Este documento contiene la “Política de Privacidad y Protección de datos” de la herramienta de colaboración Zoom, sirviendo de complemento y desarrollo de la información básica sobre el tratamiento de sus datos ofrecida en primera capa a los usuarios finales.
Con carácter general, el tratamiento de los datos de carácter personal se realizará de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos), en adelante RGPD.
Identidad: Agencia Digital de Andalucía.
Organismo: Agencia Digital de Andalucía.
Contacto: Correo electrónico: telecom.dged.ada@juntadeandalucia.es preferentemente, y dpd.ada@juntadeandalucia.es. Dirección postal: Calle Juan Antonio Vizarrón s/n, Edificio Torretriana, Isla de la Cartuja 41092 - Sevilla
Delegado de Protección de Datos: dpd.ada@juntadeandalucia.es
El servicio de Comunicaciones Unificadas (en adelante, Zoom) es prestado dentro de los catálogos de servicios del contrato de LOTE 3 - SERVICIOS DE VOZ Y SERVICIOS EN MOVILIDAD de la CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE LA RED CORPORATIVA DE TELECOMUNICACIONES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA (CONTR 2023 0000221110), suscrito con la U.T.E. TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U., TELEFÓNICA MÓVILES ESPAÑA, S.A.U., TELEFÓNICA SOLUCIONES DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE ESPAÑA, S.A.U., y TELEFÓNICA IOT & BIG DATA TECH, S.A.U. (en adelante TELEFÓNICA).
La finalidad del tratamiento de datos es gestionar la herramienta de colaboración Zoom, incluyendo gestión de usuarios, de su actividad y uso del servicio, de la seguridad de la red y gestión de consumo y facturación, destinados al uso por parte del personal en el desarrollo de su trabajo.
Al ser Zoom un servicio de comunicaciones prestado por la RCJA está sujeto a lo dispuesto en la Resolución de 22 de octubre de 2020, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía, sin menoscabo a la demás normativa que sea de aplicación.
En ningún caso se adoptarán, en base a los datos recabados por la herramienta de colaboración Zoom, decisiones automatizadas que afecten a los usuarios, ni se cederán a entidades públicas o privadas que las adopten.
Zoom realiza tratamiento de los siguientes datos de carácter personal, con la finalidad de garantizar la adecuada prestación del servicio:
Datos de los usuarios participantes en la comunicación: nombre y apellidos del usuario, nombre de usuario, dirección de email.
Datos de actividad: datos del uso de los servicios de la nube por parte de los usuarios. En particular, datos procedentes del listado de llamadas, eliminación de contenido o el cambio de registros o datos relacionados con el uso del servicio (por ejemplo, puntos finales utilizados) por un usuario.
Datos transitorios de sesión. Concretamente, datos personales que no se almacenan en los servicios de Zoom (como información de presencia) o que están vinculados a una sesión de inicio de sesión en los servicios de Zoom (por ejemplo, recabados por cookies de sesión o direcciones IP).
Será responsable del tratamiento de los datos personales incluidos en los documentos intercambiados a través de Zoom el centro directivo u organismo al que esté adscrita la persona que los comparta. Asimismo, dicho organismo será responsable de las grabaciones que se realicen, las cuales se almacenarán de forma local, ya sea en el equipo del propio usuario o en la infraestructura del organismo correspondiente.
Los datos personales recabados por la herramienta de colaboración Zoom se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron, para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar y para cumplir las obligaciones legales impuestas por la normativa de archivos y documentación, hacienda pública, procedimiento administrativo y judicial y el resto de normativa aplicable.
La legitimación para el tratamiento de sus datos es la siguiente:
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una la finalidad de naturaleza pública o ejercicio de poderes públicos, en los términos del artículo 6 apartado e) del RGPD, plasmados en la necesidad del establecimiento de comunicaciones eficaces entre los profesionales del sector público andaluz, finalidad que se plasma en la creación de la RCJA, sobre la que tiene la competencia la Agencia Digital de Andalucía en virtud de:
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 34, reconoce el derecho a acceder y usar las nuevas tecnologías y a participar activamente en la sociedad del conocimiento, la información y la comunicación, mediante los medios y recursos que la ley establezca. Asimismo, el artículo 58.1.2.º atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias exclusivas sobre el régimen de las nuevas tecnologías relacionadas con la Sociedad de la Información y del Conocimiento, en el marco de la legislación del Estado. En desarrollo de esta competencia exclusiva se encuentran las siguientes normas:
1. La aplicación de las tecnologías de la información a la Administración estará orientada a mejorar su eficacia, aproximarla a la ciudadanía y agilizar la gestión administrativa.
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 7. Administración electrónica “1. La aplicación de las tecnologías de la información a la Administración estará orientada a mejorar su eficacia, aproximarla a la ciudadanía y agilizar la gestión administrativa.” En este sentido el papel de la RCJA consiste en mejorar la eficacia y agilizar la gestión.
