Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 29/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 17 de marzo de 1997, por la que se acuerda la inscripción del Museo del Grabado Español Contemporáneo, de Marbella (Málaga), en el Registro de Museos de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica

6/1981, de 30 de diciembre, en su artículo 13.28 confiere a nuestra Comunidad Autónoma competencia exclusiva sobre Museos que no sean de titularidad estatal.

La Ley 2/1984 de 9 de febrero, de Museos de Andalucía, faculta a la Consejería de Cultura para autorizar la creación de museos previa tramitación del oportuno expediente. Para dar cumplimiento al artículo 5 de la citada Ley de Museos de Andalucía, por el Decreto 284/1995, de 28 de noviembre, se aprueba el Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Disposición Transitoria de dicho Decreto prevé un plazo de un año para que los Museos existentes promuevan su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía a fin de ajustarse a lo establecido en la Disposición Transitoria Unica de la Ley de Museos de Andalucía.

En virtud de las normas citadas, en uso de las competencias que me atribuye el apartado 5º de la citada Disposición Transitoria y a propuesta de la Dirección General de Instituciones del Patrimonio Histórico de fecha 10 de febrero de 1997,

D I S P O N G O

1. Se acuerda la inscripción del Museo del Grabado Español Contemporáneo, de Marbella (Málaga), en el Registro de Museos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por considerar que cuenta con instalaciones, personal y medios suficientes tanto para su mantenimiento como para la conservación, protección y accesibilidad de sus contenidos.

2. El Museo fue creado en 1992 por iniciativa del Doctor José Luis Morales y Marín, que dona a la ciudad de Marbella para su exposición y difusión su colección particular de grabados, constituida por más de 1.000 obras, entre las que figuran destacados artistas españoles del siglo XX, así como su biblioteca particular compuesta por 2.000 volúmenes de arte moderno y contemporáneo. La institución se configura como una Fundación privada sin ánimo de lucro que tiene como beneficiario a la ciudad de Marbella y como objetivo servir de elemento dinamizador del estudio y mejor conocimiento de la obra gráfica española contemporánea. Se rige por un Patronato presidido por el Ayuntamiento de Marbella.

3. Los fondos del Museo se componen del núcleo inicial donado por don José Luis Morales, a los que se han sumado otras importantes donaciones efectuadas por artistas, instituciones y particulares. El Museo cuenta también con una sala dedicada a exposiciones temporales en donde periódicamente se presenta la obra gráfica de artistas contemporáneos.

4. La sede del Museo se encuentra en un edificio monumental del siglo XVI, el antiguo Hospital Bazán, situado en la calle Hospital Bazán, s/n, dentro del casco antiguo de la ciudad. El inmueble fue cedido por el Ayuntamiento de Marbella a la Fundación Museo del Grabado Español Contemporáneo para establecer en el su sede.

5. Todos los gastos de sostenimiento del Museo correrán a cargo del Patronato de la Fundación Museo del Grabado Español Contemporáneo, debiendo consignar en sus presupuestos ordinarios las partidas destinadas al mantenimiento y conservación del Museo. De tal consignación, así como de los ingresos habidos por tasas o derechos en el ejercicio anterior, se dará cuenta a la Consejería de Cultura en el primer trimestre de cada año. A tales efectos, de conformidad con el artículo 4.2 de la Ley de Museos, el artículo 79.2 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía y el artículo

3.15 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico, se autoriza la percepción de un derecho de acceso de 300 ptas. para adultos y 50 ptas. para jubilados, siendo gratuito el acceso para menores de 14 años y minusválidos.

6. El Museo cuya inscripción se acuerda así como la Fundación Museo del Grabado Español Contemporáneo de Marbella, como promotor del mismo, quedan sometidos al cumplimiento de las obligaciones previstas en la vigente Ley de Museos y el Decreto que la desarrolla parcialmente, así como a la Ley de Patrimonio Histórico Español y la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, habiendo de remitir a la Consejería de Cultura, en los plazos fijados, la información que se detalla en el artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Deberá garantizarse, en todo caso, la conservación y el mantenimiento de los bienes culturales que integran los fondos fundacionales o futuros del Museo, así como la protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente previstas y que se establezcan.

DISPOSICION FINAL

Esta autorización surtirá efecto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de marzo de 1997

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

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