La cohesión económica y social: los Fondos Europeos
Mosaico de culturas, lenguas, historias y tradiciones diferentes, las regiones de la Unión Europea se caracterizan por unos niveles de renta distintos y no pueden, por tanto, ofrecer iguales oportunidades a todos los ciudadanos. Las diez regiones más prósperas de la UE son tres veces más ricas e invierten tres veces más en sus estructuras económicas que las diez más pobres. Aunque este problema ha tendido a agravarse con las sucesivas ampliaciones, también la UE ha venido reforzando los medios puestos para su solución. El gasto ha registrado así un rápido crecimiento desde 1988, con el resultado de que hasta 1999 cerca de un tercio del presupuesto total comunitario se destinará al apoyo de las zonas desfavorecidas.
Este gasto se canaliza principalmente a través de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión, que tienden a concentrar su ayuda económica allí donde ésta es más necesaria.
Los
Fondos Estructurales son cuatro:
El Fondo Europeo de Desarrollo Regional. El FEDER se estableció en 1975 para financiar la ayuda estructural mediante programas de desarrollo regional destinados a las regiones más desfavorecidas con el fin de contribuir a reducir los desequilibrios socioeconómicos que se dan entre las regiones de la Unión. El FEDER concede ayuda financiera principalmente para apoyar programas que son presentados y gestionados directamente por las autoridades competentes de los Estados miembros. Las zonas que pueden acogerse a las ayudas regionales comunitarias se definen en función de las necesidades derivadas de sus problemas económicos.
Más información en castellano sobre el FEDER en http://europa.eu.int/comm/dg16/activity/erdf/erd1a_es.htm
El Fondo Social Europeo. Creado en 1960, el FSE es el principal instrumento de la política social de la Comunidad. Concede ayuda financiera, con arreglo a los objetivos nº 3 y 4 de los Fondos Estructurales, a planes de formación profesional, reciclado y creación de empleo, destinados principalmente a los desempleados jóvenes, a los desempleados de larga duración, a grupos sociales marginados y a las mujeres.
Para ampliar información sobre el FSE se puede consultar http://europa.eu.int/comm/dg05/esf/en/index.htm
Objetivos prioritarios de los Fondos Estructurales Los Fondos Estructurales, de acuerdo con el artículo 1 del Reglamento (CEE) nº 2081/93 del Consejo y con el artículo 52 de la Decisión 95/1/CE del Consejo, conceden ayuda financiera según seis objetivos prioritarios, cuatro de los cuales son de aplicación regional mientras que los otros dos se aplican en todo el territorio de la Unión. Objetivos regionales:
Objetivos comunitarios:
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El Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola. El objetivo y funcionamiento del FEOGA se describe al hablar de la PAC.
El Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca. Desde 1994, el IFOP agrupa los instrumentos comunitarios relativos a la pesca. Se aplica a todas las regiones costeras y su principal misión consiste en aumentar la competitividad de las estructuras del sector pesquero, promover la creación de empresas viables en la industria pesquera y procurar el mantenimiento del equilibrio entre la capacidad pesquera y los recursos disponibles.
El
Fondo de Cohesión constituye un nuevo instrumento de ayuda y solidaridad,
destinado a contribuir al fortalecimiento de la cohesión económica y social de la Unión
Europea y a facilitar la participación de los Estados miembros menos prósperos en la
Unión Económica y Monetaria. El Fondo fue creado por el Tratado de Maastricht, que
vinculaba el logro de la cohesión económica y social con el establecimiento de la Unión
Económica y Monetaria (UEM). Cuando se firmó el Tratado, estaba claro que los países
menos desarrollados tendrían dificultades a la hora de aplicar la estricta disciplina
presupuestaria y fiscal exigida para cumplir los criterios de convergencia de la UEM, dado
que también necesitan realizar grandes inversiones para reducir la diferencia en el grado
de desarrollo y aumentar su capacidad de crecimiento. Así pues, se creó el Fondo de
Cohesión, que presenta las siguientes características específicas, que le fueron
asignadas en el Consejo Europeo de Edimburgo en diciembre de 1992:
sólo pueden recibir ayuda los Estados miembros cuyo Producto Nacional Bruto sea inferior al 90 % de la media comunitaria y que cuenten con un programa de convergencia económica; hay cuatro "países de cohesión": España, Grecia, Irlanda y Portugal; los compromisos del Fondo de Cohesión previstos para 1996 fueron, repartidos de la forma siguiente: 52-58% para España, 16-20% para Portugal, 16-20% para Grecia y 7-10% para Irlanda.
el Fondo de Cohesión es condicional: si el Estado miembro tiene un déficit público excesivo, no se aprobará ningún proyecto nuevo antes de que se haya corregido este déficit;
el Fondo de Cohesión concede ayuda financiera a distintos proyectos de inversión y puede contribuir con el 80 - 85 % del gasto público total; los proyectos deben pertenecer a una de las dos categorías siguientes: proyectos medioambientales o proyectos de infraestructuras de transporte;
debe conseguirse un equilibrio adecuado entre la financiación de proyectos de infraestructuras de transporte y la de proyectos de medio ambiente; la Comisión ha fijado como objetivo un reparto del 50 % entre las dos categorías;
todos los proyectos deben cumplir las disposiciones del Tratado y la legislación comunitaria vigente; deben respetarse en particular las normas sobre competencia, medio ambiente y adjudicación de contratos públicos.
Grados de integración
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La integración europea
Las
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La Política Agrícola Común
La Política Pesquera Común
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Los Fondos Estructurales y el de Cohesión
Los beneficios del euro
El Sistema Europeo de Bancos Centrales