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El Real Decreto 4109/82 de 29 de Diciembre, transfiere a la Junta de Andalucía, competencias y funciones de la Administración del Estado en materia de Ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
Ello obliga a asignar a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes el ejercicio de las facultades traspasadas, en razón a la naturaleza y contenido de tales competencias transferidas, sin perjuicio de su posterior distribución administrativa entre sus propios órganos y dependencias.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Comercio y Transportes, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de Marzo de 1983.
DISPONGO
Artículo único.- Se asignan a la Consejería de Turismo, Comercio y Transportes los servicios transferidos a la Junta de Andalucía por el Real Decreto 4109/82 de 29 de Diciembre, en materia de Ferias Internacionales, Comercio Interior y Cámaras Oficiales ae Comercio, Industria y Navegación.
Sevilla, 9 de Marzo de 1983.
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN MANUEL CASTILLO MANZANO
Consejero de Turismo, Comercio
y Transportes
Descargar PDFBOJA nº 23 de 18/03/1983