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La Zona regable del Campo de Dalías fue declarada de interés nacional por Decretos de 24 de junio de 1941; 115/1969, de 16 de enero; y
2601/1970, de 23 de julio. Realizados los Planes de Obras correspondientes, la red de caminos de la Zona resulta actualmente insuficiente, por lo cual, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria ha redactado un Plan de Mejora de la Red Viaria en los Sectores IV, V, VI y III, Subsector segundo.
En su virtud, a propuesta del Instituto Andaluz de Reforma Agraria,
DISPONGO:
Primero. Se aprueba el Plan de Mejora de la Red Viaria de la Zona Regable del Campo de Dalías (Almería), que figura como Anexo a esta Orden.
Segundo. Las obras incluidas en el Plan mencionado se clasifican de interés general de la Comunidad Autónoma.
Tercero. Los proyectos correspondientes deberán redactarse durante el presente año y las obras deberán finalizar en el segundo semestre de
1986.
Cuarto. Por el Instituto Andaluz de Reforma Agraria se dictarán las normas pertinentes para la mejor aplicación de esta Orden.
Sevilla, 30 de octubre de 1985
MIGUEL MANAUTE HUMANES
Consejero de Agricultura y Pesca
ANEXO
Las obras incluidas en el Plan consisten en la ejecución de 38.916 m. 1. de caminos, repartidos de la siguiente manera: Red de Caminos en el tm de El Ejido: 22.904 m. Red de Caminos en el tm de La Mojonera: 5.877 m. Red de Caminos en el tm de Vícar: 10.135 m.
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