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El Real Decreto 3504/1981, de 18 de Diciembre, transfiere a la Junta de Andalucía competencias, funciones y servicios de la Administración Central del Estado en materia de reforma de las estructuras comerciales.
En su disposición final quinta se establece que la Junta de Andalucía organizará los servicios precisos y distribuirá entre los órganos correspondientes las competencias que se transfieren.
En consecuencia, en virtud de las competencias que me otorga el Artº. 11 del vigente Reglamento de Régimen Interior y previo acuerdo del Consejo Permanente de la Junta de Andalucía, en su reunión del 14 de Enero de 1982.
D I S P O N G O
Artículo único.- Se asignan al Consejero de Economía, Hacienda, Comercio y Turismo las competencias transferidas a la Junta de Andalucía, en materia de reforma de las estructuras comerciales, por el Real Decreto 3504/1981 de 18 de diciembre.
Disposición final.- El presente Decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de Enero de 1982.
Rafael Escuredo Rodríguez
PRESIDENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA
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