Artículos 3.2 y 156 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público en el sentido de que el uso por el personal de los sistemas de telecomunicaciones (móvil, fijo, internet, etc..) proporcionados por la Junta de Andalucía a su personal es una consecuencia lógica e inevitable de su relación funcionarial, interina, eventual o laboral con la misma. Además, en su art. 14. e) declara que los empleados públicos tienen derecho “e) A participar en la consecución de los objetivos atribuidos a la unidad donde preste sus servicios y a ser informado por sus superiores de las tareas a desarrollar.”
Resolución de 22 de octubre de 2020 de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se aprueba el Código de Conducta en el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación para profesionales públicos de la Administración de la Junta de Andalucía
Únicamente se cederán datos a los a los organismos para la gestión de los servicios de RCJA, siempre conforme a los fines del tratamiento indicados, y a las autoridades públicas, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado y poder judicial, para cumplir con las obligaciones legalmente establecidas.
No se contemplan transferencias internacionales de datos personales. En este sentido, aunque la URL del servicio utiliza el dominio zoom.us (https://juntadeandalucia-es.zoom.us), esto no implica ningún tratamiento ni transferencia de datos fuera de la Unión Europea. Su uso se limita a redirigir el inicio de sesión a la plataforma SSOWeb de la Junta de Andalucía, donde se lleva a cabo la autenticación del usuario de forma delegada. El tenant utilizado para este servicio está ubicado en la Unión Europea, garantizando el cumplimiento de todas las medidas de seguridad y protección de datos establecidas en el RGPD.
La persona interesada tiene derecho, conforme al Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679, a ejercer frente al Responsable su derecho de acceso a los datos (art. 15 RGPD); Derecho a la portabilidad de los datos (art. 20 RGPD); Derecho de rectificación de los datos (art. 16 RGPD); Derecho de supresión (art. 17 RGPD); Derecho de oposición (artículo 21 y 22 RGPD) y Derecho a la limitación del tratamiento (art. 18 RGPD).
El procedimiento para el ejercicio de estos derechos será conforme a lo indicado en la URL https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/
Telemáticamente accediendo con certificado digital o clave a la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=SGAP_23957
De forma semitelemática. Si no dispone de certificado digital ni clave, podrá iniciar el trámite con su DNI o NIE y cumplimentar la solicitud en la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía, pero no podrá firmarla ni presentarla, sino que tendrá que imprimirla y acudir a una Oficina de Asistencia en Materia de Registro para su presentación. La solicitud llevará un localizador que facilitará su tramitación posterior.
De forma presencial en una Oficina de Asistencia en Materia de Registro. Se recomienda la petición de Cita previa: https://tuturno.juntadeandalucia.es/citaprevia/citapreviaOperacion?tenantId=998
Localización de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro: https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/oficinas-asistencia-registros.html
Si el ejercicio de los derechos se realiza a través de un representante será necesario acompañar el documento que acredite la representación legal o voluntaria.
El órgano responsable consultará a través de medios electrónicos los datos del DNI o NIE de la persona solicitante y, en su caso, de su representante, por lo que no es necesario adjuntarlos salvo que se haya ejercido el derecho de oposición a esta consulta marcando las casillas “me opongo”, en cuyo caso deberá aportarlos.
Cuando se ejerce el derecho de supresión (derecho al olvido) se deberá expresar la URL de la página web sobre la que se solicita este derecho. Igualmente, si ejerce el derecho de rectificación se deberá aportar el documento del que se deduzca el error o la inexactitud de los datos que se quieren rectificar. En cualquier caso la persona solicitante podrá aportar junto a la solicitud la documentación que considere oportuna para justificar su petición.
Igualmente, en caso de no haber obtenido una respuesta satisfactoria al ejercicio de sus derechos podrá presentar una reclamación ante la Autoridad de Control en materia de protección de datos competente que, en este caso, sería la el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, conforme a lo establecido en la Orden de 1 de agosto de 2019, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local; que establece que corresponde al Consejo desempeñar tales funciones respecto de los tratamientos de los que sean responsables las instituciones autonómicas de Andalucía, la Administración de la Junta de Andalucía, la Administración Local en Andalucía y otras entidades dependientes de cualquiera de ellas, así como las universidades del sistema universitario andaluz, en los términos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOJA núm. 154, de 12 de agosto de 2019).
Los datos personales utilizados para la puesta a disposición de la herramienta de colaboración Zoom proceden del Directorio Corporativo de la Junta de Andalucía (LDAP) y se gestionan a través del SSO web para la autenticación e identificación de los usuarios.
Se han exigido e implantado las medidas de seguridad correspondientes al nivel BAJO, de acuerdo con el Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. No obstante, la herramienta utilizada cuenta con una certificación de seguridad para el nivel ALTO.