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La Orden de 30 de noviembre de 2011, de la Consejería de Cultura, aprueba las Tablas de Valoración elaboradas por la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos a partir de los Estudios de Identificación y Valoración de las series documentales analizadas en su 30.ª sesión ordinaria, celebrada el día 3 de noviembre de 2011, las cuales corresponden a las siguientes series documentales:
Producidas por la Administración de Justicia:
- Expedientes de diligencias previas (Código 154).
Producidas por la Administración Autonómica:
- Expedientes de subvenciones y ayudas regladas: para el fomento de la igualdad de la mujer (Código 155).
- Expedientes de subvenciones y ayudas excepcionales: para el fomento de la igualdad de la mujer (Código 156).
- Expedientes de inscripción en registros administrativos: Registro de Libros de Texto y Material Complementario Asociado (Código 157).
- Expedientes de reclamaciones económico-administrativas (Código 158).
Igualmente, la misma Orden de 30 de noviembre de 2011, de la Consejería de Cultura, aprueba la propuesta de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos adoptada en su 27.ª sesión ordinaria, celebrada el 8 de marzo de 2011, de anular la tabla de valoración código 122 «Expedientes de pago de reposición de Caja Fija», refundiéndola con la tabla de valoración código 128 «Expedientes de anticipo de Caja Fija», revisando, por tanto la siguiente tabla de valoración:
Producida por la Administración Autonómica:
- Expedientes contables de gastos: anticipo de Caja Fija (Código 128)
Del mismo modo, la referida Orden de 30 de noviembre de 2011, de la Consejería de Cultura, aprueba las propuestas de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos adoptadas en su en su 28.ª sesión ordinaria, celebrada el 17 de mayo de 2011, y en su 30 sesión ordinaria celebrada el 3 de noviembre de 2011, de revisión de las siguientes tablas de valoración aprobadas:
- Expedientes de selección y provisión: oposiciones a los cuerpos de funcionarios de la Junta de Andalucía (IAAP) (Código 7).
- Controles de asistencia del personal al servicio de la Administración Local (Código 76).
- Expedientes de licencias y permisos del personal al servicio de la Administración Local (Código 78).
Por ello, de acuerdo con las atribuciones conferidas en el artículo 17.3 de la Orden de 7 de julio de 2000, por la que se regula el funcionamiento de la Comisión Andaluza Calificadora de Documentos Administrativos y los procesos de identificación, valoración y selección documentales (BOJA núm. 88 de 1 de agosto de 2000), esta Dirección General,
RESUELVE
Publicar el extracto de las tablas de valoración de las series documentales anteriormente citadas que figuran como Anexos 1 al 9.
Sevilla, 16 de enero de 2012.- El Director General, Julio Neira Jiménez.
Anexo 1
Código | Denominación | ||
154 | Expedientes de diligencias previas | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción | 1870 | ||
Juzgados de Instrucción | 1973 | ||
Juzgados Municipales y Comarcales | 1944 | 1977 | |
Juzgados de Distrito | 1977 | 1989 | |
Juzgado de Violencia sobre la Mujer | 2004 |
Resolución:
Se autoriza la eliminación parcial de esta serie. Se podrán eliminar:
- Las diligencias previas sobreseídas y archivadas en los juzgados de instrucción podrán ser eliminadas en su totalidad a los siete años desde la incoación del procedimiento.
- Las diligencias previas sobreseídas por no haber autor conocido (sobreseimiento provisional) podrán ser eliminadas en su totalidad a los quince años desde la incoación del procedimiento, salvo que la pena fuese de reclusión mayor, en cuyo caso se podrán eliminar a los veinte años de incoación del procedimiento.
De los documentos a eliminar se conservarán como muestra los expedientes de los años terminados en «0» y en «5», tomando como referencia la fecha de incoación.
Anexo 2
Código | Denominación | ||
155 | Expedientes de ayudas y subvenciones regladas para el fomento de la igualdad de la mujer | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Departamento de Personal y Administración General | 1988 | 1990 |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Servicio de Personal, Administración General y Contratación | 1990 | 2001 |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Servicio de Contratación, Convenios y Subvenciones | 2001 |
Resolución:
Se podrá eliminar la serie en su totalidad. Dicha eliminación se llevará a cabo en el archivo central a los cinco años de finalización del trámite administrativo.
De los documentos a eliminar se realizará un muestreo, consistente en la conservación de tres expedientes completos por cada año y línea de subvención.
Anexo 3
Código | Denominación | ||
156 | Expedientes de ayuda y subvenciones excepcionales para el fomento de Igualdad de la Mujer | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Departamento de Personal y Administración General | 1988 | 1990 |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Servicio de Personal, Administración General y Contratación | 1990 | 2001 |
Instituto Andaluz de la Mujer | Secretaría General/Servicio de Contratación, Convenios y Subvenciones | 2001 |
Resolución:
Se conservará la serie.
