Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 23/02/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

Orden de 2 de febrero de 2018, por la que se convocan los premios a las «Letras Flamencas por la Igualdad» para el año 2018 en su I Edición.

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Mediante Orden de 22 de diciembre de 2017, de la Consejería de Cultura, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de los premios, en régimen de concurrencia competitiva, a las «Letras Flamencas por la Igualdad», con la finalidad de promover la igualdad de género en la creación de las letras flamencas, contribuyendo a renovar el repertorio de letras flamencas en el que, por el contexto histórico en que surgió este arte, abundan referencias discriminatorias para la mujer.

La citada Orden de 22 de diciembre de 2017, establece en su artículo 8 que la convocatoria se efectuará anualmente «por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva».

Por todo ello, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas en dicha disposición, en relación con lo preceptuado en el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

D I S P O N G O

Primero. Convocatoria.

Se efectúa la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, los Premios a las «Letras Flamencas por la Igualdad», correspondiente al presente año 2018, en su I Edición.

Segundo. Normativa reguladora.

La presente convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden de 22 de diciembre de 2017, de la Consejería de Cultura, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios, en régimen de concurrencia competitiva, a las «Letras Flamencas por la Igualdad».

Tercero. Formularios y plazo de presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes y en su caso los trámites de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, deberán ajustarse a los formularios normalizados que se incorporan como Anexos a la presente convocatoria.

Anexo I: Formulario de solicitud.

Anexo II: Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos.

2. Dichos formularios estarán a disposición de los solicitantes en la página web de la Consejería de Cultura en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/organismos/cultura/servicios/premios-concursos/detalle/78441.html.

También estarán disponibles en la sede de la Consejería de Cultura, sita en calle Santa María la Blanca, número 1, de Sevilla, así como en las sedes de las correspondientes Delegaciones Territoriales de dicha Consejería.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días, a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Financiación.

La financiación de los tres premios especificados en el artículo 6 de la Orden de 22 de diciembre de 2017, se realizará con cargo a la partida presupuestaria 1800010000/G/45H/48000/00 01 del Presupuesto para el ejercicio 2018, y por el importe máximo de 3.000 euros, estando su concesión limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en dicho ejercicio.

Disposición final única. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sevilla, 2 de febrero de 2018

MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ BERMÚDEZ
Consejero de Cultura
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