Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 11/05/2017

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Orden de 28 de abril de 2017, por la que se aprueba que la Escuela de Policía Local de Almería tenga la condición de Escuela concertada con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA).

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Cumplidas por el Ayuntamiento de Almería las exigencias que señala el Decreto 201/2003, de 8 julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, y la Orden de la Consejería de Gobernación y Justicia, de 24 de febrero de 2000, por la que se regula la concertación de las Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía, modificada parcialmente por la Orden de la Consejería de Gobernación, de 20 de enero de 2003, y comprobado que la memoria presentada acredita que su Escuela de Policía Local reúne los requisitos establecidos por la normativa referida, previo informe favorable de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía en su reunión del día 20 de marzo de 2017, en uso de las atribuciones que me están conferidas,

DISPONGO

Primero. Aprobar que la Escuela de Policía Local de Almería tenga la condición de Escuela concertada con la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Segundo. La Escuela de Seguridad Pública de Andalucía comunicará a la Escuela de Policía Local de Almería, con antelación suficiente, los cursos que le delega con expresión cuantificada de su coste económico. La financiación de estos cursos se hará con cargo a los presupuestos de la Consejería de Justicia e Interior.

Tercero. Los cursos delegados podrán impartirse a las personas funcionarias o funcionarias en prácticas de los Cuerpos de la Policía Local de municipios distintos al de Almería. Para evitar posibles discrepancias en la enseñanza, estos cursos se realizarán de acuerdo con los programas y directrices que señale la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Cuarto. Para garantizar una razonable armonización en la adquisición de conocimientos, la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía se reserva la posibilidad de establecer y calificar las pruebas finales de los cursos delegados.

Quinto. La Escuela de Policía Local de Almería, a través de su Ayuntamiento, presentará en el primer trimestre de cada año, la memoria anual de las actividades docentes del año anterior, para su aprobación por el Consejo Rector de la Escuela de Seguridad Pública de Andalucía.

Sexto. La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos jurisdiccionales de este orden, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 del abril de 2017

EMILIO DE LLERA SUÁREZ-BÁRCENA
Consejero de Justicia e Interior
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