Pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas se han previsto para todas las personas que carezcan de recursos suficientes aunque no hayan cotizado nunca o lo hayan hecho de forma insuficiente. Dentro de esta modalidad existen dos tipos de pensiones:

  • Invalidez
  • Jubilación

Ambas son gestionadas por la Junta de Andalucía. Las cuantías son fijas para cada tipo de ayuda y existen algunas prestaciones compatibles o complementarias entre sí.

Las personas que obtienen el derecho a estas pensiones se convierten en pensionistas de la Seguridad Social con las mismas garantías y los mismos beneficios que el resto de pensionistas, pudiendo disfrutar de:

Pensiones no contributivas de invalidez y jubilación

En la web del Instituto de Mayores y Servicios Sociales puedes acceder a toda la información necesaria sobre las PNC de invalidez y jubilación: normativa y requisitos, actualización de las pensiones para el año en curso, regularización para las personas ya pensionistas, vías y documentos para la solicitud, etc.

Cómo solicitar estas pensiones y dónde hacerlo

La persona interesada o su representante legal podrá formular la correspondiente solicitud, que le será facilitada en:

  • La Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
  • Los Centros de Participación Activa para Mayores
  • Los Servicios Sociales Comunitarios de su Ayuntamiento

La solicitud y documentación correspondiente se presentará, personalmente o por correo, en los lugares indicados anteriormente, así como los previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Podrá tramitarla online a través del Catálogo de procedimientos y Servicios.

Incompatibilidades

Las pensiones no contributivas de jubilación y de invalidez son incompatibles:

  • Entre sí
  • Con las pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS)
  • Con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social
  • Con la condición de causante de la prestación económica por hijo o hija a cargo con discapacidad

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