Andalucía, 29 de enero de 2002

 

 

REFERENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

 

En el Palacio de San Telmo ha tenido lugar la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

 


 

APROBADO EL DECRETO QUE REGULA EL TURISMO RURAL Y EL TURISMO ACTIVO EN ANDALUCÍA

 

La nueva normativa establece requisitos para los distintos tipos de establecimientos turísticos e incluye medidas de promoción del sector

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el Decreto de Turismo Rural y Turismo Activo, cuyo principal objetivo es regular este sector para hacerlo competitivo y compatible con los valores medioambientales y culturales del medio rural andaluz.

La nueva norma, que desarrolla la Ley del Turismo de Andalucía, define los distintos tipos de servicios relacionados con estas actividades y establece el régimen jurídico y los requisitos para su ordenación y promoción. Asimismo, incluye disposiciones dirigidas a apoyar una oferta turística diversificada y de calidad en las zonas más necesitadas, fortalecer los cauces comercialización, incorporar innovaciones tecnológicas y organizativas y potenciar las actividades que suponen fuentes de ingresos complementarios para las poblaciones del medio rural, dando preferencia a las iniciativas de carácter autóctono.

El decreto define el turismo rural como aquel que se desarrolla en zonas con predominio de las actividades agrícolas, forestales y ganaderas, excluyendo los núcleos de población situados en el litoral o que sobrepasen los 20.000 habitantes, así como las zonas próximas a industrias o instalaciones contaminantes.

Respecto al turismo activo, se incluyen un total de 33 actividades relacionadas con la práctica deportiva que se sirven de los recursos de la naturaleza y que implican un factor de riesgo o cierto grado de esfuerzo físico y destreza. En este capítulo, la norma introduce mecanismos legales para garantizar la seguridad de las personas y la conservación del medio natural.

Alojamientos

El decreto establece cuatro grandes tipos de alojamiento turístico en el medio rural: casas rurales; viviendas turísticas de alojamiento rural; establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos rurales, y complejos turísticos rurales y villas turísticas.

Para todas estas instalaciones se fijan condiciones comunes de respeto a la tipología arquitectónica de las comarcas en las que estén situadas y de integración en el entorno natural y cultural. Asimismo, el decreto prevé que estos alojamientos se puedan especializar en las modalidades de agro-turismo, albergues, aulas de naturaleza, casas forestales, casas-molino, casas-cueva, casas de huerta, cortijos, granjas-escuela, haciendas, refugios y alojamientos especiales.

Las casas rurales se definen como aquellas que prestan el servicio de alojamiento y otros complementarios (venta de productos artesanales, actividades de turismo activo o información), mientras que los alojamientos turísticos rurales no incluyen este último tipo de ofertas. En ambos casos, deben ser viviendas de carácter independiente, con un máximo de tres en un mismo edificio y sin más de veinte plazas de capacidad, además de reunir especiales características de construcción, ubicación y tipicidad. Dentro de las casas rurales, el decreto distingue las categorías de básica y superior, atendiendo a la distintas superficies mínimas de las instalaciones y a los requisitos exigidos en cuanto a servicios y equipamientos.

Por su parte, los establecimientos hoteleros y apartamentos turísticos deberán estar constituidos por una sola edificación, no superar las tres plantas, tener una capacidad mínima de 21 plazas y estar dotados de zonas ajardinadas o patio interior, salvo aquellos que se ubiquen en los núcleos principales de las poblaciones.

Para los complejos turísticos rurales, integrados por un conjunto de edificaciones, se exige que no superen las 250 plazas en total y las 20 por inmueble y que estén dotados de zonas verdes comunes, entre otros requisitos.

El texto legal fija estas mismas condiciones para las denominadas Villas Turísticas, que son los complejos turísticos rurales cuya titularidad corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía.

En sus disposiciones comunes, el decreto establece la obligatoriedad de que todos los establecimientos de turismo rural, desde las viviendas a las Villas Turísticas, exhiban una placa identificativa del tipo, categoría y especialización de los mismos. Asimismo, sus titulares estarán obligados a facilitar facturas a los clientes por los servicios prestados.

