Empresas de Inserción

¿Qué son las empresas de inserción?

Las empresas de inserción son aquellas entidades, sociedad mercantiles o cooperativas que realizan una actividad económica o prestación de servicios, con el fin primordial de integrar y formar sociolaboralmente a personas en situación de exclusión social mediante el desarrollo de un proyecto de inserción, que les permita mejorar sus condiciones de empleabilidad.

Para que una entidad sea reconocida como tal empresa de inserción, debe cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 193/2010 de 20 de abril por el que se regula la calificación y se crea el Registro de Empresas de Inserción de Andalucía, modificado por el Decreto 155/2017, de 3 de octubre, por el que se modifica el Decreto 193/2010,  de  20  de  abril,  por  el  que  se  regula  la  calificación  y  se  crea  el  Registro  de  Empresas de Inserción en Andalucía, (en desarrollo de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción). En el caso de la Comunidad Autónoma de Andalucía es la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial el organismo responsable de estas actuaciones y es además quien ejercita las políticas destinadas a implementar programas y medidas que favorezcan la inserción sociolaboral de los colectivos en situación de exclusión social a través de diferentes líneas de ayudas y subvenciones.

Colectivos empleables en las empresas de inserción

Aquellas personas que se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo y pertenezcan a alguno de los colectivos que la norma considera en situación de exclusión social, pueden ser candidatas a ocupar un puesto de trabajo en una empresa de inserción, en la actividad económica que sea objeto de la entidad.

Concepto de colectivo en exclusión social

El Decreto 193/2010 de 20 de abril por el que se regula la calificación y se crea el Registro de Empresas de Inserción de Andalucía especifica que podrán ser contratadas como trabajadoras por una empresa de inserción aquellas personas que estén desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo y que hayan asumido un compromiso de inserción.

Se consideran personas en situación de exclusión social (artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre) quienes pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos:

  • Perceptoras de Rentas Mínimas de Inserción, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ellas.
  • Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas: falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la Unidad Perceptora; haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
  • Jóvenes mayores de dieciocho años y menores de treinta, procedentes de Instituciones de Protección de Menores.
  • Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
  • Personas internas de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con empresarios, así como liberados condicionales y ex reclusos.
  • Personas menores de edad internas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo en régimen abierto, sometidos a un sistema de contratación ordinaria con entidad o persona empleadora, así como las que se encuentran en situación de libertad vigilada y las ex internas.
  • Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizados.
  • Personas procedentes de centros de alojamiento alternativo autorizados.

Además, el Decreto 193/2010 y el posterior Decreto 155/2017, también considera a las personas incluidas en alguno de los siguientes grupos:

  • Personas víctimas de violencia de género.
  • Personas emigrantes retornadas a Andalucía con graves necesidades personales o familiares.
  • Personas que tengan a su cargo una familia monoparental y presenten graves necesidades personales o familiares.
  • Personas desempleadas mayores de 50 años que hubiesen permanecido inscritas de forma ininterrumpida como demandantes de empleo en una oficina de los Servicios Públicos de Empleo durante, al menos, doce meses.
  • Personas con discapacidad física, intelectual o sensorial, en un grado igual o superior al 33%.
  • Personas que presenten una situación de exclusión similar a las relacionadas en los párrafos anteriores, a propuesta de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial

Personal técnico de tutorización y acompañamiento a la inserción

Al mismo tiempo, y dada la labor de tutorización y orientación que deben realizar estas empresas para alcanzar sus objetivos de inserción laboral, es preciso que cuenten con personal técnico cualificado para el ejercicio de estas funciones.

Si la empresa de inserción quiere acceder a las ayudas a la contratación o de mantenimiento del empleo de personal técnico de orientación o tutorización, convocadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía y que gestiona la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, la persona que incorpore o haya sido contratada para estas labores, debe reunir los requisitos exigidos por la normativa reguladora de dichas ayudas.

