Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 29/12/2017

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Extracto de la Orden de 14 de diciembre de 2017, por la que se convocan para el año 2018 las ayudas previstas en la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el Desarrollo sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

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BDNS (Identif): 376117.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.

Primero. Se convocan para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquéllas y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican para cada línea. Se podrán adquirir compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

Líneas de ayuda que se convocan:

a) Inversiones productivas en la acuicultura (artículo 48.1, apartados a) a d) y f) a h), del Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca).

b) Inversiones productivas en la acuicultura. Eficiencia de los recursos, reducción del uso del agua y productos químicos, sistemas de recirculación para uso mínimo de agua (artículo 48.1, apartados e), i) y j) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014).

c) Servicios de gestión, sustitución y asesoramiento para las explotaciones acuícolas (artículo 49.1.b) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014).

d) Fomento de nuevas empresas acuícolas que practiquen la acuicultura sostenible (artículo 52 del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014).

e) Reconversión a los sistemas de gestión y auditoría medioambientales y a la acuicultura ecológica (artículo 53 del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014).

f) Prestación de servicios medioambientales por el sector de la acuicultura (artículo 54.1.a) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014).

g) Medidas de salud y bienestar de los animales (artículo 56.1.a) del Reglamento (UE) núm. 508/2014, de 15 de mayo de 2014.

Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€)
2018 2019
a) Inversiones productivas acuicultura. 1900120000G/71P/77300/00_G1320221G6_2016000352 4.433.204,47 4.915.870,00
b) Inversiones productivas acuicultura. 1900120000G/71P/77300/00_G1620232G6_2016000384 73.494,00 62.424,00
c) Obtención de servicios de asesoramiento 1900120000G/71P/77300/00_G1320212G6_2016000351 159.307,00 53.506,00
d) Fomento nuevas empresas acuícolas. 1900120000G/71P/77300/00_G1320222G6_2016000382 196.527,00 267.530,00
Línea de ayuda Partidas presupuestarias Cuantía máxima (€)
2018 2019
e) Reconversión sistemas gestión. 1900120000G/71P/77300/00_G1620234G6_2016000386 159.307,00 53.506,00
f) Servicios medioambientales sector acuícola. 1900120000G/71P/77300/00_G1620241G6_2016000387 159.307,00 53.506,00
g) Salud y bienestar animales. 1900120000G/71P/77300/00_G1320243G6_2016000388 57.007,00 19.550,00
TOTAL 5.238.153,47 5.425.892,00

Segundo. Beneficiarios.

Líneas a), b), e), f) y g): Las personas físicas o jurídicas titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos necesaria para poder llevar a cabo el proyecto para el que se solicita la ayuda.

Líneas c) y d): Pymes, titulares de la autorización administrativa de cultivos marinos necesaria para poder llevar a cabo el proyecto para el que solicita la ayuda.

Tercero. Objeto.

La finalidad es lograr los objetivos específicos en virtud de la prioridad 2, recogida en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, tales como el apoyo a la consolidación del desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de conocimientos; el fomento de la competitividad y la viabilidad de las empresas acuícolas, incluida la mejora de seguridad y de las condiciones de trabajo en particular de la PYME; la protección y la recuperación de la biodiversidad acuática y la potenciación de los ecosistemas relacionados con la acuicultura y fomento de una acuicultura eficiente en el uso de los recursos; el fomento de la acuicultura con un elevado nivel de protección del medio ambiente y la promoción de la salud y el bienestar de los animales, y de la salud y protección públicas; el desarrollo de la formación profesional, de nuevas competencias profesionales y de la formación permanente.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por la Orden de 30 de enero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el Desarrollo sostenible de la Acuicultura Marina en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).

Quinto. Cuantía.

La dotación de cada una de las líneas se hace en el cuadro que se recoge en el apartado primero de este extracto.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda será desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 15 de febrero de 2018.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

Sevilla, 14 de diciembre de 2017

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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