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El Real Decreto 3137/83, de 25 de agosto, transfiere a la Comunidad Autónoma de Andalucía, funciones y servicios del Estado, en materia de Puertos y ello obliga, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 143/82, de 3 de noviembre, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Política Territorial y Energía, a asignar a dicho Departamento las facultades traspasadas, sin perjuicio de su posterior distribución entre sus propios órganos y dependencias.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial y Energía, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 11 de enero de 1984,
DISPONGO:
Artículo Unico. Se asignan a la Consejería de Política Territorial y Energía las funciones transferidas a la Junta de Andalucía por el Real Decreto
3137/1983, de 25 de agosto en materia de Puertos.
RAFAEL ESCUREDO RODRIGUEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
JAIME MONTANER ROSELLO
Consejero de Política Territorial y
Energía
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