Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 18/09/2023

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Acuerdo de 12 de septiembre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia en materia de cuidados y protección de los niños, niñas y adolescentes tutelados en Andalucía 2024-2030.

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El artículo 148.1.20.º de la Constitución Española establece que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en materia de asistencia social. Por su parte, el artículo 39.2 del mismo cuerpo legal, en el marco de los principios rectores de la política social, económica y jurídica de la familia, determina que los poderes públicos aseguran la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. Se destaca igualmente el artículo 39.4 de la Constitución Española del que se desprende que los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 18 en relación con el 61.3 la competencia exclusiva en materia de protección de menores. Dicha competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.f) del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, se encuentra atribuida a dicha Consejería, en concreto, a la persona titular de la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud.

Tanto el ordenamiento jurídico internacional, nacional como el autonómico son claros en sus mandatos al priorizar las medidas de protección familiares frente a las residenciales. Así, se exige que hay que favorecer el desarrollo de la vida de un menor en un entorno familiar, especialmente cuando se trate de personas menores de seis años, de manera que no se acordará el acogimiento residencial para menores de tres años salvo en supuestos de imposibilidad, debidamente acreditada.

Asimismo, el Comité de los Derechos del Niño en sus Observaciones Finales del 2018, Observación núm. 28, recomienda al Estado parte que acelere el proceso de desinstitucionalización, a fin de asegurar que la atención en centros de acogida se utilice como último recurso, y vele por que todos los centros de acogida restantes cumplan por lo menos unas normas de calidad mínimas.

La investigación científica tanto nacional como internacional tiene suficientemente demostrado que las instituciones, los centros de protección o los hogares de acogida, no son lugares adecuados para el buen desarrollo infantil. Así, parece claro que la «primacía del interés del menor» se reconoce de manera efectiva cuando niños y niñas son situados en un contexto que garantizan al máximo su buen desarrollo. De igual forma, cuando se evita su ingreso en centros colectivos en los que muy difícilmente pueden darse las condiciones adecuadas para su desarrollo.

Sin embargo, a pesar de este conocimiento científico sobre la preferencia de las medidas familiares frente a las residenciales y del mandato que tanto la legislación internacional, nacional o autonómica en torno al internamiento en centros de los niños y niñas de menor edad, los datos sobre acogimiento residencial en nuestra Comunidad Autónoma en los últimos años siguen arrojando cifras excesivamente altas de niños, niñas y adolescentes acogidos en centros de menores y especialmente de niños y niñas de corta edad. Así y según los últimos datos disponibles actualmente en nuestra Comunidad Autónoma existen 95 niños y niñas menores de 7 años acogidos en centros de menores y un total de 452 niños y niñas de edad comprendidas entre los 7 y los 12 años de edad.

Por su parte, el pleno de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia aprobó el pasado 29 de marzo la Estrategia Estatal de Derechos de la Infancia y Adolescencia (2023-2030) entre cuyas áreas se incluye de forma específica el Área Estratégica 6 «El Derecho a Vivir en Familia, Cuidados Alternativos y Desinstitucionalización».

Las Líneas Estratégicas de Intervención dentro de este área incluyen: el fortalecimiento y apoyo a familias frágiles para prevenir las retiradas de tutela e incrementar el retorno familiar; el incremento del acogimiento familiar en sus distintas formas; el cambio físico de los espacios, promoviendo espacios seguros y cálidos, y cerrando o transformando recursos residenciales que no sean pequeños, flexibles y abiertos a la comunidad; la actualización de los modelos de intervención, reforzando la acción terapéutica y la atención centrada en la persona, basados en la teoría del apego y en la psicología del trauma y el apoyo a los procesos de transición a la vida adulta y la emancipación.

Dentro del marco de la Estrategia estatal de derechos de la infancia y adolescencia (2023-2030) la desinstitucionalización implica un proceso mediante el cual transitamos desde un modelo de cuidados centrado en las instituciones a un modelo de cuidados y apoyos centrado en los derechos y necesidades de los niños, niñas y adolescentes. Este proceso de transformación conlleva reducir el tamaño o cerrar los centros de cuidado alternativo de tipo residencial donde sea imposible el trato personalizado. Al tiempo, requiere establecer otros servicios de cuidados con modelos de atención definidos desde un enfoque de derechos del niño, niña o adolescente, la teoría del apego y la psicología del trauma. Este nuevo modelo no solo implica desplegar el acogimiento familiar en sus distintas modalidades e incrementar el apoyo que se da a las familias, sino también incrementar los apoyos a las familias de origen con intervenciones preventivas que puedan garantizar el desarrollo de niños y niñas en su propia familia y por último transformar los recursos residenciales actuales, y actualizar sus modelos de intervención para que sean más personalizados, flexibles y reparadores.

