SESIÓN DEL

Una nueva ley integrará la FP Inicial y para el Empleo, reforzará los controles y creará una red pública

Los centros privados estarán obligados a inscribirse en un registro para poder optar a subvenciones de la Junta
Luciano Alonso, consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta.

Luciano Alonso, consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta.

El Consejo de Gobierno ha acordado iniciar la tramitación del anteproyecto de la Ley de Formación Profesional de Andalucía, que establece una reforma integral de estas enseñanzas con el objetivo de elevar los niveles de cualificación de la población activa andaluza y potenciar el empleo.

La futura norma reforzará los mecanismos de control de las actividades formativas,  creará una red pública de centros y unificará la regulación de la FP Inicial o reglada (dirigida a jóvenes de entre 16 y 24 años) y de la formación para el Empleo u ocupacional (dirigida a la población activa, tanto ocupada como desempleada) para adaptarse a las nuevas demandas del mercado laboral.

El texto legal, pionero en España, prevé la creación del Sistema de Formación y Cualificación Profesional de Andalucía como medio de integración coordinada de todas las políticas activas en la materia, la formación profesional en sus distintas modalidades y los servicios de información y orientación profesional, hasta la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no regladas.

Casi 130.000 andaluces se están beneficiando a lo largo del curso 2013/2014 de las distintas actuaciones de Formación Profesional, tanto Inicial (118.845) como para el Empleo (9.695). El sistema está compuesto por una red de 491 centros públicos, de los que 482 ofrecen FP Inicial.  A estos se suman 84 centros privados concertados.

La futura norma establecerá una estrecha relación entre la FP y el sistema productivo andaluz, con la implicación de las empresas tanto en la organización de las acciones formativas como en la contratación de las personas formadas o acreditadas. También se regula el desarrollo de la formación profesional en alternancia o dual, es decir, aquella que combina la actividad formativa con la laboral en una empresa. Para la realización de estos proyectos se establecerán convenios de colaboración entre los centros de formación y las compañías del sector correspondiente. En Andalucía se aplica actualmente en fase de experimentación este modelo en once centros, con buenos resultados de inserción laboral.

Igualmente, para fomentar el emprendimiento, tanto en la FP Inicial como en la Ocupacional se promoverá el desarrollo de proyectos empresariales ligados a la innovación y a la transferencia tecnológica, sobre todo en relación a las iniciativas sociales y al medio rural. En estos últimos se contará con la implicación de las personas mayores, para fomentar el aprendizaje intergeneracional.

El Consejo Andaluz de Formación Profesional será el encargado de planificar la oferta formativa, regulada por completo en el anteproyecto de ley. En este órgano, en el que están representados el Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales (IACP), el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), las entidades sindicales y empresariales más significativas y aquellas consejerías con competencias en formación, entran a formar parte las corporaciones locales, los agentes de economía social más representativos y las organizaciones de centros de formación profesional. Un Plan Plurianual de Innovación, Calidad y Evaluación, que elaborará el IACP, medirá la consecución de objetivos a través del parámetro de la inserción laboral del alumnado.

Asimismo, se establecerá un protocolo común y una plataforma única de recursos entre la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y al SAE para la puesta en marcha de un sistema integrado de información y orientación profesional. La futura norma también especifica la creación del Catálogo Andaluz de Cualificaciones Profesionales, con el fin de incluir aquellas específicas del tejido productivo de Andalucía que no tienen reflejo en el listado nacional, como las de los sectores textil (patronaje de piel y cuero), minero y de enseñanzas artísticas (cante y baile, guitarra y percusión flamencas).

Red de Centros

El nuevo ordenamiento tendrá como uno de sus pilares la creación de la Red de Centros de Formación Profesional de Andalucía, a través de un modelo de gestión pública  que dote de mayores garantías, calidad y reconocimiento a la oferta formativa. Para estar en esta red pública, que será requisito imprescindible para recibir subvenciones, los centros deberán estar autorizados e inscritos en el nuevo Registro de Centros de Formación Profesional de Andalucía. Las organizaciones empresariales, los sindicatos, las federaciones de cooperativas o las empresas sólo podrán impartir formación profesional a través de centros que sean de su titularidad y que estén autorizados como tales.

