Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 26/11/1985

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía e Industria

ORDEN de 16 de noviembre de 1985, por la que se desarrolla la estructura orgánica de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Economía e Industria.

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Creadas por Decreto 86/1985, de 17 de abril, las Delegaciones Provinciales de Economía e Industria y establecida su estructura a nivel de Servicios, en virtud del Decreto 231/1985, de 23 de octubre, resulta necesario desarrollar la misma de acuerdo con una idónea organización que permita un correcto desempeño de sus funciones. En su virtud, previo informe de las Consejerías de la Presidencia y de Hacienda, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Final del citado Decreto 231/1985,

DISPONGO

Artículo primero. Las Delegaciones Provinciales de Economía e Industria se estructuran en las unidades administrativas establecidas por el Decreto 231/1985, de 23 de octubre, y que constan de las que se regulan en la presente Orden.

Artículo segundo. La Secretaría General de cada Delegación Provincial estará integrada por las siguientes unidades administrativas:

1. Sección de Economía

1.1. Negociado de Planificación y Estadística.

1.2. Negociado de Análisis Financiero y de Precios.

2. Sección de Administración General.

2.1. Negociado de Recaudación de Tasas.

2.2. Negociado de Habilitación, Personal y Régimen Interior.

3. Sección de Legislación, de la que dependerá un Negociado de Tramitación.

Artículo tercero. El Servicio de Industria, Energía y Minas de cada Delegación Provincial estará integrado por las siguientes unidades administrativas:

1. Sección de Industria

1.1. Negociado de Registro y Promoción Industrial

1.2. Negociado de Metrología

1.3. Negociado de Inspección Técnica de Vehículos No obstante, en las Delegaciones Provinciales de Sevilla y Cádiz el primer Negociado citado se desdoblará en otros dos con la siguiente denominación.

1.1. Negociado de Registro Industrial

1.2. Negociado de Promoción Industrial

2. Sección de Energía

2.1. Negociado de Instalaciones Eléctricas

2.2. Negociado de otras Instalaciones Energéticas

3. Sección de Minas

3.1. Negociado de Minas y Explosivos

3.2. Negociado de Hidrología.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOJA.

Sevilla, 16 de noviembre de 1985

JOSE MIGUEL SALINAS MOYA

Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de Economía e Industria

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