Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 07/12/1985

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 4 de noviembre de 1985, por la que se dan instrucciones para la elaboración por los Centros docentes no Universitarios de un Plan de autoprotección y se establecen las normas para la realización de un ejercicio de evacuación de emergencia.

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La seguridad de los centros escolares, es objeto de constante preocupación en todos los sectores implicados en la docencia. Conscientes de la necesidad de establecer las medidas oportunas y poner los medios necesarios que permitan que dichos centros posean unos niveles mínimos de seguridad, esta Consejería, en colaboración con el Servicio de Protección Civil de la Consejería de Gobernación, tiene en estudio la elaboración de un Plan Básico de Emergencia, que contemple las iniciativas de los propios centros y las experiencias derivadas de los simulacros que se lleven a la práctica.

La realidad física y material de los actuales edificios, su dependencia del entorno circundante y los medios de seguridad de que disponen son tan heterogéneos, que, independientemente de las medidas de carácter general que puedan adoptarse, parece aconsejable que sean los centros quienes, al establecer su propio Plan de Autoprotección, complementado con ejercicios de evacuación, aporten a esta Consejería las correspondientes previsiones, tendentes a corregir las deficiencias detectadas, teniendo en cuenta sus características particulares. El citado Plan Básico de Emergencia, pretende cubrir los objetivos siguientes:

a) Desarrollar las bases reglamentarias que permitan disponer de unas condiciones mínimas de seguridad en los edificios e instalaciones de los centros docentes.

b) Estimular el interés de los distintos sectores educativos en la elaboración y establecimiento de su propio Plan de Autoprotección.

c) Propiciar programas de formación dirigidos a alumnos, profesores, y padres, para adquisición de conocimientos, hábitos y destrezas en materia de autoprotección, que constituyan un componente más en la educación de los alumnos.

d) Realizar simulacros, que permitan a esta Consejería disponer de una información fidedigna sobre las condiciones reales de cada centro en materia de seguridad.

e) Implantar, en cursos sucesivos, ejercicios prácticos de evacuación de emergencia en los centros docentes no universitarios, como parte de las prácticas habituales en el campo de la seguridad y autoprotección.

En virtud de cuantos antecede, esta Consejería ha dispuesto:

Primero. El Consejo de Dirección de cada centro público no universitario, elaborará, dentro de los tres meses siguientes a la fecha de publicación de la presente Orden, un Plan de Autoprotección, teniendo en cuenta los recursos personales y materiales de que disponga el mismo, y siguiendo en todo caso, las instrucciones que figuran en el Anexo I.

Segundo. Dicho Plan de Autoprotección, será ampliamente difundido entre todos los sectores de la comunidad escolar. En base al mismo, y de acuerdo con las instrucciones contenidas en el Anexo II de la presente Orden, los centros realizarán un ejercicio de evacuación de emergencia, en el que participarán activamente profesores, alumnos y personal no docente. Dicho ejercicio se llevará a cabo en el presente curso escolar.

Tercero. Realizado el citado ejercicio, los directores de los centros propiciarán la celebración de reuniones de alumnos (que en el caso de centros de Educación General Básica, se limitarán a los de la segunda etapa), cuyo objeto será analizar el desarrollo del mismo y proponer cuantas sugerencias estimen oportunas, las cuales, después de ser estudiadas por el Consejo de Dirección y convenientemente valoradas, se incorporarán al Plan de Autoprotección del Centro.

Cuarto. En orden a facilitar a la Administración Educativa la adopción de medidas que puedan mejorar o corregir las deficiencias detectadas, dentro de los quince días siguientes a la celebración del ejercicio, los directores de los centros remitirán a las Delegaciones Provinciales, un informe detallado en el que consten las impresiones generales de la experiencia realizada, anomalías y problemas observados, y en su caso, cuantas sugerencias y observaciones se estiman pertinentes. Dicho informe se elaborará de acuerdo con las directrices que figuran en el Anexo II.

