Convenios de colaboración sobre atribución de competencias en materia de recursos contractuales y cuestiones de nulidad al Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía

Información general

Objeto

El Decreto 332/2011, de 2 de noviembre, crea el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, al que se le atribuye, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y de las entidades instrumentales de la misma que ostenten la condición de poderes adjudicadores, la resolución de los recursos especiales en materia de contratación y las cuestiones de nulidad regulados en la Ley 30/2007, de 30 de octubre (actualmente, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), así como las reclamaciones en los procedimientos de adjudicación y las cuestiones de nulidad sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales.

Con respecto a las entidades locales, el artículo 10.3 del Decreto 332/2011, establece que en caso de que las entidades locales y los poderes adjudicadores vinculados a las mismas no hayan optado por la posibilidad de otorgar la mencionada competencia a órganos propios o a órganos especializados creados por las Diputaciones Provinciales, el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía será el competente para resolver los recursos, reclamaciones y cuestiones de nulidad respecto a los actos de dichas entidades.

Por su parte, el artículo 11 del Decreto 332/2011, establece que puede atribuirse al citado Tribunal el conocimiento del recurso especial y de las cuestiones de nulidad que se planteen contra los actos de materia contractual que dicten el Parlamento de Andalucía, las instituciones de autogobierno del capítulo IV del Título IV del Estatuto de Autonomía y las Universidades públicas, previa firma del correspondiente Convenio con la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, en el que se estipulen las condiciones para sufragar los gastos derivados de esta asunción de competencias.

Los convenios suscritos actualmente y la fecha de firma de los mismos son los siguientes:

Entidades Locales

No resulta necesario la firma de convenio.
(Art. 10.3 del Decreto 332/2011).

Universidad de Cádiz

14/07/2022

Universidad de Córdoba

8/07/2022

Universidad de Huelva

06/06/2022

Universidad de Jaén

06/06/2022

Universidad de Sevilla

02/06/2022

Universidad de Almería

21/07/2022

Universidad de Málaga

14/07/2022

Universidad de Granada

21/12/2022

Universidad Internacional de Andalucía

23/11/2022

Universidad Pablo de Olavide

30/11/2022

Consejo Consultivo de Andalucía

01/12/2022

Consejo Audiovisual de Andalucía

20/01/2023
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