones que me vienen conferidas por el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el artículo 106 de la misma, así como el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

DISPONGO

Acordar la encomienda de gestión al Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico para la realización de determinadas actividades para la conmemoración del V Centenario de la Primera Circunnavegación de la Tierra, con base en las siguientes determinaciones:

Primero. Determinación de las actuaciones a realizar:

La realización de las siguientes actividades conmemorativas del primer viaje de circunnavegación:

1. Actividades educativas.

1.1. Exposición y talleres didácticos itinerantes.

Llevar en itinerancia a dieciséis centros educativos de Andalucía (dos por cada provincia) la exposición y guía didáctica. La propuesta va destinada a explicar la gesta de la circunnavegación a escolares de Enseñanza Secundaria Obligatoria (E.S.O.) y Bachillerato, utilizando para ello los productos expositivos y la aplicación web realizada durante 2016, acompañada de nuevas propuestas de talleres. El criterio para la selección de los centros educativos que participarán en esta actividad se fijará de acuerdo con la Consejería de Educación en el marco del programa «Vivir y Sentir el Patrimonio».

Durante la actividad se propondrá a los profesores trabajar con sus alumnos la temática de la circunnavegación mediante el uso de una Guía didáctica, invitándoles a reflexionar sobre las consecuencias que el viaje tuvo en un mayor conocimiento del mundo y sus consecuencias a nivel de la gran globalización que desencadenó en diferentes aspectos de la vida. Como base para ello, se propone una actividad consistente en identificar, en el entorno de su centro educativo y siguiendo la metodología de documentación y registro propuesta en la Guía, las especies vegetales descubiertas durante la expedición de Magallanes (recogidas en el apartado web Jardín de Magallanes) que hoy día forman parte de nuestro paisaje, así como la huella dejada en otro tipo de manifestaciones como, por ejemplo, nuestro patrimonio gastronómico.

1.2. Concurso escolar.

Sobre la base del uso de la Guía didáctica y de los recursos recogidos en la web sobre el Jardín de Magallanes, se convocará un concurso escolar para alumnos de Enseñanza Secundaria Obligatoria (E.S.O.) y Bachillerato, a nivel andaluz.

El objetivo de esta actividad es hacer reflexionar a los alumnos sobre las consecuencias de la circunnavegación en el mundo actual a nivel geográfico y cartográfico, botánico, zoológico, antropológico, etc., así como dar a conocer el hecho histórico de la circunnavegación, invitándoles a identificar en el entorno de su centro educativo algunas de las especies vegetales descubiertas durante la expedición de Magallanes (recogidas en el apartado web Jardín de Magallanes), siguiendo para ello una metodología concreta de documentación y registro. Igualmente, se les propondrá reflexionar sobre la huella que ese viaje y el resto de los realizados con posterioridad a través de la ruta atlántica, dejaron en otros aspectos de nuestro patrimonio cultural.

Como parte del concurso se contempla realizar una publicación digital con los trabajos ganadores del concurso, publicación que se alojará en el espacio web que se cree a tales efectos desde el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico.

2. Actividades de difusión.

2.1. Jardín de Magallanes (Sanlúcar de Barrameda).

Para dar continuidad a los productos elaborados, se proseguirán los trabajos de inventariado de especies vegetales asociadas al Jardín de Magallanes, centrando la actividad en la ciudad de Sanlúcar de Barrameda. Los productos a elaborar serán los siguientes:

Inventario. Cumplimentación del espacio web relativo al Jardín en Sanlúcar de Barrameda.

Tarjetas de semillas. Edición de mil quinientas tarjetas de especies.

Segundo. Forma y condiciones de realización de los trabajos.

El IAPH deberá planificar los trabajos con el fin de conseguir los objetivos del proyecto de forma económica, eficiente y eficaz.

Los trabajos se realizarán, en todo caso, bajo la supervisión y control de la Consejería de Cultura, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos del proyecto y el mantenimiento de la calidad del trabajo.

El IAPH garantizará la adecuada publicidad del proyecto objeto de la presente encomienda en aquellos medios y soportes que mejor respondan a sus objetivos, respetando los principios de transparencia, concurrencia competitiva e igualdad de oportunidades.

Tercero. Naturaleza y alcance de la gestión encomendada.

La presente Orden de encomienda de gestión tiene la naturaleza de acto o resolución administrativa.

Dada la naturaleza jurídico-privada que presenta el ente instrumental, la encomienda no supone cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, y viene limitada a las correspondientes actividades materiales, técnicas o de servicios, sin que implique en ningún caso, el ejercicio de potestades, funciones o facultades que hubieran de llevarse a efecto con sujeción al Derecho Administrativo, debiéndose, en todo caso, ejecutar bajo la dirección o supervisión y conforme a las instrucciones de la Consejería de Cultura.

