Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 05/02/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Orden de 30 de enero de 2018, por la que se modifica la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

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PREÁMBULO

Mediante Orden de 31 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Esta Orden fue objeto de Corrección de errores publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 79, de 27 de abril 2016. Posteriormente, se publicó la Orden de 19 de septiembre de 2016, por la que se modifica la Orden de 31 de marzo de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Al igual que en el anterior Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 (en adelante «PDR 2007-2013»), actualmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo, estas ayudas son cofinanciadas por el FEADER, encontrándose recogidas en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (en adelante «PDR 2014-2020»), aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 10 de agosto de 2015, modificado por Decisión de Ejecución de la Comisión de 21 de junio de 2017, bajo la Medida 4 «Inversiones en activos físicos», submedida 4.1 «Apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas», operaciones 4.1.1 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias» y 4.1.2 «Mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias de olivar».

En el artículo 49 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, se indica que «Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 34, apartado 3, letra d), del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, la autoridad de gestión del programa de desarrollo rural establecerá los criterios de selección de las operaciones, previa consulta al comité de seguimiento. Los criterios de selección deberán garantizar un trato equitativo a los solicitantes, un uso más satisfactorio de los recursos financieros y la orientación de las medidas hacia las prioridades de desarrollo rural de la Unión. Los criterios de selección se elaborarán y aplicarán atendiendo al principio de proporcionalidad en relación con el tamaño de la operación».

Los criterios de selección establecidos en el apartado 12 de los cuadros resumen aprobados en la Orden de 31 de marzo de 2016, antes citada, se adecuaron a los entonces fijados por la Autoridad de gestión y recogidos en el documento «Criterios de selección de operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (Versión 1)».

Mediante Dictamen del Comité de Seguimiento del PDR 2014-2020 de fecha 7 de abril de 2017, se aprobó el «Documento de Selección de Criterios de Operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, versión 2».

Posteriormente, con fecha 8 de agosto de 2017 se emitió nuevamente Dictamen del Comité de Seguimiento del PDR 2014-2020, por lo que se aprobó el «Documento de Selección de Criterios de Operaciones del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, versión 3», actualmente vigente; de esta forma, se hace necesario adecuar a este último documento los criterios de selección recogidos en el apartado 12 de los cuadros resumen aprobados en las bases reguladoras de estas ayudas.

De otro lado, conforme a lo expuesto queda justificado que la elaboración de la presente norma respeta los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo, esto es, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.

A este respecto, la presente modificación es el medio más adecuado y a la vez imprescindible para alcanzar los objetivos y fines que se pretenden llevar a cabo, concurriendo razones de interés general que la justifican, en cuanto que la misma supondrá una nueva regulación de los criterios de selección de estas ayudas, estable, predecible, integrada, clara y de certidumbre, que facilite, no sólo su conocimiento y comprensión sino también la actuación y toma de decisiones de las personas y entidades potencialmente beneficiarias de estas ayudas.

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene asumida la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural, en virtud del artículo 48.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.1.11.ª, 13.ª, 16.ª, 20.ª y 23.ª de la Constitución.

Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural en virtud del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural. En este sentido, el artículo 10 m) de este último Decreto asigna a la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera las competencias en la «modernización y la mejora de las estructuras agrarias, en donde se encuadran las políticas que promuevan la participación de las mujeres y la juventud en el desarrollo rural propiciando su plena incorporación a la actividad agraria».

El artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, indica que «Las normas reguladoras de subvenciones se aprobarán por las personas titulares de las Consejerías correspondientes y serán publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. En el mismo sentido se manifiesta el artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, y en uso de las facultades que me confiere el referido artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación de las Bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las inversiones en explotaciones agrarias para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 4.1.1), aprobadas en la Orden de 31 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Uno. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación a.1) «Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias (modernización genérica de explotaciones agrarias)», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario.

1. Si la persona solicitante es titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias. 15 puntos. (No acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional).

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación (física o jurídica), hasta un máximo de 8 puntos:

2.1. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

2.2. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

2.3. Si está asociada a una cooperativa que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

2.5. Si está asociada a una Asociación de Defensa Sanitaria o a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.

3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.

4. Ser mujer. 3 puntos.

5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluidas en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. 10 puntos.

3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

4. Que la explotación esté inscrita o pase a inscribirse en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

5. Explotación de ganadería extensiva. 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

1. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

2. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). 5 puntos.

3. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.

4. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

5. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*)Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

6. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 92 puntos.