En el capítulo dedicado a la restauración en el medio rural, el decreto determina los criterios por los que un establecimiento podrá tener la consideración de mesón rural: adecuación del edificio y del mobiliario a las tipologías tradicionales de la zona, incorporación de la gastronomía tradicional, uso preferente de productos comarcales o andaluces en la preparación de las comidas, utilización de alimentos de producción integrada o agricultura ecológica e información a los usuarios sobre la comarca y sus productos.

Turismo activo

Además de definir las actividades y las zonas englobadas en la regulación del turismo activo, la norma aprobada hoy establece los requisitos que deberán cumplir las empresas de este sector. Entre otras condiciones, se exige contar con una dirección técnica, monitores con conocimientos y titulaciones específicas, licencia municipal, inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y seguros de responsabilidad civil y de accidente.

La dirección técnica de estas empresas deberá velar por el cumplimiento de la normativa medioambiental aplicable al espacio en que se desarrolle la actividad, preparar los planes de emergencia en caso de accidente y controlar las revisiones periódicas de los materiales y equipos empleados.

Tanto las personas que ejerzan la dirección técnica como las que trabajen como monitoras deberán poseer alguna de las siguientes titulaciones: licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte; técnico deportivo de la modalidad de que se trate; técnico en conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural; maestro en la especialidad de Educación Física; diplomado o licenciado en Educación Física, o técnico superior en Animación Turística.

El decreto prevé que las empresas promotoras puedan suscribir acuerdos con federaciones deportivas andaluzas para recibir asesoramiento, apoyo material y humano y, en su caso, establecer mecanismos de homologación de equipos y materiales.

Las 33 actividades incluidas en los servicios de turismo activo regulados por la norma son las siguientes: bicicleta de montaña; buceo o actividades subacuáticas; descenso de barrancos; descenso en bote; escalada; esquí de río; esquí acuático; esquí alpino; espeleología; globo aerostático; heliesquí; heliexcursión; hidrobob; hidrotrineo; hidropedales; mushing; montañismo; motos de nieve; motos acuáticas; navegación a vela; paracaidismo; piragüismo; quads; turismo ecuestre; salto desde el puente; salto con elástico; senderismo; surf y windsurf; todoterreno con motor; travesía; vuelo libre; vuelo con ultraligero, y vuelo sin motor.

En relación con las infraestructuras para el turismo activo, la norma incluye la consideración de los senderos y caminos rurales como recursos turísticos que facilitan el desarrollo de las actividades deportivas, recreativas y culturales. En este sentido, se establece la responsabilidad de las consejerías de Medio Ambiente y Turismo y Deporte en el acondicionamiento y promoción de la Red Andaluza de Itinerarios, que atravesará el territorio de la comunidad autónoma con especial incidencia en los espacios naturales protegidos, los terrenos forestales y las vías pecuarias.

Finalmente, el decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno dedica un capítulo al fomento y a la promoción de los servicios turísticos en el medio rural. Entre las principales previsiones en este sentido destaca la implantación de planes de formación y de líneas de ayudas y asistencia técnica para mejorar la calidad de los servicios y su adaptación a las nuevas tecnologías y sistemas organizativos y de gestión.

 

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APROBADA LA CREACIÓN DEL CONSEJO ANDALUZ DE TURISMO

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado la creación del Consejo Andaluz del Turismo, órgano consultivo adscrito a la Consejería de Turismo y Deporte en el que participarán los distintos agentes sociales implicados en el sector. Entre otras funciones, el nuevo organismo intervendrá en la redacción del Plan General del Turismo, la elaboración de programas específicos y la declaración de municipios turísticos y fiestas, acontecimientos, rutas y publicaciones de Interés Turístico Nacional de Andalucía.

El Consejo Andaluz del Turismo estará presidido por el titular de la Consejería de Turismo y Deporte e integrado por representantes de las administraciones autonómica y local, sindicatos, organizaciones empresariales y asociaciones de consumidores y usuarios, que desempeñarán sus cargos por un plazo de cuatro años renovables.

El decreto aprobado hoy establece un plazo de un mes para que las instituciones y entidades propongan a sus representantes y otro del mismo periodo para que, una vez designados, se celebre la sesión constitutiva del nuevo órgano.

