Grado de Discapacidad. Procedimiento para el reconocimiento, calificación y valoración del grado.

Información general

Título formal:

Grado de Discapacidad. Reconocimiento, Calificación y Valoración

Código:
69
Organismo:
Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
25/03/2009

Descripción

Es el procedimiento a través del cual se produce el reconocimiento, calificación y valoración del grado de discapacidad. Es el requisito necesario para poder acceder a cualquiera de los servicios y prestaciones que existen a disposición de las personas con discapacidad, para lo que es imprescindible tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

No existen requisitos previos para el acceso al procedimiento de reconocimiento, calificación y valoración del grado de discapacidad.

Todas las personas con vecindad administrativa en Andalucía y aquellas que se encuentren en la comunidad autónoma en una situación de urgencia personal, familiar o social, podrán acceder, en todo caso,  a los servicios de información, valoración, diagnóstico y orientación, tanto en el nivel primario como en el especializado.

No obstante, no se podrá instar la revisión del grado por agravamiento o mejoría hasta que, al menos, haya transcurrido un plazo mínimo de dos años desde la fecha en que se dictó resolución, excepto en los casos en que se acredite suficientemente error de diagnóstico o se hayan producido cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de grado, en que no será preciso agotar el plazo mínimo.

Documentación

Artículo 17.3 del Decreto 255/2021, de 30 de noviembre:

a) Documento acreditativo de la representación o guarda de hecho, en su caso.
b) Si se trata de una persona menor de edad, fotocopia del Libro de Familia. En el caso de padres/tutores separados o divorciados, la solicitud deberá ir firmada por ambos, siempre que a ninguno de ellos le haya sido retirada/suspendida la patria potestad.
c) Si se trata de una persona extranjera, fotocopia de la tarjeta de identidad de extranjero o, en su defecto, de la solicitud de asilo o refugio, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación respectiva sobre los derechos y beneficios de los discapacitados extranjeros.
d) Copia de los informes médicos y psicológicos que avalen las deficiencias alegadas y no consten en el sistema que se utiliza en el Servicio Andaluz de Salud como soporte de la historia clínica electrónica (DIRAYA).

Plazo de Inicio

Este trámite no está sujeto a plazos

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Córdoba (Cód.: A01035436).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Granada (Cód.: A01035456).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Huelva (Cód.: A01035462).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Jaén (Cód.: A01035468).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Algeciras (Cód.: A01035366).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Almería (Cód.: A01035357).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Cádiz (Cód.: A01035367).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Málaga (Cód.: A01035478).
  • Centro de Valoración y Orientación de Personas con Discapacidad en Sevilla (Cód.: A01035484).
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Estado del procedimiento

Información sobre el tratamiento de datos personales

Organismo: D.G. de Personas con Discapacidad e Inclusión

Responsable del tratamiento: Dirección General de Personas con Discapacidad e Inclusión

Procedimiento asociado: 69

Finalidad: Tratamiento de datos de carácter personal de la ciudadanía para la concesión del reconocimiento de grado de discapacidad.

Interesados: Ciudadanía

Delegado de Protección de Datos: dpd.cipsc@juntadeandalucia.es

Datos personales: Apellidos y Nombre, Fecha de Nacimiento, Sexo, DNI, Nacionalidad, datos Domiciliarios, Teléfono, correo electrónico, Tipo de Discapacidad alegada, informes médicos, Consentimientos expresos a: empadronamiento, consulta DNI, desempleo, familia numerosa, datos de salud, datos de atención infantil temprana, invalidez del INSS/Clases Pasivas y educación. Y, DNI, Nombre y Apellidos y dirección postal del representante legal.

Cesiones de datos: Comunicación, bajo demanda, y dentro del Estado Español, a otras Administraciones Públicas y Órganos Judiciales.

Transferencias internacionales: No se contemplan

Periodo de conservación: No existe plazo previsto para supresión

Medidas de seguridad: Despliegue en tres capas: 1.- Capa de sistema operativo de puesto de cliente. Servida por el Administrador de la Red Corporativa. Con nombre de usuario y contraseña. Obligatorio su cambio con un máximo de tres meses. 2.- Capa de aplicación. El acceso a la aplicación solicita nombre de usuario y contraseña. Se cambia cada 4 meses máximo. 3,- Capa de traceo de procesos. En todo momento se sabe qué usuario hace qué, se queda grabado el log de procesos del usuario en el sistema.

Base jurídica:

Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

Decreto 255/2021, de 30 de noviembre, por el que se regulan la organización y las funciones de los centros de valoración y orientación de personas con discapacidad en Andalucía y se desarrolla el procedimiento para la valoración del grado de discapacidad en la Comunidad Autónoma.

Art. 6,1 e) RGPD. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Ayuda en el trámite

Última actualización: 19/03/2024
Índice