  1. En el supuesto de nueva contratación, que la persona contratada esté inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo. Asimismo, la comunicación del contrato deberá formalizarse a través de los aplicativos Contrat@ o Gescontrat@, salvo que la contratación se formalice con una mujer víctima de violencia de género.
  2. Que la persona contratada disponga de titulación de técnico superior en integración social o título universitario en Ciencias Humanas y Sociales. No obstante, se admitirán otras titulaciones universitarias siempre que se justifique su relación con la actividad de la empresa y se acredite una experiencia de, al menos, dos años en programas de orientación y acompañamiento de personas desfavorecidas desde la perspectiva laboral y social, o un mínimo de 70 horas de formación en integración social u orientación laboral homologada por la administración pública, estatal o autonómica, competente en materia de orientación profesional y/o formación.
  3. Que el contrato se realice a jornada completa o parcial, sin que ésta pueda ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en el convenio colectivo de aplicación, o en su defecto de la jornada máxima legal.
  4. Que la persona contratada ocupe efectivamente el puesto de trabajo incentivado desde el mismo día en que se formalice la contratación.
  5. Mantener contratada a la persona cuyo puesto ha sido incentivado durante al menos 12 meses.
  6. Que, en su caso, la relación laboral previa de la persona contratada no se haya extinguido por las causas objetivas establecidas en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores .
  7. Comunicar en el plazo de 10 días, cualquier incidencia que se produzca en la situación laboral de la persona contratada que suponga una situación distinta a la de alta en la entidad beneficiaria.

Convocatoria de Incentivos para la integración sociolaboral de colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción

A través de la Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, se convocan para el ejercicio 2023, las subvenciones públicas reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018  para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de Empresas de Inserción. 

La Orden establece 5 líneas de incentivos:

Incentivos para financiar la inversión en inmovilizado para la creación de puestos de trabajo por la contratación de personas en situación de exclusión social en empresas de inserción o por la creación de empresas de inserción

Subvenciones dirigidas a financiar la inversión en inmovilizado realizada para la creación de puestos de trabajo ocupados por personas en situación de exclusión social generados por:

  • Un incremento neto de plantilla en Empresas de Inserción ya creadas y calificadas.
  • La creación de nueva Empresas de Inserción.
  • La apertura de nuevo centro de trabajo, previa comunicación al Registro de Empresas de Inserción de Andalucía.   

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Incentivos para la contratación y/o mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas en situación de exclusión social

Subvenciones destinadas a incentivar las nuevas contrataciones, así como el mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas en situación de exclusión social contratadas por las Empresas de Inserción calificadas y registradas en Andalucía.

Incentivos  a la contratación y/o mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personal técnico en acciones de tutoría y acompañamiento a la inserción sociolaboral

Esta línea tiene por objeto la contratación y/o mantenimiento de personal técnico encargado de la tutoría de las acciones de intervención y acompañamiento para el desarrollo de un proyecto personal de inserción sociolaboral de personas en situación de exclusión social.

Incentivos a la inserción laboral de personas en situación de exclusión social en el mercado laboral normalizado

Estos incentivos se dirigen a incentivar a las Empresas de Inserción por cada persona en situación de exclusión social que logren insertar en el mercado de trabajo ordinario mediante una contratación indefinida como  consecuencia de un proceso previo de inserción.

Incentivos para la contratación de asistencia técnica, que facilite la viabilidad de las Empresas de Inserción para la contratación o mantenimiento de personal técnico para acciones de tutoría y acompañamiento a la inserción sociolaboral

Subvencionar la asistencia técnica dirigidas a facilitar y garantizar la viabilidad de las Empresas de Inserción. En el marco de la asistencia técnica se financiarán los costes derivados de las siguientes actividades:

  • Estudios de mercado, estudios de viabilidad técnica, económica, financiera
  • Auditorías contables no obligatorias
  • Auditorías sociales
  • Costes derivados de las certificaciones de calidad y sus sucesivas renovaciones

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