Quinto. Las Delegaciones Provinciales de Educación y Ciencia, tomando como base los informes recibidos, confeccionarán una memoria-resumen de resultados, la cual, junto con una propuesta detallada de las medidas que deban adoptarse para la mejora de la seguridad de los centros, se remitirá a la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar de esta Consejería, que realizará la evaluación global de lo actuado.

Sexto. El establecimiento del Plan de Autoprotección y la realización del ejercicio de evacuación de emergencia previstos para los centros públicos, no serán de carácter obligatorio para los centros privados aunque, por su naturaleza e importancia, es aconsejable que dichos centros lleven a cabo ambas acciones en el marco establecido en la presente Orden.

Sevilla, 4 de noviembre de 1985

MANUEL GRACIA NAVARRO

Consejero de Educación y Ciencia

ANEXO I

INSTRUCCIONES PARA LA ELABORACION DEL PLAN DE AUTOPROTECCION DEL CENTRO

1. El objetivo prioritario del Plan de Autoprotección del centro escolar es analizar los posibles riesgos que puedan afectarle y organizar, de acuerdo con los medios y recursos técnicos y humanos disponibles, la actuación más adecuada en cada caso de emergencia.

2. Elaboración.

2.1. El Consejo de Dirección de cada centro procederá a la elaboración del Proyecto del Plan de Autoprotección, de acuerdo con las características que se especifican en el número 3 del presente Anexo.

2.2. Dicho proyecto será revisado, y en su caso completado o modificado, según lo previsto en el punto Tercero de la presente Orden.

3. Características generales.

El Plan de Autoprotección de cada centro debe ajustarse a las siguientes características generales.

3.1. Determinación y catalogación de los riesgos previsibles que puedan afectar al centro, en función de sus condiciones específicas de emplazamiento, entorno, estructuras, instalaciones, capacidad, actividades y uso.

3.2. Catálogo de recursos humanos y materiales movilizables en cada caso de emergencia, propios y recurribles, y adecuación de los mismos a los riesgos previstos en el apartado anterior.

3.3. Directorio en que constarán los teléfonos y direcciones de organismos e instituciones para casos de emergencia: Bomberos, Cruz Roja, Ambulancias, Policía Municipal, Guardia Civil, Ayuntamiento, Protección Civil. Asimismo, se preverá el lugar más adecuado para su fácil y rápida utilización.

3.4. Instrucciones para actuación en situaciones concretas de emergencias, previéndose en cada caso si procede una evacuación inmediata total o parcial.

3.5. Nombramientos de responsables de seguridad y evacuación de emergencia en cada planta y en el conjunto del edificio. Este último se encargará de la difusión de las instrucciones, del mantenimiento en buen uso de los medios disponibles y de la operatividad de los caminos de evacuación de los lugares de concentración.

ANEXO II

INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACION DE UN EJERCICIO DE EVACUACION DE EMERGENCIA EN CENTROS ESCOLARES

1. Consideraciones generales.

1.1. En cada caso se debe determinar la actuación más adecuada a las condiciones de la emergencia de que se trate: fuego, inundación, terremoto, etc.

Las actuales instrucciones están únicamente orientadas a la realización de un simulacro de emergencia con evacuación del edificio, que permita:

1. Familiarizar al colectivo escolar con una actuación que, llegada el caso, no le sorprenda totalmente desprevenido.

2. Poder usar adecuadamente todos los medios disponibles para aminorar la magnitud de un imprevisto desastroso, sean estos medios muchos o pocos.

3. Detectar las principales insuficiencias en el edificio, así como definir las medidas correctivas oportunas a efectos de evacuación y actuación en casos de emergencia.

1.2. Se considera situación de emergencia aquélla que podría estar motivada por un incendio, al anuncio de bomba, un escape de gas o cualquier otro tipo de alarma que justifique la evacuación rápida del edificio.

