ORGANIZACIÓN
Los órganos superiores de gobierno, dirección y ejecutivos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía así como sus funciones vienen determinadas en el Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, (BOJA nº 83, de 29/04/2011) modificado por el Decreto 538/2012, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía aprobados por Decreto 99/2011, de 19 de abril (BOJA nº 254, de 31/12/2012).
Dña. Margarita Cobos Sánchez, Secretaria General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.
Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, modificado por Decreto 538/2012, de 28 de diciembre.
Artículo 18. Atribuciones.
- La Secretaría General ejercerá las competencias que, como órgano administrativo, le atribuye el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el ejercicio de cualesquiera otras funciones que se les atribuyan mediante disposición de carácter general o por el Consejo Rector.
- Corresponde asimismo a la Secretaría General el ejercicio de las atribuciones establecidas en los párrafos a), b), d), e) y j) del artículo 16, relacionas con sus competencias.
- Como órgano de dirección de la Agencia tendrá a su cargo la gestión ordinaria de las actividades de la Agencia, de acuerdo con las directrices del Consejo Rector y las instrucciones y órdenes de servicio de la Dirección Gerencia.
- En particular le corresponderá:
- Ejercer la jefatura en los asuntos relativos a personal, la selección de personal, la formación, la contratación del mismo y la extinción de las relaciones laborales y, con carácter general, los actos de administración y gestión de los recursos humanos, así como los asuntos relativos al régimen interior.
- Representar a la Agencia en la negociación colectiva.
- En materia de subvenciones, la inspección, la comprobación de la realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad para la que se hubieran concedido.
- La tramitación de los procedimientos de reintegro.
- En materia de contratación, la asistencia a la Dirección Gerencia en el ejercicio de las prerrogativas de interpretación, modificación y resolución de los contratos administrativos.
- La instrucción y propuesta de resolución de los procedimientos para el ejercicio de las potestades administrativas que correspondan a la Dirección Gerencia.
- Asistir a la Dirección Gerencia en la gestión del patrimonio y la administración de los recursos económicos de la Agencia, en la elaboración del anteproyecto del contrato plurianual de gestión, del plan anual de actuación y del anteproyecto anual del presupuesto.
- Asimismo le corresponderán las funciones de coordinación directiva y funcional de los servicios comunes de carácter administrativo y los de prestación de servicios.