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Lunes, 13 Septiembre 2021 09:31

Se amplía el plazo para la solicitud del Bono Social Térmico hasta el 31 de octubre.

El plazo de validación y verificación de los datos para el abono del Bono Social Térmico, cuya fecha límite se marcó el 15 de septiembre, se ha ampliado hasta el 31 de octubre, con el fin de que la ayuda llegue al máximo número de personas potencialmente beneficiarias.

La gestión del Bono Social Térmico se está desarrollando desde la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía (ASSDA), que ha dispuesto un equipo de gestores administrativos dedicados a esta labor con el fin de agilizar y facilitar la gestión a las personas que lo han solicitado, muchas de ellas en situación de vulnerabilidad.

En un primer momento la ASSDA envió una carta para informar sobre la concesión del Bono Social Térmico a las casi 250.000 personas potencialmente beneficiarias en Andalucía. En esta comunicación, además del importe de la ayuda, se indica los pasos a seguir para el cobro de la misma y los plazos para realizar el trámite.

Para facilitar su tramitación se ha habilitado un espacio en la página web de la ASSDA. También se podrá gestionar a través del teléfono gratuito 900 101 220, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. Además, para resolver cualquier duda que pueda surgir sobre esta materia se ha creado el correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .

El Bono Social Térmico consiste en una ayuda económica directa, complementaria al Bono Social Eléctrico, y que está destinada a las personas más vulnerables para que puedan compensar los gastos que ocasionan el uso de la calefacción, el aire acondicionado, el agua caliente o la cocina, entre otros. El Real Decreto-Ley de 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de consumidores, estableció que las Comunidades Autónomas asumirían a partir de 2020 la gestión y el pago de estas ayudas, financiadas con cargo a los Presupuestos del Ministerio para la Transición Ecológica del Gobierno de España.

Las ayudas concedidas no hay que solicitarlas, pues todas aquellas personas que tengan concedido el Bono Social Eléctrico son beneficiarias del Bono Social Térmico, por lo que la ASSDA gestiona todo el procedimiento de oficio, comunicándole por carta o teléfono a todos los potenciales beneficiarios el pago de esta ayuda para que ratifiquen sus datos o comuniquen cualquier variación. Se realizan en un único pago anual, que varían entre 25 y 123,94 euros según el grado de vulnerabilidad que la persona beneficiaria tiene recogido en el Bono Social Eléctrico y la zona climática en la que se ubica su vivienda habitual.

La ASSDA ha diseñado un formulario muy sencillo con el fin de agilizar y facilitar al máximo la gestión del Bono Social Térmico a las personas que quieran tramitarlo de forma telemática. Para solicitar el cobro de esta ayuda solo es necesario introducir el DIN/NIE y un número PIN de autentificación que se indicará en la carta de comunicación que recibirán en su domicilio todas las personas beneficiarias. Además, deberán comprobar, modificar o introducir la cuenta bancaria (IBAN) en la que desean que se le realice el ingreso, sea de su titularidad o de alguna persona a la que autorice a recibir la transferencia en su nombre. No obstante, las personas que lo deseen también la podrán tramitar por teléfono, indicando estos mismos datos.