1.3. Este tipo de prácticas no pretende en sí mismo conseguir un resultado positivo, sino más bien el entrenamiento y la corrección de hábitos de los alumnos, teniendo en cuenta los condicionantes físicos y ambientales de cada edificio.

2. Carácter de la experiencia.

2.1. A efectos orientativos solamente, se pueden considerar tiempos máximos para la evacuación de un edificio escolar lo siguiente: diez minutos para la evacuación total del edificio y tres para cada planta. En conjunto, se estima que la duración total de una práctica de evacuación, es decir, la interrupción de las actividades escolares, no debería ser superior a treinta minutos.

2.2. Si bien, las hipótesis que se consideran para este ejercicio práctico de evacuación, no coinciden exactamente con los condicionantes de un caso real de fuego, explosión, catástrofe, etcétera, que serían las que en cada caso determinarían la estrategia de evacuación a adoptar, con esta experiencia lo que se pretende son unos resultados que ayuden a detectar las principales insuficiencias del edificio, así como definir las medidas correctivas particulares para cada edificio a efectos de evacuación.

2.3. El simulacro deberá realizarse en la situación de máxima ocupación del edificio o edificios que integren el centro, en su actividad escolar, así como en la disposición normal de mobiliario, pero sin que los alumnos hayan sido previamente alertados del día ni la hora del ejercicio; los profesores, que recibirán con anterioridad las instrucciones oportunas a efectos de planificación del ejercicio práctico, tampoco deberán conocer ni el día ni la hora; dichos extremos serán determinados exclusivamente por el director del centro, según su propio criterio y responsabilidad.

2.4. Se prevé que este ejercicio se ejecute sin contar con colaboración exterior (Cruz Roja, Bomberos, Protección Civil, etcétera), ya que se trata de un mero ejercicio escolar, sin causa real de emergencia. Por otro lado una evacuación por motivos reales también suele iniciarse sin auxilios exteriores, contando únicamente con los propios medios.

3. Instrucciones orientativas para los profesores.

3.1. Por la dirección del centro, se designará un coordinador general, que asumirá la responsabilidad total del simulacro, y coordinará todas las operaciones del mismo. Igualmente se designará un coordinador suplente.

3.2. Se designará por cada planta un coordinador, que se responsabilizará de las acciones que se efectúen en dicha planta, así como de controlar el tiempo de evacuación total de la misma y el número de alumnos desalojados.

3.3. Con anterioridad suficiente al día del simulacro, todos los Profesores se reunirán con el coordinador general y los coordinadores de planta, con objeto de elaborar el plan a seguir, de acuerdo con las características arquitectónicas de cada edificio, y prever todas las incidencias de la operación, planificar los flujos de salida, determinar los puntos críticos del edificio, las zonas exteriores de concentración de alumnos y las salidas que se vayan a utilizar.

3.4. En el caso de que los alumnos evacuados deban salir del recinto escolar y ocupar zonas ajenas al Centro, se tomarán precauciones oportunas en cuanto al tráfico, para lo cual, si fuera necesario, debe advertirse a las autoridades o particulares, en su caso, que corresponda.

3.5. Igualmente se designará una persona por cada salida y otra situada en el exterior del edificio, que controlará el tiempo total de evacuación del mismo.

3.6. Cada profesor se responsabilizará de controlar los movimientos de los alumnos a su cargo de acuerdo con las instrucciones recibidas del coordinador general y de los coordinadores de planta.

3.7. Cada profesor, en su aula, organizará la estrategia de su grupo encargando a algunos alumnos la realización de funciones concretas como cerrar ventanas, contar a los alumnos, controlar que no lleven objetos personales, etc. Con ello se pretende dar a los alumnos mayor participación en estos ejercicios.

3.8. Cuando hayan desalojado todos los alumnos, cada profesor comprobará que las aulas y recintos que tienen asignados queden vacíos, dejando las puertas y ventanas cerradas y comprobando que ningún alumno queda en los servicios y locales anexos.

