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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18,1 de la Ley Orgánica
2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, de aplicación al convocado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 151 de la Constitución, por Real Decreto 1835/1981, de 20 de agosto, por el que se somete a referéndum el proyecto de Estatuto de Autonomía para Andalucía, la Junta Electoral Central, a la vista de las actas remitidas por las Juntas Electorales Provinciales de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada. Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla, realiza la siguiente
DECLARACION OFICIAL DE RESULTADOS
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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