Anexo 4
Código | Denominación | ||
157 | Expedientes de inscripción en registro administrativos: Registro de Libros de Texto y Material Complementario Asociado | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Consejería de Educación y Ciencia | D.G. Evaluación Educativa y Formación del Profesorado | 2000 | 2004 |
Consejería de Educación | D.G. Ordenación y Evaluación Educativa | 2004 |
Resolución:
Se podrá eliminar la serie en su totalidad, siempre que se compruebe fehacientemente la existencia de ejemplares de los libros y material asociado en la Biblioteca de Andalucía. Dicha eliminación se llevará a cabo en el archivo central a los cinco años de efectuada la inscripción o renovación en el Registro.
De los documentos a eliminar se realizará un muestreo, consistente en la conservación de un ejemplar por año.
Anexo 5
Código | Denominación | ||
158 | Expedientes de reclamaciones económico-administrativas | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Consejería de Hacienda | Junta Superior de Hacienda | 1987 | 1988 |
Consejería de Hacienda y Planificación | Junta Superior de Hacienda | 1988 | 1990 |
Consejería de Economía y Hacienda | Junta Superior de Hacienda | 1990 | 2010 |
Consejería de Hacienda y Administración Pública |
Junta Superior de Hacienda | 2010 | |
Delegaciones Provinciales | Junta Provincial de Hacienda | 1987 |
Resolución:
Se podrá eliminar la serie en su totalidad. Dicha eliminación se llevará a cabo en el archivo central a los cinco años desde la interposición de la reclamación.
De los documentos a eliminar se realizará un muestreo, consistente en la conservación de tres expedientes por año.
Anexo 6
Código | Denominación | ||
128 | Expedientes contables de gastos: anticipos de Caja Fija | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Consejería de Economía y Hacienda/Delegaciones Provinciales | Intervención General. Intervención Delegada/Secretarías Generales/Intervenciones Provinciales | 1992 | 2010 |
Consejería de Economía y Hacienda/Dirección General de Patrimonio | Dirección General de Patrimonio. Servicio de Inventario y Parque Móvil | 1992 | 2010 |
Consejería de Hacienda y Administración Pública/Delegaciones Provinciales | Intervención General. Intervención Delegada/Secretarías Generales/Intervenciones Provinciales | 2010 | |
Consejería de Hacienda y Administración Pública | Dirección General de Patrimonio. Servicio de Inventario y Parque Móvil | 2010 |
Resolución:
Se podrá eliminar la serie en su totalidad. Dicha eliminación se llevará a cabo en el archivo central a los seis años de finalización del ejercicio económico al que se refiera. La serie duplicada se podrá eliminar en el archivo de oficina al año de finalización del trámite administrativo. A estos efectos se considerará «serie principal» la que conserve los justificantes originales del gasto, independientemente de su adscripción a la Intervención Delegada o al Sv. de Gestión Económica o asimilado.
De los documentos a eliminar se realizará un muestreo, consistente en dos expedientes por año.
Anexo 7
Código | Denominación | |||
7 | Exptes. de selección y provisión: oposiciones a los cuerpos de funcionarios de la Junta de Andalucía (IAAP) | |||
Procedencia (Unidad Productora) | ||||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final | |
Consejería de Gobernación/Gobernación y Justicia/Justicia y Administración Pública. Instituto Andaluz de Administración Pública | Servicio de Selección | 1986 |
Resolución:
Se autoriza la eliminación parcial de esta serie. Se podrán eliminar:
- Las solicitudes y documentación justificativa que las acompaña.
- Los escritos de subsanación de errores.
- Los exámenes.
La eliminación se realizará en el Archivo General de Andalucía a los diez años a contar desde la finalización del trámite administrativo.
De los documentos susceptibles de ser eliminados se realizará un muestreo, que consistirá en la conservación de cinco ejemplares de los mismos por año de convocatoria y grupo eliminado. Se elegirán aquellos cuyo primer apellido coincida con la letra del alfabeto designada en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al año de la convocatoria o al inmediatamente anterior. En el caso de no existir ejemplares de la letra correspondiente, se optará por conservar los de la siguiente letra del alfabeto.
Anexo 8
Código | Denominación | ||
76 | Controles de asistencia del personal al servicio de la Administración Local | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Ayuntamiento | Recursos Humanos/Departamento de Personal |
Resolución:
Se podrá realizar una eliminación total de esta serie a los cuatro años de finalización del año natural al que pertenecen, si los documentos no han generado ningún expediente disciplinario, ni han sido solicitados para instruir ningún otro procedimiento. En estos casos, se conservarán los documentos afectados hasta que los procedimientos incoados se den por finalizados y archivados.
De la documentación a eliminar se realizará un muestreo de 1 expediente por año.
Anexo 9
Código | Denominación | ||
78 | Incidencias administrativas: expedientes de concesión de permisos y licencias | ||
Procedencia (Unidad Productora) | |||
Organismo | Unidad | Fecha inicial | Fecha final |
Ayuntamiento | Secretaría General/Departamento de Personal/ | ||
Recursos Humanos |
Resolución:
Se podrá realizar una eliminación total de esta serie a los cuatro años desde la fecha de concesión de la licencia o permiso.
De la documentación a eliminar se realizará un muestreo de 1 expediente por año.
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