![San Buenaventura en el Concilio de Lyon (1629), Francisco de Zurbarán. Musèe du Louvre](https://www.juntadeandalucia.es/averroes/centros-tic/18008841a/helvia/aula/archivos/repositorio/0/84/html/kairos/ensenanzas/bachillerato/mundo/img/f_clero.jpg)
El Clero goza de una gran preeminencia honorífica y de importantes privilegios, sobre todo el alto clero (2% de la población).
El estamento clerical está dotado de administración y tribunales propios. No tiene que pagar ninguno de los impuestos directos ordinarios y fija por sí mismo el don gratuito que concede el Rey. Percibe el diezmo de todos los productos de la tierra. Sus propiedades en bienes raíces eran muy extensas y también gozaban de rentas señoriales.
Este estamento estaba muy unido a la monarquía que es de “derecho divino” con el respaldo eclesiástico, y con la nobleza, estamento de donde se extraen los miembros del alto clero.
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