Además, a los establecimientos privados que se incorporen a esta red se les impone como condiciones el tener autonomía financiera suficiente; acreditar un funcionamiento ordinario adecuado; poseer experiencia previa formativa reconocida y contar con un plan permanente de calidad. También se establece que en ningún momento podrán depender y desarrollar su labor exclusivamente a través de subvenciones y que aquellos centros que dejen de funcionar, al menos durante un año, quedarán fuera del sistema.

La concesión de subvenciones a los centros privados y de otras administraciones se realizará a partir de ahora mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, y sólo las acciones formativas que incluyan compromisos de contratación podrán financiarse en régimen de concesiones directas tal y como señala la normativa estatal. En ningún caso la Junta podrá exceptuar del cumplimiento de sus obligaciones a las personas o entidades beneficiarias de las subvenciones de formación profesional. Además, el pago de las ayudas quedará siempre condicionado a que las entidades beneficiaras acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Centros Integrados

El anteproyecto de ley regula asimismo la figura de los Centros Integrados de Formación Profesional, con el objetivo de convertirlos en referencia. Estas instituciones impartirán ofertas que conduzcan a la obtención de títulos de formación profesional y de certificados de profesionalidad, es decir, incluirán actividades propias tanto de la FP inicial como de la ocupacional.

Según se indica en la norma, estas entidades atenderán especialmente las necesidades de cualificación del sistema productivo actual y tendrán una mayor conexión con el mundo empresarial, la I+D+i y las universidades. En colaboración con estas últimas, se impulsará la creación de Centros Integrados de Educación Superior.

Por otro lado, la norma introducirá cambios en cada una de las áreas que conforman el nuevo Sistema de Formación y Cualificación Profesional de Andalucía. De este modo, se posibilitará a los alumnos de la formación profesional básica la obtención del título de Graduado de Educación Secundaria Obligatoria. Esta posibilidad, que no contempla la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) pese a su elevada demanda, irá acompañada de recursos propios como más horas lectivas y menor ratio por aula.

En cuanto a la FP para el empleo, las actividades docentes se organizarán de manera que el alumnado entre en contacto lo antes posible con las empresas y complete la adquisición de competencias profesionales. Asimismo, para luchar contra el abandono de estas enseñanzas, se realizará en el grado medio una evaluación inicial que identifique el nivel de las aptitudes básicas del alumnado y diseñar así planes individualizados de aprendizaje.

Igualmente, se establece como prioridad las enseñanzas dirigidas a la obtención de los certificados de profesionalidad. Esta FP ocupacional se impartirá exclusivamente en instituciones incluidas en la Red de Centros de Formación Profesional de Andalucía. La normativa establece como novedad la creación de cursos y pruebas de competencia clave, que deberán superar las personas sin titulación para acceder a la obtención de un certificado de profesionalidad de nivel 2 y 3.

La normativa fija también cambios en la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Así, habrá un procedimiento permanente que permitirá solicitar estos certificados y acreditaciones en cualquier momento, y no a través de una sola convocatoria al año para las especialidades más demandadas como se hacía hasta ahora.

Las ley introducirá modificaciones en la actividad docente. La novedad principal es que el profesorado podrá impartir todas las ofertas formativas en conformidad a su especialidad, y no sólo en la FP inicial como hasta ahora. Esta formación también podrá ser impartida por formadores y profesionales cualificados, que desarrollen su actividad en el ámbito laboral. Además, para que los docentes dispongan de la experiencia profesional necesaria en su especialidad se incluirán programas de actualización científica y tecnológica y estancias formativas en empresas, entre otras medidas.

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