3.9. Se designará a una o varias personas, que se responsabilizarán de desconectar, después de sonar las señales de alarma, las instalaciones del edificio por el siguiente orden:

a) Gas.

b) Electricidad.

c) Suministro de gasóleo.

d) Agua, sólo en caso de que el suministro a los hidrantes sea independiente de la red general.

3.10. Se designará una persona encargada de la evacuación de las personas minusválidas o con dificultades motóricas, si las hubiere.

3.11. Con antelación al día del simulacro la dirección del centro informarán a los padres de los alumnos acerca del ejercicio que se pretende realizar, con objeto de evitar alarmas o efectos de pánico, pero sin precisar el día ni la hora en los que el mismo tendrá lugar.

3.12. Igualmente, y con varios días de antelación a la realización del simulacro, se informará a los alumnos de los pormenores y objetivos de este ejercicio y se les explicarán las instrucciones que deberán seguir.

3.13. Como se ha citado anteriormente, es muy importante, para el buen resultado de este ejercicio, mantener en secreto el momento exacto del simulacro, que será determinado por el Director del Centro, y no se comunicará en ningún caso a las personas relacionadas con el centro (profesores, alumnos, padres, personal auxiliar), con objeto de que el factor sorpresa simule una emergencia real.

3.14. Al comienzo del ejercicio se emitirá una señal de alarma (timbre, sirena, campana o viva voz), de acuerdo con el equipamiento disponible en el centro, que alcance a todas las zonas del edificio. Cuando el sistema de alarma existente no sea suficientemente potente y claramente diferenciado de otras señales acústicas, como las del recreo u otras actividades escolares, deberá procurarse una solución alternativa que cumpla los requisitos mencionados.

3.15. Para la evacuación ordenada por plantas se seguirán los siguientes criterios:

a) A la señal de comienzo del simulacro, desalojarán el edificio en primer lugar los ocupantes de la planta baja.

b) Simultáneamente, los de las plantas superiores se movilizarán ordenadamente hacia las escaleras más próximas, pero sin descender a las plantas inferiores hasta que los ocupantes de éstas hayan desalojado su planta respectiva.

c) El desalojo en cada planta se realizará por grupos, saliendo en primer lugar las aulas más próximas a las escaleras, en secuencia ordenada y sin mezclarse los grupos.

3.16. La distribución de los flujos de evacuación en las salidas de la planta baja, se ordenará en función del ancho y la situación de las mismas.

3.17. No se utilizarán en este simulacro otras salidas que no sean las normales del edificio. No se considerarán como tales, ventanas, puertas, etc. En caso de existir escaleras de emergencia, éstas se utilizarán con objeto de comprobar su accesibilidad y buen funcionamiento.

3.18. No se utilizarán tampoco ascensores o montacargas, si los hubiere, para la evacuación de personas, ni se abrirán ventanas o puertas que en caso hipotético de fuego favorecerían las corrientes de aire y la consiguiente propagación de las llamas.

3.19. Teniendo en cuenta la tendencia instintiva de los alumnos a dirigirse hacia las salidas y escaleras que habitualmente utilizan y que pueden no ser las convenientes en un caso concreto, es aconsejable en la planificación de este simulacro, prever esta circunstancia, siendo el profesor de cada aula el único responsable de conducir a los alumnos en la dirección de salida previamente establecida.

3.20. Por parte del personal del centro se procurará no incurrir en comportamientos que puedan denotar precipitación o nerviosismo, en evitación de que esta actitud pudiera transmitirse a los alumnos, con las consecuencias negativas que ello llevaría aparejadas.

3.21. Una vez desalojada el edificio, los alumnos se concentrarán en diferentes lugares exteriores al mismo, previamente designados como puntos de encuentro, siempre bajo el control del profesor responsable, quien comprobará la presencia de todos los alumnos de su grupo.

