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La Ley 3/1982, de 21 de Diciembre, estableció en su disposición adicional 2, que por Decreto del Consejo de Gobierno de Andalucía, se regularían los logotipos de reproducciones simplificadas del Escudo de Andalucía para uso oficial.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 19 de Octubre de 1983.
DIPONGO:
Artículo único.- Se declara modelo para uso oficial de logotipo de reproducción simplificada del escudo de Andalucía, el que a continuación se inserta y en el que figuran las iniciales de la Junta de Andalucía, J.A., sobre el fondo de la Bandera de Andalucía, enmarcadas en la cartela inferior simplificada del Escudo de Andalucía.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Disposición final.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
AMPARO RUBIALES TORREJON
Consejera de la Presidencia
Descargar PDFBOJA nº 89 de 08/11/1983