 

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LA JUNTA INICIA LOS TRÁMITES PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN GENERAL DE TURISMO DE ANDALUCÍA

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy iniciar los trámites para la elaboración del Plan General del Turismo de Andalucía, en el que se definirá la estrategia para consolidar este sector mediante la mejora de la competitividad, la ordenación de la oferta y una especial atención a los criterios de planificación territorial y de protección de los recursos medioambientales.

La nueva planificación turística, que sustituirá al Plan DIA y se revisará con una periodicidad no superior a cuatro años, incluirá un análisis de la evolución y de la actual situación del sector en Andalucía, así como un estudio de la oferta y la demanda y una previsión de los recursos financieros necesarios para su aplicación.

La elaboración del plan contará con la participación de las organizaciones económicas, sindicales y de consumidores representadas en el Consejo Andaluz del Turismo, cuya creación también ha sido aprobada hoy por el Consejo de Gobierno.

 

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APROBADO EL MARCO NORMATIVO DEL EJERCICIO DEL BUCEO PROFESIONAL EN ANDALUCÍA

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que establece los requisitos de habilitación para el ejercicio del buceo profesional y científico en aguas marítimas y continentales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El nuevo texto legal da cobertura normativa al ejercicio de esta actividad mediante la creación de las siguientes titulaciones administrativas obligatorias: Buceador Profesional de Pequeña Profundidad, Buceador Profesional de Media Profundidad, Buceador Profesional de Gran Profundidad de Intervenciones y Buceador Profesional de Gran Profundidad a Saturación. Asimismo, establece las especializaciones de Buceador Instructor Profesional y Buceador Científico.

Para el ejercicio profesional será necesario estar en posesión de la Libreta de Actividades Subacuáticas, documento de identificación expedido y renovado por la Consejería de Agricultura y Pesca que se podrá obtener acreditando alguna de las citadas titulaciones. La Consejería se encargará también de autorizar a los centros de formación interesados en impartir cursos para la obtención de los títulos, así como de regular los programas, contenidos y requisitos de los mismos.

El decreto aprobado hoy, que excluye el buceo militar, desarrolla las competencias sobre regulación del buceo profesional asignadas por el Gobierno central en el año 2000, y las relativas a enseñanzas naúticas deportivas y subacuáticas, asumidas por la comunidad autónoma en 1995.

 

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APROBADA LA DECLARACIÓN DEL COMPLEJO HIDRÁULICO LAS GRÚAS DE EL CARPIO COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL

 

El Consejo de Gobierno ha declarado hoy Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, el complejo hidráulico Las Grúas, ubicado en el municipio cordobés de El Carpio. Esta edificación del siglo XVI, construida en la margen izquierda del Guadalquivir para proporcionar agua a los cultivos circundantes, es uno de los escasos ejemplos de grandes estructuras tradicionales de bombeo de agua en la Península Ibérica.

El conjunto se compone de una construcción principal, o edificio de norias, con tres ruedas hidráulicas; una presa de 120 metros de recorrido dispuesta transversalmente al cauce el río para derivar el agua hacia las ruedas, y un sistema de distribución y almacenamiento a través de acequias y albercas.

El edificio de norias es de planta cuadrada, de 12,5 metros de lado y sustentado por cuatro bloques paralelos de mampostería entre los que discurría el agua que hacía girar las ruedas. La presa está construida a base de piedras y de argamasa cimentada en el propio sustrato del río. El sistema de distribución parte de un acueducto de doble arcada de ladrillos que llevaba el agua hacia una compleja red de canales y albercas en torno a los restos del castillo de Alcocer.

La declaración de Bien de Interés Cultural incluye también una zona de protección de 18,6 hectáreas que abarca tanto la red de acequias como las ruinas del castillo, la ermita de San Pedro de Alcocer y otro espacios fundamentales para la adecuada percepción visual del monumento.

