Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Información general

Título formal:

Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Código:
18977
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
18/12/2019

Descripción

Objeto: la realización de actuaciones en materia de conservación-restauración e inventario sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, estableciéndose dos líneas:         

- Línea 1: conservación-restauración de bienes muebles integrates del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

- Línea 2: realización de inventarios que faciliten el conocimiento de los bienes muebles integrantes del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

           Artículo 3 de las Bases Reguladoras. 

  • Ser entidad religiosa inscrita en el Registro de Entidades Religiosas, conforme al Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, que tenga la propiedad, la posesión o sea titular de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

  • En el caso de circunscripción territorial de la Iglesia Católica, podrá solicitar la subvención, la entidad acreditada por el Registro de Entidades Religiosas, que haya notificado su personalidad jurídica, y que tenga la propiedad, la posesión o sea titular de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.

  • Si los bienes muebles en los que pretende llevarse a cabo la actividad, se encuentran inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, deberá contar con la autorización expresa de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico, con carácter previo a la resolución de la concesión de la subvención.

  • En el caso de bienes muebles de catalogación general o incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, deberá comunicarlo a dicha Consejería e incorporar las recomendaciones técnicas que procedan, con carácter previo a la resolución de la concesión de la  subvención.

  • La solicitud de autorización así como la comunicación a que hacen referencia los apartados anteriores deberán realizarse antes de la presentación de la solicitud de la subvención.                                                                                                              

  • La entidad tendrá que contratar a una persona responsable técnica de los trabajos de conservación-restauración y/o inventario, para la realización de la redacción del informe técnico y la ejecución de las actuaciones propuestas.                                    

  • La persona responsable técnica de los trabajos de conservación-restauración y/o inventario, deberá contar con alguna de las titulaciones del artículo 3.4 de las bases reguladoras.                                                                                                                

  • La persona responsable técnica de los trabajos deberá contar, con un equipo técnico, que estará integrado por los perfiles del artículo 3.5 de las bases reguladoras.                                                                                                                

  • No podrá obtener la condición de entidad beneficiaria, la entidad que incurra en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 3.8 de las bases reguladoras.

 

 

 

 

Documentación

- Junto al formulario de solicitud (Anexo I), deberá aportarse un Informe Técnico. (Artículo 10 de las Bases Reguladoras).

- Junto al formulario de alegaciones, aceptación y presentación de documentos (Anexo III) deberá acompañarse:                                                      

  • Número de Identificación Fiscal (NIF).
  • Certificación de inscripción expedida por el Registro de Entidades Religiosas, conforme al artículo 31 del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio. En el caso de las circunscripciones territoriales de la Iglesia Católica, el certificado del Registro de Entidades Religiosas, en el que se haga constar que se ha practicado la notificación a que hace referencia el artículo 3.1 de la Orden o el certificado de haber notificado la entidad al Registro de Entidades Religiosas emitido por la diócesis correspondiente.
  • Documentación acreditativa de la representación legal.
  • Declaración responsable de que la entidad beneficiaria no está incursa en las circunstancias previstas en el artículo 3.8 a), b), d), k) y l).
  • Documentación acreditativa de que la entidad solicitante es titular de la cuenta bancaria consignada en la solicitud (incluyendo IBAN).
  • Documentación acreditativa de la propiedad, posesión o titularidad de otros derechos sobre el bien o bienes objeto de la actividad subvencionada.
  • Documentación acreditativa de la disponibilidad del bien o bienes para la ejecución de la actividad subvencionada si la entidad beneficiaria provisional no es su propietaria.
  • Acreditación de la experiencia del artículo 3.5 b) de la Orden de 13 de diciembre de 2019.
  • Contrato previsto en el artículo 3.3 de la Orden de 13 de diciembre de 2019.
  • Copia auténtica del DNI/NIE de la persona representante, en caso de haberse opuesto a la consulta de sus datos.
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones expedido por la Tesorería general de la Seguridad Social.
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias por la Agencia Andaluza de Administración Tributaria.
  • Certificado de estar al corriente con sus obligaciones tributarias por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.


