Cómo pagar las acciones formativas con precio público del IAD

Instrucciones para cumplimentar el modelo de declaración-liquidación 169

Para que la matriculación en las acciones formativas con precio público sea efectiva, deberá cumplimentar el impreso 169 siguiendo las instrucciones que encontrará en esta página.

Importante: el pago se realizará exclusivamente por persona y actividad.

Recuerde aplicar la reducción que le pueda corresponder cuando cumplimente la casilla de "Precio unitario" y enviar el documento acreditativo de la misma en el correo de respuesta de confirmación a la preselección.

Una vez liquidado el importe de la actividad, deberá adjuntar obligatoriamente el “Ejemplar para la Administración” del PDF resultante en el correo de respuesta de confirmación dirigido a: inscripcionesfc.iad.ctcd@juntadeandalucia.es

El derecho a la gratuidad o reducción en el pago de la matrícula deberá ser justificado adjuntado los documentos oficiales en vigor en el momento de realizar la matrícula. Dichos documentos deberá adjuntarlos, obligatoriamente para que sea efectiva la matriculación, en el correo de respuesta de confirmación dirigido a: inscripcionesfc.iad.ctcd@juntadeandalucia.es

Información de interés para la cumplimentación del modelo 169:

Supuestos de gratuidad

  1. Los miembros de las familias numerosas de categoría especial.
  2. Las víctimas de violencia de género a las que hace referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
  3. Las víctimas del terrorismo, así como las demás personas físicas a que se refiere el artículo 3.a) de la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  4. Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.

Reducciones

  1. Los miembros de las familias numerosas pertenecientes a la categoría general tendrán derecho a aplicar una reducción del 50%.
  2. Los deportistas de rendimiento de Andalucía que ostenten tal condición, en los términos establecidos en el Decreto 336/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula el Deporte de Rendimiento de Andalucía, tendrán derecho a aplicar una reducción del 50%. Tal condición se acreditará mediante certificado de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo.

Causas de devolución del precio público

  1. Cuando por causas no imputables al obligado al pago del precio público no se preste el servicio o no se realice la actividad.
  2. En los supuestos previstos en el Reglamento que regula la organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria.

Norma aplicable

Acuerdo de 16 de noviembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la percepción de precios públicos por los servicios que presta el Instituto Andaluz del Deporte en relación con las actividades de formación continua que se establezcan en el Programa de Formación IAD, se determina su cuantía y los supuestos de gratuidad y reducciones en los mismos.

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