A mayor abundamiento el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) incluye entre sus objetivos una nueva economía de los cuidados y refuerzo de las políticas de igualdad e inclusión. El objetivo principal es la modernización y refuerzo del conjunto de los servicios sociales, con especial atención al modelo de cuidados de larga duración, promoviendo la innovación y un modelo de Atención Centrada en la Persona con referencia expresa a los servicios de atención a la infancia e incluyendo planes específicos de apoyo a la desinstitucionalización.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.12 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 12 de septiembre de 2023, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Formulación.

Se aprueba la formulación de la Estrategia en materia de cuidados y protección de los niños, niñas y adolescentes tutelados en Andalucía 2024-2030 cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las previsiones establecidas en el presente acuerdo.

Segundo. Finalidad.

La Estrategia tiene como finalidad describir y desarrollar un proceso de cambio en los cuidados y en la protección de los niños, niñas y adolescentes tutelados en Andalucía desde entornos institucionales a entornos familiares donde los servicios se prestan desde la comunidad.

Los objetivos generales son:

1. Favorecer intervenciones preventivas que garanticen los derechos de niños y niñas en el ámbito de su propia familia.

2. Impulsar medidas de integración familiar cuando sea necesaria la adopción de medidas de protección.

3. Promover nuevos recursos de intervención y reparación en el propio medio que eviten el internamiento de niños, niñas y adolescentes en centros de protección.

4. Impulsar la eliminación del ingreso en centros de los niños y niñas menores de seis años y la reducción progresiva del acogimiento residencial de los niños y niñas hasta los 13 años.

5. Adaptar la red actual de recursos residenciales públicos y concertados a la necesidades de los perfiles reales de niños, niñas y adolescentes tutelados.

Tercero. Procedimiento de elaboración y aprobación.

1. La redacción de la Estrategia corresponderá a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad a través de la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud, en un plazo no superior a nueve meses desde su formulación.

2. Se creará un grupo de trabajo liderado por la Dirección General de Infancia, Adolescencia y Juventud con participación de profesionales expertos, pudiendo constituirse subgrupos en función de la especificidad de los objetivos propuestos, contando para ello con el apoyo técnico que se precise.

3. En su elaboración se llevará a cabo un proceso participativo y de consulta que permita incorporar el mejor conocimiento disponible, las propuestas de diferentes colectivos profesionales o asociaciones de infancia, así como con la participación de los propios niños, niñas y adolescentes.

4. Concluida la elaboración del borrador, la Estrategia se someterá a información pública previa presentación ante el Consejo Asesor de Infancia y Adolescencia. Asimismo, serán recabados los correspondientes informes preceptivos.

5. Finalmente, la persona titular de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad elevará la propuesta final de la Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante acuerdo.

Cuarto. Contenidos del Plan.

La Estrategia incluirá al menos los siguientes contenidos:

1. Análisis de las medidas de protección adoptadas en toda la Comunidad Autónoma.

2. Revisión de los sistemas de acogimiento residencial y de los recursos alternativos de intervención en el medio existentes en otras comunidades autónomas y en otros países de nuestro entorno.

3. Estudio de los procesos de toma de decisiones y los elementos claves en función de los objetivos propuestos.

4. Diagnóstico de los recursos de acogimiento residencial y de acogimiento familiar existentes en Andalucía.

5. Propuesta de procesos, programas y recursos de intervención e integración familiar para el cumplimiento de los objetivos propuestos.

6. Propuesta de diseño de la red de recursos residenciales públicos y concertados en función de los objetivos señalados.

7. Programación de las distintas fases en que se desarrollará esta estrategia, estableciendo qué objetivos y contenidos deben ser abordados en cada una de ellas, indicando los plazos temporales, los indicadores para su cumplimiento y el sistema de evaluación.

8. La estimación de la dotación presupuestaria destinada a su realización.

Quinto. Habilitación.

Se faculta a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad para realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

Sexto. Eficacia.

El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 12 de septiembre de 2023

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad

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