Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 05/02/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 30 de enero de 2018, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se declaran como desastres naturales los daños producidos por los fenómenos climáticos acaecidos los días 27 de diciembre de 2017 y 6 de enero de 2018, en producciones hortícolas y estructuras de invernaderos en las provincias de Granada y Almería respectivamente, y se da publicidad al modelo de solicitud de informe individualizado de daños.

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El día 27 de diciembre de 2017 se produjo en la Comarca de La Costa ubicada en el sur de la provincia de Granada, un fuerte temporal de lluvia y viento, con ráfagas de alcanzaron los 170 km/h, que tuvo especial incidencia en los municipios de Lújar y Gualchos.

Días más tardes, el 6 de enero de 2018, acontecieron una serie de episodios climatológicos en la zona del Campo de Dalías, en la provincia de Almería, que comenzaron con unas trombas marinas de gran potencia destructora, sucedidos por otros tornados o remolinos, que tuvieron especial incidencia en los municipios de El Ejido, La Mojonera, Adra, Balanegra, Roquetas de Mar y Vícar.

En ambos casos se produjeron importantes daños en las producciones hortícolas, las estructuras de los invernaderos, así como en caminos rurales, de los municipios afectados. De hecho, los daños registrados por estos fenómenos han superado el treinta por ciento del potencial agrario de las explotaciones, dentro de su área de influencia.

En base a lo anterior, mediante la presente Declaración se procede a calificar estos acontecimientos como desastres naturales, en el sentido expuesto en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18.3 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

A este respecto, la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural aprobó mediante Orden de 27 de junio de 2016 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 5.2); dicha Orden de 27 de junio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 125, de 1 de julio.

Estas subvenciones se incluyen en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (PDRA 2014-2020), aprobado por la Comisión Europea el 10 de agosto de 2015, bajo la Medida 5 «Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por desastres naturales y catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuadas», submedida 5.2 «Apoyo a las inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes», operación 5.2.1: Inversiones en explotaciones agrarias para la recuperación del potencial de producción y de terrenos agrícolas dañados por desastres naturales, eventos climáticos adversos y catástrofes, y focus área 3B: Apoyar la prevención y la gestión de riesgos en las explotaciones. Entre los objetivos de esta submedida 5.2 se encuentra el apoyo a las inversiones y gastos necesarios para la recuperación del potencial productivo agrario de las explotaciones agrarias afectadas.

Estas subvenciones se conceden con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), la Administración General del Estado y la Administración de la Junta de Andalucía, y la concesión de las mismas está condicionada a las disponibilidades presupuestarias existentes.

Conforme a los apartados 2.a) y 5.e) del cuadro resumen de las bases reguladoras de estas ayudas, el apoyo al restablecimiento de los terrenos agrícolas y potencial de producción dañados, por los fenómenos reconocidos en la presente Declaración, se efectuará en el marco de la correspondiente convocatoria de ayudas, si bien se procederá al levantamiento de los Informes o Actas de valoración de daños, tras el cual los interesados podrán iniciar las actuaciones de restauración de sus instalaciones.

Sin perjuicio de los Informes o Actas de valoración de daños que se hayan podido ya emitir con anterioridad a la publicación de la presente Resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 73 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los potenciales solicitantes de subvenciones, dirigidas a inversiones para el restablecimiento de terrenos agrícolas y potencial de producción dañados por desastres naturales, fenómenos climáticos adversos y catástrofes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, podrán presentar, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, «solicitud de informe individualizado y declaración de daños producidos por adversidad climática», con la información incluía en el formulario que se acompaña a la presente Resolución y preferentemente en la correspondiente Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, sin perjuicio de los demás registros en los que se pueda presentar dicha solicitud conforme a la normativa general.

El modelo de «solicitud de informe individualizado y declaración de daños producidos por adversidad climática», estará publicado en la siguiente página web: www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca, área «Estructuras e infraestructuras agrarias».

RESUELVO

Primero. Declarar como desastres naturales los fenómenos climáticos acontecidos los días 27 de diciembre de 2017 y 6 de enero de 2018, en producciones hortícolas y estructuras de invernaderos en las provincias de Granada y Almería respectivamente.

Segundo. Dar publicidad al modelo de «solicitud de informe individualizado y declaración de daños producidos por adversidad climática».

Tercero. Abrir plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución, para la presentación de la citada «solicitud de informe individualizado y declaración de daños producidos por adversidad climática».

Sevilla, 30 de enero de 2018.- El Director General, Rafael Olvera Porcel.

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