Mínimo para recibir ayuda: 18 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario. Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.»

Dos. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación a.2) «Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias para jóvenes agricultores solicitantes de ayudas para la creación de empresas agrarias», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario.

1. Si el solicitante es titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias (no acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional). 15 puntos.

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación, hasta un máximo de 8 puntos:

3.1. Si está asociada o se compromete a asociarse a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

3.2. Si está asociada o se compromete a asociarse a unas cooperativas, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

3.3. Si está asociada o se compromete a asociarse a unas cooperativas que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

3.4. Si está asociada o se compromete a asociarse a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

3.5. Si está asociada o se compromete a asociarse a una Asociación de Defensa Sanitaria o a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.

4. Ser mujer. 3 puntos.

5. Tener la condición de agricultor profesional o alcanzarla, durante el periodo de realización de las inversiones. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio incluido en la comarca donde se encuentra la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

4. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

2. Que la explotación esté inscrita o pase a inscribirse en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

3. Explotación sea o pase a ser de ganadería extensiva. 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

1. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

2. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). 5 puntos.

3. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

4. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*)Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

5. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 74.

Mínimo para recibir ayuda: 18 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario. Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.»

Tres. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación a.3) «Inversiones dirigidas a la modernización y mejora de las instalaciones de riego en explotaciones afectadas por una modernización de las infraestructuras del regadío y apoyadas por instrumentos del PDR 2014-2020 (operación 4.3.1) o del PDR 2007-2013», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias (No acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional). 15 puntos.

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación (física o jurídica), hasta un máximo de 8 puntos:

2.1. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

2.2. Si está asociada a unas cooperativas, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

2.3. Si está asociada a unas cooperativas que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

2.5. Si está asociada a una Asociación de Defensa Sanitaria o a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.

3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.

4. Ser mujer.3 puntos.

5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluida en la operación 4.1.1. del PDR 2014-2020. 10 puntos.

3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

4. Que la explotación esté inscrita en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

1. El ahorro de agua previsto tras la inversión es superior al mínimo exigido en el PDR para las inversiones de regadío. Por cada unidad porcentual de ahorro adicional se darán dos puntos hasta un máximo de 20. 20 puntos.

2. Más del 25% de la inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

3. Más del 25% de la Inversión está destinada al almacenamiento de agua. 5 puntos.

4. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientaciónproductiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.

5. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

6. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*)Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

7. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda 109 puntos.

Mínimo para recibir ayuda: 22 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario. Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.»

Cuatro. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación a.4) «Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones agrarias para cultivos intensivos en invernaderos», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias. 15 puntos. (No acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional).

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación (física o jurídica), hasta un máximo de 8 puntos:

2.1. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

2.2. Si está asociada a unas cooperativas, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

2.3. Si está asociada a unas cooperativas que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

2.5. Si está asociada a una a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.

3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.

4. Ser mujer. 3 puntos.

5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluida en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. 10 puntos.

3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

4. Que la explotación esté inscrita en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

1. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

2. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). 5 puntos.

3. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.

4. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

5. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*) Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

6. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 89.

Mínimo para recibir ayuda: 18 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario. Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.»

Cinco. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación a.5) «Inversiones dirigidas a la mejora del rendimiento y sostenibilidad global de explotaciones de dehesa», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario:

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias. 15 puntos. (No acumulable con la puntuación de por ser agricultor profesional).

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación (física o jurídica), hasta un máximo de 8 puntos:

2.1. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

2.2. Si está asociada a unas cooperativas, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

2.3. Si está asociada a unas cooperativas que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

2.5. Si está asociada a una Asociación de Defensa Sanitaria. 3 puntos.

3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.

4. Ser mujer. 3 puntos.

5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en las convocatorias anteriores de la misma actuación incluida en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. 10 puntos.

3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

4. Disponer de un plan de gestión integral de la dehesa. 3 puntos.

5. Que la explotación esté inscrita o pase a inscribirse en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

6. Ser beneficiario de la operación 10.1.2 relativa al mantenimiento de razas autóctonas. 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

3. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

4. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). 5 puntos.

6. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.

1. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

2. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*)Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando este haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

5. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 95 puntos.

Mínimo para recibir ayuda: 19 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario. Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.»

Artículo 2. Modificación de las Bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a las inversiones en explotaciones agrarias para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global de explotaciones agrarias de olivar, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (operación 4.1.2), aprobadas en la Orden de 31 de marzo de 2016, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1).

