Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 23/02/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Fomento y Vivienda

Extracto de la Resolución de 9 de febrero de 2018, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo de proyectos de cooperación internacional en las líneas de actuación de fomento y formación en las materias de competencia de esta Consejería.

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BDNS (Identif.): 385865.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca para el ejercicio 2018, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, la línea de subvención de proyectos de cooperación internacional de fomento y/o formación sobre las materias de competencia de la Consejería de Fomento y Vivienda.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las subvenciones las Universidades Públicas Andaluzas, debiendo cumplir con los requisitos expuestos en las bases reguladoras en las que se enmarca la presente convocatoria.

Tercero. Objeto.

La finalidad de la línea de subvención es la de impulsar proyectos y actuaciones de fomento y/o formación que ayuden a mejorar el conocimiento y la difusión de aspectos relacionados con las diferentes materias que competen a esta Consejería en el ámbito de la cooperación internacional.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para el desarrollo de proyectos de cooperación internacional en las materias de competencia de la Consejería de Fomento y Vivienda, aprobadas mediante Orden de 19 de diciembre de 2017 (BOJA núm. 2, de 3 de enero de 2018).

Quinto. Importe.

Las subvenciones concedidas mediante la presente Orden tendrán una cuantía máxima total de 250.000,00 euros, teniendo cada proyecto subvencionado una dotación máxima de 50.000,00 euros, y afectando a las partidas presupuestarias que se reflejan a continuación.

ANUALIDAD PARTIDA PRESUPUESTARIA CUANTÍA (euros)
2018 1600030000 G/43A/44102/00 01 250.000,00
TOTAL 250.000,00

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el presente BOJA junto con la Convocatoria.

En Sevilla, a 9 de febrero de 2018.- El Consejero de Fomento y Vivienda, por delegación, Orden de 19 de diciembre de 2017 (BOJA de 3 de enero de 2018), la Secretaria General de Vivienda, Catalina Madueño Magdaleno.

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