3.22. Finalizado el ejercicio de evacuación, el equipo coordinador inspeccionará todo el centro, con objeto de detectar las posibles anomalías o desperfectos que hayan podido ocasionarse.

3.23. Después de terminar el simulacro, se celebrará una reunión de todos los profesores para comentar y evaluar el ejercicio, redactándose por el director del centro el informe oportuno, según el modelo que se adjunta. Dicho informe se remitirá a la Delegación Provincial, tras su estudio en el Consejo de Dirección.

3.24. Es esencial para el buen resultado de este simulacro la completa coordinación y colaboración de todos los profesores, tanto en la planificación del mismo como en su realización. El profesor se responsabilizará al máximo del comportamiento de los alumnos a su cargo, con objeto de evitar accidentes de personas y daños en el edificio.

4. Instrucciones orientativas para los alumnos.

4.1. Cada grupo de alumnos deberá actuar siempre de acuerdo con las indicaciones de su profesor y en ningún caso deberá seguir iniciativas propias.

4.2. Los alumnos a los que se haya encomendado por su profesor funciones concretas se responsabilizarán de cumplirlas y de colaborar en el mantenimiento del orden del grupo.

4.3. Los alumnos no recogerán sus objetos personales, con el fin de evitar obstáculos y demoras.

4.4. Los alumnos que al sonar la señal de alarma se encuentren en los aseos o en otros locales anexos, en la misma planta de su aula, deberán incorporarse con toda rapidez a su grupo.

En caso de que se encuentre el alumno en planta distinta a la de su aula, se incorporará al grupo más próximo que se encuentre en movimiento de salida.

4.5. Todos los movimientos deberán realizarse rápida, pero ordenadamente, sin correr, atropellar, ni empujar a los demás.

4.6. Ningún alumno deberá detenerse junto a las puertas de salida.

4.7. Los alumnos deberán realizar este ejercicio en silencio, con sentido del orden y ayuda mutua, para evitar atropellos y lesiones, ayudando a los que tengan dificultades o sufran caídas.

4.8. Los alumnos deberán realizar esta práctica de evacuación respetando el mobiliario y equipamiento escolar.

4.9. En el caso de que en las vías de evacuación exista algún obstáculo que durante el ejercicio dificulte la salida, será aportado por los alumnos, si fuera posible, de forma que no provoque caídas de las personas o deterioro del objeto.

4.10. En ningún caso el alumno deberá volver atrás sea cual sea el pretexto.

4.11. En todo caso los grupos permanecerán siempre unidos, sin disgregarse ni adelantar a otros, incluso cuando se encuentren en los lugares exteriores de concentración previamente establecidos, con objeto de facilitar al profesor el control de los alumnos.

INFORME SOBRE EL RESULTADO DEL SIMULACRO DE EVACUACION DE EMERGENCIA

Centro:

Localidad:

Municipio:

Edificio (1):

Fecha de realización del simulacro:

(1) En caso de que conste el centro de varios edificios se hará en cada uno de ellos.

1. Vías existentes de evacuación: decir si han resultado suficientes para el desalojo ordenado del edificio. Identificar las zonas de estrangulamiento del flujo de evacuación en las condiciones actuales del edificio.

2. Comprobación del sistema de alarma: si ha resultado adecuado para proceder con orden y sin sobresaltos.

3. Grado de instrucciones de los alumnos y profesores en cuanto al uso de los medios de emergencia y forma de proceder en estos casos; si era bien conocido el plan y en qué grado.

4. Tiempos reales de reacción y evacuación.

5. Conclusiones pedagógicas derivadas de la experiencia u enseñanza obtenida para futuras prácticas.

6. Dificultades que ha presentado el desarrollo del plan.

7. Sugerencias de mejoras a introducir en el edificio para facilitar actuaciones en caso de emergencia.

8. Medios que se han echado en falta.

9. Otras observaciones.

, a de de 198 .- Por el Consejo de Dirección, El responsable Personal del simulacro, El Director.

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