Único. Se modifica el apartado 12, relativo a «Criterios de valoración», del cuadro resumen de la actuación b.1) «Inversiones en activos físicos para la mejora del rendimiento y la sostenibilidad global en explotaciones de olivar», que queda redactado en los siguientes términos:

«12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:

Relativos al beneficiario.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro Autonómico de Explotaciones Agrarias Prioritarias. 15 puntos. (No acumulable con la puntuación por ser agricultor profesional).

2. Según la forma de asociación de la persona titular de la explotación (física o jurídica), hasta un máximo de 8 puntos:

2.1. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias (Ley 13/2013, de 2 de agosto). 5 puntos.

2.2. Si está asociada a una cooperativa, organizaciones de productores y/o SAT que forman parte de entidades asociativas prioritarias regionales que normativamente se regulen. 5 puntos.

2.3. Si está asociada a una cooperativa que pertenezcan a otra de segundo grado o ulterior. 4 puntos.

2.4. Si está asociada a una Sociedad Cooperativa Andaluza o una Sociedad Agraria de Transformación que comercializa la producción de la explotación. 3 puntos.

2.5. Si está asociada a una Agrupación de Producción Integrada. 3 puntos.

3. Ser mayor de 18 años y menor de 41 años. 3 puntos.

4. Ser mujer. 3 puntos.

5. Ser agricultor profesional. 3 puntos.

6. Estar empadronado en un municipio de la comarca donde radica la explotación. 3 puntos.

Relativos a la explotación.

1. Ser titular de una explotación inscrita en el Registro de titularidad compartida. 10 puntos.

2. Que la persona solicitante no haya obtenido ayudas para la modernización de explotaciones en los dos años anteriores a la solicitud en aplicación de las medidas 121.1 o 121.2 del PDR 2007-2013 o en convocatorias anteriores de la misma actuación incluida en la operación 4.1.1 del PDR 2014-2020. 10 puntos.

3. Comprometerse a suscribir un seguro agrario combinado para la explotación en los planes de los 5 años posteriores a la fecha del pago de la ayuda. 10 puntos.

4. Explotaciones ubicadas en los territorios del olivar según la Ley 5/2011, de 6 de octubre, del olivar de Andalucía. 3 puntos.

5. Que la explotación esté inscrita en el SIPEA (Sistema de información de la producción ecológica). 3 puntos.

Relativos al tipo de inversión.

1. Más del 50% de la inversión dedicada a la reestructuración del olivar según lo expresado en la normativa correspondiente. 5 puntos.

2. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones que favorezcan la eficiencia energética en edificios y/o maquinaria y aquellas destinados al autoconsumo de la misma. 5 puntos.

3. Más del 25% de la Inversión está destinada a actuaciones destinadas al ahorro neto del agua (MN). 5 puntos.7. El plan de mejora permitirá la creación de al menos una UTA adicional a las que la explotación genera antes de su aplicación, mediante el cambio de orientación productiva de la explotación o un incremento de la dimensión de la misma. 5 puntos.

4. Inversiones colectivas, conforme a la definición establecida en el apartado 8.2.4.6 del PDR, solicitadas por una agrupación informal de agricultores. 3 puntos.

5. El plan de mejora incluye acciones innovadoras. (*) Se considerará que el plan empresarial incluye acciones innovadoras cuando éste haya sido incluido en alguna de las iniciativas promovidas por la Asociación Europea de la Innovación o la implantación de técnicas fruto de las innovaciones desarrolladas en los últimos 5 años por los centros públicos de investigación o proyectos con financiación pública o cuyo resultado tenga reconocimiento oficial, (como patente, modelo de utilidad u obtención vegetal) o se derive de una compra pública innovadora. 3 puntos.

6. Más del 25% de la Inversión está destinada a la incorporación de las NNTT de la información y comunicación. 3 puntos.

Los criterios deberán cumplirse a fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 97 puntos.

Mínimo para recibir ayuda: 19 puntos.

12.b) Priorización en caso de empate:

Criterio de desempate: en el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, tendrán preferencia aquellas solicitudes con menor importe de ayuda y en caso de empate de éstas, la que obtengan mayor puntuación en los criterios relacionados con el tipo de beneficiario.

Si continúa el empate se utilizará la mayor puntuación en los criterios relativos al tipo de explotación y si continúa el empate en los criterios relativos al tipo de inversión.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de enero de 2018

RODRIGO SÁNCHEZ HARO
Consejero de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural
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