El régimen jurídico de la presente encomienda es el establecido en el artículo 106 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Vigencia y efectos.

El plazo de vigencia de la encomienda de gestión que nos ocupa se iniciará el día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 31 de diciembre de 2017. Los trabajos objeto de la encomienda se ejecutarán de acuerdo con el calendario y plazos establecidos en el calendario de actividades que se incluye como Anexo a la presente Orden. La encomienda estará vigente hasta que concluyan los trabajos encomendados y se produzca la liquidación definitiva y recepción de los trabajos encomendados.

Llegada la fecha de vencimiento del plazo de ejecución sin que se hayan finalizado los trabajos, mediante Orden de la persona titular de la Consejería de Cultura podrá prorrogarse dicho plazo de ejecución, previa solicitud motivada del IAPH, que incluirá aquellos documentos que justifiquen, describan y valoren dicha solicitud, junto con el nuevo calendario de ejecución.

Quinto. Presupuesto, financiación y abono de las actuaciones.

El presupuesto de realización de los trabajos objeto de la encomienda, es de 28.000,00 euros (veintiocho mil euros), tal y como se desglosa a continuación. Dicha cantidad será financiada con cargo al presupuesto correspondiente a la anualidad 2017 de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro.

ACTIVIDADES PRESUPUESTO
- Coordinación general 1.415,12 €
- Exposición y talleres didácticos. 10.000,00 €
- Concurso escolar 3.000,00 €

- Jardín de Magallanes (Sanlúcar de Barrameda) •
Inventario: 6.000,00  • Tarjetas: 6.000,00
12.000,00
TOTAL COSTES DIRECTOS 26.415,12 €
Costes estructurales 1.584,88 €
TOTAL PRESUPUESTO ENCOMIENDA 28.000,00 €

La Dirección General de Innovación Cultural y del Libro abonará el coste de la ejecución del presente proyecto con cargo a la siguiente partida presupuestaria:

1700010000 G/45H/63905/00 01 2016001004

Podrán autorizarse pagos en concepto de anticipo, cuya cuantía no deberá superar, con carácter general, el límite del 50% del importe total del encargo, debiendo quedar justificado el anticipo con anterioridad al último pago que proceda.

El abono de los trabajos encomendados, por el importe total de las distintas actividades objeto de la encomienda, se realizará una vez finalizados los mismos y expedida certificación de conformidad por la persona designada para dirigir la actuación y aprobada la misma, acreditándose la realización total de los trabajos objeto de la presente Orden.

El IAPH deberá presentar ante la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro la documentación justificativa por el importe total de los trabajos junto con una memoria económica, memoria de actividades, certificación de imputación de costes de personal y originales y copias de facturas y certificados del gasto realizado.

Sexto. Mecanismos de control y evaluación del desarrollo de la actividad encomendada.

El IAPH presentará cuantos informes le sean solicitados por la Consejería de Cultura, a través de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, que detallarán el nivel de ejecución y del estado de los trabajos objeto de la encomienda, así como del calendario previsto para la finalización de los mismos, recogido como Anexo I a esta Encomienda.

Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro para dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el correcto desarrollo y ejecución de los trabajos objeto de la presente encomienda de gestión.

Se designa a la persona titular del Servicio de Promoción y Difusión Cultural de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro para dirigir los trabajos objeto de la presente encomienda, que realizará un seguimiento continuo de las actividades desarrolladas.

Séptimo. Compromisos y obligaciones que asume la entidad que recibe la encomienda.

Se designará a una persona responsable del proyecto que será la persona interlocutora con la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro.

De conformidad con lo previsto en el artículo 106.7 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el IAPH, en las contrataciones que deba lleva a cabo para la ejecución de los trabajos objeto de la presente encomienda, deberá observar lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratos del sector público y demás normativa europea, como estatal y autonómica, teniendo a efectos contractuales la consideración de poder adjudicador, con arreglo a lo previsto en el artículo 3.3.b) del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Asimismo, estará obligado al sometimiento de las actuaciones de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Junta de Andalucía y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Octavo. Publicación.

La presente encomienda será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de septiembre de 2017

MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ BERMÚDEZ
Consejero de Cultura

ANEXO I: CALENDARIO DE ACTIVIDADES CONMEMORATIVAS DEL PRIMER VIAJE DE CIRCUNNAVEGACIÓN DE LA TIERRA

ACTIVIDADES TEMPORALIZACIÓN
E F M A M J J A S O N D
Exposición y talleres itinerantes
Concurso escolar

Jardín de Magallanes
(Sanlúcar de Barrameda)
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