 

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EL CONSEJO DECLARA ZONA ARQUEOLÓGICA EL POBLADO IBÉRICO DEL CERRO DE LA CRUZ EN ALMEDINILLA

 

El Consejo de Gobierno ha declarado hoy Bien de Interés Cultural, con la categoría de zona arqueológica, el poblado ibérico del Cerro de la Cruz, situado en el municipio cordobés de Almedinilla, en las Sierras Subbéticas. Este yacimiento, de 650 m2 de superficie excavada, es uno de los poblamientos de la baja época ibérica –siglos III y II a.C.– mejor conservados y estudiados en Andalucía.

La nueva zona arqueológica abarca todo el terreno que constituyó el poblado, levantado en terrazas escalonadas sobre una ladera de 25 hectáreas de extensión. Para su delimitación se ha tenido en cuenta tanto las estructuras emergentes de las edificaciones como la presencia de material cerámico disperso y la propia topografía del cerro, bien definido en el paisaje circundante.

Además de este núcleo central, la declaración de Bien de Interés Cultural también establece dos zonas de protección en el entorno del yacimiento. En la primera de ellas, de 9 hectáreas, probablemente se localizan las necrópolis pertenecientes al poblado. La segunda, de 19 hectáreas, cumple la función de salvaguardar los valores paisajísticos del conjunto.

El Cerro de la Cruz ha sido excavado y estudiado desde finales del siglo XIX. Los últimos trabajos arqueológicos fueron realizados por la Junta de Andalucía en los años 1985, 1987, 1989 y 1997.

 

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RATIFICADA LA PARTICIPACIÓN DEL INSTITUTO DE FOMENTO DE ANDALUCÍA EN LA AMPLIACIÓN DE CAPITAL DE SACESA

 

El Consejo de Gobierno ha ratificado la decisión adoptada el pasado 11 de diciembre por el Instituto de Fomento de Andalucía para hacer posible la participación de este organismo en la ampliación de capital de la Sociedad Andaluza de Componentes Especiales, S.A (Sacesa). El Instituto de Fomento de Andalucía contribuirá a esta operación con un total de 2.253.795 euros, mientras que el otro socio de la empresa, EADS-CASA, lo hará con 450.000.

El objetivo final de la ampliación prevista, que elevará el capital de Sacesa a 5.165.000 euros, es apoyar la participación de esta empresa en los nuevos proyectos aeronáuticos que se desarrollan en Andalucía, especialmente el relativo al avión de pasajeros Airbus-380.

 

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EL CONSEJO APRUEBA UN AUMENTO DEL CAPITAL DE CETURSA EN 17 MILLONES DE EUROS

 

El Consejo de Gobierno ha ratificado las operaciones aprobadas el pasado 21 de diciembre por el Instituto de Fomento de Andalucía para aumentar en 17 millones de euros el capital de Cetursa, empresa pública encargada de gestionar la Estación de Esquí de Sierra Nevada.

Esta decisión tiene como principales objetivos reforzar la estructura financiera de la compañía y facilitar las inversiones para incrementar la capacidad de utilización del actual dominio esquiable, modernizar el control de los accesos y hacer más eficiente la gestión de la oferta comercial y de restauración. Los proyectos previstos, presupuestados en 18 millones de euros, supondrán mejoras en remontes, pistas, nieve producida y hostelería en el área esquiable.

 

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JOSÉ LUIS HERNÁNDEZ PÉREZ, NUEVO DELEGADO DE LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN GRANADA

 

El Consejo de Gobierno ha nombrado a José Luis Hernández Pérez nuevo delegado de la Consejería de Justicia y Administración Pública en Granada.

José Luis Hernández es natural de Guadix (Granada), población de la que es alcalde desde 1987. Licenciado en Derecho es, además, técnico en excedencia de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía.

 


 

EL CONSEJO HA NOMBRADO A MARÍA ESCUDERO DELEGADA DE LA CONSEJERÍA DE CULTURA EN GRANADA

 

El Consejo de Gobierno ha nombrado, a propuesta de la consejera de Cultura, a María Escudero Sánchez delegada de Cultura en Granada.

María Escudero es licenciada en Filosofía y Ciencias de la Educación por la Universidad de Sevilla y ha desempañado diversos cargos de responsabilidad en la Administración andaluza. Hasta ahora estaba al frente de la Delegación de la Consejería de Justicia y Administración Pública en Granada. Anteriormente fue coordinadora de la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Mujer en esta provincia.

 

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