Asistencia para la confección y la presentación Asistencia para la confección y la presentación

Servicios de asistencia para la confección y presentación que presta la Agencia Tributaria de Andalucía:

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:

Confección de los modelos 660 y 650

  • Puede solicitar asistencia telefónica a través del Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Requisitos para recibir asistencia: El solicitante deberá ser necesariamente el obligado tributario. No se prestará asistencia tributaria para la confección de autoliquidaciones a persona distinta del obligado tributario. Sólo se admitirá la actuación mediante representante, si éste tiene la condición de obligado tributario. Deberá acreditarse dicha representación y aportar copia del DNI del representado.
  • La asistencia a la confección por medios electrónicos o asistencia a la presentación está prevista sólo para particulares. Cualquier incidencia durante la confección o asistencia por los gestores o representantes habrá de platearse al Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Documentación que se debe aportar:
    • Certificado de defunción del causante (original o fotocopia).
    • Certificación del Registro General de Actos de Última Voluntad (original o fotocopia).
    • Copia autorizada y fotocopia de las disposiciones testamentarias.
    • Testimonio de la declaración de herederos, Acta de notoriedad o Relación de presuntos herederos.
    • Documento notarial de manifestación de herencia y copia simple o documento privado de manifestación de herencia y copia.
    • Fotocopias de los D.N.I del causante y de los sujetos pasivos o partida de nacimiento para menores de 21 años.
    • Ejemplar de los contratos de seguro concertados por el causante (o certificación de la Entidad aseguradora en los seguros colectivos).
    • Justificación documental de las cargas, gravámenes y deudas.
    • Justificación documental de gastos deducibles.
    • Justificación de los saldos bancarios del causante y su cónyuge a la fecha de fallecimiento y el mayor del año anterior a tal día.
    • Justificación de la cotización de valores o del valor teórico de las participaciones en el capital de entidades jurídicas cuyos títulos no cotizan en bolsa. Para estas últimas, último balance aprobado y presentado ante la Administración Pública.
    • Título y fecha de adquisición de los bonos de caja.
    • Título de adquisición por el causante de bienes inmuebles o fotocopia.
    • Copia del recibo del I.B.I. de los bienes inmuebles o fotocopia.
    • Relación del patrimonio preexistente de los sujetos pasivos a la fecha del devengo del Impuesto o copia del Impuesto sobre el Patrimonio.
    • Copia de la última declaración del Impuesto sobre el Patrimonio del causante y, en caso de reducciones por adquisición de vivienda habitual, empresa, negocio o participación empresarial, aportar copia de la última declaración del IRPF del causante.
    • Copia de la documentación del vehículo: Permiso de circulación y ficha técnica.
  • Puede confeccionar los modelos mediante la herramienta telemática de confección asistida.

Confección del modelo 659 (Solicitud de prórroga del plazo de presentación)

  • Requisitos para recibir asistencia: El solicitante deberá ser necesariamente el obligado tributario. No se prestará asistencia tributaria para la confección de autoliquidaciones a persona distinta del obligado tributario. Sólo se admitirá la actuación mediante representante, si éste tiene la condición de obligado tributario. Deberá acreditarse dicha representación y aportar copia del DNI del representado.
  • La asistencia a la confección por medios electrónicos o asistencia a la presentación está prevista sólo para particulares. Cualquier incidencia durante la confección o asistencia por los gestores o representantes habrá de platearse al Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Documentación que se debe aportar.
    • Certificación del acta de defunción del causante (original o fotocopia).
    • Escrito en el que conste el nombre, NIF y domicilio de los herederos declarados o presuntos y su grado de parentesco con el causante cuando fueren conocidos, la situación y el valor aproximado de los bienes y derechos y los motivos en que se fundamenta la solicitud.
  • Puede confeccionar los modelos mediante la herramienta telemática de confección asistida.

Confección del modelo 651

  • Requisitos para recibir asistencia: El solicitante deberá ser necesariamente el obligado tributario. No se prestará asistencia tributaria para la confección de autoliquidaciones a persona distinta del obligado tributario. Sólo se admitirá la actuación mediante representante, si éste tiene la condición de obligado tributario. Deberá acreditarse dicha representación y aportar copia del DNI del representado.
  • La asistencia a la confección por medios electrónicos o asistencia a la presentación está prevista sólo para particulares. Cualquier incidencia durante la confección o asistencia por los gestores o representantes habrá de platearse al Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Documentación que se debe aportar.
    • Documento comprensivo del hecho imponible (Escritura pública, contrato privado, etc.)
    • Identificación del bien o bienes objeto del impuesto.
  • Puede confeccionar los modelos mediante la herramienta telemática de confección asistida.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Confección del modelo 600.

  • Requisitos para recibir asistencia: El solicitante deberá ser necesariamente el obligado tributario. No se prestará asistencia tributaria para la confección de autoliquidaciones a persona distinta del obligado tributario (abogado, representante, autorizado...). Sólo se admitirá la actuación mediante representante, si éste tiene la condición de obligado tributario. Deberá acreditarse dicha representación y aportar copia del DNI del representado.
  • La asistencia a la confección por medios electrónicos o asistencia a la presentación está prevista sólo para particulares. Cualquier incidencia durante la confección o asistencia por los gestores o representantes habrá de platearse al Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Documentación que se debe aportar.
    • Documento comprensivo del hecho imponible (Escritura pública, contrato privado, documento administrativo, etc.)
    • Identificación del bien o bienes objeto del impuesto.
  • Puede confeccionar los modelos mediante la herramienta telemática de confección asistida.

Confección del modelo 621

  • Requisitos para recibir asistencia: El solicitante deberá ser necesariamente el obligado tributario. No se prestará asistencia tributaria para la confección de autoliquidaciones a persona distinta del obligado tributario. Sólo se admitirá la actuación mediante representante, si éste tiene la condición de obligado tributario. Deberá acreditarse dicha representación y aportar copia del DNI del representado.
  • La asistencia a la confección por medios electrónicos o asistencia a la presentación está prevista sólo para particulares. Cualquier incidencia durante la confección o asistencia por los gestores o representantes habrá de platearse al Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT).
  • Documentación que se debe aportar.
    • Documento comprensivo del hecho imponible (Escritura pública, contrato privado, documento administrativo, etc.)
    • Ficha técnica del vehículo.
  • Puede confeccionar los modelos mediante la herramienta telemática de confección asistida.