 

Plazo de Inicio

  • 02/06/2020 13:00 horas - 01/07/2020 13:00 horas (1 mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto en BOJA)

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858), Línea 1: el Servicio competente en materia de conservación-restauración..
En la resolucion
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858), Por delegación de la persona titular de la Consejería conforme a la disposición adicional primera de la Orden..
En la materia
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Se computará a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

2021

18/01/2021. Acuerdo de inicio del procedimiento de Modificación de Resolución de concesión de la subvención línea 1.
26/01/2021. Propuesta de modificación de la Resolución de concesión de la subvención línea 1
28/01/2021. Resolución de modificación de la Resolución de concesión de la subvención línea 1
05/02/2021. Acuerdo de inicio del procedimiento de modificación de Resolución de Concesión de la Subvención Línea 2
17/02/2021. Resolución de modificación de la Resolución de concesión de la subvención Línea 2
23/02/2021. Rectificación del Anexo de la Resolución de concesión de subvención en la descripción del proyecto de la entidad de Casabermeja
15/04/2021. Resolución Complementaria de la Resolución definitiva de concesión de la Subvención Línea 1
05/04/2021. Modelo de portada para memoria final línea 1.
13/09/2021. Enlace vídeo tutorial formulario justificación línea 1
16/09/2021. Modelo de portada para memoria final línea 2

2020

01/06/2020. Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan para el año 2020 las ayudas previstas en la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
18/11/2020. Lista de preguntas frecuentes
01/06/2020. Extracto de la Resolución de 25 de mayo de 2020, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía para el ejercicio 2020 en las líneas 1 y 2.
07/10/2020. Acuerdo de requerimiento de subsanación de solicitudes línea 1
07/10/2020. Resolución de inadmisión de solicitudes línea 1
07/10/2020. Acuerdo de requerimiento subsanación de solicitudes línea 2
07/10/2020. Resolución de inadmisión de solicitudes línea 2
16/10/2020. Acuerdo complementario de requerimiento de subsanación de solicitudes línea 1
30/10/2020. Resolución de tramitación de urgencia líneas 1 y 2
10/11/2020. Propuesta de archivo de desistimiento línea 2
10/11/2020. Resolución de archivo por desistimiento línea 2
10/11/2020. Propuesta beneficiarios provisionales línea 2
19/11/2020. Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de ampliación del crédito previsto en la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, línea 1, correspondiente a la convocatoria para el ejercicio 2020.
19/11/2020. Propuesta beneficiarios provisionales línea 1
19/11/2020. Resolución de archivo por desistimiento línea 1
19/11/2020. Resolución de inadmisión línea 1
27/11/2020. Modificación propuesta beneficiarios provisionales línea 1
27/11/2020. Resolución de revocación parcial de Resolución de archivo por desistimiento línea 1
15/12/2020. Resolución definitiva de concesión línea 2
21/12/2020. Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de ampliación del crédito previsto en la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, línea 1, correspondiente a la convocatoria para el ejercicio 2020
23/12/2020. Propuesta de Resolución Definitiva Línea 1
23/12/2020. Propuesta Complementaria de Resolución Línea 1
30/12/2020. Resolución de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía, Línea 1, correspondiente a la convocatoria para el ejercicio 2020

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Información sobre el tratamiento de datos personales

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental cuya dirección es c/ Levíes, 27. 41004-Sevilla y la dirección electrónica es dgpatrimoniohistoricoydocumental.ccph@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ccph@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento Gestión de subvenciones de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental,
con la finalidad de tramitar procedimientos relativos a subvenciones de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía aprobadas por la Orden de 13 de diciembre de 2019; la licitud de dicho tratamiento se basa en el artículo 6.1 apartados c) y e), consecuencia de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y la Orden de 13 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la conservación-restauración e
inventario de bienes muebles del patrimonio histórico de carácter religioso en Andalucía.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
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La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: http://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/212317.html

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 17/01/2024
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